MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1224/2025
RESOL-2025-1224-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2025
VISTO el EX-2025-97029146- -APN-UOPNR#MSG del Registro del MINISTERIO
DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y
D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias,
y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 828 del 27
de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FISCAL DE DELITOS CONTRA LAS PERSONAS, del
Ministerio Público Fiscal de la provincia de Neuquén, a cargo del
Doctor Andrés Guillermo AZAR, tramita la Causa Nº 311491/2024
caratulada “MUÑOZ AGUERRE LUCIANA; S/ INV. DESAPARICIÓN DE PERSONA”
Que la mencionada Unidad solicitó a este Ministerio, mediante oficio
del 25 de agosto de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas personas
que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos
útiles que permitan lograr dar con el paradero de Luciana MUÑOZ
AGUERRE, argentina, titular del DNI N° 45.028.124, nacida el 8 de
agosto de 2003, hija de Esteban Leonardo MUÑOZ y Lila Florencia AGUERRE
CASTILLO, soltera, con ultimo domicilio en barrio Gran Neuquén Norte de
la ciudad de Neuquén, provincia homónima.
Que la mencionada MUÑOZ AGUERRE posee las siguientes características
físicas: contextura delgada, de 1.50 mts. de altura, cabellos lacios
teñidos de color castaño claro/rubio, ojos marrones, tez trigueña,
presenta distintos tatuajes, uno en la parte posterior de la palma de
la mano izquierda, una flor o mandala el cual cubre una quemadura, en
el hombro izquierdo un corazón con el signo infinito en su interior y
en su pierna derecha, en la zona del muslo, un tatuaje de rosas.
Que la mencionada MUÑOZ AGUERRE fue vista por última vez el 13 de julio
de 2024, entre las 11:00 y las 12:00 horas, en cercanía a su domicilio,
y vestía una campera de abrigo color azul, una chomba color negro,
pantalón de jean azul tipo nevado, zapatillas tipo urbanas color negro
con cordones y suela blanca.
Que de los hechos investigados se contempla la hipótesis de que la
desaparición de la joven MUÑOZ AGUERRE puede encontrarse vinculada a la
comisión del delito de trata de personas, previsto en los arts. 145 bis
y siguiente del Código Penal.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido
según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el
paradero de MUÑOZ AGUERRE Luciana, argentina, titular del DNI N°
45.028.124, nacida el 8 de agosto de 2003, con último domicilio en el
barrio Gran Neuquén Norte de la ciudad de Neuquén, provincia homónima,
quien fue vista por última vez el 13 de julio de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y
LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio llamando a la línea
gratuita 134.
ARTÍCULO 3°. - El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la
presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de
circulación nacional.
ARTÍCULO 5°- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche
que obra como (IF-2025-100515272-APN-DNNYRPJYMP#MSG) correspondiente a
la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Dicha medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/10/2025 N° 82466/25 v. 31/10/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)