ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 866/2025

DECTO-2025-866-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-134913275-APN-DGDYD#JGM, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias y los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 438 del 26 de julio de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias se establecieron los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías Presidenciales necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que atento las modificaciones introducidas a la precitada Ley de Ministerios por los Decretos Nros. 658/25, 793/25 y 825/25, y con el fin de optimizar la gestión de gobierno, es que procede en esta instancia adecuar el Organigrama, los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados aprobado por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, respecto de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DEL INTERIOR, del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL y del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N° 438/25 se dispuso la transformación del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS (INAI) en una unidad organizativa a incorporarse a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 – T.O. 2017 dispuso que los reglamentos que refieren a la estructura orgánica de la Administración entran en vigencia sin necesidad de publicación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención que les compete.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos correspondientes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Suprímese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IV TER, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el siguiente:

“V. - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

- SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DE GOBIERNO

- SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN DE GOBIERNO

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES

SECRETARÍA EJECUTIVA

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL

- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE

- SUBSECRETARÍA DE TURISMO

- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

- SUBSECRETARÍA DE PRENSA

- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y ACTOS DE GOBIERNO

- SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS”.

ARTÍCULO 3º.- Incorpórase al Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, como Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR el siguiente:

“VI - MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

- SUBSECRETARÍA DE ENLACE LEGISLATIVO

- SUBSECRETARÍA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS”.

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA

SECRETARÍA DE HACIENDA

- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL

SECRETARÍA DE FINANZAS

- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

-SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

-SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS

- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES GASEOSOS

-SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

SECRETARÍA DE MINERÍA

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN

- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

- SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES

- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA

- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

-SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍAS REGIONALES Y DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES

-SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL

-SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL

- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

- SUBSECRETARÍA DE APLICACIONES DE TECNOLOGÍA NUCLEAR

- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS NUCLEARES”.

ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, por el siguiente:

“XVI. - MINISTERIO DE SALUD

- UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA LEGAL

SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA

- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SECTORIALES Y ARTICULACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN

- SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICAS DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

- SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS

- SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS”.

ARTÍCULO 6º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, el Objetivo 4 de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES por el siguiente:

“4. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo relativo a ceremonial y protocolo, en coordinación con las áreas con competencia en la materia”.

ARTÍCULO 7º.- Suprímese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IV TER, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS.

ARTÍCULO 8º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-135243050-APN-JGM) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTICULO 9°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI MINISTERIO DEL INTERIOR, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-135106308-APN-MI) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 10.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo 3 de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA por el siguiente:

“3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, correspondientes a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos para la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, la SECRETARÍA DE HACIENDA, la SECRETARÍA DE FINANZAS, la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la SECRETARÍA DE MINERÍA y la SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES”.

ARTÍCULO 11.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, los Objetivos de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y los de su dependiente SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-135121607-APN-MEC) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo 37 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE por el siguiente:

“37. Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) y de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE”.

ARTÍCULO 13.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo 23 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS por el siguiente:

“23. Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN), del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP), de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV) y del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA)”.

ARTÍCULO 14.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IX MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo 7 de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS por el siguiente:

“7. Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos y acciones en materia de obra, infraestructura pública y en la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y saneamiento”.

ARTÍCULO 15.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, los Objetivos de la SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES y sus dependientes SUBSECRETARÍA DE APLICACIONES DE TECNOLOGÍA NUCLEAR y SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS NUCLEARES, conforme el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-135121319-APN-MEC) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 16.- Incorpórase al Anexo II -Objetivos- del artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, el Objetivo 24 de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD NACIONAL por el siguiente:

“24. Participar, en el ámbito de sus competencias, en el marco de la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165”.

ARTÍCULO 17.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, los Objetivos de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, e incorpóranse los de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y SUBSECRETARÍA LEGAL, conforme el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-135095715-APN-MS) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 18.- Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IV TER, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS.

ARTÍCULO 19.- Sustitúyense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA y XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL por los que, con igual denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-135273705-APN-MSG) al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 20.- Incorpórase al Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR, conforme el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-135109126-APN-MI) al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 21.- Transfiérense del MINISTERIO DEL INTERIOR a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las unidades organizativas, bienes, dotaciones, personal con sus respectivos cargos, niveles, suplementos y situación de revista, y los créditos presupuestarios de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES con excepción de los correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES.

ARTÍCULO 22.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por el presente decreto, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 23.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades involucradas.

ARTÍCULO 24.- La presente medida entrará en vigencia el día de su dictado.

ARTÍCULO 25.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Manuel Adorni - Diego César Santilli - Luis Andres Caputo - Mario Iván Lugones - Alejandra Susana Monteoliva

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/12/2025 N° 93010/25 v. 09/12/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º

(ANEXO II)

V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la priorización de las políticas de estado y en la coordinación de los objetivos estratégicos de gestión.

2.Coordinar el seguimiento y la implementación de las campañas de gobierno desarrolladas por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Asistir a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en el diseño de proyectos especiales y estratégicos para viabilizar la ejecución de las políticas sustantivas.

4. Sistematizar los reportes y la información producida por las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativos a la implementación y la ejecución de las políticas y los contenidos de comunicación.

5. Coordinar el diseño de la agenda institucional del Jefe de Gabinete de Ministros de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.

6. Asistir a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas, cuando le sea requerido.

8. Articular las relaciones institucionales con organismos privados, estatales o de la sociedad civil que requieran información sobre los objetivos gubernamentales, en el ámbito de su competencia.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.

5. Entender en el despacho y la gestión documental de la Jurisdicción.

6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.

7. Entender en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compras de bienes, locaciones de obras y de servicios, y demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de la Jurisdicción.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la Jurisdicción.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezcan las Autoridades de Aplicación en cada materia.

13. Dirigir el cumplimiento de las previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en representación de la Jurisdicción ante la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA en lo relativo a las políticas de transparencia.

14. Ejercer el control tutelar de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP).

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción.

2. Intervenir previo al dictado de los actos administrativos de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

3. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia de la Jurisdicción, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos que efectúen los distintos fueros del Poder Judicial.

4. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los proyectos de leyes y mensajes de leyes.

5. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

6. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

7.Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción.

8. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las actuaciones administrativas en las que se substancien recursos y reclamos administrativos.

9. Intervenir, en el ámbito de la Jurisdicción, en el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y controlar la aplicación de la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales.

10. Asistir a la Secretaría en el Despacho y la gestión documental de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a otras unidades orgánicas del Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en la Jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general de los distintos Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades programáticas.

5. Coordinar la aplicación de las normas y Convenios Colectivos de Trabajo que rigen al personal de la Jurisdicción.

6. Coordinar la aplicación de las políticas vinculadas a los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, así como de la política de seguridad de la información,

7. Coordinar la gestión de los espacios físicos de la Jurisdicción.

8. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

10.Intervenir en la gestión patrimonial, mantenimiento edilicio, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

11. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria, contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos Descentralizados y Empresas en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

OBJETIVOS

1. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en temas estratégicos de acuerdo a los objetivos generales de gobierno.

2. Identificar y monitorear, en el ámbito de su competencia, los ecosistemas de gobierno orientados al cumplimiento de los objetivos de desarrollo definidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3. Intervenir en el análisis y evaluación de impacto de la aplicación de las políticas estratégicas de gobierno, en coordinación con las demás áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

4. Intervenir en la identificación de los espacios y situaciones de oportunidad que permitan potenciar el accionar de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito bilateral, regional y global, en coordinación con las demás áreas con competencia en la materia de la Administración Pública Nacional.

5. Intervenir en la elaboración de informes que evalúen el posicionamiento de temas estratégicos seleccionados desde la óptica de la política global en medios de comunicación masiva regionales e internacionales, redes sociales y plataformas digitales.

6. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño de la estrategia de inserción internacional del país en relación con organismos internacionales (G20, OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras instancias internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o tenga participación), en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

7. Asesorar en asuntos relativos a la coordinación internacional y estratégica de los temas relacionados con la participación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en cumbres, viajes y visitas de Jefes de Estado y de Gobierno, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

8. Coordinar las relaciones parlamentarias entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL, y el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

9. Elaborar y ejecutar la estrategia de comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: "Mi Argentina", "argentina.gob.ar" TINA, etc., en coordinación con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia específica en la materia.

10. Entender en lo relativo a la planificación y la proyección de la opinión pública y en los pedidos de información de gestión, así como en la realización de estudios y diagnósticos en la materia que permitan fortalecer el diseño, implementación y evaluaciones de impacto de las políticas a nivel nacional.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

SUBSECRETARIA DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DE GOBIERNO

OBJETIVOS

1. Asesorar a la Secretaría en el análisis y evaluación de impacto de la aplicación de las políticas estratégicas de gobierno.

2. Intervenir en el análisis y participar en el diseño de estrategias de gobierno, asegurando la cohesión de las políticas públicas prioritarias involucradas.

3. Coordinar la planificación de instrumentos y mecanismos que permitan identificar, evaluar e instrumentar oportunidades estratégicas para el accionar de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito bilateral, regional y global, en articulación con las demás áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

4. Establecer, en el ámbito de su competencia, herramientas y lineamientos para el monitoreo y seguimiento de los asuntos estratégicos prioritarios para el desarrollo nacional.

5. Dirigir estudios que permitan identificar necesidades y expectativas de la población sobre la evolución de las políticas prioritarias implementadas por el gobierno nacional.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN DE GOBIERNO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional, en el análisis, planeamiento y evaluación de asuntos estratégicos en el ámbito de su competencia.

