ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 834/2025
RESOL-2025-834-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2025
VISTO el Expediente N.° EX-2025-120516707- -APN-GDYE#ENARGAS; la Ley
N.° 24.076; los Decretos N.° 1738/92, DNU N.° 55/23, DNU N.° 1023/24,
DNU N.° 370/25 y DNU N.° 452/25; la Resolución N.°
RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N.° RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS (B.O.
31/10/2025) se aprobó un nuevo anexo con el Requerimiento de Ingresos
para CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (Anexo N.°
IF-2025-121090405-APN-GDYE#ENARGAS), y se aprobaron los cuadros
tarifarios que entrarían en vigencia a partir del 1° de noviembre de
2025 (Anexo N.° IF-2025-121092406-APN-GDYE#ENARGAS).
Que en dicha Resolución se indicó que “…en el caso de CAMUZZI GAS DEL
SUR S.A., esta Autoridad Regulatoria detectó errores en los insumos
empleados para calcular su Requerimiento de Ingresos en el marco del
procedimiento de RQT, en particular, en la consideración del valor
razonable y comprometido para la ejecución de la obra denominada
‘Planta Compresora Los Perales – San Martín’, incluida en su Plan de
Inversiones Obligatorias”.
Que, por un error involuntario, se omitió incorporar a la Resolución
N.° RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS los nuevos Anexos
correspondientes al Plan de Inversiones Obligatorias de CAMUZZI GAS DEL
SUR S.A., con las modificaciones resultantes del nuevo valor
correspondiente a la mencionada obra “Planta Compresora Los Perales –
San Martín”.
Que, por esa razón, corresponde aprobar los nuevos Anexos que no fueron
incorporados oportunamente a la Resolución N.°
RESOL-2025-830-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, de conformidad con lo dispuesto
por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos
(Decreto N° 1759/72 – T.O. 2017) que, en lo que aquí concierne,
dispone: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no
altere lo sustancia del acto o decisión”.
Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico Permanente del ENARGAS.
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025 (B.O.
07/07/2025) se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA
ELECTRICIDAD, creado por el Artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que
deberá comenzar a funcionar dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días
corridos desde su publicación en el Boletín Oficial de la República
Argentina, para lo cual deberá estar debidamente conformado su
Directorio. Sin perjuicio de ello, conforme su Artículo 19, hasta tanto
se apruebe su estructura orgánica “…mantendrán su vigencia las actuales
unidades organizativas del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (…) y las
responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal
y reglamentario vigente, a fin de mantener el adecuado funcionamiento
operativo del Ente regulador”.
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 51
inciso f) de la Ley N.° 24.076 – T.O. 2025, los Decretos DNU N.° 55/23,
N.° 1023/24, N.° 370/25, el Decreto N° 452/25 y la Resolución N.°
RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Sustituir los Anexos N.° IF-2025-44942791-APN-GD#ENARGAS
(aprobado por el Artículo 3° de la Resolución
RESOL-2025-265-APN-DIRECTORIO#ENARGAS) y N.°
IF-2025-53373314-APN-GD#ENARGAS (aprobado por el Artículo 1° de la
Resolución RESOL-2025-318-APN-DIRECTORIO#ENARGAS), correspondientes al
Plan de Inversiones Obligatorias de CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (avance
físico y erogaciones), por los Anexos N.°
IF-2025-121243093-APN-GD#ENARGAS e IF-2025-121243825-APN-GD#ENARGAS que
forman parte de la presente, respectivamente.
ARTÍCULO 2°: Notificar a CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. en los términos del Artículo 41 de Decreto N.° 1759/72 (T.O. 2017).
ARTÍCULO 3°: Registrar; comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.
Carlos Alberto María Casares
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/11/2025 N° 83203/25 v. 04/11/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)