Decreto 804/2025
DECTO-2025-804-APN-PTE - Homologación.
Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-69542743-APN-DNRYRT#MCH, la Ley N°
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus
modificaciones, la Ley N° 18.753, la Ley de Ministerios Nº 22.520
(texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus
modificatorias, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la
Administración Pública Nacional N° 24.185 y su modificatoria, la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y sus
modificaciones, la Ley de Presupuesto General para la Administración
Pública Nacional N° 27.701 y su modificación, los Decretos Nros. 447
del 17 de marzo de 1993, 192 del 5 de abril de 2023, 8 del 10 de
diciembre de 2023, 86 del 26 de diciembre de 2023, 88 del 26 de
diciembre de 2023, 469 del 27 de mayo de 2024, el Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por
el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098
del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y el Acta Acuerdo del
30 de junio de 2025, reabierta el 23 de julio de 2025, de la Comisión
Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.185 y su modificatoria establece el régimen aplicable
a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración
Pública Nacional y sus empleados e instituye al ex-MINISTERIO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de
Aplicación.
Que por el Decreto N° 8/23 se adecuó la organización Ministerial del
PODER EJECUTIVO NACIONAL, reformulándose la Ley de Ministerios N°
22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92).
Que por el artículo 10 del precitado decreto se estableció que los
compromisos y obligaciones asumidos, entre otros, por el entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estarán a cargo del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, considerándose transferidos los créditos
presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus
cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las
estructuras correspondientes.
Que por el artículo 23 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por
Decreto N° 438/92) se estipularon las competencias del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO.
Que por el referido Decreto N° 86/23, entre otras cuestiones, se aprobó
la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y,
asimismo, se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, entre los que se encuentra intervenir en la
fijación de los salarios del Sector Público Nacional, así como en la
gestión de las negociaciones colectivas de ese sector.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido en la Ley N° 24.185 y su
modificatoria se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y se
suscribieron las Actas del 30 de junio de 2025, por la cual se pasó a
un cuarto intermedio, y del 23 de julio de 2025, declarando reabierto
el acto.
Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°
24.185 reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93, lograron
un acuerdo cuya Cláusula Primera establece que hasta tanto se efectúe
una revisión integral y se evalúen los mecanismos necesarios para
proceder a la implementación del Régimen de Dirección Pública,
incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de Trabajo General
para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N°
214/06 y sus modificatorios, se prorroga a partir del 1° de julio de
2025, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga, conforme
lo acordado mediante Acta de fecha 22 de mayo de 2024 homologada por el
artículo 1° del Decreto N° 469/24, y hasta el 30 de noviembre de 2025,
la entrada en vigencia de los artículos sustituidos mediante la
Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022,
homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.
Que por la Cláusula Segunda, en razón de lo dispuesto en la citada
Cláusula Primera, se acordó prorrogar a partir del 1° de julio de 2025
y hasta el 30 de noviembre de 2025 la entrada en vigencia de la
incorporación del artículo 24 bis al Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, establecida en la Cláusula
Tercera del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022, homologada
por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.
Que por la Cláusula Tercera se prorroga en igual término la entrada en
vigencia de la derogación de los artículos 19, 20, 38 y 84 y el inciso
3.2. del artículo 78 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, dispuesta por la Cláusula Cuarta del Acta
Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1°
del Decreto N° 192/23.
Que por la Cláusula Cuarta se establece que hasta tanto tenga lugar la
entrada en vigencia de todo lo acordado, las disposiciones de los
artículos mencionados en el Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de
2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23, serán las
que resultaban vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N°
788/19, con las modificaciones que hubieren tenido lugar.
Que el Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la referida Ley Nº 24.185.
Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo
79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional, homologado por el
Decreto N° 214/06, y los recaudos previstos por el artículo 2° del
citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeciones.
Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES
(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones
contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones
introducidas por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional.
Que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención prevista en los artículos
4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la citada Ley N° 24.185 y su Decreto
Reglamentario N° 447/93.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
N° 24.185.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo del 30 de junio de 2025,
reabierta el 23 de julio de 2025, de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como ANEXOS
(IF-2025-70277725-APN-DNC#MCH e IF-2025-83007461-APN-DNRYRT#MCH),
forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- La vigencia de las disposiciones del Acta que se homologa
rigen conforme lo establecido por las partes signatarias.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y
complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Manuel Adorni - Sandra Pettovello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/11/2025 N° 86477/25 v. 13/11/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
EX-2025-69542743- -APN-DNRYRT#MCH
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 30 días del mes de JUNIO
de 2025, siendo las 12:00 horas, en la SECRETARIA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RELACIONES DEL TRABAJO dependiente
del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
ante el Lic. Ariel BORGHI acompañado por el Dr. Lisandro AYASTUY, en el
marco de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del Sistema Nacional del Empleo Público
(SINEP) COMPARECEN: por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
por el MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la Sra.
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO Lic.
ROSANA REGGI, acompañada por la Lic. Paula RECALDE POLARI y la Lic.
Mariela LIUNI, el SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, el Sr.
Nicolás Andres GERMAN, acompañado por el Lic. Marcelo ROMANO, por el
MINISTERIO DE ECONOMÍA,
el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, el Ing. Rodrigo CABADO, acompañado
por el Dr. Jorge CARUSO y la Ctdora. Natalia RODRIGUEZ LLAURO todos
ellos por parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en
representación de la
UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), los Sres. Diego GUTIERREZ y Alejo CONDE, y en representación de la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) el Sr. Nicolás RIAL UBAGO.