2. Asistir al Secretario en la determinación de los lineamientos estratégicos que permitan la toma de decisiones con relación a los programas y proyectos prioritarios para el Gobierno Nacional.

3. Asistir a la Secretaría en el análisis de los temas estratégicos globales que permitan detectar situaciones de oportunidad para potenciar el accionar de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito bilateral, regional y global, en coordinación con las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.

4. Asistir a la Secretaría en todo lo relativo a su participación en el diseño de la estrategia de inserción internacional del país en relación con organismos internacionales (G20, OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras instancias internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o tenga participación).

5. Asistir a la Secretaría con su participación en cumbres, viajes y visitas de Jefes de Estado y de Gobierno, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

6. Evaluar y producir los diagnósticos necesarios para la planificación estratégica de los asuntos prioritarios de gobierno.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario en las relaciones parlamentarias entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL, y el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

2. Asistir en la evaluación de los Proyectos de Leyes y de mensajes que se remitan al H. CONGRESO DE LA NACIÓN, como así también de los decretos que dispongan las prórrogas de las sesiones ordinarias y de las convocatorias a sesiones extraordinarias del citado Poder Legislativo.

3. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al H. CONGRESO DE LA NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación.

4. Entender en la elaboración de los informes solicitados por ambas Cámaras y la Comisión Bicameral Permanente del H. CONGRESO DE LA NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 9, 10 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5. Entender en las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas Cámaras del H. CONGRESO DE LA NACIÓN, sus comisiones e integrantes y en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas que así lo establezcan.

6. Gestionar, a requerimiento del H. CONGRESO DE LA NACIÓN, el suministro de información y de la documentación solicitada a los organismos competentes, así como la asistencia de funcionarios cuando sean debidamente notificados.

7. Coordinar el seguimiento de los proyectos legislativos considerados prioritarios, y producir los informes correspondientes.

8. Asistir a la Secretaría en los asuntos jurídicos y constitucionales relativos a la relación con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

9. Promover la implementación de los mecanismos de democracia directa y de democracia participativa contemplados en la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en coordinación con otras áreas con competencia en la materia.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA EJECUTIVA

OBJETIVOS

1. Entender en la coordinación de las relaciones con los Ministros y Secretarios para el cumplimiento de los objetivos propuestos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

3. Participar, en las relaciones y vinculación con instituciones del sector público, académico y privado, en coordinación con las áreas con competencia especifica de la Jurisdicción.

4. Participar, en coordinación con las áreas con competencia específica, en el seguimiento de las políticas, proyectos y programas de gobierno a ser implementados en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional.

5. Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.

6. Colaborar con otras áreas de la Administración Pública Nacional en la elaboración del Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y entender en el seguimiento de su ejecución.

7. Participar de la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto Nacional y del seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

8. Elaborar los informes que, en materia presupuestaria, sean requeridos por el Jefe de Gabinete de Ministros

9. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de compras del Sector Público Nacional y supervisar las acciones desempeñadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

10. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en la CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.

11. Asistir en el control tutelar de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE).

12. Entender en el SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión Administrativa N° 1926/20.

13. Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del mismo.

SECRETARÍA EJECUTIVA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los Ministros y Secretarios para el cumplimiento de los objetivos propuestos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2. Asistir a la Secretaría en los aspectos relativos a la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

3. Brindar a la Secretaría de la información producida por las distintas jurisdicciones y entidades que conforman la Administración Pública Nacional necesaria para la toma de decisiones.

4. Asistir a la Secretaría en la coordinación interministerial, especialmente en aquellos temas y objetivos de política pública cuyo cumplimiento requiera la intervención de distintas áreas del gobierno y en la priorización de los proyectos estratégicos.

5. Intervenir en la coordinación interinstitucional e interjurisdiccional de los temas delegados que requieran intervención de las distintas áreas de gobierno.

6. Asistir a la Secretaría en la coordinación del SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión Administrativa N° 1926/20.

SECRETARÍA EJECUTIVA

SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

OBJETIVOS

1. Asesorar a la Secretaría en la coordinación y supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.

2. Asesorar a la Secretaría en la elaboración del Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.

3. Colaborar en lo relativo a la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto Nacional y del seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la Nación y las provincias, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS del MINISTERIO DEL INTERIOR y con la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

4. Participar en el monitoreo del grado de cumplimiento de las metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.

5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes en materia presupuestaria.

6. Colaborar con la Secretaría en el control de la formulación y evaluación de los proyectos de inversión realizadas por las Jurisdicciones, en cuanto al cumplimiento de las metodologías y procedimientos establecidos.

7. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).

8. Gestionar el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN).

9. Asistir a la Secretaría en la determinación de los lineamientos estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión, elaborando una propuesta de priorización.

10. Participar en el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).

11. Intervenir en la centralización normativa de los contratos regidos por la Ley N° 27.328 y prestar apoyo consultivo, operativo y técnico, a solicitud de los órganos o entes licitantes, en las etapas de formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y ejecución del contrato de proyectos de participación público privada.

12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los proyectos de inversión realizados en las Jurisdicciones, en cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública ejecutados a través de contratos de participación público privada en los términos de la Ley N° 27.328.

SECRETARÍA EJECUTIVA

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

OBJETIVOS

1. Proponer políticas de contrataciones y de organización del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, especialmente a fin de promover el estricto cumplimiento de los principios generales a los que debe ajustarse la gestión de las contrataciones públicas.

2. Desarrollar mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva instrumentación de criterios de sustentabilidad ambientales, éticos, sociales y económicos en las contrataciones públicas.

3. Promover el perfeccionamiento permanente del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

4. Diseñar, implementar y administrar los sistemas que sirvan de apoyo a la gestión de las contrataciones, los que serán de utilización obligatoria por parte de las Jurisdicciones y Entidades contratantes.

5. Diseñar, implementar y administrar un sistema de información en el que se difundirán las políticas, normas, sistemas, procedimientos, instrumentos y demás componentes del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

6. Administrar, en el ámbito de su competencia, la información que remitan las Jurisdicciones y Entidades contratantes en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.

7. Administrar el sitio web en el que se difundan las políticas, normas, sistemas, procedimientos, instrumentos y demás componentes del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.

8. Administrar el Sistema Electrónico de Contrataciones.

9. Intervenir en la formulación e implementación de las políticas en materia de inscripción y calificación de constructores y firmas consultoras de obras públicas.

10. Proyectar las normas legales y reglamentarias en la materia de su competencia.

11. Intervenir en forma previa y obligatoria en la elaboración de los proyectos de normas vinculados con el ámbito de su competencia producidos por otros organismos cuando las mismas resulten aplicables a todas o algunas de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156.

12. Asesorar y dictaminar en las cuestiones particulares que, en materia de contrataciones públicas, sometan las Jurisdicciones y Entidades a su consideración y dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias en el ámbito de su competencia.

13. Elaborar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las contrataciones de obras públicas y concesiones de obras públicas, establecer su régimen de penalidades y la forma, plazo y demás condiciones para confeccionar e informar el Plan Anual de Contrataciones.

14. Aplicar las sanciones fijadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las contrataciones de obras públicas y concesiones de obras públicas.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

OBJETIVOS

1. Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación administrativa y tecnológica del Sector Público Nacional en sus distintas áreas y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

2.Entender en el diseño de las políticas que promuevan el gobierno abierto, la gobernanza y gestión de datos y el gobierno digital, como principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional.

3. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL.

4. Promover políticas, programas y acuerdos de servicios digitales e innovación pública en el territorio nacional, en particular en las Jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales.

5. Entender en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Pública Nacional.

6. Colaborar con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios en sus procesos de innovación administrativa y tecnológica, coordinando las acciones específicas de las Entidades y Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

7. Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática, sistemas y tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.

8. Proponer mejoras en el diseño de los procedimientos administrativos y en su relación con los servicios que ésta brinda a los ciudadanos, a fin de propiciar su simplificación, transparencia y control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes, en coordinación con los diversos organismos competentes en el ámbito nacional e internacional.

9. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N° 25.506.

10. Entender en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal, o comunes a los organismos y Entes de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.

11. Participar en materia de ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo 1° de la Ley N° 27.078.

12. Entender en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad, estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL.

13. Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en materia de telecomunicaciones en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia.

14. Entender en la elaboración de las políticas, proyectos de leyes y tratados de su competencia y supervisar a los organismos y entes de control de los prestadores de los servicios en materia de comunicaciones y de las normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios de comunicaciones, o de otros títulos habilitantes pertinentes otorgados por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los regímenes federales en la materia.

15. Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como asimismo en la coordinación con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, las empresas y los organismos de su dependencia, en relación con la optimización del uso de las facilidades y redes existentes.

16. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN S.A.

17. Establecer las políticas nacionales y las prioridades consiguientes bajo la forma de planes nacionales de innovación, ciencia, tecnología y comunicaciones.

18. Impulsar la creación de Fondos Sectoriales, para financiar proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos, en coordinación con los Ministerios con competencia específica.

19. Formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo.

20. Encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y comunicaciones en el país.

21. Establecer la política de cooperación internacional en materia de ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para promover su implementación, en el marco de sus competencias.

22. Entender en la formulación de políticas y programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación instaurado por la Ley N° 25.467.

23. Ejercer la coordinación ejecutiva del Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICYT), establecido por la Ley N° 25.467, promoviendo mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el intercambio y la cooperación entre todas las unidades y organismos que lo conforman.

24. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las actividades relativas a la Presidencia y Coordinación Ejecutiva del Gabinete Científico Tecnológico (GACTEC), en los términos de la normativa vigente en la materia.

25. Contribuir al mejoramiento y la consolidación de las instituciones de ciencia y tecnología a través de la realización de evaluaciones institucionales, programáticas, de proyectos y temáticas, y a la implementación de los planes que se deriven de las mismas.

26. Entender en la conformación de redes entre las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las instituciones del sector público y el sector privado y la participación del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la competitividad y la creación de empleo genuino.

27. Promover, en el ámbito de su competencia, la formación y empleo de recursos humanos calificados, en cuanto a su promoción y movilidad, así como la utilización, renovación y ampliación de los recursos físicos y las infraestructuras disponibles.

28.Concertar y coordinar las acciones de los gobiernos nacional, provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, tendientes al desarrollo nacional de la ciencia y la tecnología.

29. Entender en la promoción y el impulso de la investigación, y en la aplicación, el financiamiento y la transferencia de los conocimientos científicos tecnológicos.

30. Intervenir en la formulación y celebración de convenios internacionales de integración científica y tecnológica de carácter bilateral o multilateral y coordinar la cooperación internacional en el ámbito de la ciencia, la tecnología e innovación productiva.

31. Intervenir en la formulación de las políticas y programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los instrumentos para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación Tecnológica.

32. Intervenir en materia de promoción de la nanotecnología a través de la Fundación de Nanotecnología -FAN- (Decreto N° 380/05) y de la biotecnología en el ámbito de su competencia.

33. Intervenir en materia de promoción de la industria del software con los alcances del régimen establecido por la Ley N° 25.922, de promoción de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia, y de promoción de la nanotecnología a través de la Fundación de Nanotecnología -FAN- (Decreto N° 380/05).

34. Dirigir la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).

35. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y en CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.

36. Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal.

37. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales vinculados con materia satelital, de comunicaciones y servicios postales, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

38. Entender en el desarrollo de políticas públicas y elaboración de marcos regulatorios relacionados con desarrollos tecnológicos estratégicos para el Sector Público Nacional como inteligencia artificial, tecnología blockchain, internet de las cosas, la gobernanza de datos, la gobernanza de internet, las tecnologías inmersivas y el uso de soluciones de software de código abierto, en coordinación con los diversos organismos competentes en el ámbito nacional e internacional.

39. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación funcional de los organismos del Sistema Científico Tecnológico de la Administración Nacional y evaluar su actividad.

39. Dirigir las tareas de apoyo legal, administrativo y financiero de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, coordinando acciones con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

40. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI), del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), de la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE) y del BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG).

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo y coordinación de las políticas que promuevan la apertura y el gobierno digital como principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional.

2. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia nacional de gobierno abierto, en el marco de la agenda de innovación del Sector Público Nacional.

3. Desarrollar y coordinar, en el ámbito de su competencia, las políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para el gerenciamiento de la información pública como un activo estratégico para el desarrollo de políticas, productos y servicios públicos basados en la evidencia.

4. Entender en el diseño, planificación y ejecución de la estrategia de apertura de datos e información pública del Sector Público Nacional.

5. Entender en la formulación y seguimiento del Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto en el marco de la participación en la Alianza para el Gobierno Abierto.

6. Promover la realización de acuerdos bilaterales, multilaterales e interjurisdiccionales que favorezcan la apertura de datos del Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en coordinación con los organismos competentes.

7. Desarrollar y coordinar las políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para promover la participación ciudadana en el proceso de formulación de políticas públicas colaborativas.

8. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL.

9. Promover la creación de una red de innovación pública y gobierno abierto a nivel nacional generando espacios de trabajo colaborativo, intercambio y capacitación con el Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, el sector privado, académico y organizaciones de la sociedad civil.

10. Verificar el cumplimiento de los estándares y normativas definidas por la Secretaría en las soluciones informáticas que se propongan o implementen desde ella.

11. Dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), promoviendo la integración de nuevas tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad de acuerdo con los objetivos y estrategias definidas en el Plan de Modernización del Estado.

12. Asistir a la Secretaría en el marco de su participación en materia de ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo 1° de la Ley N° 27.078, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL con competencia específica en la materia.

13. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas públicas y en la elaboración de marcos regulatorios relacionados con desarrollos tecnológicos estratégicos para el Sector Público Nacional como inteligencia artificial, tecnología blockchain, internet de las cosas, la gobernanza de datos, la gobernanza de internet, las tecnologías inmersivas y el uso de soluciones de software de código abierto, en coordinación con los organismos nacionales e internacionales competentes en la materia.

14. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas y regulaciones tendientes al desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los servicios postales, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones, en el ámbito de su competencia.

15. Diseñar y proponer a la Secretaría la actualización de los marcos regulatorios de telecomunicaciones, postal y otras actualizaciones normativas en el ámbito de su competencia.

16. Asistir a la Secretaría en el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

17. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la infraestructura de Red de EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y el desarrollo satelital.

18. Promover la actualización y coordinación internacional del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico, tendientes a la universalización de internet y de los servicios móviles.

19. Elaborar recomendaciones y asistir a la Secretaría para un mejor ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital del ESTADO NACIONAL en la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.

20. Elaborar las propuestas que presente la Secretaría en las reuniones de consultas, técnicas o negociaciones con autoridades de comunicaciones y postales de los demás países, como insumo para la elaboración de los instrumentos de regulación, estandarización y coordinación del sector.

21. Asistir a la Secretaría en la interpretación de las Leyes Nros. 19.798, 20.216, 26.522 y 27.078, en el marco de su competencia.

22. Elaborar propuestas para el dictado de los Planes Técnicos Fundamentales de Numeración, Señalización, y Portabilidad Numérica.

23. Proponer a la Secretaría planes y programas para la aplicación de los recursos provenientes de los aportes de inversión previstos en la Ley N° 27.078.

24. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, así como a otros poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los productos y programas de la Secretaría.

25. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y acuerdos de servicios digitales en el territorio nacional, en particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

26. Supervisar el funcionamiento del Programa Punto Digital en todo el territorio nacional.

27. Asistir a la Secretaría en la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN

OBJETIVOS

1. Promover y coordinar la aplicación de las nuevas tecnologías de gestión documental para la paulatina supresión del soporte papel como medio de almacenamiento y legalidad de los actos administrativos, en el ámbito del Sector Público Nacional, municipal, provincial y de otros poderes.

2. Coordinar el accionar de los referentes de tecnología y procesos de los organismos del ESTADO NACIONAL para la implementación de los Sistemas de Gestión Documental y su integración con sus sistemas verticales.

3. Supervisar la implementación de las iniciativas de innovación relativas a la gestión documental, procesos, servicios de tramitación a distancia y sistemas de autenticación electrónica de personas, en relación con los sistemas transversales centrales, coordinando acciones con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

4. Intervenir en el diseño de políticas de innovación que tiendan a la mejora de los procesos en los organismos del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

5. Intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así como en los aspectos vinculados con la incorporación del documento y firma digital a los circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.

6. Monitorear el cumplimiento de los estándares y normativas definidas por la Secretaría en las soluciones transversales que se propongan o implementen.

7. Entender en el desarrollo de tableros de reportes de sistemas transversales que se implementen en el ámbito de su competencia y proveer información a los organismos competentes.

8. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y acuerdos de innovación pública en el territorio nacional, en particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, coordinando acciones con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.

9. Prestar colaboración para la simplificación, mejora y digitalización de los principales trámites a nivel provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, gestionando una plataforma digital única, diseñada de forma personalizada y de acuerdo con los perfiles de los diferentes usuarios, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

10. Asistir a los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales en materia de estándares, normativas y procesos de innovación pública definidos por la Secretaría.

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de las políticas nacionales y las prioridades consiguientes bajo la forma de planes nacionales de ciencia, tecnología e innovación.

2. Impulsar, fomentar y consolidar la generación y aprovechamiento social de los conocimientos, buscando la igualdad en oportunidades para personas, organismos y regiones de la REPÚBLICA ARGENTINA.

3. Colaborar en la creación de Fondos Sectoriales para financiar proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos, en coordinación con los Ministerios con competencia específica.

4. Establecer espacios para la investigación científica y la innovación tecnológica, procurando la interacción y armonización entre ambas, y difundiendo, transfiriendo, y diseminando los conocimientos para su aprovechamiento en la actividad productiva.

5. Colaborar en la formulación de políticas y el establecimiento de mecanismos, instrumentos e incentivos para que el sector privado contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo científico, tecnológico e innovativo, como así también, encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la tecnología y de la innovación productiva en el país.

6. Patrocinar la realización de análisis prospectivos que permitan prever nuevos escenarios para el desarrollo de procesos de planeamiento estratégico.

7. Impulsar la divulgación de la ciencia y la tecnología a todos los sectores sociales y en el acercamiento de la ciencia y la innovación a la sociedad.

8. Entender en el desarrollo de acciones de cooperación e integración institucional entre la jurisdicción y organismos de los distintos poderes del Estado, en el ámbito internacional, Nacional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes regionales e instituciones intermedias; como así también en el diseño y ejecución de políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Productiva.

9. Colaborar en la coordinación ejecutiva del CONSEJO INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT), promoviendo mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el intercambio y la cooperación entre todas las unidades y organismos que lo conforman.

