SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución 673/2025

RESOL-2025-673-APN-SC

Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-82281732- -APN-DGDYD#SC, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, su Decreto Reglamentario N° 1344 del 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1131/24 se dispuso que a partir del 1º de enero de 2025 regirán las disposiciones de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 27.701, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 3/25 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2025.

Que el Decreto Nº 50/19 (DCTO-2019-50-APN-PTE) y sus modificatorios, establecen que entre los objetivos de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se incluyen entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos destinados a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas, así como elaborar y promover políticas de participación institucional que fortalezcan las identidades culturales de la Nación, y promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación y la democratización del acceso a bienes culturales, entre otros.

Que la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA tiene entre sus objetivos asistir a la Secretaría en la promoción de la cultura nacional a través de actividades que la impulsen en todos los ámbitos; entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas a la promoción cultural y artística para los diferentes sectores culturales, en un marco de desarrollo sociocultural, formativo y creativo; entender en los programas de formación artística a ser impulsados por la Secretaría; promover e impulsar acciones conducentes a fomentar la inclusión y vinculación de los adultos, jóvenes y niños con el arte; así como entender en la promoción, difusión y apoyo a las actividades musicales y coreográficas de los cuerpos artísticos de la Secretaría, generando la proyección nacional e internacional de la música y la danza como componentes fundamentales de la cultura argentina.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN CULTURAL tiene como responsabilidad primaria desarrollar, impulsar y ejecutar una política integral para la promoción cultural y artística para los diferentes actores y sectores culturales, en un marco de desarrollo sociocultural, formativo y creativo; y entre sus acciones se encuentran las de desarrollar proyectos vinculados a la música, las artes escénicas, la literatura y cualquier tipo de expresión cultural favoreciendo la promoción cultural y el desarrollo sociocultural, formativo y creativo; y diseñar e implementar proyectos y acciones destinados a la inclusión y vinculación de los adultos, jóvenes, y niños con el arte.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA tiene entre sus acciones promover y difundir la literatura y la música en la REPÚBLICA ARGENTINA mediante la programación, ejecución y coordinación de actividades con los organismos propios, provinciales, municipales y privados que correspondiere; asesorar a la Dirección sobre cuestiones relativas a la literatura y la música argentinas, para el diseño de programas y proyectos de la temática; y promover la innovación en las formas de promoción y difusión de la literatura y la música explorando nuevas plataformas y enfoques creativos para llegar a diferentes audiencias, en el ámbito de su competencia.

Que el desarrollo del arte y el fomento de talentos nuevos es fundamental para la consolidación cultural de nuestro país.

Que las iniciativas culturales, al promover la creación y circulación de bienes culturales nacionales, contribuyen al crecimiento económico, y a la expansión de nuestra identidad cultural.

Que en ese marco es interés de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN potenciar la producción y comercialización de los servicios culturales, por lo que se propone la creación del PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” que ofrecerá un conjunto de herramientas destinadas a fomentar la creación y circulación de obras escénico-musicales originales con identidad nacional.

Que entre las herramientas mencionadas se encuentran la CONVOCATORIA FEDERAL DE DRAMATURGIA y la CONVOCATORIA FEDERAL DE COMPOSICIÓN MUSICAL orientadas a promover la creación de obras originales y la puesta en escena con estreno en espacios culturales de referencia nacional, impulsando la integración interdisciplinaria e incentivando el talento creativo de nuestro país, de acuerdo con los Anexos que forman parte de la presente Resolución.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN CULTURAL y la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA han intervenido en cuanto resulta materia de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha certificado la existencia de los créditos presupuestarios correspondientes para financiar el gasto de la presente medida.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto N° 993 del 6 de noviembre de 2024.

Que la presente medida se dicta con basamento en la facultad delegada por el artículo 1, inciso h) del Decreto N° 392/86, y conforme los objetivos que dimanan del Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA de conformidad con los fundamentos y objetivos que se explicitan en el Anexo I (IF-2025-123710114-APN-DNPC#SC) a la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la realización y declárase abierta la CONVOCATORIA FEDERAL DE DRAMATURGIA del PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”, conforme las Bases y Condiciones estipuladas en el Anexo II (IF-2025-123710412-APN-DNPC#SC) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la realización y declárase abierta la CONVOCATORIA FEDERAL DE COMPOSICIÓN MUSICAL del PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”, de conformidad con las Bases y Condiciones establecidas en el Anexo III (IF-2025-123710736-APN-DNPC#SC) que es parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase las Declaraciones Juradas correspondientes a las convocatorias aprobadas en el artículo 2° y el artículo 3° de la presente medida, que se incorporan como Anexo IV (IF-2025-117103132-APN-DNPC#SC) y Anexo V (IF-2025-117104271-APN-DNPC#SC) respectivamente.

ARTÍCULO 5°.- La inscripción a la convocatoria mencionada en el artículo 2° dará comienzo el día hábil inmediato posterior a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la inscripción a la convocatoria mencionada en el artículo 3° de la presente medida, dará comienzo a partir del primer día hábil posterior a los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos de iniciada la primera.

ARTÍCULO 6°.- Establézcase que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA será la autoridad de aplicación e interpretación del Programa y las Bases y Condiciones de las convocatorias, encontrándose facultada para dictar las normas operativas y/o interpretativas vinculadas a su implementación, con intervención, cuando corresponda, de las áreas técnicas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 7°.- Destínase la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000), para atender los gastos derivados de las Convocatorias aprobadas en los Artículos 2º y 3° de la presente medida.

ARTÍCULO 8°.- El gasto que demanda el cumplimiento de la presente se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Subjurisdicción 14 - SECRETARÍA DE CULTURA.

ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese.

Leonardo Javier Cifelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/11/2025 N° 85426/25 v. 11/11/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)




ANEXO I

PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”

1)  INTRODUCCIÓN

La SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA, presenta el PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”, una iniciativa cultural de alcance nacional orientada a fomentar la creación, formación y producción de espectáculos escénicos musicales con participación de jóvenes artistas de todo el país.

El PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” contempla la realización de convocatorias abiertas y públicas para la creación de obras originales y la puesta en escena con estreno en espacios culturales de referencia nacional.

