PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º
(ANEXO II)
V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la priorización de las
políticas de estado y en la coordinación de los objetivos estratégicos
de gestión.
2.Coordinar el seguimiento y la implementación de las campañas de
gobierno desarrolladas por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3. Asistir a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en el diseño de
proyectos especiales y estratégicos para viabilizar la ejecución de las
políticas sustantivas.
4. Sistematizar los reportes y la información producida por las áreas
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativos a la implementación y
la ejecución de las políticas y los contenidos de comunicación.
5. Coordinar el diseño de la agenda institucional del Jefe de Gabinete
de Ministros de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.
6. Asistir a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración de los
mensajes, discursos y declaraciones públicas, cuando le sea requerido.
8. Articular las relaciones institucionales con organismos privados,
estatales o de la sociedad civil que requieran información sobre los
objetivos gubernamentales, en el ámbito de su competencia.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1.Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y
administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros
de la Jurisdicción.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad
sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.
5. Entender en el despacho y la gestión documental de la Jurisdicción.
6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.
7. Entender en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compras de bienes, locaciones de obras y de servicios,
y demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.10. Entender en
las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de
infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios de la Jurisdicción.
11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la
Jurisdicción.
12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezcan
las Autoridades de Aplicación en cada materia.
13. Dirigir el cumplimiento de las previsiones establecidas en la Ley
N° 27.275, actuando en representación de la Jurisdicción ante la
AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA en lo relativo a las
políticas de transparencia.
14. Ejercer el control tutelar de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP).
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción.
2. Intervenir previo al dictado de los actos administrativos de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia de la Jurisdicción, en los asuntos judiciales,
prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos
que efectúen los distintos fueros del Poder Judicial.
4. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los proyectos de leyes y mensajes de leyes.
5. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
6. Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.
7.Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción.
8. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las actuaciones
administrativas en las que se substancien recursos y reclamos
administrativos.
9. Intervenir, en el ámbito de la Jurisdicción, en el efectivo
ejercicio del derecho de acceso a la información pública y controlar la
aplicación de la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales.
10. Asistir a la Secretaría en el Despacho y la gestión documental de la Jurisdicción.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los distintos
Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la
evaluación de su cumplimiento.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de los distintos Servicios Administrativos Financieros de
la Jurisdicción en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a
otras unidades orgánicas del Ministerio.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para
la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los
objetivos y metas previstos en la Jurisdicción.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general de los distintos Servicios Administrativos
Financieros de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que por su
especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades
programáticas.
5. Coordinar la aplicación de las normas y Convenios Colectivos de Trabajo que rigen al personal de la Jurisdicción.
6. Coordinar la aplicación de las políticas vinculadas a los recursos
tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, así como de la política
de seguridad de la información,
7. Coordinar la gestión de los espacios físicos de la Jurisdicción.
8. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de
proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su
competencia.
9. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
10.Intervenir en la gestión patrimonial, mantenimiento edilicio,
administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
11. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria,
contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos
Descentralizados y Empresas en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
OBJETIVOS
1. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en temas estratégicos de acuerdo a los objetivos generales de gobierno.
2. Identificar y monitorear, en el ámbito de su competencia, los
ecosistemas de gobierno orientados al cumplimiento de los objetivos de
desarrollo definidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
3. Intervenir en el análisis y evaluación de impacto de la aplicación
de las políticas estratégicas de gobierno, en coordinación con las
demás áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
4. Intervenir en la identificación de los espacios y situaciones de
oportunidad que permitan potenciar el accionar de la REPÚBLICA
ARGENTINA en el ámbito bilateral, regional y global, en coordinación
con las demás áreas con competencia en la materia de la Administración
Pública Nacional.
5. Intervenir en la elaboración de informes que evalúen el
posicionamiento de temas estratégicos seleccionados desde la óptica de
la política global en medios de comunicación masiva regionales e
internacionales, redes sociales y plataformas digitales.
6. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño de la
estrategia de inserción internacional del país en relación con
organismos internacionales (G20, OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras
instancias internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o
tenga participación), en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
7. Asesorar en asuntos relativos a la coordinación internacional y
estratégica de los temas relacionados con la participación de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en cumbres, viajes y visitas de Jefes
de Estado y de Gobierno, en coordinación con las áreas competentes de
la Administración Pública Nacional.
8. Coordinar las relaciones parlamentarias entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL, y el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
9. Elaborar y ejecutar la estrategia de comunicación y de contenidos
realizada por canales y plataformas de comunicación directa del ESTADO
NACIONAL con los ciudadanos: "Mi Argentina", "argentina.gob.ar" TINA,
etc., en coordinación con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS con competencia específica en la materia.
10. Entender en lo relativo a la planificación y la proyección de la
opinión pública y en los pedidos de información de gestión, así como en
la realización de estudios y diagnósticos en la materia que permitan
fortalecer el diseño, implementación y evaluaciones de impacto de las
políticas a nivel nacional.
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
SUBSECRETARIA DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DE GOBIERNO
OBJETIVOS
1. Asesorar a la Secretaría en el análisis y evaluación de impacto de la aplicación de las políticas estratégicas de gobierno.
2. Intervenir en el análisis y participar en el diseño de estrategias
de gobierno, asegurando la cohesión de las políticas públicas
prioritarias involucradas.
3. Coordinar la planificación de instrumentos y mecanismos que permitan
identificar, evaluar e instrumentar oportunidades estratégicas para el
accionar de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito bilateral, regional y
global, en articulación con las demás áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
4. Establecer, en el ámbito de su competencia, herramientas y
lineamientos para el monitoreo y seguimiento de los asuntos
estratégicos prioritarios para el desarrollo nacional.
5. Dirigir estudios que permitan identificar necesidades y expectativas
de la población sobre la evolución de las políticas prioritarias
implementadas por el gobierno nacional.
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN DE GOBIERNO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría, en coordinación con las áreas competentes
de la Administración Pública Nacional, en el análisis, planeamiento y
evaluación de asuntos estratégicos en el ámbito de su competencia.
2. Asistir al Secretario en la determinación de los lineamientos
estratégicos que permitan la toma de decisiones con relación a los
programas y proyectos prioritarios para el Gobierno Nacional.
3. Asistir a la Secretaría en el análisis de los temas estratégicos
globales que permitan detectar situaciones de oportunidad para
potenciar el accionar de la REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito bilateral,
regional y global, en coordinación con las áreas competentes del ESTADO
NACIONAL.
4. Asistir a la Secretaría en todo lo relativo a su participación en el
diseño de la estrategia de inserción internacional del país en relación
con organismos internacionales (G20, OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras
instancias internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o
tenga participación).
5. Asistir a la Secretaría con su participación en cumbres, viajes y
visitas de Jefes de Estado y de Gobierno, en coordinación con las áreas
competentes de la Administración Pública Nacional.
6. Evaluar y producir los diagnósticos necesarios para la planificación estratégica de los asuntos prioritarios de gobierno.
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en las relaciones parlamentarias entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL, y el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
2. Asistir en la evaluación de los Proyectos de Leyes y de mensajes que
se remitan al H. CONGRESO DE LA NACIÓN, como así también de los
decretos que dispongan las prórrogas de las sesiones ordinarias y de
las convocatorias a sesiones extraordinarias del citado Poder
Legislativo.
3. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de
Gabinete de Ministros al H. CONGRESO DE LA NACIÓN, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la
marcha del Gobierno de la Nación.
4. Entender en la elaboración de los informes solicitados por ambas
Cámaras y la Comisión Bicameral Permanente del H. CONGRESO DE LA
NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 9,
10 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
5. Entender en las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del H. CONGRESO DE LA NACIÓN, sus comisiones e integrantes y en
lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese
Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6 de
la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas que así lo establezcan.
6. Gestionar, a requerimiento del H. CONGRESO DE LA NACIÓN, el
suministro de información y de la documentación solicitada a los
organismos competentes, así como la asistencia de funcionarios cuando
sean debidamente notificados.
7. Coordinar el seguimiento de los proyectos legislativos considerados prioritarios, y producir los informes correspondientes.
8. Asistir a la Secretaría en los asuntos jurídicos y constitucionales relativos a la relación con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
9. Promover la implementación de los mecanismos de democracia directa y
de democracia participativa contemplados en la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
en coordinación con otras áreas con competencia en la materia.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA EJECUTIVA
OBJETIVOS
1. Entender en la coordinación de las relaciones con los Ministros y
Secretarios para el cumplimiento de los objetivos propuestos por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
2. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.
3. Participar, en las relaciones y vinculación con instituciones del
sector público, académico y privado, en coordinación con las áreas con
competencia especifica de la Jurisdicción.
