AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 76/2025
RESOL-2025-76-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-123713387- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
Nº EX-2025-21376867- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de
fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416
de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de
2015, 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 29 de fecha 10 de enero
de 2018, 950 de fecha 24 de octubre 2024, todos ellos con sus
modificatorios y/o complementarios, y el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución N° 177
de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), Resolución
N° 70 de fecha 7 de noviembre de 2025 (RESOL-2025-70-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública N° 392-0103-SPU25 para la venta del
inmueble ubicado en Avenida Rivadavia N° 4615/17/19, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como
Circunscripción: 07 - Sección: 45 - Manzana: 142 - Parcela: 19,
correspondiente al CIE Nº 0200004035/3, con una superficie según título
de DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA DECÍMETROS
CUADRADOS (283,70 m2), una superficie cubierta total aproximada de UN
MIL VEINTÍDOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS
CUADRADOS (1.022,47 m2) y una superficie semicubierta total aproximada
de CUATRO METROS CUADRADOS CON NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (4,09 m2),
según requerimiento formulado la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS
INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO,
organismo descentralizado actualmente en la órbita de la VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la
actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes
inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos
estatales.
Que mediante el Decreto Nº 950 de fecha 24 de octubre de 2024
(DECTO-2024-950-APN-PTE) el Poder Ejecutivo Nacional autorizó a la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los términos del
artículo 45 del Anexo al Decreto Nº 2.670 del 1º de diciembre de 2015 y
sus modificatorios, a disponer, enajenar y/o transferir los inmuebles
del ESTADO NACIONAL que se detallan en el Anexo identificado como
IF-2024-104278637-APN-AABE#JGM de dicha medida, entre los cuales se
encuentra el inmueble en trato.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles,
propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y
complementarios.
Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 del 15 de
septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad
inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15 con sus
modificatorios, establece que todo acto de disposición de inmuebles de
propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que mediante Resolución Nº 177 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, su
modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6
de noviembre de 2024, se aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional, siendo de aplicación supletoria al
mismo, el Reglamento aprobado por el Decreto antedicho.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado
por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de
aplicación el aprobado mediante la Disposición ONC Nº 63-E de fecha 27
de septiembre de 2016, modificada por la Disposición ONC Nº 62 de fecha
30 de julio de 2024 (DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero
del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de
Gestión Electrónica “SUBASTAR”, como medio para efectuar en forma
electrónica todos los procedimientos de subasta pública que realicen
las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, mediante Nota
NO-2024-43734460-APN-EGN de fecha 29 de abril de 2024, tomó la
intervención de su competencia.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2025-37174965-APN-CNMLYBH#SC de
fecha 9 de abril de 2025, informó que el inmueble en trato carece de
valor patrimonial.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante el Dictamen de
Valor identificado bajo IF-2025-101273995-APN-TTN#MEC de fecha 11 de
septiembre 2025, determinó su valor venal, al contado, desocupado, en
la suma total de PESOS UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES
($1.384.000.000) o su equivalente en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
UN MILLÓN SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO (USD 1.006.545)
informando el valor base de venta, en los términos del Procedimiento
Interno TTN 19.1, en PESOS UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES
($ 1.246.000.000) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES
NOVECIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y UNO (USD 906.181) a un tipo de
cambio BNA de $/USD 1.375, todos los valores a fecha 4 de septiembre de
2025.
Que mediante Resolución N° 70 (RESOL-2025-70-APN-AABE#JGM) de fecha 7
de noviembre de 2025, se desafectó de la jurisdicción de la UNIVERSIDAD
NACIONAL MADRES DE PLAZA DE MAYO, el inmueble en trato, en los términos
del artículo 29 del Anexo al Decreto Nº 2.670/15 y sus modificatorios.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS
COMUNITARIOS, mediante Informe IF-2025-124325042-APN-DNSIYAC#AABE de
fecha 7 de noviembre de 2025 y su complementaria Nota
NO-2025-126801215-APN-DNSIYAC#AABE de fecha 14 de noviembre de 2025
solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS la venta
del inmueble en cuestión, con un valor base de subasta de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO (USD
1.006.545) y asimismo indicó los parámetros a tener en cuenta para la
confección del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS elaboró el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que el
procedimiento apropiado para la venta del inmueble es el de Subasta
Pública.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado
por la Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el mejor aprovechamiento y
utilización del patrimonio estatal, destinando la afectación de los
bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución
de políticas públicas.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º, incisos a) y b) del Reglamento Anexo al
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
mediante el Decreto Nº 1.030/16 con sus respectivas normas
modificatorias y/o complementarias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria mediante el procedimiento de
Subasta Pública N° 392-0103-SPU25 para la venta del inmueble ubicado en
Avenida Rivadavia N° 4615/17/19, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
identificado catastralmente como Circunscripción: 07 - Sección: 45 -
Manzana: 142 - Parcela: 19, correspondiente al CIE Nº 0200004035/3, con
una superficie según título de DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS
CUADRADOS CON SETENTA DECÍMETROS CUADRADOS (283,70 m2), una superficie
cubierta total aproximada de UN MIL VEINTÍDOS METROS CUADRADOS CON
CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (1.022,47 m2) y una superficie
semicubierta total aproximada de CUATRO METROS CUADRADOS CON NUEVE
DECÍMETROS CUADRADOS (4,09 m2), de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional
aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y
complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI
del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional,
aprobado por la Resolución Nº 177 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, su
modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6
de noviembre de 2024, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta
Agencia.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2025-126830162-APN-DCCYS#AABE, que como ANEXO
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de
la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15 del Decreto Nº 1.382/12,
sustituido por el Decreto Nº 575 de fecha 12 de agosto de 2025.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Alberto Pakgojz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/11/2025 N° 87134/25 v. 17/11/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)