MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1245/2025
RESOL-2025-1245-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2025
VISTO el Expediente EX-2025-102411191- -APN-UOPNR#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución
Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del
27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el TRIBUNAL EN LO CRIMINAL Nº 2, Departamento Judicial de San
Nicolás, provincia de Buenos Aires, a cargo del Doctor Anselmo Ezequiel
GONZÁLEZ, tramita la CAUSA SN-399-2024, caratulada “SOMEPHIKHAY
JONATHAN S/ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO REITERADO (ART 119 PRIMER
PÁRRAFO Y QUINTO EN RELACIÓN AL CUARTO INCISO F Y 55 DEL CÓDIGO PENAL)
SAN NICOLÁS, IPP 16-00-001585-22/00”.
Que el mencionado TRIBUNAL solicitó a este Ministerio, mediante oficio
del 17 de junio de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas personas
que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos
útiles que permitan lograr la captura de Jonathan SOMEPHIKHAY NORASING,
titular del DNI N° 38.849.406, de nacionalidad argentina, nacido el 14
de mayo de 1995, estado civil divorciado, con último domicilio conocido
en San Juan 202, San Nicolás, provincia de Buenos Aires.
Que Jonathan SOMEPHIKHAY NORASING se encuentra condenado como autor
penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente
ultrajante, agravado por haberse cometido contra una persona menor de
DIECIOCHO (18) años, aprovechando la situación de convivencia
preexistente, a la pena de OCHO (8) años de prisión de cumplimiento
efectivo.
Que sobre el precitado SOMEPHIKHAY NORASING, pesa orden de captura desde el 13 de diciembre del 2024.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará
el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000)
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
Jonathan SOMEPHIKHAY NORASING, titular del DNI N° 38.849.406, de
nacionalidad argentina, nacido el 14 de mayo de 1995, estado civil
divorciado, con último domicilio conocido en San Juan 202, San Nicolás,
provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y
RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la
presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de
circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-112227705-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/10/2025 N° 82441/25 v. 31/10/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)