Las instancias de participación podrán incluir la selección de libretos y composiciones originales, el desarrollo de instancias de casting y selección de artistas, entre otros, con el objetivo de democratizar procesos de creación y producción.

De esta manera se busca incentivar la producción de dramaturgias musicales originales, promover la profesionalización de artistas jóvenes en el ámbito de las artes escénicas, fortalecer la circulación de bienes culturales con perspectiva federal y ampliar el acceso de las juventudes a procesos de creación y producción cultural de alta calidad.

La iniciativa se enmarca en las competencias de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ya que busca estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas; elaborar y promover políticas de participación institucional que fortalezcan las identidades culturales de la Nación; promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación y la democratización del acceso a bienes culturales; intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes; producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religiosos y étnicos; y ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional y ampliar la participación ciudadana, fomentando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.

2) OBJETO DEL PROGRAMA

El PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” tiene por objeto fomentar la creación y circulación de obras escénico-musicales originales con identidad nacional, así como impulsar procesos formativos y la profesionalización de jóvenes artistas, por medio de la realización de convocatorias abiertas y públicas para la creación de obras originales y su puesta en escena con estreno en espacios culturales de referencia nacional.

Objetivos generales:

• Visibilizar y poner en valor talentos emergentes de todo el territorio argentino en el campo del teatro musical.

• Garantizar el acceso equitativo a oportunidades de desarrollo artístico mediante convocatorias públicas y federales.

• Estimular la articulación entre organismos nacionales, provinciales y locales para fortalecer el sector de las artes escénicas.

• Convocar a nuevos públicos integrados por personas con discapacidad, ofreciendo recursos de accesibilidad que garanticen su participación y disfrute.

3)  AUTORIDAD DE APLICACIÓN

La DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA será la Autoridad de Aplicación e interpretación del Programa y de las convocatorias que se aprueben, encontrándose facultada para dictar las normas operativas y/o interpretativas vinculadas a su implementación, con intervención, cuando corresponda, de las áreas técnicas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.

4) HERRAMIENTAS

4.1. Convocatorias

El FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” contempla la realización de convocatorias abiertas y públicas para la creación de obras originales y la puesta en escena con estreno en espacios culturales de referencia nacional.

Las instancias de participación podrán incluir la selección de libretos y composiciones originales con el objetivo de democratizar procesos de creación y producción.

Cada convocatoria será implementada con sus respectivos Reglamentos de Bases y Condiciones. Las convocatorias serán anunciadas a través de las redes sociales y/o en la página web (https://www.argentina.gob.ar/cultura) de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Todas las inscripciones a las convocatorias se habilitarán exclusivamente durante la vigencia de los plazos de inscripción en la plataforma del Registro Federal de Cultura (somos.cultura.gob.ar).

La selección final para cada Convocatoria será realizada por un comité de evaluación cuya conformación será oportunamente designada por la Autoridad de Aplicación del Programa.

4.2. Casting y elenco

El PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” podrá realizar, adicionalmente, una convocatoria dirigida a la selección de artistas con formación en canto y baile para la representación de las obras seleccionadas en las Convocatorias de creación de obras originales.

4.3. Producción y Dirección Artística

El PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” contempla la participación de un equipo artístico completo, incluyendo dirección general, dirección musical, coreografía, asistencia de dirección y diseño escénico/escenografía. Los ganadores de las convocatorias podrán ser convocados a participar y colaborar en distintas instancias.

5) ESTRENO Y FUNCIONES

El lugar donde se realizará el estreno de las obras que resulten seleccionadas y las fechas de las funciones serán anunciados oportunamente a través de las redes sociales y/o en la página web ( https://www.argentina.gob.ar/cultura) de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.






ANEXO II

PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” – CONVOCATORIA FEDERAL DE DRAMATURGIA

REGLAMENTO TÉCNICO DE BASES Y CONDICIONES

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. OBJETO

3. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

4. DESTINATARIOS

5. PLAZOS Y PROCESO DE INSCRIPCIÓN

6. DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN

7. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

8. PREMIO

9. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DECLARACIÓN JURADA

10. INCUMPLIMIENTOS

11. CONSULTAS

1.    INTRODUCCIÓN

La SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA dependiente de DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN CULTURAL de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA, se complace en anunciar la apertura de la CONVOCATORIA FEDERAL DE DRAMATURGIA en el marco del PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”.

La Convocatoria busca incentivar la producción de dramaturgias musicales originales, promover la profesionalización de artistas jóvenes en el ámbito de las artes escénicas, fortalecer la circulación de bienes culturales con perspectiva federal y ampliar el acceso de las juventudes a procesos de creación y producción cultural de alta calidad.

La iniciativa se enmarca en las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ya que busca estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas; elaborar y promover políticas de participación institucional que fortalezcan las identidades culturales de la Nación; promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación y la democratización del acceso a bienes culturales; intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes entre otras.

Por su parte, la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA, tiene entre sus objetivos “(…) Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas a la promoción cultural y artística para los diferentes sectores culturales, en un marco de desarrollo sociocultural, formativo y creativo. (…) Promover e impulsar acciones conducentes a fomentar la inclusión y vinculación de los adultos, jóvenes y niños con el arte.”

En cuanto a la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, tiene entre sus acciones “(…) Promover y difundir la literatura y la música en la REPÚBLICA ARGENTINA mediante la programación, ejecución y coordinación de actividades con los organismos propios, provinciales, municipales y privados que correspondiere; Fomentar la realización de muestras y exposiciones fijas o itinerantes, cursos, conferencias, salones, asesoría técnica, talleres y toda otra actividad conducente al logro de estos objetivos; Asesorar a la Dirección Nacional en lo concerniente a la difusión y promoción de la música y la literatura, en el ámbito de su competencia; (...) Asesorar a la Dirección sobre cuestiones relativas a la literatura y la música argentinas, para el diseño de programas y proyectos de la temática.

2. OBJETO

Se trata de una iniciativa de carácter abierta y tiene como objeto principal la selección de un libreto original e inédito de teatro musical para su producción integral y puesta en escena, con impronta federal en su génesis y realización.

Los objetivos generales de esta convocatoria son:

• Fomentar la dramaturgia musical argentina, estimulando la creación de nuevas obras que enriquezcan el repertorio nacional.