4. Participar, en coordinación con las áreas con competencia
específica, en el seguimiento de las políticas, proyectos y programas
de gobierno a ser implementados en las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Pública Nacional.
5. Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia presupuestaria.
6. Colaborar con otras áreas de la Administración Pública Nacional en
la elaboración del Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y
entender en el seguimiento de su ejecución.
7. Participar de la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto
Nacional y del seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la
Nación y las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
8. Elaborar los informes que, en materia presupuestaria, sean requeridos por el Jefe de Gabinete de Ministros
9. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de
compras del Sector Público Nacional y supervisar las acciones
desempeñadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
10. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en la CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.
11. Asistir en el control tutelar de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE).
12. Entender en el SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión Administrativa N° 1926/20.
13. Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA
NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, las
normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar
todos los actos que se requieran para la debida implementación del
mismo.
SECRETARÍA EJECUTIVA
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en las relaciones con los Ministros y
Secretarios para el cumplimiento de los objetivos propuestos por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
2. Asistir a la Secretaría en los aspectos relativos a la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.
3. Brindar a la Secretaría de la información producida por las
distintas jurisdicciones y entidades que conforman la Administración
Pública Nacional necesaria para la toma de decisiones.
4. Asistir a la Secretaría en la coordinación interministerial,
especialmente en aquellos temas y objetivos de política pública cuyo
cumplimiento requiera la intervención de distintas áreas del gobierno y
en la priorización de los proyectos estratégicos.
5. Intervenir en la coordinación interinstitucional e
interjurisdiccional de los temas delegados que requieran intervención
de las distintas áreas de gobierno.
6. Asistir a la Secretaría en la coordinación del SISTEMA DE
INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión
Administrativa N° 1926/20.
SECRETARÍA EJECUTIVA
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
OBJETIVOS
1. Asesorar a la Secretaría en la coordinación y supervisión del
análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia
presupuestaria.
2. Asesorar a la Secretaría en la elaboración del Proyecto de la Ley de
Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.
3. Colaborar en lo relativo a la evaluación del gasto contemplado en el
Presupuesto Nacional y del seguimiento y análisis de la relación fiscal
entre la Nación y las provincias, en coordinación con la SUBSECRETARÍA
DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS de la SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y
MUNICIPIOS del MINISTERIO DEL INTERIOR y con la SECRETARÍA DE HACIENDA
del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
4. Participar en el monitoreo del grado de cumplimiento de las metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes en materia presupuestaria.
6. Colaborar con la Secretaría en el control de la formulación y
evaluación de los proyectos de inversión realizadas por las
Jurisdicciones, en cuanto al cumplimiento de las metodologías y
procedimientos establecidos.
7. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).
8. Gestionar el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN).
9. Asistir a la Secretaría en la determinación de los lineamientos
estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con
relación a los programas y proyectos de inversión, elaborando una
propuesta de priorización.
10. Participar en el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
11. Intervenir en la centralización normativa de los contratos regidos
por la Ley N° 27.328 y prestar apoyo consultivo, operativo y técnico, a
solicitud de los órganos o entes licitantes, en las etapas de
formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y
ejecución del contrato de proyectos de participación público privada.
12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los
proyectos de inversión realizados en las Jurisdicciones, en
cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la
Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública
ejecutados a través de contratos de participación público privada en
los términos de la Ley N° 27.328.
SECRETARÍA EJECUTIVA
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
OBJETIVOS
1. Proponer políticas de contrataciones y de organización del Sistema
de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, especialmente
a fin de promover el estricto cumplimiento de los principios generales
a los que debe ajustarse la gestión de las contrataciones públicas.
2. Desarrollar mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva
instrumentación de criterios de sustentabilidad ambientales, éticos,
sociales y económicos en las contrataciones públicas.
3. Promover el perfeccionamiento permanente del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
4. Diseñar, implementar y administrar los sistemas que sirvan de apoyo
a la gestión de las contrataciones, los que serán de utilización
obligatoria por parte de las Jurisdicciones y Entidades contratantes.
5. Diseñar, implementar y administrar un sistema de información en el
que se difundirán las políticas, normas, sistemas, procedimientos,
instrumentos y demás componentes del Sistema de Contrataciones de la
Administración Pública Nacional.
6. Administrar, en el ámbito de su competencia, la información que
remitan las Jurisdicciones y Entidades contratantes en cumplimiento de
las disposiciones legales vigentes.
7. Administrar el sitio web en el que se difundan las políticas,
normas, sistemas, procedimientos, instrumentos y demás componentes del
Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
8. Administrar el Sistema Electrónico de Contrataciones.
9. Intervenir en la formulación e implementación de las políticas en
materia de inscripción y calificación de constructores y firmas
consultoras de obras públicas.
10. Proyectar las normas legales y reglamentarias en la materia de su competencia.
11. Intervenir en forma previa y obligatoria en la elaboración de los
proyectos de normas vinculados con el ámbito de su competencia
producidos por otros organismos cuando las mismas resulten aplicables a
todas o algunas de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el
artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156.
12. Asesorar y dictaminar en las cuestiones particulares que, en
materia de contrataciones públicas, sometan las Jurisdicciones y
Entidades a su consideración y dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias en el ámbito de su competencia.
13. Elaborar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las
contrataciones de obras públicas y concesiones de obras públicas,
establecer su régimen de penalidades y la forma, plazo y demás
condiciones para confeccionar e informar el Plan Anual de
Contrataciones.
14. Aplicar las sanciones fijadas en el Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales para las contrataciones de obras públicas y
concesiones de obras públicas.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación
administrativa y tecnológica del Sector Público Nacional en sus
distintas áreas y determinar los lineamientos estratégicos y la
propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
2.Entender en el diseño de las políticas que promuevan el gobierno
abierto, la gobernanza y gestión de datos y el gobierno digital, como
principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el
Sector Público Nacional.
3. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL.
4. Promover políticas, programas y acuerdos de servicios digitales e
innovación pública en el territorio nacional, en particular en las
Jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales.
5. Entender en la definición de estrategias y estándares sobre
tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros
sistemas electrónicos de tratamiento de información de la
Administración Pública Nacional.
6. Colaborar con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
y con los municipios en sus procesos de innovación administrativa y
tecnológica, coordinando las acciones específicas de las Entidades y
Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
7. Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de
los procesos, tecnologías, infraestructura informática, sistemas y
tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.
8. Proponer mejoras en el diseño de los procedimientos administrativos
y en su relación con los servicios que ésta brinda a los ciudadanos, a
fin de propiciar su simplificación, transparencia y control social y
elaborar los desarrollos informáticos correspondientes, en coordinación
con los diversos organismos competentes en el ámbito nacional e
internacional.
9. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que
establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N°
25.506.
10. Entender en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance
transversal, o comunes a los organismos y Entes de la Administración
Pública Nacional centralizada y descentralizada.
11. Participar en materia de ciberseguridad y protección de
infraestructuras críticas de información y comunicaciones asociadas del
Sector Público Nacional y de los servicios de información y
comunicaciones definidos en el artículo 1° de la Ley N° 27.078.
12. Entender en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al
desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad,
estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL.
13. Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en
materia de telecomunicaciones en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia específica en la
materia.
14. Entender en la elaboración de las políticas, proyectos de leyes y
tratados de su competencia y supervisar a los organismos y entes de
control de los prestadores de los servicios en materia de
comunicaciones y de las normas de regulación de las licencias,
autorizaciones, permisos o registros de servicios de comunicaciones, o
de otros títulos habilitantes pertinentes otorgados por el ESTADO
NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los regímenes
federales en la materia.
15. Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas
tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como
asimismo en la coordinación con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, las empresas y los organismos de su dependencia, en
relación con la optimización del uso de las facilidades y redes
existentes.
16. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN S.A.
17. Establecer las políticas nacionales y las prioridades consiguientes
bajo la forma de planes nacionales de innovación, ciencia, tecnología y
comunicaciones.
18. Impulsar la creación de Fondos Sectoriales, para financiar
proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el
sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos,
en coordinación con los Ministerios con competencia específica.
19. Formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e
incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con
recursos a las actividades e inversiones en el campo científico,
tecnológico e innovativo.
20. Encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo
de la ciencia, la tecnología, la innovación y comunicaciones en el país.
21. Establecer la política de cooperación internacional en materia de
ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para
promover su implementación, en el marco de sus competencias.
22. Entender en la formulación de políticas y programas para el
establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación instaurado por la Ley N° 25.467.
23. Ejercer la coordinación ejecutiva del Consejo Interinstitucional de
Ciencia y Tecnología (CICYT), establecido por la Ley N° 25.467,
promoviendo mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el
intercambio y la cooperación entre todas las unidades y organismos que
lo conforman.
24. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las actividades
relativas a la Presidencia y Coordinación Ejecutiva del Gabinete
Científico Tecnológico (GACTEC), en los términos de la normativa
vigente en la materia.
