MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1751/2025
RESOL-2025-1751-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 05/11/2025
Visto el expediente EX-2025-116348409- -APN-DGDA#MEC, las leyes 15.336,
23.696 y sus modificatorias, 24.065, 24.804 y 27.742, los decretos 584
del 1° de abril de 1993, 1540 del 30 de agosto de 1994, 695 del 2 de
agosto de 2024, 370 del 30 de mayo de 2025, 416 del 17 de junio de 2025
y 695 del 29 de septiembre de 2025, la decisión administrativa 449 del
5 de junio de 2023 y sus respectivas normas modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 8° de la ley 27.742 se declaró “sujeta a
privatización”, en los términos y con los efectos de los capítulos II y
III de la ley 23.696 y sus modificatorias a Nucleoeléctrica Argentina
Sociedad Anónima (NASA), a través de la organización de un programa de
propiedad participada, con la correspondiente colocación de una clase
de acciones para ese fin, y de la incorporación de participación del
capital privado, debiendo el Estado Nacional mantener el control o la
participación mayoritaria en el capital social.
Que, asimismo, mediante el citado artículo 8° de la ley 27.742 se
estableció que deberá requerirse indudablemente el voto afirmativo del
Estado Nacional para la toma de decisiones que signifiquen: a) La
ampliación de capacidad de una central de generación nucleoeléctrica
existente y/o la construcción de una nueva; b) La salida de servicio
por motivos no técnicos, ya sea temporal o definitiva, de una central
de generación nucleoeléctrica; y c) La incorporación de accionistas en
la Sociedad que le otorguen el control en los términos del artículo 33
de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984.
Que en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 3° de la
reglamentación del título II –Reforma del Estado– de la ley 27.742,
aprobada como anexo I al decreto 695 del 2 de agosto de 2024, el
Ministerio de Economía, en cuya jurisdicción se encuentra
Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), elevó al Poder
Ejecutivo Nacional, previa intervención de la Unidad Ejecutora Especial
Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, un informe
circunstanciado con la propuesta concreta vinculada al procedimiento y
modalidad más adecuada para hacer efectiva la privatización.
Que en el mencionado informe se propone la privatización parcial de
Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y, asimismo, se prevé
el otorgamiento de preferencias a través de la implementación de un
Programa de Propiedad Participada.
Que por el decreto 695 del 29 de septiembre de 2025 se autorizó, en los
términos del artículo 4° del anexo I al decreto 695/2024, el
procedimiento para la privatización parcial de Nucleoeléctrica
Argentina Sociedad Anónima (NASA), bajo la modalidad de venta de
acciones, y el otorgamiento de preferencia a un Programa de Propiedad
Participada, conforme lo establecido por el inciso 2 del artículo 16 y
el artículo 21 y concordantes de la ley 23.696 y sus modificatorias y
por el inciso (i) del artículo 8° de la ley 27.742.
Que, a tal fin, se dispuso que el Ministerio de Economía, con la
intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de
Transformación de Empresas Públicas”, adoptará las medidas necesarias a
fin de dar cumplimiento a la referida privatización, debiendo para ello
concretar las siguientes acciones: la organización de un Programa de
Propiedad Participada por el cinco por ciento (5%) del capital
accionario de la citada empresa; y la venta del cuarenta y cuatro por
ciento (44%) de las acciones en bloque de Nucleoeléctrica Argentina
Sociedad Anónima (NASA) mediante el procedimiento de licitación pública
de alcance nacional e internacional, con base en los términos de la ley
23.696 y sus modificatorias, de acuerdo con el informe circunstanciado
propiciado.
Que, asimismo, se estableció que el cincuenta y uno por ciento (51%)
del paquete accionario de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima
(NASA) quedará en poder del Estado Nacional -Secretaría de Energía- y
de la Comisión Nacional de Energía Atómica, organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros,
manteniendo el Estado Nacional la participación mayoritaria en el
capital social.
Que, adicionalmente, se facultó al Ministerio de Economía a dictar las
medidas operativas y complementarias que resulten necesarias para el
cumplimiento de las disposiciones previstas en el citado decreto, con
la intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de
Transformación de Empresas Públicas”.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde iniciar el procedimiento de
privatización de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), de
acuerdo con lo ordenado por el decreto 695/2025.
Que, a tal fin, resulta menester instruir a la Secretaría de Energía
del Ministerio de Economía para que realice el inventario de bienes
tangibles e intangibles que puedan impactar sobre la valuación de las
acciones de dicha sociedad.
Que, asimismo, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de
Transformación de Empresas Públicas” deberá coordinar las medidas
necesarias a los fines de privatizar la referida empresa en el plazo de
doce (12) meses contados desde la entrada en vigencia de la presente
medida, con sujeción a lo establecido en los artículos 5° y siguientes
del anexo I al decreto 695/2024.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la ley
23.696 y sus modificatorias, en cualquiera de las modalidades de
materialización de privatización previstas en el artículo 17 de dicha
norma, es requisito contar con la tasación realizada por organismos
públicos nacionales, provinciales o municipales y, en caso de
imposibilidad de llevar a cabo dicha tasación, se autoriza a efectuar
las contrataciones respectivas con organismos internacionales o
entidades o personas privadas nacionales o extranjeras, las que en
ningún caso podrán participar en el procedimiento de selección previsto
en el artículo 18 de la citada ley, revistiendo la tasación en todos
los casos, el carácter de presupuesto oficial.
