JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución 296/2025
RESOL-2025-296-APN-SICYT#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-124830694- -APN-DDYGDICYT#JGM, el
artículo N° 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional, la Ley de
Protección de Datos Personales N° 25.326, su Decreto Reglamentario N°
1558 de fecha 29 de noviembre de 2001, sus modificatorias y
complementarias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios, la Resolución N° 40 de fecha 4 de julio de 2018 de
la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, y la Disposición N° 60 -
E de fecha 16 noviembre de 2016 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN
DE DATOS PERSONALES de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.326 tiene por objeto la protección integral de los
datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u
otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o
privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor
y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la
información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo
establecido en el Artículo Nº 43, párrafo tercero de la Constitución
Nacional.
Que, a su vez, establece que las disposiciones de dicha ley también
serán aplicables, en cuanto resulte pertinente, a los datos relativos a
personas de existencia ideal. En ningún caso se podrán afectar la base
de datos ni las fuentes de información periodísticas.
Que el Decreto Nº 1558 de fecha 29 de noviembre de 2001, reglamentario
de la Ley antes citada, dispone que a los efectos de esta
reglamentación, quedan comprendidos en el concepto de archivos,
registros, bases o bancos de datos privados destinados a dar informes,
aquellos que exceden el uso exclusivamente personal y los que tienen
como finalidad la cesión o transferencia de datos personales,
independientemente de que la circulación del informe o la información
producida sea a título oneroso o gratuito.
Que, por el Expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES para el ámbito de esta
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que la mencionada POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES tiene por
objeto resguardar y proteger el derecho a la privacidad de las personas
humanas cuyos datos son objeto de tratamiento por parte de esta
Secretaría.
Que el marco normativo que por el presente acto se aprueba, respeta los
parámetros de licitud, consentimiento informado y tratamiento de los
datos personales y sensibles que este organismo administra, en un todo
de acuerdo al marco legal previsto en la Ley N° 25.326.
Que, en este sentido, el responsable o usuario del archivo de datos
debe adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para
garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales,
prevenir su adulteración, pérdida, acceso o tratamiento no autorizado,
y detectar eventuales desvíos, ya provengan de errores humanos o fallas
técnicas.
Que, mediante la Resolución N° 40 de fecha 4 de julio de 2018 de la
AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, se aprobó el documento
llamado “Política Modelo de Protección de Datos Personales para
Organismos Públicos”, Anexo I N° IF-2018-31883807-APN-AAIP, como pauta
básica sugerida para el diseño del documento que publicite la
protección de datos personales de aquéllos organismos públicos
titulares de bases de datos personales.
Que la mencionada Resolución, en su Artículo 2º, recomienda a los
organismos públicos titulares de bases de datos personales la
implementación de una política de protección de datos personales y su
difusión en forma permanente y actualizada a través de los canales
habituales de comunicación con el ciudadano que tenga a su disposición.
Que, conforme lo normado en el Anexo I de la Resolución N° 40 de fecha
4 de julio de 2018 de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en
su punto 9 “Transferencia Internacional de datos personales”, se debe
indicar si se prevé la transferencia internacional de datos personales,
indicando el país u organismo destinatario, la normativa que la admite
y las garantías previstas.
Que, así, por medio de la Disposición N° 60 -E de fecha 11 de noviembre
de 2016 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES y
sus modificatorias, se aprobaron las cláusulas contractuales tipo de
transferencia internacional para la cesión y prestación de servicios
incorporadas en los Anexos I y II que forman parte integrante de esa
medida, respectivamente, a fin de garantizar un nivel adecuado de
protección de datos personales en los términos del Artículo Nº 12 de la
Ley N° 25.326 y del Anexo I al Decreto N° 1558 de fecha 29 de noviembre
de 2001, en aquellas transferencias de datos que tengan por destino
países sin legislación adecuada.
Que las bases de datos personales administradas por la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS se encuentran registradas ante el REGISTRO NACIONAL DE BASES
DE DATOS, conforme lo establecido en los Artículos Nº 21 y Nº 22 de la
Ley N° 25.326.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS DE INNOVACIÓN CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
el Decreto Nº 50 de fecha 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Apruébase la POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
para el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que como Anexo N°
IF-2025-126594139-APN-SSI#JGM, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°- Comuníquese la presente medida a la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, la
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN y la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA,
todas ellas de esta Secretaría.
ARTÍCULO 3°- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación.