10. Asistir a la Secretaría en relación al mejoramiento y la consolidación de las instituciones de ciencia y tecnología a través de la realización de evaluaciones institucionales, programáticas, de proyectos y temáticas, y a la implementación de los Planes de Mejoramiento que se deriven de las mismas.

11. Generar y facilitar la articulación de políticas de innovación pública y ciencia abierta que favorezcan la gestión de los datos e información del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como un activo cívico.

12. Promover la conformación de redes entre las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las instituciones del sector público y el sector privado y la participación del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la competitividad y la creación de empleo genuino.

13. Llevar el registro de los organismos y entidades científicas y tecnológicas de todo el país, en el marco del Régimen de Importaciones para Insumos destinados a Investigaciones Científico-Tecnológicas, en virtud de la Ley N° 25.613.

14. Proponer a la Secretaría el presupuesto anual de ingresos y gastos de la función ciencia y tecnología a ser incorporado al proyecto de ley de presupuesto de la administración pública nacional y/o al Plan Nacional de Inversión Pública.

15. Gestionar un Observatorio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

16. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas y programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los instrumentos para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación Tecnológica.

17. Colaborar en lo relativo al Gabinete Científico Tecnológico (GACTEC).

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

OBJETIVOS

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

2. Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y en la evaluación de su cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3. Intervenir en la aplicación de las normas y procedimientos vinculados con los trámites administrativos, la gestión de los recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

4. Supervisar y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

5. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos y en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

6. Dirigir la gestión documental, seguimiento y archivo de todos los actos administrativos dictados por la Secretaría, como así también de la documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de aquella, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

7. Gestionar la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de competencia de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

8. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

9. Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en lo que respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos respecto a los temas de competencia de la Secretaría o aquellos en los que actúe el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en calidad de superior jerárquico o alzada de los Organismos descentralizados que orbitan la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

10. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos del Poder Judicial, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

11. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria, contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos Descentralizados y Empresas actuantes en la órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

12. Coordinar el suministro de información pública en los términos de la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento de las áreas de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE

OBJETIVOS

1. Intervenir en la formulación de las políticas de turismo y ambiente en el ámbito nacional.

2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos vinculados al turismo y al ambiente, conforme las directrices que imparta el Jefe de Gabinete de Ministros.

3. Intervenir en lo relativo al alcance y aplicación normativa inherente al ámbito de su competencia.

4. Entender en lo relativo al impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados, desarrollando una metodología acorde y estratégica para cada área en el ámbito de su competencia.

5. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los aspectos técnicos relativos a la política ambiental y a la gestión ambiental de la Nación, a los regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

6. Participar, en el ámbito de su competencia, en la formulación de programas para su evaluación ante organismos de financiamiento externo, como también proyectos de participación público-privada y programas de financiamiento internacional para el sector turístico y ambiental.

7. Participar, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia, en la planificación, ejecución y supervisión de obras de infraestructura para las áreas bajo su competencia.

8. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a las directrices que imparta el Jefe de Gabinete de Ministros, en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones, convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas del ámbito de su competencia.

9. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público-privado, gubernamentales o no gubernamentales, en el ámbito de sus competencias.

10. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en lo relativo a la convocatoria y coordinación operativa de las actividades del Consejo Federal de Turismo.

11. Asistir al Jefe de Gabinete en sus competencias vinculadas con el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA).

12. Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora del turismo y del medio ambiente.

13. Promover la generación y difundir la información estadística sobre las áreas de su competencia.

14. Asistir en lo relativo a la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, así como en el establecimiento de planes, programas y proyectos que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo de manera responsable y sostenible.

15. Ejercer la presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, y entender en lo relativo a la promoción turística internacional.

16. Entender, en el ámbito de su competencia, en la Administración del FONDO NACIONAL DE TURISMO.

17. Entender en las propuestas de declaración de "Fiesta Nacional" y de interés turístico de aquellos eventos que, originados en condiciones naturales o acontecimientos económicos, culturales, deportivos o históricos, se convierten por su trascendencia en instrumentos de promoción turística nacional o internacional.

18. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA y para fines exclusivamente vinculados al sector turístico, en la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros.

19. Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

20. Intervenir en todo lo relativo a la preservación y administración y a la gestión sostenible de los bosques, parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales, recursos hídricos, flora y fauna silvestre y preservación del suelo, en el ámbito de su competencia.

21. Intervenir en la promoción del desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, garantizando la calidad de vida y conservación de los recursos naturales.

22. Intervenir en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables.

23. Intervenir en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma continental, en el ámbito de su competencia.

24. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.

25. Formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

26. Colaborar en todo lo relacionado a las acciones preventivas ante emergencias naturales y catástrofes climáticas.

27. Elaborar promover e implementar políticas planes proyectos y programas relacionados con la mitigación y adaptación climática, vinculadas a la preservación ambiental.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE

SUBSECRETARÍA DE TURISMO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas de turismo en el ámbito nacional.

2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos en el área de su competencia, conforme las directrices que imparta la Secretaría.

3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y demás normas que regulen la actividad turística.

4. Coordinar las políticas de registro, autorización de operación y fiscalización de prestadores turísticos.

5. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 25.599 y sus modificatorias.

6. Evaluar el impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el ámbito de su competencia.

7. Asesorar, en el ámbito de su competencia, sobre cuestiones relacionadas con las inversiones en materia turística.

8. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la planificación, ejecución, implementación, desarrollo y supervisión de las obras de infraestructura turística a nivel nacional.

9. Participar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

10. Asistir a la Secretaría en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en reuniones y eventos internacionales vinculados al sector turístico.

11. Intervenir, en el marco de su competencia, en el desarrollo de las relaciones institucionales con las organizaciones y organismos locales, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público y/o privados vinculados a la actividad turística.

12. Coordinar el Consejo Federal de Turismo, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría.

13. Promover la innovación y transformación digital en el sector turístico.

14. Dirigir la elaboración de información estadística sobre el sector turístico y de las políticas implementadas.

15. Asistir a la Secretaría en la elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de pasajeros, exclusivamente relacionados al área de turismo.

16. Intervenir en el desarrollo de políticas para la promoción y desarrollo de la actividad turística en el país, que aseguren el crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional receptivo, de manera responsable y sostenible.

17. Asistir en la celebración de Convenios con entidades públicas y privadas, en el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE

SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas y Convenios que regulan la materia.

2. Intervenir en la promoción y elaboración de regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.

3. Colaborar con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en la gestión ambiental sostenible de los recursos hídricos, bosques, flora y fauna silvestre y en la preservación del suelo.

4. Participar en la promoción del desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.

5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo sostenible, y establecer un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y las políticas que se desarrollan.

6. Intervenir las solicitudes de acceso a la información pública ambiental y su procedimiento conforme lo previsto en la Ley N° 25.831.

7. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de políticas y programas para la preservación de los parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.

8. Asistir a la Secretaría en el diseño, planificación, implementación, monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos en el marco de la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos.

9. Asistir a la Secretaría en la implementación y diseño de políticas, programas y proyectos vinculados a la preservación, prevención, monitoreo, fiscalización, control y recomposición ambiental.

10. Asistir a la Secretaría en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma continental.

11. Participar, en el ámbito de su competencia, en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.

12. Entender en los aspectos relativos a las competencias otorgadas a la Autoridad Ambiental Nacional por la Ley N° 24.449 y su Decreto Reglamentario N° 779/95 y normas complementarias.

13. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

14. Entender en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, en el marco de sus competencias.

15. Proponer a la Secretaría políticas, programas y proyectos vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

16. Asistir a la Secretaría en la representación del ESTADO NACIONAL ante organismos internacionales e interjurisdiccionales, vinculados a la política ambiental nacional.

17. Integrar el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y proporcionar los instrumentos de gestión necesarios para su funcionamiento como ámbito de concertación federal de política ambiental.

18. Asistir a la Secretaría en la elaboración, promoción e implementación de políticas, planes, proyectos y programas relacionados con los objetivos establecidos por la Ley N° 27.520.

19. Intervenir en la implementación de la política de educación ambiental en los ámbitos formales y no formales, articulando acciones a esos efectos con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con las Jurisdicciones y actores relevantes en la materia.

20. Colaborar con la Secretaría en las cuestiones vinculadas al control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

21. Articular, en coordinación con organismos locales, nacionales, regionales, multilaterales u otras organizaciones públicas y/o privadas vinculadas al área de su incumbencia, la integración de la política ambiental en las políticas públicas sectoriales.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

OBJETIVOS

1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la formulación, ejecución y supervisión de la política de comunicación de gobierno del ESTADO NACIONAL, difundiendo las medidas de gestión.

2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la comunicación y difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL y en su relación institucional con los medios de comunicación.

3. Planificar y coordinar la comunicación digital de las actividades gubernamentales.

4. Dirigir y supervisar las actividades relacionadas con la producción, la difusión de actos y otros eventos que requieren la presencia del Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

5. Entender en la producción, la realización y la emisión de Cadenas Nacionales y las transmisiones de los actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía.

6. Intervenir en las tareas de divulgación de la agenda presidencial en colaboración con la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

7. Intervenir en las tareas relativas al manejo de los diferentes tipos de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la gestión.

8. Intervenir en la planificación, desarrollo y seguimiento de las campañas de comunicación y producción de contenidos de difusión del ESTADO NACIONAL.

9. Entender en la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada, así como la coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión descentralizada.

10. Entender en la definición de los lineamientos relativos a la información de gobierno, para asesorar a los titulares de las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.

11. Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.

