ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 834/2025

RESOL-2025-834-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2025

VISTO el Expediente N.° EX-2025-120516707- -APN-GDYE#ENARGAS; la Ley N.° 24.076; los Decretos N.° 1738/92, DNU N.° 55/23, DNU N.° 1023/24, DNU N.° 370/25 y DNU N.° 452/25; la Resolución N.° RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N.° RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS (B.O. 31/10/2025) se aprobó un nuevo anexo con el Requerimiento de Ingresos para CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (Anexo N.° IF-2025-121090405-APN-GDYE#ENARGAS), y se aprobaron los cuadros tarifarios que entrarían en vigencia a partir del 1° de noviembre de 2025 (Anexo N.° IF-2025-121092406-APN-GDYE#ENARGAS).

Que en dicha Resolución se indicó que “…en el caso de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., esta Autoridad Regulatoria detectó errores en los insumos empleados para calcular su Requerimiento de Ingresos en el marco del procedimiento de RQT, en particular, en la consideración del valor razonable y comprometido para la ejecución de la obra denominada ‘Planta Compresora Los Perales – San Martín’, incluida en su Plan de Inversiones Obligatorias”.

Que, por un error involuntario, se omitió incorporar a la Resolución N.° RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS los nuevos Anexos correspondientes al Plan de Inversiones Obligatorias de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., con las modificaciones resultantes del nuevo valor correspondiente a la mencionada obra “Planta Compresora Los Perales – San Martín”.

Que, por esa razón, corresponde aprobar los nuevos Anexos que no fueron incorporados oportunamente a la Resolución N.° RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto N° 1759/72 – T.O. 2017) que, en lo que aquí concierne, dispone: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancia del acto o decisión”.

Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico Permanente del ENARGAS.

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025 (B.O. 07/07/2025) se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, creado por el Artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que deberá comenzar a funcionar dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, para lo cual deberá estar debidamente conformado su Directorio. Sin perjuicio de ello, conforme su Artículo 19, hasta tanto se apruebe su estructura orgánica “…mantendrán su vigencia las actuales unidades organizativas del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (…) y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente, a fin de mantener el adecuado funcionamiento operativo del Ente regulador”.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 51 inciso f) de la Ley N.° 24.076 – T.O. 2025, los Decretos DNU N.° 55/23, N.° 1023/24, N.° 370/25, el Decreto N° 452/25 y la Resolución N.° RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Sustituir los Anexos N.° IF-2025-44942791-APN-GD#ENARGAS (aprobado por el Artículo 3° de la Resolución RESOL-2025-265-APN-DIRECTORIO#ENARGAS) y N.° IF-2025-53373314-APN-GD#ENARGAS (aprobado por el Artículo 1° de la Resolución RESOL-2025-318-APN-DIRECTORIO#ENARGAS), correspondientes al Plan de Inversiones Obligatorias de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (avance físico y erogaciones), por los Anexos N.° IF-2025-121243093-APN-GD#ENARGAS e IF-2025-121243825-APN-GD#ENARGAS que forman parte de la presente, respectivamente.

ARTÍCULO 2°: Notificar a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. en los términos del Artículo 41 de Decreto N.° 1759/72 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 3°: Registrar; comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.

Carlos Alberto María Casares

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/11/2025 N° 83203/25 v. 04/11/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)