Declarado abierto el acto por los funcionarios actuantes, luego del
intercambio de opiniones, y a fin de poder avanzar con la negociación
pertinente, las partes acuerdan pasar a un cuarto intermedio.
En este estado, la Autoridad de Aplicación atento lo manifestado
precedentemente hace saber que oportunamente serán nuevamente
convocadas para la realización de una nueva audiencia.
No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en
los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del
mismo ante los funcionarios actuantes que así lo
CERTIFICAN//.
IF-2025-70277725-APN-DNC#MCH
EX-2025-69542743- -APN-DNRYRT#MCH
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de JULIO
de 2025, siendo las 16:00 horas, en la SECRETARIA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RELACIONES DEL TRABAJO dependiente
del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ante el Dr. Ariel BORGHI Director de
Análisis de las Relaciones Laborales del Sector Publico, y el Dr.
Lisandro AYASTUY Secretario de Conciliación, en el marco de la Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP), COMPARECEN:
por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el SECRETARIO EJECUTIVO Sr.
Nicolás Andrés GERMAN, acompañado por el Lic. Marcelo ROMANO, por el
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la Sra.
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO Lic.
ROSANA REGGI, acompañada por la Lic. Paula RECALDE POLARI, y la Lic.
Mariela LIUNI, por el
MINISTERIO DE ECONOMIA el SUBSECRETARIO DE
PRESUPUESTO Ing. Rodrigo CABADO, acompañado por la Ctdora. Natalia
RODRIGUEZ LLAURO y el Dr. Jorge CARUSO, todos ellos por parte del
Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en representación de la
UNION
DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), el Sr. Felipe CARRILLO, el Sr.
Diego GUTIERREZ, el Sr. Alejo CONDE con el asesoramiento del Sr. Hugo
SPAIRANI, y en representación de la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO
(ATE) los Sres. Mercedes CABEZAS, Flavio VERGARA, Hugo BELLON, Rodrigo
RECALDE, y la Sra. María Julia SCARENSI, asesorados por la Dra. Mariana
AMARTINO.
Declarado reabierto el acto de fecha 30 de junio de 2025 por los
funcionarios actuantes, se cede la palabra a la representación del
Estado Empleador quien
MANIFIESTA: Que atento la prórroga de la entrada
en vigencia del Régimen de Dirección Pública incorporado como Anexo IV
del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06, se somete a
consideración de esta Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP) las cláusulas que se detallan a continuación.
PRIMERA:
Hasta tanto las partes efectúen una revisión integral y evalúen los
mecanismos necesarios para proceder a la implementación del Régimen de
Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional, prorrogar a
partir del 01/07/25, fecha en que operó el vencimiento de su última
prórroga, conforme lo acordado mediante acta de fecha 22 de mayo de
2024 homologada por el artículo 1° del Decreto N° 469/24, y hasta el
30/11/25, la entrada en vigencia de los artículos sustituidos mediante
la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27/12/22, homologada por
el artículo 1° del Decreto N° 192/23.
SEGUNDA:
Conforme lo dispuesto en la Cláusula Primera, prorrogar a partir del
01/07/25, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga,
conforme lo acordado mediante acta de fecha 22 de mayo de 2024
homologada por el artículo 1° del Decreto N° 469/24, y hasta el
30/11/25, la entrada en vigencia de la incorporación del artículo 24
bis, al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), Decreto N° 2098/08 y
modificatorios, establecida en la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de
fecha 27/12/22, homologada por el artículo 1o del Decreto N° 192/23.
TERCERA:
Acorde lo manifestado en la Cláusula Primera, prorrogar, a partir del
01/07/25, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga,
conforme lo acordado mediante acta de fecha 22 de mayo de 2024
homologada por el artículo 1o del Decreto N° 469/24, y hasta el
30/11/25, la entrada en vigencia de la derogación de los artículos 19,
20, 38 y 84, y el inciso 3.2. del artículo 78 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial (CCTS) para el personal del Sistema Nacional del
Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y
modificatorios, dispuesta por la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de
fecha 27/12/22, homologada por el artículo 1° del Decretro N° 192/23.
CUARTA:
En virtud de lo expuesto en las cláusulas que anteceden, y hasta tanto
tenga lugar su entrada en vigencia, las disposiciones de los artículos
mencionados en el Acta Acuerdo de fecha 27/12/22, homologada por el
artículo 1° del Decreto N° 192/23 antes citada, serán las que
resultaban vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N° 788/19,
con las modificaciones que hubieren tenido lugar.
La representación de UPCN MANIFIESTA: Que acepta la propuesta efectuada por el Estado empleador.
La representación de ATE MANIFIESTA: Que rechaza la propuesta efectuada por el Estado empleador.
En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que
conforme lo manifestado precedentemente por las representaciones
sindicales, y atento la mayoría establecida en la Resolución N° 1822/21
que conforma los valores porcentuales, en conformidad con el artículo
4° de la Ley N
a 24.185 y su Decreto Reglamentario N° 447/93, se tiene
por perfeccionado el presente acuerdo.
No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en
los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del
mismo ante el funcionario actuante que así lo
CERTIFICA.------------------------------