12. Intervenir en la planificación y la elaboración de contenidos gráficos, audiovisuales y digitales del ESTADO NACIONAL, impulsando el uso de herramientas tecnológicas en su producción.

13. Asistir al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en la coordinación estratégica y en la definición de los lineamientos de las políticas referentes a los medios públicos nacionales y su instrumentación.

14. Intervenir en la administración, operación, desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del ESTADO NACIONAL, a nivel local e internacional.

15. Coordinar la producción y distribución de contenido en todo el espectro de medios que forman parte de las licencias del ESTADO NACIONAL, con criterio federal.

16. Entender en la administración y el funcionamiento de la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.).

17. Entender en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las señales integrantes de dicha Sociedad.

18. Entender en la administración y el funcionamiento de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).

19. Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario.

20. Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales, medios relacionales y conexos.

21. Intervenir en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia, en lo inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el ESTADO NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales, digitales, parques temáticos y otros.

22. Fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad informativa.

23. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

24. Celebrar convenios con las provincias, municipios, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y otras entidades públicas o privadas para el desarrollo e implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su competencia.

25. Entender en la administración, coordinación y ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de su ámbito.

26. Entender en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

27. Dirigir la elaboración de la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales.

28. Disponer la organización y presencia de los medios tanto nacionales como extranjeros, en el ámbito de su competencia, en los distintos actos o actividades en la que intervengan funcionarios del gobierno nacional.

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

SUBSECRETARÍA DE PRENSA

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría, en lo que es materia de su competencia, en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa.

2. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la planificación de contenidos relativos a la actividad presidencial destinados a medios de comunicación nacionales e internacionales.

3. Asistir a la Secretaría en la elaboración de la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales.

4. Articular la vinculación institucional con los medios de comunicación nacionales e internacionales.

5. Participar en la cobertura que se brinda a los medios de comunicación nacionales e internacionales de los actos de gobierno, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

6. Supervisar la elaboración de la síntesis de prensa para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y para el área de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y ACTOS DE GOBIERNO

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en todas las tareas inherentes a la comunicación de gobierno.

2. Asistir a la Secretaría en la planificación de la comunicación digital de las actividades gubernamentales.

3. Participar en el desarrollo de las actividades relacionadas con la producción y la difusión de actos y otros eventos que requieren la presencia del Presidente de la Nación.

4. Asistir a la Secretaría en la producción, realización y emisión de Cadenas Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía.

5. Coordinar las tareas relativas al manejo de los diferentes tipos de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la gestión de gobierno.

6. Intervenir en la elaboración de las campañas de comunicación y de la producción de contenidos de difusión del ESTADO NACIONAL y sus objetivos.

7. Supervisar la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.

8. Asistir a la Secretaría en la ejecución y supervisión de la política de la comunicación de gobierno.

9. Asistir a la Secretaría en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1. Intervenir en la coordinación estratégica y en la definición de los lineamientos de las políticas referentes a los medios públicos nacionales y su instrumentación.

2. Intervenir en la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas referidas a los medios públicos.

3. Asistir a la Secretaría en la administración, operación, desarrollo y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del ESTADO NACIONAL a nivel local e internacional.

4. Asistir a la Secretaría en la administración y el funcionamiento de la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.).

5. Intervenir en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las señales integrantes de dicha Sociedad.

6. Asistir a la Secretaría en la administración y el funcionamiento de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).

7. Asistir a la Secretaría en todo lo inherente al ejercicio de la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE.

8. Colaborar en la administración, operación y desarrollo del Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales, medios relacionados y conexos.

9. Asistir a la Secretaría en lo inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el ESTADO NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales, redes digitales, parques temáticos y otros.

10. Intervenir en la generación de contenidos públicos garantizando y difundiendo programas que contribuyan al sentido de la identidad nacional.

11. Promover la producción de contenidos audiovisuales propios y contribuir a la difusión y distribución de contenidos federales.

12. Dirigir la generación de contenidos del Polo de Producción Audiovisual y en las señales Encuentro, PakaPaka y Depor TV.

13. Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales y en la celebración de convenios de cooperación, intercambio y apoyo recíproco con entidades públicas o privadas, nacionales, provinciales e internacionales, en los temas materia de su competencia.

14. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la producción y distribución de contenido en todo el espectro de medios que forman parte de las licencias del ESTADO NACIONAL, con criterio federal.

15. Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión de programas de televisión educativa y multimedial destinados a fortalecer y complementar las estrategias nacionales de comunicación.

16. Ejecutar las acciones necesarias para garantizar el uso eficiente de los recursos del ESTADO NACIONAL en los medios públicos.

17. Intervenir en la generación de contenidos desarrollados a través de los medios públicos.

18. Participar en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e internacionales de orden artístico, tecnológico, científico, educativo y cultural, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes.

19. Supervisar la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y descentralizada.

IF-2025-135243050-APN-JGM





PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º

(ANEXO II)

VI - MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Entender en el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2. Asistir al Ministro en el diseño del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas correspondiente a los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.

5. Entender en el despacho y la gestión documental de la Jurisdicción.

6. Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así también en los sumarios administrativos y disciplinarios a cargo de la Jurisdicción.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compras de bienes, locación de obras y servicios, y demás adquisiciones a cargo del Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes muebles e inmuebles y de servicios de la Jurisdicción.

11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la Jurisdicción.

12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el ámbito de su competencia, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13. Coordinar el suministro de información pública en los términos de la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento de las áreas de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción.

2. Coordinar el análisis jurídico de los proyectos de leyes y actos administrativos de competencia del Ministerio.

3. Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL, en lo que es competencia de la Jurisdicción, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes, así como en la contestación de los requerimientos que efectúen los distintos fueros del Poder Judicial.

4. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito del Ministerio.

5. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

6. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

7. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación con los contratos de obras y servicios públicos del Ministerio.

8. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción.

10. Asistir a la Secretaría en el despacho y en la gestión documental de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de la Jurisdicción, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la asignación de recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en la Jurisdicción.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio, así como la planificación de las actividades de administración general de la Jurisdicción.

5. Coordinar la aplicación de las normas y Convenios Colectivos de Trabajo que regulan al personal que revista en la jurisdicción, de los recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios físicos de la Jurisdicción.

6. Coordinar los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7. Asistir al Secretario en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

8. Colaborar, cuando le sea requerido, en la gestión presupuestaria, contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos Descentralizados y Entes actuantes en la órbita de la Jurisdicción.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1. Proponer y planificar políticas, planes y proyectos en materia poblacional y elaborar estudios sobre la situación demográfica del país en los aspectos de su composición poblacional, su distribución territorial y el nivel y tendencias de su crecimiento.

2. Proponer, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, en coordinación con otras áreas de la Jurisdicción.

3. Intervenir en la convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

4. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia de partidos políticos y conceder franquicias e intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente a las agrupaciones políticas.

5.Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

6. Asistir al Ministro en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnen a tal efecto.

7. Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a la sanción de leyes de amnistía política.

8. Dirigir la realización de estudios e investigaciones que sirvan de insumo en materia de políticas demográficas y de fortalecimiento de la identidad nacional.

9. Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras, en el área de su competencia, y llevar un registro actualizado de las mismas.

10. Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de frontera y el afianzamiento de la identidad nacional.

11. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la Ley N° 22.352 y el Decreto Ley N° 15.385 (Ley N° 12.913) en todo lo relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de frontera.

12. Entender en la gestión de los centros de frontera previstos de la Ley N° 22.352.

13. Asistir al Ministro en lo concerniente a los actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo relativo a la construcción y emplazamiento de monumentos.

14. Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.

15. Mantener la vinculación institucional en materia poblacional con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

16. Entender en el diseño de las políticas del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

17. Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

18. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el ámbito de su competencia.

19. Evaluar y proponer al Ministro políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

20. Participar en los consejos federales constituidos a los fines de realizar el análisis de políticas públicas que sean materia de competencia del Ministerio.

21. Entender en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.

22. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia institucional y programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de fortalecimiento de las instituciones democráticas.

23. Intervenir en la formulación de las políticas de deportes en el ámbito nacional, así como definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos vinculados al deporte.

24. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a las directrices que imparta el Ministerio, en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones, convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas del ámbito de su competencia.

25. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter público- privado, gubernamentales o no gubernamentales, en el ámbito de sus competencias.

26. Asistir al Ministro en lo relativo a la convocatoria y coordinación operativa de las actividades del Consejo Nacional del Deporte y la Actividad Física.

27. Asistir al Ministro en las facultades asignadas como socio fundador del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.

28. Entender en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

29. Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

30. Entender en todo lo relativo a los asuntos y políticas para pueblos indígenas garantizando la participación y consulta con las comunidades, las provincias y municipios.

31. Programar, organizar y ejecutar las tareas que la legislación vigente asigna al Ministerio en materia electoral y de partidos políticos.

32. Proponer las medidas conducentes para perfeccionar el Registro Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

33. Asistir al Ministro en lo relacionado con la programación y ejecución de la legislación electoral y el empadronamiento de los ciudadanos.

34. Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos eleccionarios y difundir sus resultados.

35. Planificar, elaborar, ejecutar y realizar el seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

36. Promover la realización de actividades político-institucionales y el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

37. Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.

38. Intervenir en la vinculación política e institucional con legisladores nacionales, especialmente en temas que involucren a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

39. Actuar como autoridad de aplicación del Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como organismo coordinador en los Reglamentos Generales de Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la Elaboración Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N° 1172/03, y como coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en el análisis de la determinación, encuadre y seguimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 23.548 del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

2. Asistir a la Secretaría en su actuación como Autoridad de Aplicación del Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como Organismo Coordinador del Reglamento General de Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, aprobados por el Decreto N° 1172/03.