Que el Tribunal de Tasaciones de la Nación (TTN), organismo
descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Obras
Públicas del Ministerio de Economía, manifestó que en la actualidad
sólo está en condiciones de realizar la tasación de todo tipo de bienes
tangibles, o empresas exclusivamente a partir de la valuación de sus
activos físicos, con motivo de que no posee, dentro de sus Normas
Nacionales de Valuación, una norma específica que le permita tasar
activos financieros o intangibles a partir de un enfoque de ingreso
(cf., NO-2025-65865326-APN-TTN#MEC).
Que, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 19
de la ley 23.696 y sus modificatorias, y de conformidad con lo
expresado por el servicio jurídico de esta cartera, resulta necesario
instruir a la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de
Transformación de Empresas Públicas” para que encomiende la tasación
del paquete accionario de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima
(NASA) a una entidad bancaria perteneciente al Sector Público Nacional
(cf., IF-2025-71404682-APN-DGAJ#MEC).
Que la incorporación de capital privado a Nucleoeléctrica Argentina
Sociedad Anónima (NASA), así como la implementación del Programa de
Propiedad Participada, requieren la revisión y adecuación del estatuto
social de la sociedad sujeta a privatización.
Que, en consecuencia y a fin de garantizar la eficiencia y eficacia del
procedimiento de privatización de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad
Anónima (NASA), la Secretaría de Energía deberá elaborar y gestionar la
documentación licitatoria, técnica, societaria y contractual, la que
deberá contar con la intervención previa de la Unidad Ejecutora
Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”,
pudiendo solicitar la asistencia técnica y operativa de dicha sociedad.
Que, de conformidad con el artículo 4° del decreto 695/2025,
corresponde dar a la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
del Ministerio de Capital Humano la intervención estipulada en el
artículo 1° del decreto 584 del 1° de abril de 1993, reglamentario del
capítulo III de la ley 23.696 y sus modificatorias, con relación a la
factibilidad de instrumentación del Programa de Propiedad Participada.
Que, a su vez, corresponde instruir a la Dirección Nacional de
Normalización Patrimonial de la Subsecretaría de Administración y
Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del
Ministerio de Economía para que coordine las acciones conducentes a la
instrumentación y administración del Programa de Propiedad Participada
de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), conforme lo
establecido en el anexo II (IF-2023-61456375-APN-DNDO#JGM) de la
decisión administrativa 449 del 5 de junio de 2023.
Que, de conformidad con lo establecido en el decreto 416 del 17 de
junio de 2025, el procedimiento de venta parcial del paquete accionario
de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) será llevado a
cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR.
Que la Secretaría de Energía y la Unidad Ejecutora Especial Temporaria
“Agencia de Transformación de Empresas Públicas” han tomado la
intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 8° de la ley 27.742, el artículo 4° del
anexo I del decreto 695/2024 y los artículos 2° y 3° del decreto
695/2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciase el proceso de privatización parcial de
Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) en los términos del
artículo 8° de la ley 27.742 y del decreto 695 del 29 de septiembre de
2025.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la Secretaría de Energía del Ministerio de
Economía, a fin de concretar la venta del cuarenta y cuatro por ciento
(44%) del paquete accionario de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad
Anónima (NASA), para que efectúe las siguientes acciones:
a. Realizar el inventario de los bienes tangibles e intangibles que hagan al valor de las acciones de dicha sociedad.
b. Elaborar y tramitar la documentación licitatoria, técnica,
societaria y contractual, respectiva del proceso de privatización de
Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) la que deberá contar
con la intervención previa de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria
“Agencia de Transformación de Empresas Públicas”.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo, la
Secretaría de Energía podrá requerir la colaboración de la Unidad
Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas
Públicas” y de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA).
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” para que:
a. Coordine las demás acciones necesarias para privatizar parcialmente
Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) mediante una
licitación pública de alcance nacional e internacional con base,
conforme los términos de la ley 23.696 y sus modificatorias, en el
plazo de doce (12) meses contados desde la entrada en vigencia de la
presente medida, con sujeción a lo establecido en los artículos 5° y
siguientes del anexo I al decreto 695 del 2 de agosto de 2024.
b. Solicite a una entidad bancaria perteneciente al Sector Público
Nacional la valuación del paquete accionario de Nucleoeléctrica
Argentina Sociedad Anónima (NASA).
ARTÍCULO 4°.- Establécese que el procedimiento de venta parcial del
paquete accionario de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA)
será llevado a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR., conforme lo
dispuesto en el decreto 416 del 17 de junio de 2025.
ARTÍCULO 5°.- Instruyése a la Dirección Nacional de Normalización
Patrimonial dependiente de la Subsecretaría de Administración y
Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del
Ministerio de Economía, conforme lo establecido en el anexo II
(IF-2023-61456375-APN-DNDO#JGM) de la decisión administrativa 449 del 5
de junio de 2023, a coordinar las acciones conducentes a la
instrumentación y administración del Programa de Propiedad Participada
de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA), debiendo contar
con la intervención de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social del Ministerio de Capital Humano, en el marco de lo estipulado
por el artículo 1° del decreto 584 del 1° de abril de 1993,
reglamentario del capítulo III de la ley 23.696 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 06/11/2025 N° 84288/25 v. 06/11/2025