• Descubrir y visibilizar nuevos talentos en el campo de la escritura de libretos y composición musical para teatro.

• Generar oportunidades profesionales para autores, compositores y artistas de todo el país.

• Promover una circulación federal de bienes culturales, garantizando que la obra ganadora tenga un alcance que trascienda los circuitos tradicionales.

3. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

3.1 Temática de la obra

Género: La obra deberá enmarcarse en tanto Comedia Musical, y el estilo ha de ser Comedia Brillante. Se entiende como Comedia Musical a un género teatral que combina música, canciones, diálogos y bailes coreografiados para contar una historia. Se entiende como Estilo Comedia Brillante a una pieza teatral de tono ingenioso, diálogos ágiles, ritmo dinámico y humor inteligente, que evite la sátira cruda o el humor exclusivamente costumbrista, buscando un atractivo universal.

Temas y subtemas: el eje ha de estar en los vínculos familiares contemporáneos, el amor, el desamor y las dificultades en la comunicación. La pieza deberá conjugar humor y reflexión, con sensibilidad y actualidad.

Tono: dramático juvenil contemporáneo abordado desde el humor.

Género musical: El género musical será asignado en articulación con el ganador de la convocatoria a composición musical. Esta instancia contará con la opinión e intervención de un equipo técnico quien podrá pedir consejo u opinión al libretista.

Personajes: El libreto debe contemplar 6 actores protagónicos y 2 de pivote (estos últimos son actores que pueden desempeñar varios roles secundarios con entradas y salidas según corresponda).

3.2 Requisitos de la obra

La obra presentada deberá cumplir, sin excepción, con los siguientes requisitos:

Originalidad: Deberá ser una creación enteramente original. No se admitirán adaptaciones de novelas, películas, obras de teatro preexistentes u otras fuentes, aún si la obra original estuviera bajo dominio público, respetando además lo establecido por la ley de propiedad intelectual 11.723.

Exclusividad: La obra no debe haber sido representada, publicada, premiada, difundida públicamente (en lecturas, redes sociales, plataformas de streaming, etc.) ni encontrarse comprometida en ninguna instancia previa de producción o desarrollo, ni estar cedidos sus derechos. Excepcionalmente se admitirán obras que hubieran sido anteriormente presentadas sólo con finalidad académica, sin registros ni compromisos aledaños.

Situación Legal: El libreto no deberá estar participando simultáneamente en otro concurso, ni estar pendiente de decisiones judiciales, litigios o compromisos de cesión de derechos con terceros. La persona que presente el libreto garantiza su autoría.

Estructura: El texto deberá tener una estructura dramática clara y completa (obertura, desarrollo de la obra, resolución y coda), propia de una obra de teatro musical, integrando diálogos, acotaciones escénicas y la indicación precisa de los momentos musicales. Se entiende por estructura dramática a la composición de actos y escenas con interludios, obertura y coda si lo hubiere, delimitados de manera clara y precisa su progresión.

Extensión: Libro teatral: 80 páginas máximo / Hasta 90 minutos de obra (aproximado).

Duración: La duración escénica del libreto original deberá estimarse en alrededor de 60 minutos, considerando que a este tiempo se incorporará posteriormente música de parte de la obra ganadora en “Composición musical” y por el Director musical de la obra.

Viabilidad: El libreto debe estar concebido para un elenco de un máximo de ocho artistas (actores que canten y bailen), contemplando la posibilidad de que dos actores puedan desdoblar personajes siendo estos de “pivote”.

Formato del Archivo: El libreto deberá presentarse en un archivo PDF, en formato A4, con tipografía Arial, tamaño 11, a doble espacio, con márgenes de 2,5cm a cada lado, alineado a la izquierda (sin justificar). Las páginas deberán estar numeradas. En extensión, se estima un minuto de representación escénica por página escrita.

El libreto deberá respetar las normas ortográficas y gramaticales vigentes según la Real Academia Española (RAE).

4. DESTINATARIOS

Podrán participar autores y/o compositores ciudadanos argentinos o residentes permanentes en el país, de 18 a 35 años inclusive, al momento de postularse.

La participación debe ser individual, no se aceptarán libretos de coautoría (grupal), empresas o similares.

Cada postulante podrá presentarse en las distintas convocatorias que se realicen en el marco del PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”, pero sólo podrá presentar una (1) obra en cada una de ellas. En caso que una persona participe en más de una convocatoria, las presentaciones se harán por separado, debiendo realizar ambos procesos de inscripción y el jurado puede optar por seleccionar una (1) de las obras postuladas o más de una (1).

En ningún caso podrán aplicar entes organizadores cuyas autoridades, de acuerdo con la naturaleza jurídica que corresponda a cada una, se encuentren vinculadas con la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, bajo cualquier modalidad de relación contractual o empleo público.

Tampoco podrán postularse las personas que tengan rendiciones de cuenta pendientes fuera de plazo con la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. PLAZOS Y PROCESO DE INSCRIPCIÓN

5.1 Plazo de inscripción:

La inscripción dará comienzo el primer día hábil posterior a la publicación de las Bases y Condiciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, y se extenderá por TREINTA (30) días corridos. Sólo se admitirán las postulaciones realizadas durante el plazo antes señalado.

De resultar necesario, la Autoridad de Aplicación de la Convocatoria podrá prorrogar el plazo de inscripción mediante el dictado del acto administrativo pertinente, lo cual será comunicado oportunamente a través de las redes sociales y/o en la página web https://www.argentina.gob.ar/cultura y/o en la plataforma del Registro Federal de Cultura en (somos.cultura.gob.ar).

5.2 Proceso de inscripción:

Las inscripción podrá realizarse únicamente por medio de la plataforma del Registro Federal de Cultura ( somos.cultura.gob.ar). Las personas interesadas deberán crear un usuario en la plataforma, y cargar toda la información requerida en la sección: CONVOCATORIAS - CREÁ TU HISTORIA - DRAMATURGIA.

6. DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN

6.1 Documentación formal

1. Nombre y apellido.

2. Fecha de nacimiento. Sólo se admitirán inscripciones de personas que cumplan con los requisitos etarios al momento de la postulación.