25. Contribuir al mejoramiento y la consolidación de las instituciones
de ciencia y tecnología a través de la realización de evaluaciones
institucionales, programáticas, de proyectos y temáticas, y a la
implementación de los planes que se deriven de las mismas.
26. Entender en la conformación de redes entre las instituciones del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su
funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los
requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las
instituciones del sector público y el sector privado y la participación
del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e
innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la
competitividad y la creación de empleo genuino.
27. Promover, en el ámbito de su competencia, la formación y empleo de
recursos humanos calificados, en cuanto a su promoción y movilidad, así
como la utilización, renovación y ampliación de los recursos físicos y
las infraestructuras disponibles.
28.Concertar y coordinar las acciones de los gobiernos nacional,
provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, tendientes al
desarrollo nacional de la ciencia y la tecnología.
29. Entender en la promoción y el impulso de la investigación, y en la
aplicación, el financiamiento y la transferencia de los conocimientos
científicos tecnológicos.
30. Intervenir en la formulación y celebración de convenios
internacionales de integración científica y tecnológica de carácter
bilateral o multilateral y coordinar la cooperación internacional en el
ámbito de la ciencia, la tecnología e innovación productiva.
31. Intervenir en la formulación de las políticas y programas para el
establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los instrumentos
para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación Tecnológica.
32. Intervenir en materia de promoción de la nanotecnología a través de
la Fundación de Nanotecnología -FAN- (Decreto N° 380/05) y de la
biotecnología en el ámbito de su competencia.
33. Intervenir en materia de promoción de la industria del software con
los alcances del régimen establecido por la Ley N° 25.922, de promoción
de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia, y de
promoción de la nanotecnología a través de la Fundación de
Nanotecnología -FAN- (Decreto N° 380/05).
34. Dirigir la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).
35. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en EMPRESA
ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y en CORREO OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA S.A.
36. Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal.
37. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos
internacionales vinculados con materia satelital, de comunicaciones y
servicios postales, en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
38. Entender en el desarrollo de políticas públicas y elaboración de
marcos regulatorios relacionados con desarrollos tecnológicos
estratégicos para el Sector Público Nacional como inteligencia
artificial, tecnología blockchain, internet de las cosas, la gobernanza
de datos, la gobernanza de internet, las tecnologías inmersivas y el
uso de soluciones de software de código abierto, en coordinación con
los diversos organismos competentes en el ámbito nacional e
internacional.
39. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación
funcional de los organismos del Sistema Científico Tecnológico de la
Administración Nacional y evaluar su actividad.
39. Dirigir las tareas de apoyo legal, administrativo y financiero de
la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, coordinando acciones
con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
40. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
(ENACOM), de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL
DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI), del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), de la COMISIÓN
NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE) y del BANCO NACIONAL DE
DATOS GENÉTICOS (BNDG).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo y coordinación de las
políticas que promuevan la apertura y el gobierno digital como
principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el
Sector Público Nacional.
2. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia nacional
de gobierno abierto, en el marco de la agenda de innovación del Sector
Público Nacional.
3. Desarrollar y coordinar, en el ámbito de su competencia, las
políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para
el gerenciamiento de la información pública como un activo estratégico
para el desarrollo de políticas, productos y servicios públicos basados
en la evidencia.
4. Entender en el diseño, planificación y ejecución de la estrategia de
apertura de datos e información pública del Sector Público Nacional.
5. Entender en la formulación y seguimiento del Plan de Acción Nacional
de Gobierno Abierto en el marco de la participación en la Alianza para
el Gobierno Abierto.
6. Promover la realización de acuerdos bilaterales, multilaterales e
interjurisdiccionales que favorezcan la apertura de datos del Sector
Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales, en coordinación con los organismos competentes.
7. Desarrollar y coordinar las políticas, marcos normativos y
plataformas tecnológicas necesarias para promover la participación
ciudadana en el proceso de formulación de políticas públicas
colaborativas.
8. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL.
9. Promover la creación de una red de innovación pública y gobierno
abierto a nivel nacional generando espacios de trabajo colaborativo,
intercambio y capacitación con el Sector Público Nacional, provincial,
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, el sector privado,
académico y organizaciones de la sociedad civil.
10. Verificar el cumplimiento de los estándares y normativas definidas
por la Secretaría en las soluciones informáticas que se propongan o
implementen desde ella.
11. Dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), promoviendo la integración de nuevas
tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad de acuerdo con los
objetivos y estrategias definidas en el Plan de Modernización del
Estado.
12. Asistir a la Secretaría en el marco de su participación en materia
de ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de
información y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de
los servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo
1° de la Ley N° 27.078, en coordinación con las áreas del ESTADO
NACIONAL con competencia específica en la materia.
13. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas públicas y en la
elaboración de marcos regulatorios relacionados con desarrollos
tecnológicos estratégicos para el Sector Público Nacional como
inteligencia artificial, tecnología blockchain, internet de las cosas,
la gobernanza de datos, la gobernanza de internet, las tecnologías
inmersivas y el uso de soluciones de software de código abierto, en
coordinación con los organismos nacionales e internacionales
competentes en la materia.
14. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas y regulaciones
tendientes al desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los
servicios postales, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones,
en el ámbito de su competencia.
15. Diseñar y proponer a la Secretaría la actualización de los marcos
regulatorios de telecomunicaciones, postal y otras actualizaciones
normativas en el ámbito de su competencia.
16. Asistir a la Secretaría en el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).
17. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la
infraestructura de Red de EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES
(AR-SAT) y el desarrollo satelital.
18. Promover la actualización y coordinación internacional del Cuadro
Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico,
tendientes a la universalización de internet y de los servicios móviles.
19. Elaborar recomendaciones y asistir a la Secretaría para un mejor
ejercicio de los derechos societarios de las participaciones
accionarias o de capital del ESTADO NACIONAL en la EMPRESA ARGENTINA DE
SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA S.A.
20. Elaborar las propuestas que presente la Secretaría en las reuniones
de consultas, técnicas o negociaciones con autoridades de
comunicaciones y postales de los demás países, como insumo para la
elaboración de los instrumentos de regulación, estandarización y
coordinación del sector.
21. Asistir a la Secretaría en la interpretación de las Leyes Nros.
19.798, 20.216, 26.522 y 27.078, en el marco de su competencia.
22. Elaborar propuestas para el dictado de los Planes Técnicos
Fundamentales de Numeración, Señalización, y Portabilidad Numérica.
23. Proponer a la Secretaría planes y programas para la aplicación de
los recursos provenientes de los aportes de inversión previstos en la
Ley N° 27.078.
24. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en
el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, así
como a otros poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los
productos y programas de la Secretaría.
25. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y
acuerdos de servicios digitales en el territorio nacional, en
particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
26. Supervisar el funcionamiento del Programa Punto Digital en todo el territorio nacional.
27. Asistir a la Secretaría en la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
OBJETIVOS
1. Promover y coordinar la aplicación de las nuevas tecnologías de
gestión documental para la paulatina supresión del soporte papel como
medio de almacenamiento y legalidad de los actos administrativos, en el
ámbito del Sector Público Nacional, municipal, provincial y de otros
poderes.
2. Coordinar el accionar de los referentes de tecnología y procesos de
los organismos del ESTADO NACIONAL para la implementación de los
Sistemas de Gestión Documental y su integración con sus sistemas
verticales.
3. Supervisar la implementación de las iniciativas de innovación
relativas a la gestión documental, procesos, servicios de tramitación a
distancia y sistemas de autenticación electrónica de personas, en
relación con los sistemas transversales centrales, coordinando acciones
con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.
4. Intervenir en el diseño de políticas de innovación que tiendan a la
mejora de los procesos en los organismos del Sector Público Nacional,
en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública
Nacional.
5. Intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez
legal del documento y firma digital, así como en los aspectos
vinculados con la incorporación del documento y firma digital a los
circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo
en medios alternativos al papel.
6. Monitorear el cumplimiento de los estándares y normativas definidas
por la Secretaría en las soluciones transversales que se propongan o
implementen.
7. Entender en el desarrollo de tableros de reportes de sistemas
transversales que se implementen en el ámbito de su competencia y
proveer información a los organismos competentes.
8. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y
acuerdos de innovación pública en el territorio nacional, en particular
en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES, coordinando acciones con las áreas con competencia
específica de la Jurisdicción.
9. Prestar colaboración para la simplificación, mejora y digitalización
de los principales trámites a nivel provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES y municipal, gestionando una plataforma digital única,
diseñada de forma personalizada y de acuerdo con los perfiles de los
diferentes usuarios, en coordinación con las áreas competentes del
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
10. Asistir a los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipales en materia de estándares, normativas y
procesos de innovación pública definidos por la Secretaría.
