JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 159/2025
RESOL-2025-159-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-118714556- -APN-CMEYGD#SCYM, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 de fecha 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº
24.156 y sus modificatorias, la Ley de Presupuesto General de la
Administración Nacional Nº 27.701, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 50 de fecha 19 de diciembre
de 2019 y sus modificatorios, Nº 88 de fecha 26 de diciembre de 2023,
N° 958 de fecha 25 de octubre de 2024, N° 1131 de fecha 30 de diciembre
de 2024, N° 1148 de fecha 30 de diciembre de 2024 y N° 121 de fecha 24
de febrero de 2025, la Decisión Administrativa Nº 3 del 15 de enero de
2025, las Resoluciones N° 1282 de fecha 14 de mayo de 2025, Nº 1266 de
fecha 12 de mayo de 2025, N° 1288 de fecha 14 de mayo de 2025, N° 1430
de fecha 12 de junio de 2025, N° 1316 de fecha 20 de mayo de 2025, N°
1084 de fecha 18 de marzo de 2025, N° 1283 de fecha 14 de mayo de 2025,
N° 1127 de fecha 11 de abril de 2025, N° 1149 de fecha 24 de abril de
2025, N° 1196 de fecha 5 de mayo de 2025, N° 1251 de fecha 9 de mayo de
2025, N° 1098 de fecha 8 de abril de 2025 de la SECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y MEDIOS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, la Resolución N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 de la entonces
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1131 de fecha 30 de diciembre de 2024 se dispuso
que a partir del 1º de enero de 2025 regirán las disposiciones de la
Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 27.701 en
los términos del Decreto Nº 88 de fecha 26 de diciembre de 2023, en
virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº
24.156 y sus modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 15 de enero de
2025 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para
dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2025.
Que por el Decreto Nº 989 de fecha 5 de noviembre de 2024 se sustituyó
el artículo 9º del Título III de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/1992) y se dispuso que las tareas
necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación
serán atendidas, entre otras, por la entonces SECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 121 de fecha 24 de febrero de 2025 se sustituyó
el Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1º
del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado IV TER, correspondiente a la entonces
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que mediante el decreto mencionado en el párrafo precedente se aprobó
la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la
entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, como así también se derogaron, incorporaron, homologaron y
reasignaron los cargos de la misma en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que mediante el Decreto N° 793 de fecha 10 de noviembre de 2025,
modificatorio del Decreto N° 50/2019, se asignaron las competencias de
la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que conforme constancias obrantes en el expediente de la referencia, la
SUBSECRETARÍA DE PRENSA, la SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE
MEDIOS y la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, todas de la
entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, solicitaron las respectivas prórrogas de las designaciones
transitorias de los cargos mencionados en el Anexo
IF-2025-127786771-APN-DGRRHH#SCYM, que forma parte integrante de la
presente resolución.
Que la Resolución N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 de la entonces
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y su modificatoria estableció que el expediente por el que
tramita la prórroga de designaciones transitorias deberá contener la
certificación del CUIL/CUIT registrado en la Base Integrada de
Información de Empleo Público y Salarios en el Sector Público Nacional
(BIEP) o cualquier otro sistema de registro existente en la actual
DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS Y ESTADÍSTICAS DE EMPLEO PÚBLICO Y
POLÍTICA SALARIAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y
MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que, en consecuencia, la referida DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS Y
ESTADÍSTICAS DE EMPLEO PÚBLICO Y POLÍTICA SALARIAL tomó la intervención
requerida por la Resolución N° 53/21 de la entonces SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y su modificatoria, y en el marco de la
excepción prevista en el inciso c) del artículo 2° del Decreto N°
1148/24 mediante el Informe N° IF-2025-126253817-APN-DNSYEEPYPS#MDYTE
de fecha 13 de noviembre de 2025, en el cual indicó que el CUIL de los
agentes involucrados se encuentran registrado en la Base Integrada de
Información de Empleo Público y Salarios en el Sector Público Nacional
(BIEP).
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL dependiente de la
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTDO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO
DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, tomó la intervención de
su competencia y certificó la existencia de los cargos objeto de la
presente medida.
Que por el Decreto N° 958 de fecha 25 de octubre de 2024 se estableció
que corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a
los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del
TESORO DE LA NACIÓN y (a los entonces Vicejefes de Gabinete de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS), en sus respectivos ámbitos,
efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en
cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía
inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente,
de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito
de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada,
incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que
funcionen en su órbita.
Que el inciso c) del artículo 2° del Decreto N° 1148 de fecha 30 de
diciembre de 2024, prevé las excepciones a la prohibición de efectuar
nuevas contrataciones de personal de cualquier naturaleza incluyéndose
como una de tales excepciones a las prórrogas de designaciones
transitorias.
Que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se
dispongan no podrán exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.
Que no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso
de selección y siendo que los funcionarios continúan prestando
servicios, razones operativas hacen necesario prorrogar las
designaciones transitorias de los agentes de que se tratan.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y FINANZAS de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS dependiente de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actualmente bajo la órbita de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS certificó la existencia de crédito presupuestario
para afrontar el gasto de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE ASUNTOS NORMATIVOS, RECLAMOS Y
RECURSOS ADMINISTRATIVOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 958/2024.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorróganse las designaciones transitorias efectuadas
mediante las Resoluciones Nº 1282 de fecha 14 de mayo de 2025, a partir
del 29 de noviembre de 2025, Nº 1266 de fecha 12 de mayo de 2025, a
partir del 30 de diciembre de 2025, Nº 1288 de fecha 14 de mayo de
2025, a partir del 29 de noviembre de 2025, N° 1430 de fecha 12 de
junio de 2025, a partir del 30 de diciembre de 2025, N° 1316 de fecha
20 de mayo de 2025, a partir del 30 de diciembre de 2025, Nº 1084 de
fecha 18 de marzo de 2025, a partir del 4 de diciembre de 2025, N° 1283
de fecha 14 de mayo de 2025, a partir del 29 de noviembre de 2025, N°
1127 de fecha 11 de abril de 2025, a partir del 5 de noviembre de 2025,
N° 1149 de fecha 24 de abril de 2025, a partir del 26 de noviembre de
2025, N° 1196 de fecha 5 de mayo de 2025, a partir del 29 de noviembre
de 2025, N° 1251 de fecha 9 de mayo de 2025, a partir del 2 de
diciembre de 2025 y N° 1098 de fecha 8 de abril de 2025, a partir del
26 de noviembre de 2025, todas ellas de la entonces SECRETARÍA DE
COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, del personal nominado en el Anexo
Nº IF-2025-127786771-APN-DGRRHH#SCYM, que forma parte integrante de la
presente medida, de acuerdo al detalle obrante en el mismo,
autorizándose los correspondientes pagos de las Funciones Ejecutivas
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº
2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y
con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del Título II Capítulo III del Convenio
citado precedentemente, en los casos que corresponda.
ARTÍCULO 2º. - Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de
conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II Capítulos III, IV y
VIII y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/2008 sus modificatorios y complementarios, en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto de la Jurisdicción 20 – 17 SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
MEDIOS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actualmente
bajo la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a los interesados y comuníquese la presente
medida a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, en el
término de CINCO (5) días de su dictado, conforme lo dispuesto por el
artículo 4º del Decreto Nº 958/2024 y por el artículo 3º de la
Resolución N° 20/2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y
FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Manuel Adorni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2025 N° 90417/25 v. 01/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)