3. Localidad y provincia de residencia.

4. Datos de contacto: correo electrónico y teléfono. Las notificaciones cursadas al correo electrónico serán consideradas fehacientes a los efectos de la presente convocatoria.

5. DNI, frente y dorso.

6. Seudónimo.

7. Título de la obra.

8. Declaración Jurada - Uso exclusivo. Para continuar con el proceso de inscripción se debe presentar firmado el documento indicado como Anexo IV . El mismo será brindado por la plataforma para descargar y rubricar (en forma manuscrita o digital). Una vez firmado, se deberá alojar nuevamente el documento en la plataforma de inscripción.

Importante: los datos brindados en esta categoría sólo serán visualizados para el control técnico-administrativo de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, a los efectos de la Preselección indicada en el punto 7.1 de las presentes. Ninguno de estos datos será brindado al Jurado, y sólo serán accesibles una vez que se haya emitido el Acta con los respectivos datos personales y seudónimos, para la identificación del ganador.

6.2 Material de postulación y pautas técnicas de presentación

1. El documento que contenga el Libreto deberá presentarse en formato PDF.

Se solicitará a los participantes que postulen el material con un seudónimo para garantizar el anonimato durante todo el proceso de evaluación, siendo el comité de selección quien recepcione únicamente las obras con seudónimo, mientras que los datos personales sólo podrán ser visualizados por el personal administrativo a cargo de la convocatoria, a fin de evaluar el cumplimiento de los requisitos formales.

El seudónimo debe figurar únicamente en la carátula del libreto, no en el resto del documento.

2. Completar la ficha técnica con los siguientes datos: título de la obra, seudónimo, duración estimada y una sinopsis argumental (máximo 500 palabras).

3. (Opcional) Demo musical: se puede realizar el envío de enlace al archivo con maquetas musicales. Se deberá presentar en formato MP3 o MP4 y vía Drive, Dropbox, Soundcloud o YouTube (privado, no listado). Los enlaces deben estar encriptados con clave o compartido únicamente al siguiente correo: creatuhistoriaelmusical@gmail.com. Se aceptarán enlaces a archivos en formato MP3 y MP4, hasta un máximo de 5 archivos (uno por tema musical). La totalidad de los archivos no pueden superar los 200 MB.b El nombre de los archivos o enlaces no debe revelar la identidad del autor. Si los mismos revelaran de alguna manera la identidad, la postulación quedará DESCALIFICADA.

7. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

El proceso de selección se desarrollará en las siguientes etapas:

7.1 Preselección:

El equipo administrativo de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA verificará que todas las postulaciones cumplan con los requisitos de admisibilidad formales establecidos en el punto 3. Aquellas que no lo hagan serán desestimadas.

7.2 Evaluación y selección:

Un comité de selección, conformado por TRES (3) profesionales idóneos y especialistas de reconocida trayectoria, cuya integración será aprobada por la autoridad de aplicación de la Convocatoria dentro de los DOS (2) días hábiles posteriores a la apertura de la misma, evaluará las obras preseleccionadas. A tal efecto se labrará el ACTA correspondiente con la nómina de los seleccionados.

El comité se basará en los siguientes criterios:

• Calidad artística y narrativa: Originalidad de la trama, solidez en la construcción de personajes y diálogos.

• Potencial de integración música-texto.

• Viabilidad de producción: Adecuación de la propuesta a las condiciones de producción estipuladas.

• Potencial de impacto: Capacidad de la obra para conectar con un público amplio y federal.

• Criterio Federal: se priorizará una mirada representativa del territorio nacional en la selección de obras.

La Autoridad de Aplicación de la Convocatoria será responsable de aprobar el Acta de obras seleccionadas por el comité.

La decisión del comité de selección será de carácter definitivo e inapelable. La decisión no será revisada a solicitud de los postulantes en el aspecto conceptual, sin perjuicio de los recursos que, con carácter general se encuentran habilitados en los términos de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su decreto reglamentario, con relación al acto administrativo que ratifique la decisión.

Inteligencia Artificial: el uso de inteligencia artificial deberá ser manifestado en forma expresa en la “Declaración Jurada - Uso exclusivo”. Serán especialmente consideradas las obras que no hayan utilizado inteligencia artificial.

8. PREMIO

El Jurado seleccionará tres libretos - estableciendo un orden de mérito - que satisfagan de modo suficiente los criterios anteriormente expuestos.

PRIMER PREMIO:
Producción Escénica : La SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN realizará la producción integral del espectáculo, incluyendo la designación del equipo artístico (dirección, elenco, diseños), los ensayos y el estreno en una sala de referencia.

Premio económico: La obra ganadora recibirá un premio de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000,-).

Acompañamiento profesional: El autor prestará su colaboración, en caso de ser necesario, junto al equipo de producción y dirección durante las etapas de desarrollo y ensayos, pudiendo realizarse ajustes al libreto en función del resultado escénico.

Reconocimiento oficial: Se otorgará UN DIPLOMA digital con el reconocimiento oficial y difusión institucional.

SEGUNDO PREMIO:

Reconocimiento oficial: Se otorgará UN DIPLOMA digital con la mención honorífica.

TERCER PREMIO:

Reconocimiento oficial: Se otorgará UN DIPLOMA digital con la mención honorífica.

En caso de que el libreto seleccionado en primer lugar debiera ser desestimado por incumplimiento de las pautas establecidas en este Reglamento de Bases y Condiciones, el que haya sido seleccionado en segundo lugar ocupará su lugar. Del mismo modo, el libreto ubicado en tercer lugar pasará a ocupar el segundo puesto.

9.  PROPIEDAD INTELECTUAL Y DECLARACIÓN JURADA

Quienes se inscriban a la presente Convocatoria deberán, al momento de la postulación, deberán completar la “Declaración Jurada - Uso exclusivo” .

Es responsabilidad exclusiva de quien reciba el PRIMER PREMIO el registro de su obra ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA) https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechodeautor a los efectos del resguardo de sus derechos. La SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN no se hará responsable ante eventuales incumplimientos.