3. Astir a la Secretaría en sus funciones en la Mesa de Coordinación Institucional sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.

4.  Asistir a la Secretaría en la vinculación institucional en materia poblacional con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

5. Coordinar la elaboración de investigaciones y estudios en materia de política demográfica e identidad nacional.

6. Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales que producen  información  sobre el comportamiento de  variables demográficas.

7. Coordinar los trabajos de elaboración de diagnósticos sobre el comportamiento de las variables demográficas y sobre sus particularidades sociales, económicas y regionales.

8. Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas y supervisar la gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

9. Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

10. Proponer a la Secretaría los proyectos de políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

11. Asistir a la Secretaría en la gestión de los Centros de Frontera previstos de la Ley N° 22.352.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

OBJETIVOS

1. Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.

2. Colaborar con la Secretaría en el marco de las facultades asignadas al Ministro como socio fundador del ENTE  NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.

3. Asistir a la Secretaría en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

4. Asistir a la Secretaría en la realización de los torneos federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

5. Intervenir en la coordinación y ejecución de programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento a nivel federal, promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional, sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

6. Intervenir en la promoción y el desarrollo en el país de la actividad física y deportiva en todas sus formas.

7.  Promover y asistir las prácticas deportivas a nivel competitivo nacional, regional e internacional.

8. Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales y con instituciones privadas.

9. Participar en la promoción de sistemas integrados de planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología aplicada al deporte que permitan aumentar la cantidad de competencias internacionales que se desarrollan en el país, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.

10. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud, formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento internacional.

11. Intervenir en la promoción y en la orientación del entrenamiento deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los organismos públicos o privados correspondientes.

12. Desarrollar políticas de promoción de la igualdad de género en el deporte, las cuales articularán estrategias de promoción y de remoción de obstáculos administrativos y/o normativos en todos los ámbitos de competencia y práctica.

13. Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que actúan en las actividades físicas y deportivas.

14. Desarrollar políticas de promoción del deporte adaptado e inclusivo para personas con discapacidad.

15. Coordinar la asignación, administración y otorgamiento de becas, subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el fomento de la actividad deportiva, en la cancelación de dichos beneficios en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los beneficiarios, y en la inhabilitación de los mismos hasta su regularización, de acuerdo a los términos de la reglamentación correspondiente.

16. Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.

17. Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios competentes en cada caso y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades físicas y deportivas.

18. Entender en la promoción de la investigación científica en el campo del deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su nivel competitivo, en el cuidado de su salud, en la mejora de su rendimiento y en la prevención del dopaje, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

19. Implementar medidas activas para la erradicación de cualquier tipo de práctica discriminatoria, xenofóbica y/o racista en el ámbito del deporte, en coordinación con los demás organismos nacionales con competencia en la materia.

20. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 27.098.

21. Coordinar, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912, la representación del Ministro ante la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ENLACE LEGISLATIVO

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario en las relaciones con el PODER LEGISLATIVO NACIONAL, priorizando los temas de interés, en el ámbito de su competencia, del PODER EJECUTIVO NACIONAL con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2. Asistir al Secretario en la vinculación político e institucional con legisladores nacionales, especialmente en temas que involucren a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3. Realizar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento de los proyectos de ley que tengan impacto federal, identificando oportunidades, riesgos y actores clave.

4. Realizar informes sobre la actividad parlamentaria que afecte competencias del Ministerio, elaborando alertas tempranas y reportes periódicos para la Secretaría.

5. Coordinar la interacción del Secretario con las Comisiones del Congreso, asegurando la asistencia de los representantes del Ministerio cuando resulte necesario para optimizar la gestión de las iniciativas vinculadas a políticas federales.

6. Entender en la elaboración de posicionamientos, informes y documentos técnicos que el Secretario requiera para su participación en instancias de negociación parlamentaria, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

7. Relevar el estado de los proyectos parlamentarios en las Comisiones del Congreso que sirvan de insumo para la preparación de encuentros entre el Secretario, los Gobernadores y el Jefe de Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

8. Relevar las demandas y prioridades legislativas de los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, articulando con sus representantes institucionales y oficinas de enlace.

9. Consolidar información legislativa de las distintas áreas del Ministerio produciendo reportes unificados para la toma de decisiones estratégicas.

10. Coordinar mesas de trabajo y reuniones de articulación entre autoridades del Ministerio y legisladores nacionales sobre iniciativas con impacto subnacional o institucional.

11. Realizar el seguimiento de la reglamentación e implementación de leyes en asuntos materia de competencia del Ministerio.

12. Asistir al Secretario en las gestiones parlamentarias vinculadas a convenios, programas federales y políticas públicas de alcance subnacional colaborando en su presentación, defensa y tramitación legislativa.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

OBJETIVOS

1. Entender como Autoridad de Aplicación en todo lo referente a la Ley sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes Nº 23.302, disposiciones modificatorias y complementarias y al Convenio 169 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES, aprobado por la Ley N° 24.071, en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales competentes.

2. Elaborar en coordinación con el MINISTERIO DE SALUD y con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, programas de prevención y asistencia sanitaria en las comunidades indígenas, otorgando especial atención a la salud materno-infantil, de primera infancia y a los adultos mayores, en los que se incluirán los conocimientos y modalidades que aporte la medicina tradicional.

3. Elaborar, en coordinación con la SECRETARIA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, programas de educación bilingüe e intercultural concediendo prioridad a la realización de campañas de alfabetización, terminalidad educativa y acceso a la educación superior.

4. Establecer, en coordinación con los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS y con instituciones oficiales de crédito, la priorización de planes habitacionales que contemplen el modus vivendi de la comunidad y que permitan mejorar la situación individual y comunitaria habitacional y de habitabilidad de los pueblos indígenas.

5. Asistir a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en articulación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en materia ambiental, en la elaboración, ejecución y monitoreo de los planes de ordenamiento territorial y ambiental, promoviendo la participación de las comunidades indígenas.

6. Difundir y facilitar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, las gestiones de acceso a las prestaciones previsionales y sociales para los miembros de las comunidades indígenas.

7. Asistir y elaborar, de manera concertada con las autoridades provinciales competentes, la implementación de  relevamientos  territoriales  o georreferenciaciones de comunidades indígenas, la aplicación planes de mensura y/o regímenes de propiedad comunitaria u otra forma de reconocimiento, como así también asistir a las provincias en la definición de sus regímenes de reconocimiento y ordenamiento territorial de comunidades indígenas.

8. Asesorar a organismos públicos y entidades privadas en todo lo relativo a fomento, promoción, desarrollo y protección de las comunidades indígenas.

9.  Entender en todo lo atinente al Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

10. Realizar estudios y censos que permitan analizar y diagnosticar los problemas socioeconómicos, sanitarios y culturales que afecten a las comunidades indígenas, que posibiliten la formulación de proyectos de desarrollo para resolverlos, incluyendo la adjudicación de tierras.

11.Difundir el conocimiento del patrimonio cultural indígena, y promover la participación de las comunidades en el uso de los medios para ese fin.

12. Promover en coordinación con las autoridades competentes nacionales y locales, líneas de formación y capacitación técnica y laboral orientados a mejorar las oportunidades de desarrollo económico a nivel individual y comunitario.

13. Propiciar la realización de procedimientos electivos según la tradición y pautas culturales de cada comunidad indígena, para la designación de sus representantes y la integración del Consejo de Coordinación creado por la Ley N° 23.302.

14. Elaborar e implementar planes de adjudicación y explotación de las tierras, de acuerdo a la viabilidad, existencia y aprobación respectiva.

15. Impulsar la realización de planes de saneamiento ambiental, por parte de los gobiernos provinciales, para asegurar condiciones higiénicas en los lugares de emplazamiento de las comunidades indígenas

16. Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Coordinación, creado por la Ley N° 23.302, y dictar su reglamento interno de funcionamiento.

17. Dirigir las gestiones encomendadas por el artículo 8° de la Ley N° 23.302.

18. Entender, en articulación con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en todo lo relativo al proceso de supervisión internacional del cumplimiento de la SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS - CASO COMUNIDADES INDÍGENAS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN LHAKA HONHAT (NUESTRA TIERRA) VS. ARGENTINA hasta su conclusión definitiva mediante la correspondiente resolución de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS que así lo disponga.

19. Entender en la coordinación, con las autoridades competentes del Sector Público Nacional y del Gobierno de la PROVINCIA DE SALTA, de las acciones que deban llevarse a cabo para el cumplimiento de la sentencia de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS – CASO COMUNIDADES INDÍGENAS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN LHAKA HONHAT (NUESTRA TIERRA) VS. ARGENTINA.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro en las actividades político-institucionales que, en el marco de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno, el Gobierno Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones interprovinciales.

2. Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional, tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, con miras al desarrollo federal.

3. Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y municipales.

4. Entender en la formulación y ejecución de políticas de descentralización y coordinar las políticas inherentes a la regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5. Asesorar en el ámbito de su competencia en lo relativo al régimen jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

6. Asistir al Ministro, en coordinación con otras áreas, en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.

7. Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

8. Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la solución de problemáticas regionales o de interés común y a la optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.

9. Asistir técnicamente a los municipios para la innovación de los sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad de gestión.

10. Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento institucional de los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el marco de su competencia.