ARTÍCULO 4 °- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Darío Leandro Genua
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/11/2025 N° 88329/25 v. 20/11/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
El tratamiento de datos personales que realiza la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, se regirá por las siguientes pautas:
1. Objeto: La presente política
se aplica a todo tratamiento de datos personales que realice la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
2. Identificación de tratamientos:
La SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS recolecta los datos personales en su poder a
través de la mesa de entradas y/o sistemas informáticos y/o sitios de
internet y/o formularios administrados por la Secretaría y/o por cesión
de terceros y/o por interoperabilidad de los sistemas del sector
público nacional.
3. Inscripción: Las bases de
datos personales a cargo de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentran
debidamente inscriptas ante el REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES de la AGENCIA
DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en cumplimiento de los artículos
N°21 y N°22 de la Ley Nº 25.326, modificatorios y complementarios.
4. Finalidad y calidad: Los
datos serán recabados para el ejercicio de las funciones de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y en el ámbito de su competencia, velando en
forma permanente por la calidad de los mismos.
5. Caducidad: Los datos serán
destruidos o archivados cuando hayan dejado de ser estrictamente
necesarios o pertinentes a los fines de la competencia de la SECRETARÍA
DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, conforme a la normativa vigente.
6. Confidencialidad: La
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS requiere la firma de compromisos de
confidencialidad por parte del personal, terceros que presten servicios
y demás funcionarios que acceden al contenido de las bases de datos.
7. Seguridad: La SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS adopta las medidas necesarias para garantizar la seguridad y
confidencialidad de los datos personales, de modo de evitar su
adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, y que
permitan detectar desviaciones, intencionales o no, de información, ya
sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico
utilizado.
En caso de detectarse un incidente de seguridad y que éste implique un
riesgo significativo para el titular del dato, se comunicará sin
dilación, tal evento a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, junto con
las medidas correctivas y paliativas implementadas y/o a implementar.
8. Cesión de datos personales:
Los datos recolectados sólo podrán ser cedidos a otro organismo,
dependencia del Estado y/o jurisdicción competente en forma directa, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo N°11, inciso 3, apartado c)
de la Ley N° 25.326, siempre en la medida en la que el cesionario lo
requiera en el marco de sus competencias específicas y que tal cesión
fuera imprescindible para poder cumplir con la finalidad específica
para la que fueron recolectados.
9. Transferencia Internacional de datos personales: La
información deberá almacenarse en una jurisdicción que asegure un nivel
de protección de datos personales sustancialmente equivalente al
previsto en la legislación argentina, en cumplimiento de lo dispuesto
por la Ley N.º 25.326 y, en particular, por la Disposición Nª 60-E/2016
de la Dirección Nacional de Datos Personales.
10. Prestaciones de servicios de tratamiento de datos por cuenta de terceros:
A los fines del adecuado tratamiento de la información se contratan
servicios prestados por terceros. Para dicha contratación se evalúan
empresas de reconocido prestigio y experiencia en el mercado. Los
contratos que se celebran para estos fines estipulan el objeto,
alcance, contenido, duración, naturaleza y finalidad del tratamiento de
datos, el tipo de datos personales, las categorías de titulares de los
datos y las obligaciones y responsabilidades de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y de los terceros contratados.
11. Derechos de los titulares de los datos, y procedimientos para responder a su ejercicio: El
titular de los datos podrá ejercer sus derechos de acceso,
rectificación, supresión y confidencialidad respecto de sus datos, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos N°14 y N°16 de la Ley Nº
25.326.
12. Datos sensibles: Los datos
sensibles sólo pueden ser recolectados y objeto de tratamiento cuando
medien razones de interés general autorizadas por ley. También podrán
ser tratados con finalidades estadísticas o científicas cuando no
puedan ser identificados sus titulares, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo N°7 de la Ley N° 25.326.
13. Capacitación: El personal
de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS cuyas funciones están relacionadas al tratamiento
de datos personales es capacitado a fin de garantizar una mejor
protección de los datos personales y los derechos de sus titulares.
14. Sitios en Internet: Los
sitios de titularidad de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS pueden contener
enlaces hacia sitios, productos y/o servicios de terceros, cuyas
políticas de privacidad son ajenas a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la misma
no administra ni controla dichos sitios, productos y/o servicios y no
asume responsabilidad alguna por sus contenidos ni por cualquier daño o
perjuicio que pudieran causar.
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