El autor conservará la titularidad de los derechos y autoriza de manera exclusiva a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por un período de dos años, a partir de su selección, la representación exclusiva gratuita para la producción y exhibición de la obra en todo el territorio de la República Argentina, sin que ello implique una obligación de contraprestación económica adicional al premio de la producción. Vencido dicho plazo, los derechos retornarán automáticamente al autor, salvo que las partes acuerden por escrito una prórroga o nuevas condiciones de autorización para usos adicionales. La autorización incluye la producción de material de difusión o soporte digital y/o audiovisual, sin límite temporal.

No obstante, los autores conservan sus Derechos de Propiedad Intelectual de acuerdo con la Ley 11.723 y sus modificatorias, por lo que se responsabilizan del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de dicha Ley, siendo garantes de que la difusión, reproducción o edición de la obra en el marco de la presente Convocatoria no lesione derecho alguno de terceros.

El autor podrá ser convocado a participar en actividades de difusión, promoción o circulación que organice la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, tales como presentaciones, entrevistas, festivales o cualquier otra instancia pública relacionada con el proyecto.

Estas participaciones no implican relación laboral alguna y serán coordinadas previamente, en función de las necesidades del cronograma institucional y la disponibilidad del autor.

Derechos de Imagen.

Las personas postulantes autorizan a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a utilizar todo el material e información que provean a la presente Convocatoria —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones—y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.

Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

10) INCUMPLIMIENTOS

Cuando la Autoridad de Aplicación tome conocimiento sobre el incumplimiento de cualquier observación derivada de las presentes Bases y Condiciones y/o de los compromisos o sobre el falseamiento de datos suscriptos por los postulantes, intimará a los mismos para su regularización, o, en caso de corresponder, notificará la revocación de la selección efectuada. Dicha intimación se hará llegar al domicilio electrónico constituido en el formulario de postulación durante el proceso de inscripción. Dicho correo electrónico será considerado como un domicilio válido de notificación para todas las cuestiones referidas a la presente convocatoria. De no regularizarse la situación planteada, se conformarán actuaciones que serán giradas a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el informe pertinente, a los efectos de evaluar los niveles de responsabilidad implicados, y arbitrar las acciones legales de carácter administrativo y/o judicial que correspondan. Adicionalmente, cualquier incumplimiento por parte de los seleccionados podría inhabilitarlos para participar de futuras convocatorias de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a través de cualquiera de sus programas.

11) CONSULTAS

Las consultas sobre la interpretación o aplicación de este Reglamento de Bases y Condiciones, los interesados podrán dirigirlas exclusivamente a través del siguiente correo electrónico: creatuhistoriaelmusical@gmail.com.

No se brindará asesoramiento sobre el contenido de los proyectos.






ANEXO III

PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA” – CONVOCATORIA FEDERAL DE COMPOSICIÓN MUSICAL

REGLAMENTO TÉCNICO DE BASES Y CONDICIONES

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. OBJETO

3. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

4. DESTINATARIOS

5. PLAZOS Y PROCESO DE INSCRIPCIÓN

6. DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN

7. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

8. PREMIO

9. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DECLARACIÓN JURADA

10. INCUMPLIMIENTOS

11. CONSULTAS

1. INTRODUCCIÓN

La SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a través de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, dependiente de DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN CULTURAL de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA se complace en anunciar la apertura de la CONVOCATORIA FEDERAL DE COMPOSICIÓN en el marco del PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”.

La Convocatoria busca incentivar la producción de composiciones musicales originales, promover la profesionalización de artistas jóvenes en el ámbito de las artes escénicas, fortalecer la circulación de bienes culturales con perspectiva federal y ampliar el acceso de las juventudes a procesos de creación y producción cultural de alta calidad.

La iniciativa se enmarca en las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ya que busca estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas; elaborar y promover políticas de participación institucional que fortalezcan las identidades culturales de la Nación; promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación y la democratización del acceso a bienes culturales; intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes entre otras.

Por su parte, la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA, tiene entre sus objetivos “(…) Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas destinadas a la promoción cultural y artística para los diferentes sectores culturales, en un marco de desarrollo sociocultural, formativo y creativo. (…) Promover e impulsar acciones conducentes a fomentar la inclusión y vinculación de los adultos, jóvenes y niños con el arte.”

En cuanto a la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, tiene entre sus acciones “(…) Promover y difundir la literatura y la música en la REPÚBLICA ARGENTINA mediante la programación, ejecución y coordinación de actividades con los organismos propios, provinciales, municipales y privados que correspondiere; Fomentar la realización de muestras y exposiciones fijas o itinerantes, cursos, conferencias, salones, asesoría técnica, talleres y toda otra actividad conducente al logro de estos objetivos; Asesorar a la Dirección Nacional en lo concerniente a la difusión y promoción de la música y la literatura, en el ámbito de su competencia; (...) Asesorar a la Dirección sobre cuestiones relativas a la literatura y la música argentinas, para el diseño de programas y proyectos de la temática.

2. OBJETO

La Convocatoria tiene por objeto seleccionar una propuesta original de composición musical —que incluya melodías, temas principales, leitmotiv, armonización y sugerencias rítmicas— destinada a articularse con el libreto que resultase ganador de la CONVOCATORIA FEDERAL DE DRAMATURGIA, abordando las mismas temáticas que inspiran aquel proyecto.

Objetivos generales:

• Promover la creación de música original para una obra de comedia musical del estilo Comedia Brillante.

• Fomentar la integración interdisciplinaria entre música, dramaturgia y artes escénicas.

• Impulsar el talento creativo a nivel federal.

• Visibilizar nuevos talentos musicales en el campo escénico.

3. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

3.1 Género, estilo y temática

La obra deberá enmarcarse en tanto Comedia Musical, y el estilo ha de ser Comedia Brillante. Se entiende como Comedia Musical a un género teatral que combina música, canciones, diálogos y bailes coreografiados para contar una historia. Se entiende como Estilo Comedia Brillante a una pieza teatral de tono ingenioso, diálogos ágiles, ritmo dinámico y humor inteligente, que evite la sátira cruda o el humor exclusivamente costumbrista, buscando un atractivo universal.

Temas y subtemas: el eje ha de estar en los vínculos familiares contemporáneos, el amor, el desamor y las dificultades en la comunicación. La pieza deberá conjugar humor y reflexión, con sensibilidad y actualidad.