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de las políticas nacionales
y las prioridades consiguientes bajo la forma de planes nacionales de
ciencia, tecnología e innovación.
2. Impulsar, fomentar y consolidar la generación y aprovechamiento
social de los conocimientos, buscando la igualdad en oportunidades para
personas, organismos y regiones de la REPÚBLICA ARGENTINA.
3. Colaborar en la creación de Fondos Sectoriales para financiar
proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el
sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos,
en coordinación con los Ministerios con competencia específica.
4. Establecer espacios para la investigación científica y la innovación
tecnológica, procurando la interacción y armonización entre ambas, y
difundiendo, transfiriendo, y diseminando los conocimientos para su
aprovechamiento en la actividad productiva.
5. Colaborar en la formulación de políticas y el establecimiento de
mecanismos, instrumentos e incentivos para que el sector privado
contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo
científico, tecnológico e innovativo, como así también, encomendar la
realización de estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la
tecnología y de la innovación productiva en el país.
6. Patrocinar la realización de análisis prospectivos que permitan
prever nuevos escenarios para el desarrollo de procesos de planeamiento
estratégico.
7. Impulsar la divulgación de la ciencia y la tecnología a todos los
sectores sociales y en el acercamiento de la ciencia y la innovación a
la sociedad.
8. Entender en el desarrollo de acciones de cooperación e integración
institucional entre la jurisdicción y organismos de los distintos
poderes del Estado, en el ámbito internacional, Nacional, provincial,
municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes regionales e
instituciones intermedias; como así también en el diseño y ejecución de
políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación Productiva.
9. Colaborar en la coordinación ejecutiva del CONSEJO
INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT), promoviendo
mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el intercambio
y la cooperación entre todas las unidades y organismos que lo conforman.
10. Asistir a la Secretaría en relación al mejoramiento y la
consolidación de las instituciones de ciencia y tecnología a través de
la realización de evaluaciones institucionales, programáticas, de
proyectos y temáticas, y a la implementación de los Planes de
Mejoramiento que se deriven de las mismas.
11. Generar y facilitar la articulación de políticas de innovación
pública y ciencia abierta que favorezcan la gestión de los datos e
información del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
como un activo cívico.
12. Promover la conformación de redes entre las instituciones del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su
funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los
requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las
instituciones del sector público y el sector privado y la participación
del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e
innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la
competitividad y la creación de empleo genuino.
13. Llevar el registro de los organismos y entidades científicas y
tecnológicas de todo el país, en el marco del Régimen de Importaciones
para Insumos destinados a Investigaciones Científico-Tecnológicas, en
virtud de la Ley N° 25.613.
14. Proponer a la Secretaría el presupuesto anual de ingresos y gastos
de la función ciencia y tecnología a ser incorporado al proyecto de ley
de presupuesto de la administración pública nacional y/o al Plan
Nacional de Inversión Pública.
15. Gestionar un Observatorio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
16. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas y
programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los
instrumentos para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación
Tecnológica.
17. Colaborar en lo relativo al Gabinete Científico Tecnológico (GACTEC).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,
técnico y administrativo de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA.
2. Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y en la evaluación de su
cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas
administrativas y financieras de la Secretaría, en coordinación con la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
3. Intervenir en la aplicación de las normas y procedimientos
vinculados con los trámites administrativos, la gestión de los recursos
humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de
todo otro insumo necesario, en coordinación con la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
4. Supervisar y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las
tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,
contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de
gestión, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA.
5. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos y
en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de
la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL
Y ADMINISTRATIVA.
6. Dirigir la gestión documental, seguimiento y archivo de todos los
actos administrativos dictados por la Secretaría, como así también de
la documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva
de aquella, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA.
7. Gestionar la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de competencia de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en coordinación con la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
8. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo de la Secretaría, en coordinación
con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
9. Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en lo que respecta a la emisión de opiniones y
dictámenes jurídicos respecto a los temas de competencia de la
Secretaría o aquellos en los que actúe el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
en calidad de superior jerárquico o alzada de los Organismos
descentralizados que orbitan la Secretaría, en coordinación con la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
10. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en
la contestación de los requerimientos del Poder Judicial, en
coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
11. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria,
contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos
Descentralizados y Empresas actuantes en la órbita de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
12. Coordinar el suministro de información pública en los términos de
la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento
de las áreas de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en
coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE
OBJETIVOS
1. Intervenir en la formulación de las políticas de turismo y ambiente en el ámbito nacional.
2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos
vinculados al turismo y al ambiente, conforme las directrices que
imparta el Jefe de Gabinete de Ministros.
3. Intervenir en lo relativo al alcance y aplicación normativa inherente al ámbito de su competencia.
4. Entender en lo relativo al impacto de los planes, programas y
proyectos ejecutados, desarrollando una metodología acorde y
estratégica para cada área en el ámbito de su competencia.
5. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la formulación,
implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo
sostenible, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los aspectos técnicos relativos a la política
ambiental y a la gestión ambiental de la Nación, a los regímenes
normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su
calidad ambiental.
6. Participar, en el ámbito de su competencia, en la formulación de
programas para su evaluación ante organismos de financiamiento externo,
como también proyectos de participación público-privada y programas de
financiamiento internacional para el sector turístico y ambiental.
7. Participar, en coordinación con los demás organismos nacionales con
competencia en la materia, en la planificación, ejecución y supervisión
de obras de infraestructura para las áreas bajo su competencia.
8. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a
las directrices que imparta el Jefe de Gabinete de Ministros, en la
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones,
convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas
del ámbito de su competencia.
9. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos
con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales,
de carácter público-privado, gubernamentales o no gubernamentales, en
el ámbito de sus competencias.
10. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en lo relativo a la
convocatoria y coordinación operativa de las actividades del Consejo
Federal de Turismo.
11. Asistir al Jefe de Gabinete en sus competencias vinculadas con el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA).
12. Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora del turismo y del medio ambiente.
13. Promover la generación y difundir la información estadística sobre las áreas de su competencia.
14. Asistir en lo relativo a la promoción y desarrollo de la actividad
turística en el país, así como en el establecimiento de planes,
programas y proyectos que aseguren el crecimiento y desarrollo del
turismo nacional e internacional receptivo de manera responsable y
sostenible.
15. Ejercer la presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN
TURÍSTICA, y entender en lo relativo a la promoción turística
internacional.
16. Entender, en el ámbito de su competencia, en la Administración del FONDO NACIONAL DE TURISMO.
17. Entender en las propuestas de declaración de "Fiesta Nacional" y de
interés turístico de aquellos eventos que, originados en condiciones
naturales o acontecimientos económicos, culturales, deportivos o
históricos, se convierten por su trascendencia en instrumentos de
promoción turística nacional o internacional.
18. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA y
para fines exclusivamente vinculados al sector turístico, en la
política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones
referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre
pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de
pasajeros.
19. Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
20. Intervenir en todo lo relativo a la preservación y administración y
a la gestión sostenible de los bosques, parques y reservas nacionales,
áreas protegidas y monumentos naturales, recursos hídricos, flora y
fauna silvestre y preservación del suelo, en el ámbito de su
competencia.
21. Intervenir en la promoción del desarrollo sostenible de los
asentamientos humanos, garantizando la calidad de vida y conservación
de los recursos naturales.
22. Intervenir en el relevamiento, conservación, recuperación,
protección y uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no
renovables.
23. Intervenir en la planificación y ordenamiento ambiental del
territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma
continental, en el ámbito de su competencia.
24. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.
25. Formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos
vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los
domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o
cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el
ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
26. Colaborar en todo lo relacionado a las acciones preventivas ante emergencias naturales y catástrofes climáticas.
27. Elaborar promover e implementar políticas planes proyectos y
programas relacionados con la mitigación y adaptación climática,
vinculadas a la preservación ambiental.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas de turismo en el ámbito nacional.
2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos en el
área de su competencia, conforme las directrices que imparta la
Secretaría.
3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la
Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y demás normas que regulen la
actividad turística.
4. Coordinar las políticas de registro, autorización de operación y fiscalización de prestadores turísticos.
5. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 25.599 y sus modificatorias.
6. Evaluar el impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados
por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el ámbito de su
competencia.
7. Asesorar, en el ámbito de su competencia, sobre cuestiones relacionadas con las inversiones en materia turística.
8. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la
planificación, ejecución, implementación, desarrollo y supervisión de
las obras de infraestructura turística a nivel nacional.
9. Participar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud,
formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento
internacional.
10. Asistir a la Secretaría en la representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA en reuniones y eventos internacionales vinculados al sector
turístico.
