SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 704/2025
RESOL-2025-704-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2025
VISTO el Expediente N° EX- 2025-104047256- -APN-DGDYD#SC, la Ley de
Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.701, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 989 del 5 de noviembre de 2024, 958 del 25 de octubre
de 2024, 1131 del 27 de diciembre de 2024, 60 del 4 de febrero de 2025,
las Decisiones Administrativas Nros. 176 del 3 de abril de 2024, 240
del 25 de abril de 2024, 391 del 23 de mayo de 2024 y Resolución SC Nº
95 del 13 de diciembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1131/24 se dispuso que a partir del 1º de enero
de 2025 regirán las disposiciones de la Ley de Presupuesto General de
la Administración Nacional Nº 27.701, en virtud de lo establecido por
el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 3/25 se distribuyeron los
recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución
del Ejercicio Fiscal 2025.
Que los funcionarios que se indican en el Anexo I
(IF-2025-110253635-APN-DGRRHH#SC) de la presente medida, se vienen
desempeñando transitoriamente en los cargos de la planta permanente que
allí se detallan, a partir de la fecha de sus respectivas designaciones
conforme las Decisiones Administrativas Nros. 176/2024, 240/2024,
391/2024 y Resolución SC Nº 95/2024.
Que no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo
en forma definitiva, y manteniéndose vigentes las razones que dieron
lugar a la designación transitoria, resulta necesario prorrogar la
misma, en iguales términos del nombramiento original a partir del
vencimiento de su última prórroga de designación transitoria.
Que por el Decreto N° 989/24 se modificó en último término la Ley de
Ministerios, suprimiendo las competencias asignadas al MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO en todo lo concerniente a la cultura e incorporando la
SECRETARÍA DE CULTURA como Secretaría Presidencial.
Que por el Decreto N° 60/25 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de esta
SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso
extraordinario alguno.
Que por el Decreto Nº 958/24 se autoriza al JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de
Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos
ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de
personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango
y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas
vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los
organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que, en el mismo sentido, en virtud del artículo 2° del Decreto N°
1148/24 se exceptuó de la prohibición genérica de efectuar
designaciones y/o contrataciones de personal de cualquier naturaleza, a
las prórrogas de tales designaciones transitorias y de contratos (inc.
c).
Que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se
dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que la Dirección de Presupuesto y Contabilidad de la Dirección General
de Administración de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de
la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, certificó la
existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto de la
presente medida.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA LEGAL
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la
intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto
Nº 993 del 6 de noviembre de 2024.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Danse por prorrogadas, a partir de las fechas que se
indican en cada caso y por el término de 180 (CIENTO OCHENTA ) días
hábiles, las designaciones transitorias de los funcionarios de la
SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, indicadas en en
el ANEXO I (IF-2025-110253635-APN-DGRRHH#SC), el cual forma parte
integrante de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago
de la Función Ejecutiva del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios y con
carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de
dicho Convenio.
ARTÍCULO 2º.- Los cargos involucrados en la presente medida, deberán
ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes
según lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III,
IV y VIII- y el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir la fecha que en cada caso se detalla.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Subjurisdicción 14 -
SECRETARÍA DE CULTURA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO, dentro de los CINCO (5) días de su publicación, conforme lo
dispuesto por el artículo 3° de la Resolución N° 20/24 del mentado
Ministerio.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Leonardo Javier Cifelli
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/11/2025 N° 87913/25 v. 19/11/2025
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)