Tono: dramático juvenil contemporáneo abordado desde el humor.

Al momento del lanzamiento de la convocatoria, se compartirán mayores detalles que sean de utilidad como parámetros artísticos para la composición musical.

3. 2 Requisitos de la obra

La obra presentada deberá cumplir, sin excepción, con los siguientes requisitos:

Originalidad: Deberá ser una creación enteramente original. No se admitirán adaptaciones aún si la obra original estuviera bajo dominio público, respetando además lo establecido por la ley de propiedad intelectual 11.723.

Exclusividad: La composición no debe haber sido representada, publicada, premiada, difundida públicamente (en lecturas, redes sociales, plataformas de streaming, etc.) ni encontrarse comprometida en ninguna instancia previa de producción o desarrollo, ni estar cedidos sus derechos. Queda a excepción obras presentadas sólo con finalidad académica sin registros ni compromisos aledaños.

Situación Legal: No podrán presentarse composiciones que estén participando simultáneamente en otro concurso, ni sujetas a decisiones judiciales pendientes, litigios o compromisos de cesión de derechos con terceros. La persona que presente la composición garantiza su autoría.

Estilo musical: La música deberá adaptarse al género dramático “Comedia brillante” en términos de ritmo, tono y atmósfera.

Duración total estimada: Las piezas musicales deberán ser de 15 minutos como mínimo y 25 minutos como máximo.

Viabilidad escénica: La propuesta deberá ser ejecutable en escena y pensada para voces cantantes profesionales, específicamente actores que cantan y bailan en vivo.

La instrumentación referencial será llevada a cabo por cinco músicos en vivo (que pueden ser bajo, batería, guitarra, teclado y piano), más pistas.

4. DESTINATARIOS

Podrán participar autores y/o compositores ciudadanos argentinos o residentes permanentes en el país, de 18 a 35 años inclusive, al momento de postularse.

Las composiciones deben ser de autoría individual, no se aceptarán personas en representación de un grupo, empresa o afín.

Cada postulante podrá presentarse en las distintas convocatorias que se realicen en el marco del PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”, pero sólo podrá presentar una (1) obra en cada una de ellas. En caso que una persona participe en más de una convocatoria, las presentaciones se harán por separado, debiendo realizar ambos procesos de inscripción y el jurado puede optar por seleccionar una (1) de las obras postuladas o más de una (1).

En ningún caso podrán aplicar entes organizadores cuyas autoridades, de acuerdo con la naturaleza jurídica que corresponda a cada una, se encuentren vinculadas con la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, bajo cualquier modalidad de relación contractual o empleo público.

Tampoco podrán postularse las personas que tengan rendiciones de cuenta pendientes fuera de plazo con la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. PLAZOS Y PROCESO DE INSCRIPCIÓN

5.1 Plazo de inscripción

La inscripción dará comienzo a partir del primer día hábil posterior a los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, y se extenderá por TREINTA (30) días corridos. Sólo se admitirán las postulaciones realizadas durante el plazo antes señalado.

De resultar necesario, la Autoridad de Aplicación de la Convocatoria podrá prorrogar el plazo de inscripción mediante el dictado del acto administrativo pertinente, lo cual será comunicado oportunamente a través de las redes sociales y/o en la página web https://www.argentina.gob.ar/cultura y/o en la plataforma del Registro Federal de Cultura en somos.cultura.gob.ar.

5.2 Proceso de inscripción

Las inscripción podrá realizarse únicamente por medio de la plataforma del Registro Federal de Cultura ( somos.cultura.gob.ar). Las personas interesadas deberán crear un usuario en la plataforma y cargar toda la información requerida en la sección: CONVOCATORIAS - CREÁ TU HISTORIA - COMPOSICIÓN MUSICAL.

6. DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN

6.1 Documentación formal

1. Nombre y apellido.

2. Fecha de nacimiento. Sólo se admitirán inscripciones de personas que cumplan con los requisitos etarios al momento de la postulación.

3. Localidad y provincia de residencia.

4. Datos de contacto: correo electrónico y teléfono. Las notificaciones cursadas al correo electrónico serán consideradas fehacientes a los efectos de la presente convocatoria.

5. DNI, frente y dorso.

6. Seudónimo.

7. Título de la obra.

8. Declaración Jurada - Uso exclusivo. Para continuar con el proceso de inscripción se debe presentar firmado el documento indicado como Anexo V . El mismo será brindado por la plataforma para descargar y rubricar (en forma manuscrita o digital). Una vez firmado, se deberá alojar nuevamente el documento en la plataforma de inscripción.

Importante: los datos brindados en esta categoría sólo serán visualizados para el control técnico-administrativo de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, a los efectos de la Preselección indicada en el punto 7.1 de las presentes. Ninguno de estos datos será brindado al comité de selección, y sólo serán accesibles una vez que se haya emitido el Acta con los respectivos datos personales y seudónimos, para la identificación del ganador.

6.2  Material de postulación y pautas técnicas de presentación

Se solicitará a los participantes que postulen el material con un seudónimo para garantizar el anonimato durante todo el proceso de evaluación, siendo el comité de selección quien recepcione únicamente las obras con seudónimo, mientras que los datos personales sólo podrán ser visualizados por el personal administrativo a cargo de la convocatoria, a fin de evaluar el cumplimiento de los requisitos formales

1. Formato de entrega: Audio en maqueta (no se exige grabación profesional). Se podrán presentar cuatro (4) a cinco (5) demos musicales en formato MP3/MP4 que musicalizarán el espectáculo incluido en el libreto ganador de la Convocatoria Federal de Dramaturgia. Se deberá presentar además un documento en PDF que contenga las partituras correspondientes, en cifrado americano o en cifrado básico.

2. Completar la ficha técnica con los siguientes datos:

• Lista de piezas musicales;

• Duración de las piezas musicales;

• Breve descripción de cada una (función dramática).

3. Envío de enlace al archivo con maquetas musicales: se deberá presentar en formato MP3 o MP4 y vía Drive, Dropbox, Soundcloud o YouTube (privado, no listado). Los enlaces deben estar encriptados con clave o compartido únicamente al siguiente correo: creatuhistoriaelmusical@gmail.com. Se aceptarán enlaces a archivos en formato MP3 y MP4, hasta un máximo de 5 archivos (uno por tema musical). La totalidad de los archivos no pueden superar los 200 MB. El nombre de los archivos o enlaces no debe revelar la identidad del autor. Si los mismos revelaran de alguna manera la identidad, la postulación quedará DESESTIMADA.

7. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN

El proceso de selección se desarrollará en las siguientes etapas:

7.1 Preselección

El equipo administrativo de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA verificará que todas las postulaciones cumplan con los requisitos de admisibilidad formales establecidos en el punto 3. Aquellas que no lo hagan serán desestimadas.

7.2 Evaluación y selección

Un comité de selección, conformado por TRES (3) profesionales idóneos y especialistas de reconocida trayectoria, cuya integración será aprobada por la autoridad de aplicación de la Convocatoria dentro de los DOS (2) días hábiles posteriores a la apertura de la misma, evaluará las obras preseleccionadas. A tal efecto se labrará el ACTA correspondiente con la nómina de los seleccionados.

El comité se basará en los siguientes criterios:

• Calidad artística, originalidad melódica y armónica.

• Adecuación escénica e integración con el libreto.

• Viabilidad de producción.

• Potencial expresivo y emocional.

• Criterio Federal: se priorizará una mirada representativa del territorio nacional en la selección de obras.

La Autoridad de Aplicación de la Convocatoria será responsable de aprobar el Acta de obras seleccionadas por el comité.

La decisión del comité de selección será de carácter definitivo e inapelable. La decisión no será revisada a solicitud de los postulantes en el aspecto conceptual, sin perjuicio de los recursos que, con carácter general se encuentran habilitados en los términos de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su decreto reglamentario, con relación al acto administrativo que ratifique la decisión.

Inteligencia Artificial: el uso de inteligencia artificial deberá ser manifestado en forma expresa en la “Declaración Jurada - Uso exclusivo”. Serán especialmente consideradas las obras que no hayan utilizado inteligencia artificial.

8. PREMIO

El Jurado seleccionará tres composiciones musicales, estableciendo un orden de mérito.

PRIMER PREMIO:

Producción nacional: La música seleccionada será parte integral de la puesta en escena de la obra ganadora en la Convocatoria Federal de Dramaturgia.

Premio económico: La obra ganadora recibirá un premio de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000,-).

Reconocimiento oficial: Se otorgará UN DIPLOMA digital con el reconocimiento oficial y difusión institucional.

SEGUNDO PREMIO:

Reconocimiento oficial: Se otorgará UN DIPLOMA digital con la mención honorífica.

TERCER PREMIO:

Reconocimiento oficial: Se otorgará UN DIPLOMA digital con la mención honorífica.

En caso de que la composición musical seleccionada en primer lugar debiera ser desestimada por incumplimiento de las pautas establecidas en este Reglamento de Bases y Condiciones, la que haya sido seleccionado en segundo lugar ocupará su lugar. Del mismo modo, la obra ubicada en tercer lugar pasará a ocupar el segundo puesto.

9. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DECLARACIÓN JURADA

Quienes se inscriban a la presente Convocatoria deberán, al momento de la postulación, completar la “Declaración Jurada - Uso exclusivo” .

Es responsabilidad exclusiva de quien reciba el PRIMER PREMIO el registro de su obra ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA) https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechodeautor a los efectos del resguardo de sus derechos. La SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN no se hará responsable ante eventuales incumplimientos.

El autor conservará la titularidad de los derechos y autoriza de manera exclusiva a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por un período de dos años, a partir de su selección, la reproducción exclusiva gratuita de la obra en todo el territorio de la República Argentina, sin que ello implique una obligación de contraprestación económica adicional al premio de la producción. Vencido dicho plazo, los derechos retornarán automáticamente al autor, salvo que las partes acuerden por escrito una prórroga o nuevas condiciones de autorización para usos adicionales. La autorización incluye la producción de material de difusión o soporte digital y/o audiovisual, sin límite temporal.

No obstante, los autores conservan sus Derechos de Propiedad Intelectual de acuerdo con la Ley 11.723 y sus modificatorias, por lo que se responsabilizan del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de dicha Ley, siendo garantes de que la difusión, reproducción o edición de la obra en el marco de la presente Convocatoria no lesione derecho alguno de terceros.

El autor podrá ser convocado a participar en actividades de difusión, promoción o circulación que organice la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, tales como presentaciones, entrevistas, festivales o cualquier otra instancia pública relacionada con el proyecto.

Estas participaciones no implican relación laboral alguna y serán coordinadas previamente, en función de las necesidades del cronograma institucional y la disponibilidad del autor.

Derechos de Imagen.

Las personas postulantes autorizan a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a utilizar todo el material e información que provean a la presente Convocatoria —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones—y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.

Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

10) INCUMPLIMIENTOS

Cuando la Autoridad de Aplicación tome conocimiento sobre el incumplimiento de cualquier observación derivada de las presentes Bases y Condiciones y/o de los compromisos o sobre el falseamiento de datos suscriptos por los postulantes, intimará a los mismos para su regularización, o, en caso de corresponder, notificará la revocación de la selección efectuada. Dicha intimación se hará llegar al domicilio electrónico constituido en el formulario de postulación durante el proceso de inscripción. Dicho correo electrónico será considerado como un domicilio válido de notificación para todas las cuestiones referidas a la presente convocatoria. De no regularizarse la situación planteada, se conformarán actuaciones que serán giradas a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el informe pertinente, a los efectos de evaluar los niveles de responsabilidad implicados, y arbitrar las acciones legales de carácter administrativo y/o judicial que correspondan. Adicionalmente, cualquier incumplimiento por parte de los seleccionados podría inhabilitarlos para participar de futuras convocatorias de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a través de cualquiera de sus programas.

11)  CONSULTAS

Las consultas sobre la interpretación o aplicación de este Reglamento de Bases y Condiciones, los interesados podrán dirigirlas exclusivamente a través del siguiente correo electrónico: creatuhistoriaelmusical@gmail.com

No se brindará asesoramiento sobre el contenido de los proyectos.