11. Intervenir, en el marco de su competencia, en el desarrollo de las
relaciones institucionales con las organizaciones y organismos locales,
provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter
público y/o privados vinculados a la actividad turística.
12. Coordinar el Consejo Federal de Turismo, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría.
13. Promover la innovación y transformación digital en el sector turístico.
14. Dirigir la elaboración de información estadística sobre el sector turístico y de las políticas implementadas.
15. Asistir a la Secretaría en la elaboración, ejecución y coordinación
de la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las
acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del
impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no
regulares de pasajeros, exclusivamente relacionados al área de turismo.
16. Intervenir en el desarrollo de políticas para la promoción y
desarrollo de la actividad turística en el país, que aseguren el
crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional
receptivo, de manera responsable y sostenible.
17. Asistir en la celebración de Convenios con entidades públicas y privadas, en el ámbito de su competencia.
SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE
SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y
ejecución de la política ambiental y su desarrollo sostenible, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
demás normas y Convenios que regulan la materia.
2. Intervenir en la promoción y elaboración de regímenes normativos
relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad
ambiental.
3. Colaborar con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES en la gestión ambiental sostenible de los recursos hídricos,
bosques, flora y fauna silvestre y en la preservación del suelo.
4. Participar en la promoción del desarrollo sostenible de los
asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de
vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.
5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con las organizaciones no
gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo
sostenible, y establecer un sistema de información pública sobre el
estado del ambiente y las políticas que se desarrollan.
6. Intervenir las solicitudes de acceso a la información pública
ambiental y su procedimiento conforme lo previsto en la Ley N° 25.831.
7. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de
políticas y programas para la preservación de los parques y reservas
nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.
8. Asistir a la Secretaría en el diseño, planificación, implementación,
monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos en el marco
de la Ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de
Bosques Nativos.
9. Asistir a la Secretaría en la implementación y diseño de políticas,
programas y proyectos vinculados a la preservación, prevención,
monitoreo, fiscalización, control y recomposición ambiental.
10. Asistir a la Secretaría en la planificación y ordenamiento
ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su
plataforma continental.
11. Participar, en el ámbito de su competencia, en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.
12. Entender en los aspectos relativos a las competencias otorgadas a
la Autoridad Ambiental Nacional por la Ley N° 24.449 y su Decreto
Reglamentario N° 779/95 y normas complementarias.
13. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud,
formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento
internacional.
14. Entender en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, en el marco de sus competencias.
15. Proponer a la Secretaría políticas, programas y proyectos
vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los
domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o
cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el
ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
16. Asistir a la Secretaría en la representación del ESTADO NACIONAL
ante organismos internacionales e interjurisdiccionales, vinculados a
la política ambiental nacional.
17. Integrar el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y
proporcionar los instrumentos de gestión necesarios para su
funcionamiento como ámbito de concertación federal de política
ambiental.
18. Asistir a la Secretaría en la elaboración, promoción e
implementación de políticas, planes, proyectos y programas relacionados
con los objetivos establecidos por la Ley N° 27.520.
19. Intervenir en la implementación de la política de educación
ambiental en los ámbitos formales y no formales, articulando acciones a
esos efectos con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO y con las Jurisdicciones y actores relevantes en la materia.
20. Colaborar con la Secretaría en las cuestiones vinculadas al control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
21. Articular, en coordinación con organismos locales, nacionales,
regionales, multilaterales u otras organizaciones públicas y/o privadas
vinculadas al área de su incumbencia, la integración de la política
ambiental en las políticas públicas sectoriales.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
OBJETIVOS
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la formulación,
ejecución y supervisión de la política de comunicación de gobierno del
ESTADO NACIONAL, difundiendo las medidas de gestión.
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la comunicación y
difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos
del ESTADO NACIONAL y en su relación institucional con los medios de
comunicación.
3. Planificar y coordinar la comunicación digital de las actividades gubernamentales.
4. Dirigir y supervisar las actividades relacionadas con la producción,
la difusión de actos y otros eventos que requieren la presencia del
Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas con competencia
en la materia.
5. Entender en la producción, la realización y la emisión de Cadenas
Nacionales y las transmisiones de los actos oficiales de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía.
6. Intervenir en las tareas de divulgación de la agenda presidencial en
colaboración con la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
7. Intervenir en las tareas relativas al manejo de los diferentes tipos
de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la
gestión.
8. Intervenir en la planificación, desarrollo y seguimiento de las
campañas de comunicación y producción de contenidos de difusión del
ESTADO NACIONAL.
9. Entender en la planificación, contratación y ejecución de la
publicidad oficial de gestión centralizada, así como la coordinación y
ejecución de la publicidad oficial de gestión descentralizada.
10. Entender en la definición de los lineamientos relativos a la
información de gobierno, para asesorar a los titulares de las
Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.
11. Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO
NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y
externo.
12. Intervenir en la planificación y la elaboración de contenidos
gráficos, audiovisuales y digitales del ESTADO NACIONAL, impulsando el
uso de herramientas tecnológicas en su producción.
13. Asistir al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en la coordinación
estratégica y en la definición de los lineamientos de las políticas
referentes a los medios públicos nacionales y su instrumentación.
14. Intervenir en la administración, operación, desarrollo y
explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del
ESTADO NACIONAL, a nivel local e internacional.
15. Coordinar la producción y distribución de contenido en todo el
espectro de medios que forman parte de las licencias del ESTADO
NACIONAL, con criterio federal.
16. Entender en la administración y el funcionamiento de la AGENCIA DE
PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.).
17. Entender en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS
PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del
contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las
señales integrantes de dicha Sociedad.
18. Entender en la administración y el funcionamiento de RADIO Y
TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio
Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).
19. Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE
TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un
funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario.
20. Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco
Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,
medios relacionales y conexos.
21. Intervenir en coordinación con las áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia específica en la materia, en lo
inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas,
culturales, informativas y formativas y aquellas vinculadas a la
divulgación del conocimiento que el ESTADO NACIONAL propicie difundir a
través de medios audiovisuales, digitales, parques temáticos y otros.
22. Fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad informativa.
23. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
24. Celebrar convenios con las provincias, municipios, la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y otras entidades públicas o privadas para el
desarrollo e implementación de proyectos, programas y acciones en el
marco de su competencia.
25. Entender en la administración, coordinación y ejecución de las
políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios
correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al
ESTADO NACIONAL en las empresas de su ámbito.
26. Entender en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
27. Dirigir la elaboración de la información que se brinda sobre la
gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales,
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e
internacionales.
28. Disponer la organización y presencia de los medios tanto nacionales
como extranjeros, en el ámbito de su competencia, en los distintos
actos o actividades en la que intervengan funcionarios del gobierno
nacional.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE PRENSA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría, en lo que es materia de su competencia, en
la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa.
2. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la planificación de
contenidos relativos a la actividad presidencial destinados a medios de
comunicación nacionales e internacionales.
3. Asistir a la Secretaría en la elaboración de la información que se
brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación
nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
municipales e internacionales.
4. Articular la vinculación institucional con los medios de comunicación nacionales e internacionales.
5. Participar en la cobertura que se brinda a los medios de
comunicación nacionales e internacionales de los actos de gobierno, en
coordinación con las áreas con competencia en la materia.
6. Supervisar la elaboración de la síntesis de prensa para la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, y para el área de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y ACTOS DE GOBIERNO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en todas las tareas inherentes a la comunicación de gobierno.
2. Asistir a la Secretaría en la planificación de la comunicación digital de las actividades gubernamentales.
3. Participar en el desarrollo de las actividades relacionadas con la
producción y la difusión de actos y otros eventos que requieren la
presencia del Presidente de la Nación.
4. Asistir a la Secretaría en la producción, realización y emisión de
Cadenas Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía.
5. Coordinar las tareas relativas al manejo de los diferentes tipos de
lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la
gestión de gobierno.
6. Intervenir en la elaboración de las campañas de comunicación y de la
producción de contenidos de difusión del ESTADO NACIONAL y sus
objetivos.
7. Supervisar la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO
NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y
externo.
8. Asistir a la Secretaría en la ejecución y supervisión de la política de la comunicación de gobierno.
9. Asistir a la Secretaría en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS
OBJETIVOS
1. Intervenir en la coordinación estratégica y en la definición de los
lineamientos de las políticas referentes a los medios públicos
nacionales y su instrumentación.
2. Intervenir en la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas referidas a los medios públicos.
3. Asistir a la Secretaría en la administración, operación, desarrollo
y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del
ESTADO NACIONAL a nivel local e internacional.
4. Asistir a la Secretaría en la administración y el funcionamiento de
la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE
S.A.U.).
5. Intervenir en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS
PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del
contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las
señales integrantes de dicha Sociedad.
6. Asistir a la Secretaría en la administración y el funcionamiento de
RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA
Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).
