PODER EJECUTIVO
Decreto 821/2025
DECTO-2025-821-APN-PTE - Derógase Decreto N° 194/2025.
Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-112749376-APN-CMEYGD#SCYM, los Decretos
Nros. 70 del 20 de diciembre de 2023, 117 del 2 de febrero de 2024 y su
modificatorio, 194 del 14 de marzo de 2025 y 525 del 30 de julio de
2025 y la Decisión Administrativa N° 5 del 31 de enero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto N° 194/25 se transfirieron las
plataformas “CINE.AR”, “CINE.AR PLAY” y “CINE.AR ESTRENOS” de la órbita
del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) de la
SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a CONTENIDOS
ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CAI S.A.U.) de
la ex-SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS entonces dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que si bien conforme lo ordenado por los artículos 2º y 3º del mentado
decreto, la ex-SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS y la SECRETARÍA DE
CULTURA iniciaron las acciones tendientes a efectivizar esa
transferencia, esta aún no se ha concretado.
Que, por su parte, por el Decreto Nº 70/23 se derogó la Ley N° 20.705 y
se dispuso la transformación de las sociedades o empresas con
participación del Estado, cualquiera fuera su tipo o forma societaria
adoptada, en sociedades anónimas, sujetas al régimen de la Ley General
de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias.
Que, en tal sentido, mediante el Decreto Nº 117/24 se dispuso la
intervención de diversas sociedades del Estado, entre las que se
encontraba CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, con el objeto de
llevar adelante su transformación en una Sociedad Anónima.
Que, en ese marco, la citada CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO
fue transformada en CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD
ANÓNIMA UNIPERSONAL.
Que la intervención referida precedentemente fue prorrogada por la
Decisión Administrativa Nº 5/25 con el fin de dar cumplimiento a las
“acciones a futuro” expresadas por el entonces interventor de la
empresa en su Nota del 20 de enero de 2025.
Que mediante el Decreto N° 525/25 se aceptó la renuncia, a partir del
1º de agosto de 2025, del entonces interventor de CONTENIDOS ARTÍSTICOS
E INFORMATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CAI S.A.U.), ingeniero
Eduardo Roberto GONZÁLEZ; designándose, con carácter “ad honorem”, al
señor Carlos María CURCI GONZÁLEZ como interventor de esa empresa.
Que conforme expresa el nuevo interventor en su Informe del 16 de
octubre de 2025 se considera desaconsejable la transferencia, para su
gestión, de las plataformas “CINE.AR”, “CINE.AR PLAY” y “CINE.AR
ESTRENOS” de la órbita del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES (INCAA) a la de CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CAI S.A.U).
Que, entre las razones expuestas, manifiesta que la intervención de
CONTENIDOS ARTÍSTICOS E INFORMATIVOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CAI
S.A.U.), la cual fue prorrogada, no ha concluido con su objeto, y la
ejecución del traspaso ordenado por el Decreto N° 194/25 no
contribuiría a cumplir tales objetivos.
Que, en ese sentido, es menester resolver las cuestiones pendientes que
actualmente tiene la empresa y que oportunamente motivaron la
continuidad de la intervención.
Que por los motivos expuestos corresponde derogar el Decreto N° 194/25.
Que han tomado la intervención de su competencia el INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y la SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico pertinente.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Derógase el Decreto N° 194 del 14 de marzo de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que las plataformas “CINE.AR”, “CINE.AR PLAY”
y “CINE.AR ESTRENOS”, junto con la titularidad de derechos, bienes,
presupuesto y personal afectado, continuarán actuando en la órbita del
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES dependiente de la
SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Manuel Adorni
e. 19/11/2025 N° 88142/25 v. 19/11/2025