COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución 13/2025
Montevideo, 18/11/2025
Visto:
La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie anchoíta (Engraulis anchoita).
Resultando:
1) Que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo dispone de la
información necesaria para establecer una captura total permisible
(CTP) del recurso en la Zona Común de Pesca.
2) Que las Resoluciones 8/04 y 14/14 de esta Comisión establecen otras
medidas de manejo a fin de regular el esfuerzo pesquero sobre este
recurso atento a la alta variabilidad anual de su biomasa.
3) Que la especie anchoíta (Engraulis anchoita) tiene un papel
ecológico clave dentro del ecosistema de la región por ser alimento de
las principales especies pesqueras de interés comercial, como así
también, de especies integrantes de la megafauna que habitan la Zona
Común de Pesca.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1°) Fíjese, en forma precautoria, en 80.000 toneladas anuales
de captura total permisible (CTP) de la especie anchoíta (Engraulis
anchoita) para el año 2025 y 2026 en la Zona Común de Pesca.
Artículo 2º) Manténgase un seguimiento de la evolución de las capturas
que permita reasignar, en caso de ser necesario, eventuales remanentes
de los cupos de las Partes dispuestos en el Artículo 1º de la
Resolución 8/04.
Artículo 3°) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de
la República Oriental del Uruguay.
Artículo 4°) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina
y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.
Luis Eugenio Bellando - Álvaro Fernandez
e. 25/11/2025 N° 88751/25 v. 25/11/2025