7. Asistir a la Secretaría en todo lo inherente al ejercicio de la
presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN
DIGITAL TERRESTRE.
8. Colaborar en la administración, operación y desarrollo del Banco
Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,
medios relacionados y conexos.
9. Asistir a la Secretaría en lo inherente a las expresiones
tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y
formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que
el ESTADO NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales,
redes digitales, parques temáticos y otros.
10. Intervenir en la generación de contenidos públicos garantizando y
difundiendo programas que contribuyan al sentido de la identidad
nacional.
11. Promover la producción de contenidos audiovisuales propios y
contribuir a la difusión y distribución de contenidos federales.
12. Dirigir la generación de contenidos del Polo de Producción Audiovisual y en las señales Encuentro, PakaPaka y Depor TV.
13. Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales y en la
celebración de convenios de cooperación, intercambio y apoyo recíproco
con entidades públicas o privadas, nacionales, provinciales e
internacionales, en los temas materia de su competencia.
14. Asistir a la Secretaría en la coordinación de la producción y
distribución de contenido en todo el espectro de medios que forman
parte de las licencias del ESTADO NACIONAL, con criterio federal.
15. Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión
de programas de televisión educativa y multimedial destinados a
fortalecer y complementar las estrategias nacionales de comunicación.
16. Ejecutar las acciones necesarias para garantizar el uso eficiente
de los recursos del ESTADO NACIONAL en los medios públicos.
17. Intervenir en la generación de contenidos desarrollados a través de los medios públicos.
18. Participar en el ámbito de su competencia en la promoción,
organización y participación de exposiciones, ferias, concursos,
espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e
internacionales de orden artístico, tecnológico, científico, educativo
y cultural, con criterio federal y en coordinación con los organismos
competentes.
19. Supervisar la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y descentralizada.
IF-2025-135243050-APN-JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º
(ANEXO II)
VI - MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Entender en el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.
2. Asistir al Ministro en el diseño del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas correspondiente a los
Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, en la
formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.
5. Entender en el despacho y la gestión documental de la Jurisdicción.
6. Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así
también en los sumarios administrativos y disciplinarios a cargo de la
Jurisdicción.
7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compras de bienes, locación de obras y servicios, y
demás adquisiciones a cargo del Ministerio.
8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.
10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes
muebles e inmuebles y de servicios de la Jurisdicción.
11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la
Jurisdicción.
12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de su competencia, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
13. Coordinar el suministro de información pública en los términos de
la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento
de las áreas de la Jurisdicción.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción.
2. Coordinar el análisis jurídico de los proyectos de leyes y actos administrativos de competencia del Ministerio.
3. Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL, en lo que es
competencia de la Jurisdicción, en los asuntos judiciales,
prejudiciales y arbitrajes, así como en la contestación de los
requerimientos que efectúen los distintos fueros del Poder Judicial.
4. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito del Ministerio.
5. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.
6. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
7. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación
con los contratos de obras y servicios públicos del Ministerio.
8. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.
9. Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los
sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la
Jurisdicción.
10. Asistir a la Secretaría en el despacho y en la gestión documental de la Jurisdicción.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de la Jurisdicción, en la formulación y programación de
la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas, en la asignación de recursos
humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos necesarios
para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en la
Jurisdicción.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general de la Jurisdicción.
5. Coordinar la aplicación de las normas y Convenios Colectivos de
Trabajo que regulan al personal que revista en la jurisdicción, de los
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política
de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios
físicos de la Jurisdicción.
6. Coordinar los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y
financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas,
donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la
Jurisdicción, como así también de proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
7. Asistir al Secretario en la ejecución de los procedimientos de
adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y
monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y
asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de
participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.
8. Colaborar, cuando le sea requerido, en la gestión presupuestaria,
contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos
Descentralizados y Entes actuantes en la órbita de la Jurisdicción.
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE INTERIOR
OBJETIVOS
1. Proponer y planificar políticas, planes y proyectos en materia
poblacional y elaborar estudios sobre la situación demográfica del país
en los aspectos de su composición poblacional, su distribución
territorial y el nivel y tendencias de su crecimiento.
2. Proponer, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias
para la implementación de reformas políticas, en coordinación con otras
áreas de la Jurisdicción.
3. Intervenir en la convocatoria para los actos eleccionarios que le
competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y
normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.
4. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la
legislación en materia de partidos políticos y conceder franquicias e
intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario
Permanente a las agrupaciones políticas.
5.Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de
reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de
propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de
aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.
6. Asistir al Ministro en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnen a tal
efecto.
7. Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de
sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y a la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a la sanción de leyes de amnistía
política.
8. Dirigir la realización de estudios e investigaciones que sirvan de
insumo en materia de políticas demográficas y de fortalecimiento de la
identidad nacional.
9. Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras, en el
área de su competencia, y llevar un registro actualizado de las mismas.
10. Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de frontera y el afianzamiento de la identidad nacional.
11. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la Ley
N° 22.352 y el Decreto Ley N° 15.385 (Ley N° 12.913) en todo lo
relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de
frontera.
12. Entender en la gestión de los centros de frontera previstos de la Ley N° 22.352.
13. Asistir al Ministro en lo concerniente a los actos de carácter
patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos
nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo
relativo a la construcción y emplazamiento de monumentos.
14. Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.
15. Mantener la vinculación institucional en materia poblacional con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
16. Entender en el diseño de las políticas del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.
17. Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
18. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el ámbito de su
competencia.
19. Evaluar y proponer al Ministro políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.
20. Participar en los consejos federales constituidos a los fines de
realizar el análisis de políticas públicas que sean materia de
competencia del Ministerio.
21. Entender en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.
22. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la
legislación en materia institucional y programar, planificar, ejecutar
y realizar el seguimiento de la política de fortalecimiento de las
instituciones democráticas.
23. Intervenir en la formulación de las políticas de deportes en el
ámbito nacional, así como definir, implementar y ejecutar planes,
programas y proyectos vinculados al deporte.
24. Participar, en coordinación con las áreas competentes del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y
conforme a las directrices que imparta el Ministerio, en la
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones,
convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas
del ámbito de su competencia.
25. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos
con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales,
de carácter público- privado, gubernamentales o no gubernamentales, en
el ámbito de sus competencias.
26. Asistir al Ministro en lo relativo a la convocatoria y coordinación
operativa de las actividades del Consejo Nacional del Deporte y la
Actividad Física.
27. Asistir al Ministro en las facultades asignadas como socio fundador
del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N°
26.573.
28. Entender en la elaboración y aplicación de políticas de promoción
de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las
distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas
y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las
federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité
Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento
Deportivo (ENARD).
29. Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados
por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo
para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los
clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.
30. Entender en todo lo relativo a los asuntos y políticas para pueblos
indígenas garantizando la participación y consulta con las comunidades,
las provincias y municipios.
31. Programar, organizar y ejecutar las tareas que la legislación
vigente asigna al Ministerio en materia electoral y de partidos
políticos.
32. Proponer las medidas conducentes para perfeccionar el Registro
Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del
padrón electoral.
33. Asistir al Ministro en lo relacionado con la programación y
ejecución de la legislación electoral y el empadronamiento de los
ciudadanos.
34. Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos eleccionarios y difundir sus resultados.
35. Planificar, elaborar, ejecutar y realizar el seguimiento de las
políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus
instituciones representativas.
36. Promover la realización de actividades político-institucionales y
el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del
gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
37. Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de
Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.
38. Intervenir en la vinculación política e institucional con
legisladores nacionales, especialmente en temas que involucren a las
provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
39. Actuar como autoridad de aplicación del Reglamento General para la
Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, como organismo coordinador en los Reglamentos Generales de
Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la
Elaboración Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N°
1172/03, y como coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional
sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE INTERIOR
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el análisis de la determinación, encuadre
y seguimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 23.548 del
Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.
2. Asistir a la Secretaría en su actuación como Autoridad de Aplicación
del Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en
el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como Organismo Coordinador del
Reglamento General de Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO
NACIONAL y del Reglamento General para la Elaboración Participativa de
Normas, aprobados por el Decreto N° 1172/03.
3. Astir a la Secretaría en sus funciones en la Mesa de Coordinación
Institucional sobre Acceso a la Información Pública, creada por el
Decreto N° 899/17.
4. Asistir a la Secretaría en la vinculación institucional en materia poblacional con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
5. Coordinar la elaboración de investigaciones y estudios en materia de política demográfica e identidad nacional.
6. Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales
que producen información sobre el comportamiento de
variables demográficas.
7. Coordinar los trabajos de elaboración de diagnósticos sobre el
comportamiento de las variables demográficas y sobre sus
particularidades sociales, económicas y regionales.
8. Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas y supervisar la gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.
9. Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
10. Proponer a la Secretaría los proyectos de políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.
11. Asistir a la Secretaría en la gestión de los Centros de Frontera previstos de la Ley N° 22.352.
SECRETARÍA DE INTERIOR
SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
OBJETIVOS
1. Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del
deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.
2. Colaborar con la Secretaría en el marco de las facultades asignadas
al Ministro como socio fundador del ENTE NACIONAL DE ALTO
RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.
3. Asistir a la Secretaría en la elaboración y aplicación de políticas
de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva
en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los
programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación
con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA),
Comité Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto
Rendimiento Deportivo (ENARD).
4. Asistir a la Secretaría en la realización de los torneos federativos
proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando
el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y
los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.
5. Intervenir en la coordinación y ejecución de programas de promoción
y desarrollo del deporte de alto rendimiento a nivel federal,
promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe
de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional, sobre
la base de los estándares internacionales de cada disciplina.
6. Intervenir en la promoción y el desarrollo en el país de la actividad física y deportiva en todas sus formas.
7. Promover y asistir las prácticas deportivas a nivel competitivo nacional, regional e internacional.
8. Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio
de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos
nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales y con instituciones privadas.
9. Participar en la promoción de sistemas integrados de planificación,
proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura
deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de
centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología
aplicada al deporte que permitan aumentar la cantidad de competencias
internacionales que se desarrollan en el país, en coordinación con los
demás organismos nacionales con competencia en la materia.
10. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud,
formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento
internacional.
11. Intervenir en la promoción y en la orientación del entrenamiento
deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los
organismos públicos o privados correspondientes.
12. Desarrollar políticas de promoción de la igualdad de género en el
deporte, las cuales articularán estrategias de promoción y de remoción
de obstáculos administrativos y/o normativos en todos los ámbitos de
competencia y práctica.
13. Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que actúan en las actividades físicas y deportivas.
14. Desarrollar políticas de promoción del deporte adaptado e inclusivo para personas con discapacidad.
15. Coordinar la asignación, administración y otorgamiento de becas,
subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el
fomento de la actividad deportiva, en la cancelación de dichos
beneficios en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los
beneficiarios, y en la inhabilitación de los mismos hasta su
regularización, de acuerdo a los términos de la reglamentación
correspondiente.
16. Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.
17. Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios
competentes en cada caso y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento
Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo
preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades físicas y
deportivas.
18. Entender en la promoción de la investigación científica en el campo
del deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su
nivel competitivo, en el cuidado de su salud, en la mejora de su
rendimiento y en la prevención del dopaje, en coordinación con los
organismos competentes en la materia.
19. Implementar medidas activas para la erradicación de cualquier tipo
de práctica discriminatoria, xenofóbica y/o racista en el ámbito del
deporte, en coordinación con los demás organismos nacionales con
competencia en la materia.
20. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 27.098.
21. Coordinar, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912, la
representación del Ministro ante la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE.
SECRETARÍA DE INTERIOR
SUBSECRETARÍA DE ENLACE LEGISLATIVO
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en las relaciones con el PODER LEGISLATIVO
NACIONAL, priorizando los temas de interés, en el ámbito de su
competencia, del PODER EJECUTIVO NACIONAL con los gobiernos
provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación
con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
2. Asistir al Secretario en la vinculación político e institucional con
legisladores nacionales, especialmente en temas que involucren a las
provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
3. Realizar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento de los
proyectos de ley que tengan impacto federal, identificando
oportunidades, riesgos y actores clave.
4. Realizar informes sobre la actividad parlamentaria que afecte
competencias del Ministerio, elaborando alertas tempranas y reportes
periódicos para la Secretaría.
5. Coordinar la interacción del Secretario con las Comisiones del
Congreso, asegurando la asistencia de los representantes del Ministerio
cuando resulte necesario para optimizar la gestión de las iniciativas
vinculadas a políticas federales.
6. Entender en la elaboración de posicionamientos, informes y
documentos técnicos que el Secretario requiera para su participación en
instancias de negociación parlamentaria, en coordinación con las áreas
de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
7. Relevar el estado de los proyectos parlamentarios en las Comisiones
del Congreso que sirvan de insumo para la preparación de encuentros
entre el Secretario, los Gobernadores y el Jefe de Gobierno de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
8. Relevar las demandas y prioridades legislativas de los gobiernos
provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, articulando con
sus representantes institucionales y oficinas de enlace.
9. Consolidar información legislativa de las distintas áreas del
Ministerio produciendo reportes unificados para la toma de decisiones
estratégicas.
10. Coordinar mesas de trabajo y reuniones de articulación entre
autoridades del Ministerio y legisladores nacionales sobre iniciativas
con impacto subnacional o institucional.
11. Realizar el seguimiento de la reglamentación e implementación de leyes en asuntos materia de competencia del Ministerio.
12. Asistir al Secretario en las gestiones parlamentarias vinculadas a
convenios, programas federales y políticas públicas de alcance
subnacional colaborando en su presentación, defensa y tramitación
legislativa.
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE INTERIOR
SUBSECRETARÍA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
OBJETIVOS
1. Entender como Autoridad de Aplicación en todo lo referente a la Ley
sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes Nº 23.302,
disposiciones modificatorias y complementarias y al Convenio 169 de la
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y
TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES, aprobado por la Ley N° 24.071, en
coordinación con los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales competentes.
2. Elaborar en coordinación con el MINISTERIO DE SALUD y con los
gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
programas de prevención y asistencia sanitaria en las comunidades
indígenas, otorgando especial atención a la salud materno-infantil, de
primera infancia y a los adultos mayores, en los que se incluirán los
conocimientos y modalidades que aporte la medicina tradicional.
3. Elaborar, en coordinación con la SECRETARIA DE EDUCACIÓN del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con los gobiernos provinciales y de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, programas de educación bilingüe e
intercultural concediendo prioridad a la realización de campañas de
alfabetización, terminalidad educativa y acceso a la educación superior.
4. Establecer, en coordinación con los gobiernos provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS y con instituciones oficiales de crédito, la
priorización de planes habitacionales que contemplen el modus vivendi
de la comunidad y que permitan mejorar la situación individual y
comunitaria habitacional y de habitabilidad de los pueblos indígenas.
5. Asistir a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, en articulación con las áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia en materia ambiental, en la
elaboración, ejecución y monitoreo de los planes de ordenamiento
territorial y ambiental, promoviendo la participación de las
comunidades indígenas.
6. Difundir y facilitar, en coordinación con las áreas competentes del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, las gestiones de acceso a las
prestaciones previsionales y sociales para los miembros de las
comunidades indígenas.
7. Asistir y elaborar, de manera concertada con las autoridades
provinciales competentes, la implementación de
relevamientos territoriales o georreferenciaciones de
comunidades indígenas, la aplicación planes de mensura y/o regímenes de
propiedad comunitaria u otra forma de reconocimiento, como así también
asistir a las provincias en la definición de sus regímenes de
reconocimiento y ordenamiento territorial de comunidades indígenas.
8. Asesorar a organismos públicos y entidades privadas en todo lo
relativo a fomento, promoción, desarrollo y protección de las
comunidades indígenas.
9. Entender en todo lo atinente al Registro Nacional de Comunidades Indígenas.
10. Realizar estudios y censos que permitan analizar y diagnosticar los
problemas socioeconómicos, sanitarios y culturales que afecten a las
comunidades indígenas, que posibiliten la formulación de proyectos de
desarrollo para resolverlos, incluyendo la adjudicación de tierras.
11.Difundir el conocimiento del patrimonio cultural indígena, y
promover la participación de las comunidades en el uso de los medios
para ese fin.
12. Promover en coordinación con las autoridades competentes nacionales
y locales, líneas de formación y capacitación técnica y laboral
orientados a mejorar las oportunidades de desarrollo económico a nivel
individual y comunitario.
13. Propiciar la realización de procedimientos electivos según la
tradición y pautas culturales de cada comunidad indígena, para la
designación de sus representantes y la integración del Consejo de
Coordinación creado por la Ley N° 23.302.
14. Elaborar e implementar planes de adjudicación y explotación de las
tierras, de acuerdo a la viabilidad, existencia y aprobación respectiva.
15. Impulsar la realización de planes de saneamiento ambiental, por
parte de los gobiernos provinciales, para asegurar condiciones
higiénicas en los lugares de emplazamiento de las comunidades indígenas
16. Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Coordinación,
creado por la Ley N° 23.302, y dictar su reglamento interno de
funcionamiento.
17. Dirigir las gestiones encomendadas por el artículo 8° de la Ley N° 23.302.
18. Entender, en articulación con las áreas pertinentes del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en todo lo
relativo al proceso de supervisión internacional del cumplimiento de la
SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS - CASO
COMUNIDADES INDÍGENAS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN LHAKA HONHAT (NUESTRA
TIERRA) VS. ARGENTINA hasta su conclusión definitiva mediante la
correspondiente resolución de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS que así lo disponga.