ANEXO IV

Declaración Jurada - Uso exclusivo

PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”
CONVOCATORIA FEDERAL DE DRAMATURGIA


Las personas que se postulen deberán descargar, rubricar (en forma manuscrita o digital) y alojar nuevamente en la plataforma de inscripción, la DDJJ de conformidad con el siguiente texto.

Quien suscribe, ___________________________________, con identificación Tipo _______Nº________________y con domicilio físico en ______________________________________, y correo electrónico _________________________________, siendo persona plenamente capaz, MANIFIESTO mi intención de participar en la CONVOCATORIA FEDERAL DE DRAMATURGIA del PROGRAMA “CREÁ TU HISTORIA”, organizado por la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a través de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, y por medio de la presente, DECLARO BAJO JURAMENTO y bajo mi exclusiva responsabilidad:

1) que resulto ser TITULAR de la Obra denominada ________________________________ y sus derechos me pertenecen;

2) que la misma es original e inédita;

3) que en caso de resultar seleccionada la obra que postulo, autorizo el uso de la misma a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para la presente Convocatoria y su consecuente producción, de manera exclusiva, por DOS (2) años y sin límite espacial. La autorización es extensiva a cualquier tipo de reproducción (artística, física o digital) que haga el organismo, sea de manera exclusiva o en coordinación con organismos provinciales y/o municipales. La autorización incluye la producción de material de difusión o soporte digital y/o audiovisual, sin límite temporal.

4) que puedo otorgar la presente sin limitación alguna y de acuerdo a las disposiciones emergentes de la Convocatoria y sus Bases y Condiciones, las cuales he leído y acepto sin reservas;

5) que la obra que postulo no ha sido representada, publicada, premiada, o difundida públicamente, ni se encuentra comprometida en ninguna instancia previa de producción o desarrollo ni se han cedido sus derechos;

6) que la obra no se encuentra participando simultáneamente en otro concurso, ni sujeta a decisiones judiciales pendientes ni litigio alguno.

7) que (si/no) ____ he utilizado inteligencia artificial en la producción de mi obra. En el caso de indicar “sí”, declaro que la misma es de mi autoría, habiendo utilizado la inteligencia artificial únicamente como herramienta de asistencia creativa (por ej para corrección, edición, referencia melódica o sinopsis), y entendiendo que el comité de selección podrá tenerlo en cuenta al momento de valorar las obras presentadas.

En consecuencia deslindo a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de toda responsabilidad legal que pudiera surgir de reclamos de terceras personas que invoquen la autoría total o parcial de la obra cuya propiedad invoco, así como también de toda eventualidad que obstaculice su inscripción en razón de la falsedad de la declaración en este acto formulada.

Comprendo que todas las notificaciones cursadas al correo electrónico constituido en la inscripción, e indicado en la presente, serán válidas y se consideran fehacientes a los efectos de esta convocatoria.

El falseamiento de la presente DDJJ, la omisión voluntaria de información, o el incumplimiento de las obligaciones asumidas, dará lugar a lo establecido en el punto “10. Incumplimientos” de las Bases y Condiciones.

Fecha, lugar y firma






ANEXO V

Declaración Jurada - Uso exclusivo

PROGRAMA FEDERAL “CREÁ TU HISTORIA”
CONVOCATORIA FEDERAL DE COMPOSICIÓN MUSICAL


Las personas que se postulen deberán descargar, rubricar (en forma manuscrita o digital) y alojar nuevamente en la plataforma de inscripción, la DDJJ de conformidad con el siguiente texto.

Quien suscribe, ________________________________________, con identificación Tipo _______Nº ________________y con domicilio físico en ____________________________________________________, y correo electrónico _________________________________, siendo persona plenamente capaz, MANIFIESTO mi intención de participar en la CONVOCATORIA FEDERAL DE COMPOSICIÓN MUSICAL del PROGRAMA “CREÁ TU HISTORIA”, organizado por la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a través de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA LITERATURA Y LA MÚSICA, y por medio de la presente, DECLARO BAJO JURAMENTO y bajo mi exclusiva responsabilidad:

1) que resulto ser TITULAR de la Obra denominada ____________________________________ y sus derechos me pertenecen;

2) que la misma es original e inédita;

3) que en caso de resultar seleccionada la obra que postulo, autorizo el uso de la misma a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para la presente Convocatoria y su consecuente producción/reproducción, de manera exclusiva, por DOS (2) años y sin límite espacial. La autorización es extensiva a cualquier tipo de reproducción (artística, física o digital) que haga el organismo, sea de manera exclusiva o en coordinación con organismos provinciales y/o municipales. La autorización incluye la producción de material de difusión o soporte digital y/o audiovisual, sin límite temporal.

4) que puedo otorgar la presente sin limitación alguna y de acuerdo a las disposiciones emergentes de la Convocatoria y sus Bases y Condiciones, las cuales he leído y acepto sin reservas;

5) que la obra que postulo no ha sido representada, publicada, premiada, o difundida públicamente, ni se encuentra comprometida en ninguna instancia previa de producción o desarrollo ni se han cedido sus derechos.

6) que la obra no se encuentra participando simultáneamente en otro concurso, ni sujeta a decisiones judiciales pendientes ni litigio alguno.

7) que (si/no) ____ he utilizado inteligencia artificial en la producción de mi obra. En el caso de indicar “sí”, declaro que la misma es de mi autoría, habiendo utilizado la inteligencia artificial únicamente como herramienta de asistencia creativa (por ej para corrección, edición, referencia melódica o sinopsis), y entendiendo que el comité de selección podrá tenerlo en cuenta al momento de valorar las obras presentadas.

En consecuencia deslindo a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de toda responsabilidad legal que pudiera surgir de reclamos de terceras personas que invoquen la autoría total o parcial de la obra cuya propiedad invoco, así como también de toda eventualidad que obstaculice su inscripción en razón de la falsedad de la declaración en este acto formulada.

Comprendo que todas las notificaciones cursadas al correo electrónico constituido en la inscripción, e indicado en la presente, serán válidas y se consideran fehacientes a los efectos de esta convocatoria.

El falseamiento de la presente DDJJ, la omisión voluntaria de información, o el incumplimiento de las obligaciones asumidas, dará lugar a lo establecido en el punto “10. Incumplimientos” de las Bases y Condiciones.

Fecha, lugar y firma