11. Participar, en coordinación con otras áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados provinciales, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las provincias.

12. Diseñar planes y coordinar acciones con los gobiernos de las provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios, en el ámbito de su competencia, asesorando en la formulación y gestión de proyectos de carácter federal, y coordinar con el MINISTERIO DE ECONOMÍA el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las provincias, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los municipios.

13. Asistir al Ministro en el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones asumidas en carácter de autoridad de aplicación de las normas que establecen su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

OBJETIVOS

1.Desarrollar acciones de fortalecimiento institucional a nivel provincial y regional, orientadas a la promoción del desarrollo económico y social.

2. Asistir a la Secretaría en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3. Coordinar, con las distintas dependencias de la Jurisdicción y con los Ministerios con competencia en la materia, los aspectos vinculados con el apoyo institucional a las políticas de desarrollo provincial y municipal.

4.  Proponer, en el ámbito de su competencia, instrumentos de asistencia a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

5. Participar, en el ámbito de su competencia y con los organismos correspondientes, en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal de impuestos y en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en la materia, o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

6. Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.

7. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de las relaciones con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a lo vinculado con cuestiones interjurisdiccionales.

8. Dirigir la elaboración de estudios y diagnósticos relevantes para la planificación estratégica regional.

9. Asistir a la Secretaría en lo atinente a la celebración de convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales para  el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1. Coordinar la implementación de los proyectos referidos al mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales, a la modernización de sus sistemas administrativos y de gestión y al fortalecimiento de la capacidad de gerenciamiento de las políticas públicas de los gobiernos municipales.

2. Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de promoción y desarrollo de micro-regiones, proponer planes y proyectos, como así también diseñar los instrumentos adecuados para su implementación y capacitación.

3. Participar en la suscripción de convenios con gobiernos municipales, entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos internacionales, en el marco de su competencia.

4. Asistir a la Secretaría en su relación con las autoridades municipales, así como en el intercambio de información para la elaboración de informes y análisis vinculados a la implementación de las políticas públicas, planes y programas de la Secretaría.

5. Proponer planes y programas tendientes a la descentralización de funciones desde las provincias hacia los municipios, en el ámbito de su competencia.

6. Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

7. Dirigir la elaboración de diagnósticos que sean de utilidad para la planificación estratégica de micro-regiones”.

IF-2025-135106308-APN-MI




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 11

(ANEXO II)

IX. MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1.  Intervenir en la elaboración y ejecución de la política energética nacional, con excepción de la relativa a la materia nuclear.

2. Entender en los planes, programas y proyectos del área de su competencia e intervenir en su gestión presupuestaria, contable y financiera, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

3.  Intervenir en la elaboración y fiscalización del régimen de combustibles y entender en los procedimientos de fijación de sus precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas.

4.  Intervenir en la elaboración de las políticas y normas regulatorias de los servicios públicos del área energética, en la supervisión de los organismos y entes de control de los concesionarios de obra y de servicios públicos, así como en la elaboración de normas regulatorias de las licencias o concesiones de servicios públicos aplicables a los regímenes federales en materia energética, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

5.  Actuar como Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades en materia energética, con excepción de la relativa a la materia nuclear, y ejercer el rol de autoridad concedente en las concesiones y habilitaciones previstas en dichas leyes cuando fuere necesario introducir modificaciones a los contratos o licencias en materia tarifaria.

6.  Entender en los mecanismos de fijación de las tarifas de los servicios públicos del área energética en relación con los subsidios destinados a los usuarios finales, como así también en la elaboración de estructuras arancelarias en materia de energía.

7.  Entender en el diseño y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación de energía.

8.  Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del ESTADO NACIONAL en la Ley N° 27.007.

9.  Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA.

10. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA.

11. Promover la aplicación de la política sectorial fomentando la explotación racional de los recursos naturales y la preservación del ambiente.

12. Entender en el diseño y la ejecución de la política de relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales en el área de energía.

13. Intervenir en la promoción de la utilización de nuevas fuentes de energía y la incorporación de oferta hidroeléctrica convencional.

14. Dirigir la elaboración de las políticas, planes y programas sobre energías renovables, eficiencia energética, electromovilidad, biocombustibles, hidrógeno, transición energética, minerales asociados con la transición y nuevas tecnologías bajas en carbono, y promover el dictado y/o la modificación de la normativa aplicable a esas materias.

15. Participar, en el ámbito de su competencia, en la planificación de las políticas, planes y programas tendientes a reducir la contaminación ambiental y al cumplimiento de las metas de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) comprometidas por el país.

16. Participar, en el ámbito de sus competencias, en la negociación y celebración de los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales en materia energética en los que la Nación sea parte, y supervisar su ejecución.

17. Propiciar y celebrar convenios con entidades públicas y privadas, y participar en las negociaciones con organismos nacionales e internacionales en materia de energía, con excepción de la relativa a la materia nuclear.

18. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL en el Consejo Federal de la Energía Eléctrica (CFEE).

19. Asistir al Ministerio en la investigación y el desarrollo tecnológico en las distintas áreas del sector de la energía, con excepción de la relativa a la materia nuclear.

20. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).

21. Participar en los procesos de concesiones para la construcción y explotación de obras públicas y la prestación de servicios públicos, en la evaluación y gestión de las distintas etapas de los procesos licitatorios, así como en el desarrollo, fiscalización y control posterior de proyectos, en el ámbito de su competencia.

22.Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación del Título VII -RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de la Ley N° 27.742, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

OBJETIVOS

1. Participar en la elaboración de las políticas del sector e intervenir en la definición de la política nacional en materia de producción de energía eléctrica y en la elaboración de la política nacional en materia de desarrollo y expansión de infraestructura de transporte y distribución de energía eléctrica.

2. Elaborar la normativa correspondiente para el cumplimiento de los planes y las políticas del sector, para asegurar el abastecimiento sostenible de energía eléctrica de la REPÚBLICA ARGENTINA.

3. Participar, en el ámbito de su competencia, en los procesos de planificación de la integración energética regional, en lo relativo a la infraestructura requerida y en la coordinación de los despachos de energía entre los países intervinientes.

4. Definir y promover proyectos de infraestructura energética y de generación de energía eléctrica, en el ámbito de competencia de la Secretaría.

5. Dirigir la elaboración de los planes de incorporación de oferta y expansión de la infraestructura de transporte y distribución que sirvan de insumos para la planificación y toma de decisiones estratégicas sobre el sector.

6. Efectuar el seguimiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para el cumplimiento del marco regulatorio eléctrico y mantener la normativa técnica actualizada conforme a las normas IRAM-IEC.

7. Proponer los criterios de regulación del transporte de energía eléctrica, y los criterios, procedimientos y financiamiento de la expansión del sistema de trasmisión de energía eléctrica.

8. Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de Información Energética, como fuente central e integrada de información estadística sobre el sector.

9. Asistir en las cuestiones vinculadas a la demanda y oferta de energía eléctrica mayorista y a la importación y exportación de energía eléctrica.

10. Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria en los servicios públicos de transporte y distribución de electricidad.

11. Administrar una base actualizada de información sobre los recursos hídricos no aprovechados en materia eléctrica y del estado de avance de los proyectos previstos.

12. Coordinar el funcionamiento del Consejo Federal de Energía Eléctrica y ejercer su presidencia suplente.

13. Participar en la definición de las modalidades para incentivar la inversión que permita incorporar nueva oferta de energía renovable en cumplimiento de las metas legales nacionales y/o acuerdos internacionales celebrados.

14. Participar en la elaboración de las propuestas normativas específicas vinculadas con las distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental -en coordinación con las áreas competentes- y promocionar programas conducentes al desarrollo de las nuevas fuentes renovables vinculadas al uso racional de la energía eléctrica.

15. Asistir a la Secretaría en el análisis de la asignación de subsidios de servicios públicos en materia energética y los escenarios de estructuras arancelarias en materia de energía en el ámbito de su competencia.

16. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y con la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).

17. Intervenir en la ejecución del RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, establecido por la Ley N° 26.190 y sus modificatorias y complementarias, y del RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA PÚBLICA, establecido por la Ley N° 27.424 y sus modificaciones.

IF-2025-135121607-APN-MEC




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 15

(ANEXO II)

IX. MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

OBJETIVOS

1. Entender en la definición de la política nuclear en todo lo relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

2. Entender en el monitoreo del funcionamiento del complejo industrial nuclear, promoviendo acciones que tiendan a mejorar la eficiencia del sistema, incluyendo reformas institucionales, optimización de procesos y participación del capital privado.

3. Evaluar la factibilidad y sustentabilidad económico-financiera de los proyectos estratégicos en materia nuclear.

4. Evaluar y monitorear los componentes científicos y tecnológicos de los proyectos en materia nuclear, fiscalizando el cumplimiento de las metas planteadas.

5. Intervenir en la coordinación del accionar de los diferentes actores políticos y empresarios involucrados con la actividad estratégica nuclear, tanto a nivel nacional, local o de la sociedad civil.

6. Identificar y determinar, en el ámbito de su competencia, los asuntos prioritarios, estratégicos y de relevancia para el desarrollo nacional en materia nuclear.

7. Asesorar, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en los foros, organizaciones o cualquier ámbito a nivel internacional en materia nuclear y otros asuntos estratégicos relacionados.

8. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en las acciones que propendan al cumplimiento de los compromisos internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia nuclear y otros asuntos estratégicos relacionados.

