PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 1592/2025
DISFC-2025-1592-APN-PNA#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2025
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2025-50553880-
-APN-DPSN#PNA, la Ley General de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA N°
18.398 y sus modificatorias, lo opinado por la Dirección de Inspectoría
General, y lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N.º 18.398 y sus modificatorias, se establece la
misión y funciones de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA como Fuerza de
Seguridad Federal encargada de ejercer el servicio de policía de
seguridad de la navegación, de prevención de la contaminación
proveniente de buques, de seguridad y protección marítima, de policía
judicial y, de manera parcial, la jurisdicción administrativa de la
navegación; constituyéndose así en el instrumento a través del cual el
ESTADO NACIONAL cumple dichas funciones en un ámbito de actuación
específico, en tanto los actos sometidos a control se vinculen con su
misión y capacidades.
Que, de acuerdo con su campo ocupacional, la Dirección de Policía de
Seguridad de la Navegación, entiende en la aplicación de las leyes y
reglamentaciones que rijan la navegación, especialmente en lo
concerniente a la seguridad de la navegación y del buque, salvaguarda
de la vida humana en las aguas navegables de la Nación, los servicios
de amarre, fondeo y remolque de buques y artefactos navales.
Que la Ordenanza N° 1-08 (DPSN) Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”
titulada “MEDIDAS SOBRE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN”, tiene por objeto
armonizar las disposiciones existentes con los avances tecnológicos, a
fin de mantener altos estándares en materia de seguridad, en
concordancia con las enmiendas al Convenio Internacional para la
Seguridad de la Vida Humana en el Mar de 1974, adoptado en el ámbito de
la Organización Marítima Internacional (OMI).
Que, resulta necesario adecuar y actualizar la normativa nacional
mediante la emisión de un Volante Rectificativo a la citada Ordenanza,
a fin de ajustar su contenido en virtud de la adopción de enmiendas al
Convenio SOLAS (Capítulo V), conforme a la Resolución MSC.532(107).
Que, en el marco de dicho proceso, se incorporaron definiciones
técnicas y se reformularon los textos pertinentes, con el propósito de
optimizar su claridad, precisión y comprensión.
Que, para la elaboración final del documento, se ha conformado un grupo
de trabajo interdisciplinario compuesto por personal de las áreas
técnicas competentes de la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación, quienes han prestado conformidad en orden a sus respectivas
competencias específicas.
Que la Dirección de Inspectoría General ha tomado intervención,
mediante el Informe IF-2025-74988984-APN-DIGE#PNA, y considera que el
proyecto de la norma mencionada cumple con las pautas contempladas en
la Resolución SIGEN N° 162/2014.
Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la
administración del sistema reglamentario de la Prefectura Naval
Argentina, analizó la propuesta verificando el cumplimiento de todos
los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Que, a nivel nacional mediante el Decreto N° 891/2017, se aprobaron las
“BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Sector
Público Nacional, entre cuyos objetivos está el de garantizar la mejora
continua de los procesos, circunstancia a la cual se adapta la presente
modificación.
Que mediante la Resolución N° 390/2018 del actual Ministerio de
Seguridad Nacional, se aprobaron los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS
PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Ministerio de
Seguridad y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la organización,
mediante el Dictamen Jurídico IF-2025-103103567-APN-PNAR#PNA.
Que el Decreto Nº 70/2023 (DNU-2023-70-APN-PTE) instruye a que el
Estado Nacional promueva y garantice la vigencia efectiva de un sistema
económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre
concurrencia.
Que esta instancia se encuentra facultada para dictar el acto
administrativo correspondiente, de conformidad con los preceptos del
Artículo 5º, inciso a), apartado 2 y 3 de la Ley Nº 18.398 “Ley General
de la Prefectura Naval Argentina” y sus modificatorias.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2025 a la
Ordenanza N° 1-08 (DPSN) Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” titulada
“Medidas sobre seguridad de la Navegación”, que se adjunta como Anexo
DI-2025-120380637-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente
Disposición.
ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir
de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en el
Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la
publicación del presente acto administrativo en el Boletín Oficial de
la República Argentina y en el Boletín Público de la Prefectura Naval
Argentina, a la impresión de UN (1) ejemplar patrón y a la
actualización de la Ordenanza en el sitio web oficial de la Institución.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo José Giménez Perez - Marcelo Adrian del Giorgio - Alejandro Paulo Annichini
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval
e. 03/11/2025 N° 82837/25 v. 03/11/2025