MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1364/2025
RESOL-2025-1364-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2025
VISTO el Expediente EX-2025-122182922- -APN-UOPNR#MSG, la Ley N°
26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24
de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del entonces
MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN DE DON TORCUATO del
Distrito Tigre, Departamento Judicial de San Isidro, provincia de
Buenos Aires, a cargo del Doctor José Ignacio AMALLO, tramita la I.P.P
N° 14-11-000177-24/01, caratulada “STEIMBRECHER, SERGIO EZEQUIEL Y
OTROS S/ HOMICIDIO AGRAVADO CRIMINIS CAUSA Y POR CONCURSO PREMEDITADO
DE DOS O MÁS PERSONAS”.
Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL solicitó a este Ministerio, mediante
oficio del 16 de octubre de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas
personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden
datos útiles que permitan lograr la captura de Sergio Ezequiel
STEIMBRECHER, titular del DNI N°44.453.298, de nacionalidad argentina,
nacido el 5 de febrero de 2003, estado civil soltero, con último
domicilio conocido en Juan B. Justo Nº 875 de la ciudad de Pilar,
provincia de Buenos Aires.
Que el 19 de enero de 2024, entre las 12:50 y las 13:00 horas, los
imputados Santino MARMOL, Braian Ezequiel BOGADO, Sergio Ezequiel
STEIMBRECHER, Facundo Sebastián BARRIONUEVO y Nicolás Agustín ALBERDI,
en coautoría funcional de manera premeditada y con una clara división
de roles y tareas, convocaron a la víctima Germán Augusto SALLEMI,
simulando estar interesados en realizar con el mismo una operación de
compra de dólares. Seguido de ello, abordaron a la víctima SALLEMI, al
cual golpearon, lo sujetaron con precintos, toallas en sus muñecas y
pies, y mediante asfixia mecánica que aplicaron sobre su cuello le
produjeron la muerte, dándose inmediatamente a la fuga.
Que sobre el precitado STEIMBRECHER, pesa orden de captura desde el 23
de enero de 2024, por considerarlo “prima facie” coautor penalmente
responsable del delito de homicidio agravado criminis causa y por el
concurso premeditado de dos o más personas, en concurso real con robo
calificado por su comisión en lugar poblado y en banda (arts. 80 incs.
6° y 7 y art. 167 inc 2° del Código Penal).
Que el nombrado posee las siguientes características físicas:
contextura corporal delgada, de cabello corto de color castaño oscuro,
tez blanca, altura aproximada UN METRO CON OCHENTA CENTÍMETROS (1,80
mts.) de estatura.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará
el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000)
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
Sergio Ezequiel STEIMBRECHER, titular del DNI N°44.453.298, de
nacionalidad argentina, nacido el 5 de febrero de 2003, estado civil
soltero, con último domicilio conocido en Juan B. Justo Nº 875 de la
ciudad de Pilar, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y
RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio.
ARTÍCULO 3°. - El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o
televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°. - Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-126261540-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandra Susana Monteoliva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/12/2025 N° 92471/25 v. 05/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)