9. Coordinar, en el ámbito de su competencia, las acciones orientadas al cumplimiento de las funciones y objetivos establecidos por la Ley N.° 24.804 y sus normas modificatorias y reglamentarias, con la excepción de las que establecen las funciones regulatorias.

10. Intervenir en todo lo relacionado con la generación nucleoeléctrica, como así también en el funcionamiento de la infraestructura nucleoeléctrica.

11. Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

12. Participar en la elaboración de políticas en materia de investigación, diseño, y construcción de reactores nucleares, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

13. Participar en el diseño e implementación de la política de desarrollo, fomento y cooperación para la explotación de “tierras raras” y minerales nucleares, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.

14. Participar, en el ámbito de su competencia, en la interacción entre los distintos actores del sector minero y las provincias para aumentar sostenidamente la producción de “tierras raras” y de minerales nucleares, como así también la inversión de capital privado para su explotación, en coordinación con la SECRETARÍA DE MINERÍA.

15. Promover políticas públicas y acciones de colaboración y articulación con los actores públicos y privados y de la sociedad civil involucrados en la materia, que permitan viabilizar los proyectos relativos a la minería de materiales nucleares, su procesamiento y aplicación de tecnologías nucleares.

16. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño y establecimiento de tecnologías asociadas a la refinación de “tierras raras”, como así también a su desarrollo nacional.

17. Dictar, en el marco de las políticas establecidas por el Ministerio y en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional, medidas relativas a los proyectos estratégicos en materia nuclear y otros asuntos estratégicos relacionados.

18. Dirigir el planeamiento, seguimiento y evaluación de los asuntos vinculados a los proyectos en materia nuclear y otras cuestiones estratégicas relacionadas, en coordinación con las empresas y sociedades con participación estatal mayoritaria del sector nuclear y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

19. Asesorar al Ministro, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional, en los proyectos estratégicos en materia nuclear, como así también en la identificación de información estratégica relevante en dicha materia y en aquellos asuntos de su competencia.

20. Intervenir, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), en las distintas etapas correspondientes al desarrollo del ciclo del combustible nuclear.

21. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

22. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

23. Asistir al Ministro en la aplicación del Título VII - RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de la Ley N° 27.742, en el ámbito de su competencia, y en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA.

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

SUBSECRETARÍA DE APLICACIONES DE TECNOLOGÍA NUCLEAR

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en la concreción de objetivos a fin de perfeccionar las distintas etapas correspondientes al ciclo del combustible nuclear mediante la elaboración de proyectos para fomentar la industria del sector nuclear, en el ámbito de su competencia.

2. Coordinar con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), la industria y las empresas nucleares del Sector Público Nacional y/o del sector privado, los cursos de acción a seguir y el seguimiento del estado de los proyectos en materia de tecnología nuclear, como así también comunicar a las mismas los resultados de las evaluaciones realizadas.

3. Promover, en el ámbito de su competencia, acciones de coordinación entre los actores nacionales y sub nacionales involucrados en las actividades relacionadas con el ciclo del combustible nuclear, y la generación y aplicación de la tecnología nuclear, con el objeto de alcanzar el desarrollo de dichos sectores.

4. Participar, en coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, en el fomento y análisis de los distintos proyectos para desarrollar minerales nucleares y “tierras raras”.

5. Asesorar a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en materia de procesos de transformación del mineral de uranio, fomentando la interacción público-privada para el desarrollo de proyectos relativos a dicha materia.

6. Promover la implementación y desarrollo de la industria de los radioisótopos, como así también de sus tecnologías asociadas, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

7. Intervenir en la planificación y el seguimiento de los proyectos de inversión pública y privada en el sector nucleoeléctrico y monitorear los componentes científicos y tecnológicos de los proyectos, fiscalizando el cumplimiento de las metas planteadas.

8. Asistir a la Secretaría en aquellos asuntos relacionados con la generación nucleoeléctrica y el funcionamiento de la infraestructura nucleoeléctrica.

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS NUCLEARES

OBJETIVOS

1. Asistir a la Secretaría en lo relativo a la definición de las políticas nucleares de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

2. Proponer y coordinar acciones tendientes a fomentar la articulación, la vinculación y el trabajo intersectorial entre los organismos públicos y los sectores productivos para alcanzar el desarrollo tecnológico en materia nuclear.

3. Monitorear la implementación y el cumplimiento de la normativa y los compromisos internacionales asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de seguridad nuclear, seguridad radiológica, control de remediación ambiental, de no proliferación de armas nucleares, salvaguardias nucleares y seguridad física nuclear, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), con excepción de las que establecen las funciones regulatorias.

4. Supervisar la implementación de las políticas públicas definidas por la Secretaría relativas al fomento y desarrollo de la refinación de minerales nucleares y “tierras raras”.

5. Asistir a la Secretaría en el planeamiento, seguimiento y evaluación de los proyectos estratégicos en materia nuclear vinculados con actores de la sociedad civil, el sector público y los organismos internacionales.

6. Asistir a la Secretaría, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), en la implementación de las políticas públicas orientadas a la gestión de los residuos radiactivos, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 25.018.

7. Diseñar y proponer a la Secretaría políticas y cursos de acción orientados a fomentar la articulación con los actores públicos y privados y de la sociedad civil involucrados en la materia con el objetivo de viabilizar los proyectos relativos a la minería de materiales nucleares, su procesamiento y tecnologías nucleares asociadas.

8. Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

 IF-2025-135121319-APN-MEC



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 17

(ANEXO II)

XVI - MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Entender en el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2. Entender el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos Financieros del Ministerio.

8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones  técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios del Ministerio.

11. Dirigir, en el ámbito de su competencia, en la gestión operativa de recursos físicos en salud y de proyectos de infraestructura sanitaria en función de los lineamientos técnicos establecidos por las áreas sustantivas del Ministerio.

12. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la planificación y adquisición de bienes.

13. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

14. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de la información que se desarrollen en el ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

15. Entender en la planificación estratégica de las acciones, el monitoreo de la gestión, el almacenamiento y logística de los suministros sanitarios del sector salud, así como en el impacto de las políticas implementadas en el sector.

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1. Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio.

2. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos del Ministerio.

3. Coordinar el diseño, formulación, coordinación de la ejecución, modificación y evaluación del cumplimiento del presupuesto e implementación de las políticas presupuestarias y financieras del Ministerio.

4. Asistir a la Secretaría en la ejecución de las acciones necesarias para las contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones destinadas al Ministerio.

5. Dirigir, en el ámbito de su competencia, el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad del Ministerio.

6. Supervisar la gestión patrimonial, mantenimiento edilicio, administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de las áreas del Ministerio.

7. Asistir a la Secretaría en la coordinación, monitoreo y supervisión de las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión del Ministerio.

8. Coordinar la ejecución operativa de los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y financiera contable y de los procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo del Ministerio, como así también de proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

9. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria, contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos Descentralizados en la órbita del Ministerio.

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1. Coordinar el servicio jurídico permanente del Ministerio.

2. Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL en los procesos judiciales en los que el Ministerio sea parte.

3. Intervenir en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

4. Coordinar con las áreas con competencia en la materia el análisis jurídico de los proyectos normativos por ellas elaborados, con carácter previo a su dictado.

5. Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos administrativos.

6. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

7. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico relativos a su competencia.

8. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean de su competencia.

9. Intervenir en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

 IF-2025-135095715-APN-MS




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 19

(ANEXO III)

“V. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Organismos Descentralizados

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP)

SECRETARÍA EJECUTIVA

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO

TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI)

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG)

COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

(CONICET)

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA EJECUTIVA

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE

INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR)

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL

(APE S.A.U.)

CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC)

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA

UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR

FERROVIARIO CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO

Organismos Descentralizados

AGENCIA DE PROGRAMAS DE CIUDADANÍA POR INVERSIÓN

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA)

AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN)

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV)

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE ENERGÍA

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)

SECRETARÍA DE MINERÍA

SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS

MEDICINAL (ARICCAME)

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP)

INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA)

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV)

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA)

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN)

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV)

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV)

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)

JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

(ORSNA)

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CASA DE MONEDA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

INSTITUTO DE LA MOVILIDAD

POLO TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

COMISIÓN MIXTA ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE

ENERGÍA ARGENTINA S.A.

ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ

UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

(UESTEE)

YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS

FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS

SECRETARÍA DE MINERÍA

YACIMIENTOS MINEROS AGUA DE DIONISIO (YMAD)

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INNOVACIONES TECNOLÓGICAS AGROPECUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA

(INTEA)

INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL

ESTADO (ADIF)

AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA

BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

IF-2025-135273705-APN-MSG

DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON

PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF)

EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA)

FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE)

INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL

OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)

PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)

ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL DE BAJA ALTURA

FERROCARRIL TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE

AGUA NEGRA (EBITAN)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO LAS

LEÑAS (EBILEÑAS)

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA

Entes del Sector Público Nacional Financiero

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA

BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

Sociedades comprendidas en el artículo 15 de la Ley N° 26.741

SECRETARÍA DE ENERGÍA

YPF SOCIEDAD ANÓNIMA

YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA”

“XV. - MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Organismos Desconcentrados

AGENCIA FEDERAL DE EMERGENCIAS (AFE)

DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA

POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Organismos Descentralizados

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC)

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL”

IF-2025-135273705-APN-MSG




PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 20

(ANEXO III)

“VI. - MINISTERIO DEL INTERIOR

Organismos Descentralizados

SECRETARÍA DE INTERIOR

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD)

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)”

IF-2025-135109126-APN-MI