AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 69/2025
RESOL-2025-69-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 05/11/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-121759920- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
Nº EX-2025-118182171- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de
fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416
de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de
2015, 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 29 de fecha 10 de enero
de 2018, 518 de fecha 26 de julio de 2019, 950 del 24 de octubre 2024,
todos ellos con sus modificatorios y/o complementarios, el Reglamento
de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la
Resolución N° 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de
fecha 16 de julio de 2022 y su modificatoria Resolución N° 60 de fecha
6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), la Resolución N°
65 de fecha 31 de octubre de 2025 (RESOL-2025-65-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública N° 392-0102-SPU25 para la venta del
inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Echeverría
Nº 1175, Cazadores S/Nº Juramento Nº 1142 y Artilleros Nº 2017/51/81,
identificado catastralmente como Circunscripción 16- Sección 25-
Manzana 90 (parte), al cual le corresponde el CIE Nº 0200007654/9, con
una superficie de terreno aproximada y sujeta a mensura de NUEVE MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE
DECÍMETROS CUADRADOS (9.986,79 m2), una superficie cubierta total
aproximada de CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON
CUARENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (4.322,46 m2), una superficie
semicubierta total aproximada de DOSCIENTOS UN METROS CUADRADOS CON
ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (201,11 m2) y una superficie descubierta
total aproximada de CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS CON VEINTISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (5.565,27 m2), según
requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS
INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO,
organismo descentralizado actualmente en la órbita de la VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la
actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos
estatales.
Que mediante el Decreto N° 518 de fecha 26 de julio de 2019 el Poder
Ejecutivo de la Nación autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en los términos del entonces artículo 20 del Anexo
al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, a disponer y
enajenar los inmuebles del ESTADO NACIONAL que se detallan en el ANEXO
identificado como IF-2019-62827982-APN-AABE#JGM de dicha medida, y en
el cual se encuentra el inmueble en trato.
Que posteriormente, mediante el Decreto Nº 950 de fecha 24 de octubre
de 2024 el Poder Ejecutivo de la Nación estableció que la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO impulsará los procedimientos de
enajenación de los inmuebles del ESTADO NACIONAL objeto de los Decretos
Nros. 952/16, 1064/16, 1173/16, 225/17, 928/17, 355/18, 1088/18, 345/19
y 518/19 y de las Decisiones Administrativas Nros. 249/18, 24/19,
317/19 y 610/19 que no hubieran sido enajenados a la fecha de entrada
en vigor de dicha norma, entre los cuales se encuentra el bien inmueble
objeto de la presente.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles,
propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y
complementarios.
Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 de fecha
15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad
inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15 y sus
modificatorios, establece que todo acto de disposición de inmuebles de
propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que mediante Resolución Nº 177 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, su
modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6
de noviembre de 2024, se aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional, siendo de aplicación supletoria al
mismo, el Reglamento aprobado por el Decreto antedicho.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado
por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de
aplicación el aprobado mediante la Disposición ONC Nº 63-E/16,
modificada por la Disposición ONC 62 de fecha 30 de julio de 2024
(DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero
del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de
Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma
electrónica todos los procedimientos de subasta pública que realicen
las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, mediante Nota
NO-2025-84680123-APN-EGN de fecha 4 de agosto de 2025, tomó la
intervención de su competencia.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2025-119878398-APN-CNMLYBH#SC de
fecha 28 de octubre de 2025, informó que el inmueble en trato carece de
valor patrimonial.
Que mediante Resolución N°65 (RESOL-2025-65-APN-AABE#JGM) de fecha 31
de octubre de 2025, se desafectó el inmueble del MINISTERIO DE
SEGURIDAD NACIONAL - POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, en los términos del
artículo 29 del Anexo al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de
2015 y sus modificatorios.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante Dictamen de Valor
IF-2025-121031808-APN-TTN#MEC, de fecha 30 de octubre de 2025,
determinó el valor venal del inmueble, al contado, desocupado, en las
condiciones observadas al momento de la inspección, considerando las
condiciones de capacidad constructiva informadas por esta Agencia, en
la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS MILLONES ($
31.200.000.000.-) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTIÚN
MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES
(USD 21.369.863.-), informando asimismo, el valor base de venta, en los
términos del Procedimiento interno TTN 19.1, en la suma de PESOS
VEINTIOCHO MIL CIEN MILLONES ($ 28.100.000.000.-) o su equivalente en
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS
MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO (USD 19.246.575.-), a un tipo de cambio
BNA de $/USD 1.460, todos los valores de fecha 30 de octubre de 2025.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS
COMUNITARIOS, mediante Informe IF-2025-121538217-APN-DNSIYAC#AABE de
fecha 31 de octubre de 2025 y su Nota ampliatoria
NO-2025-122817276-APN-DNSIYAC#AABE de fecha 4 de noviembre de 2025,
solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS la venta
del inmueble en cuestión, con un valor base de subasta de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES (USD 21.369.863.-) e indicó los parámetros a
tener en cuenta para la confección del pliego de bases y condiciones
particulares.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS elaboró el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que el
procedimiento apropiado para la venta del inmueble es el de Subasta
Pública.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado
por la Resolución Nº 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM)
de fecha 16 de julio de 2022 y su modificatoria Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el mejor aprovechamiento y
utilización del patrimonio estatal, destinando la afectación de los
bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución
de políticas públicas.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º, incisos a) y b) del Reglamento aprobado
por medio del Decreto Nº 1.030/16 sus respectivas normas modificatorias
y/o complementarias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria mediante el procedimiento de
Subasta Pública N° 392-0102-SPU25 para la venta del inmueble propiedad
del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Echeverría Nº 1175, Cazadores
S/Nº, Juramento Nº 1142 y Artilleros Nº 2017/51/81, identificado
catastralmente como Circunscripción 16- Sección 25- Manzana 90 (parte),
al cual le corresponde el CIE Nº 0200007654/9, con una superficie de
terreno aproximada y sujeta a mensura de NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA
Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS
(9.986,79 m2), una superficie cubierta total aproximada de CUATRO MIL
TRESCIENTOS VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS DECÍMETROS
CUADRADOS (4.322,46 m2), una superficie semicubierta total aproximada
de DOSCIENTOS UN METROS CUADRADOS CON ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (201,11
m2) y una superficie descubierta total aproximada de CINCO MIL
QUINIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE DECÍMETROS
CUADRADOS (5.565,27 m2), de conformidad con lo dispuesto en el artículo
24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y los
artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la
Resolución Nº 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de
fecha 16 de julio de 2022, su modificatoria Resolución N° 60
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024, según
requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS
INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2025-123168980-APN-DCCYS#AABE, que como ANEXO
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de
la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15 del Decreto Nº 1.382/12,
sustituido por el Decreto Nº 575 de fecha 12 de agosto de 2025.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Alberto Pakgojz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/11/2025 N° 84347/25 v. 06/11/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)