19. Entender en la coordinación, con las autoridades competentes del
Sector Público Nacional y del Gobierno de la PROVINCIA DE SALTA, de las
acciones que deban llevarse a cabo para el cumplimiento de la sentencia
de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS – CASO COMUNIDADES
INDÍGENAS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN LHAKA HONHAT (NUESTRA TIERRA) VS.
ARGENTINA.
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en las actividades político-institucionales que,
en el marco de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno,
el Gobierno Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones
interprovinciales.
2. Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional,
tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional
y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, con miras al desarrollo federal.
3. Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en
los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y
municipales.
4. Entender en la formulación y ejecución de políticas de
descentralización y coordinar las políticas inherentes a la
regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo
regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
5. Asesorar en el ámbito de su competencia en lo relativo al régimen
jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.
6. Asistir al Ministro, en coordinación con otras áreas, en la
promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.
7. Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales,
organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo
e implementación de los programas y acciones de su competencia.
8. Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la
solución de problemáticas regionales o de interés común y a la
optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.
9. Asistir técnicamente a los municipios para la innovación de los
sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad
de gestión.
10. Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento
institucional de los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipales, en el marco de su competencia.
11. Participar, en coordinación con otras áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la
evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados
provinciales, los procesos de privatizaciones y desregulación y en
general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones
objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal
entre la Nación y las provincias.
12. Diseñar planes y coordinar acciones con los gobiernos de las
provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios,
en el ámbito de su competencia, asesorando en la formulación y gestión
de proyectos de carácter federal, y coordinar con el MINISTERIO DE
ECONOMÍA el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las
provincias, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los municipios.
13. Asistir al Ministro en el monitoreo y seguimiento del cumplimiento
de las obligaciones asumidas en carácter de autoridad de aplicación de
las normas que establecen su competencia.
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS
OBJETIVOS
1.Desarrollar acciones de fortalecimiento institucional a nivel
provincial y regional, orientadas a la promoción del desarrollo
económico y social.
2. Asistir a la Secretaría en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
3. Coordinar, con las distintas dependencias de la Jurisdicción y con
los Ministerios con competencia en la materia, los aspectos vinculados
con el apoyo institucional a las políticas de desarrollo provincial y
municipal.
4. Proponer, en el ámbito de su competencia, instrumentos de
asistencia a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en
coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con
competencia en la materia.
5. Participar, en el ámbito de su competencia y con los organismos
correspondientes, en la instrumentación de lo vinculado con el régimen
de coparticipación federal de impuestos y en el seguimiento y control
de la aplicación de la normativa vigente en la materia, o de regímenes
especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.
6. Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento
del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y
municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento
de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.
7. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de las
relaciones con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES y a lo vinculado con cuestiones interjurisdiccionales.
8. Dirigir la elaboración de estudios y diagnósticos relevantes para la planificación estratégica regional.
9. Asistir a la Secretaría en lo atinente a la celebración de convenios
con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con
entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos
internacionales para el desarrollo e implementación de los
programas y acciones de su competencia.
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS
OBJETIVOS
1. Coordinar la implementación de los proyectos referidos al
mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales, a
la modernización de sus sistemas administrativos y de gestión y al
fortalecimiento de la capacidad de gerenciamiento de las políticas
públicas de los gobiernos municipales.
2. Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de
promoción y desarrollo de micro-regiones, proponer planes y proyectos,
como así también diseñar los instrumentos adecuados para su
implementación y capacitación.
3. Participar en la suscripción de convenios con gobiernos municipales,
entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos
internacionales, en el marco de su competencia.
4. Asistir a la Secretaría en su relación con las autoridades
municipales, así como en el intercambio de información para la
elaboración de informes y análisis vinculados a la implementación de
las políticas públicas, planes y programas de la Secretaría.
5. Proponer planes y programas tendientes a la descentralización de
funciones desde las provincias hacia los municipios, en el ámbito de su
competencia.
6. Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.
7. Dirigir la elaboración de diagnósticos que sean de utilidad para la planificación estratégica de micro-regiones”.
IF-2025-135106308-APN-MI
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 11
(ANEXO II)
IX. MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
OBJETIVOS
1. Intervenir en la elaboración y ejecución de la política
energética nacional, con excepción de la relativa a la materia nuclear.
2. Entender en los planes, programas y proyectos del área de su
competencia e intervenir en su gestión presupuestaria, contable y
financiera, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.
3. Intervenir en la elaboración y fiscalización del régimen de
combustibles y entender en los procedimientos de fijación de sus
precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas.
4. Intervenir en la elaboración de las políticas y normas
regulatorias de los servicios públicos del área energética, en la
supervisión de los organismos y entes de control de los concesionarios
de obra y de servicios públicos, así como en la elaboración de normas
regulatorias de las licencias o concesiones de servicios públicos
aplicables a los regímenes federales en materia energética, en
coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con
competencia en la materia.
5. Actuar como Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan
el ejercicio de las actividades en materia energética, con excepción de
la relativa a la materia nuclear, y ejercer el rol de autoridad
concedente en las concesiones y habilitaciones previstas en dichas
leyes cuando fuere necesario introducir modificaciones a los contratos
o licencias en materia tarifaria.
6. Entender en los mecanismos de fijación de las tarifas de los
servicios públicos del área energética en relación con los subsidios
destinados a los usuarios finales, como así también en la elaboración
de estructuras arancelarias en materia de energía.
7. Entender en el diseño y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación de energía.
8. Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del ESTADO NACIONAL en la Ley N° 27.007.
9. Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría
posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, en
coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA.
10. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación
accionaria y ejerza la tenencia accionaria, en coordinación con la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA.
11. Promover la aplicación de la política sectorial fomentando la
explotación racional de los recursos naturales y la preservación del
ambiente.
12. Entender en el diseño y la ejecución de la política de
relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los
recursos naturales en el área de energía.
13. Intervenir en la promoción de la utilización de nuevas fuentes de
energía y la incorporación de oferta hidroeléctrica convencional.
14. Dirigir la elaboración de las políticas, planes y programas sobre
energías renovables, eficiencia energética, electromovilidad,
biocombustibles, hidrógeno, transición energética, minerales asociados
con la transición y nuevas tecnologías bajas en carbono, y promover el
dictado y/o la modificación de la normativa aplicable a esas materias.
15. Participar, en el ámbito de su competencia, en la planificación de
las políticas, planes y programas tendientes a reducir la contaminación
ambiental y al cumplimiento de las metas de emisiones de Gases de
Efecto Invernadero (GEI) comprometidas por el país.
16. Participar, en el ámbito de sus competencias, en la negociación y
celebración de los acuerdos de cooperación e integración
internacionales e interjurisdiccionales en materia energética en los
que la Nación sea parte, y supervisar su ejecución.
17. Propiciar y celebrar convenios con entidades públicas y privadas, y
participar en las negociaciones con organismos nacionales e
internacionales en materia de energía, con excepción de la relativa a
la materia nuclear.
18. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL en el Consejo Federal de la Energía Eléctrica (CFEE).
19. Asistir al Ministerio en la investigación y el desarrollo
tecnológico en las distintas áreas del sector de la energía, con
excepción de la relativa a la materia nuclear.
20. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y
de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(UESTEE).
21. Participar en los procesos de concesiones para la construcción y
explotación de obras públicas y la prestación de servicios públicos, en
la evaluación y gestión de las distintas etapas de los procesos
licitatorios, así como en el desarrollo, fiscalización y control
posterior de proyectos, en el ámbito de su competencia.
22.Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación del
Título VII -RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de la
Ley N° 27.742, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE
ENERGÍA Y MINERÍA.
SECRETARÍA DE ENERGÍA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
OBJETIVOS
1. Participar en la elaboración de las políticas del sector e
intervenir en la definición de la política nacional en materia de
producción de energía eléctrica y en la elaboración de la política
nacional en materia de desarrollo y expansión de infraestructura de
transporte y distribución de energía eléctrica.
2. Elaborar la normativa correspondiente para el cumplimiento de los
planes y las políticas del sector, para asegurar el abastecimiento
sostenible de energía eléctrica de la REPÚBLICA ARGENTINA.
3. Participar, en el ámbito de su competencia, en los procesos de
planificación de la integración energética regional, en lo relativo a
la infraestructura requerida y en la coordinación de los despachos de
energía entre los países intervinientes.
4. Definir y promover proyectos de infraestructura energética y de
generación de energía eléctrica, en el ámbito de competencia de la
Secretaría.
5. Dirigir la elaboración de los planes de incorporación de oferta y
expansión de la infraestructura de transporte y distribución que sirvan
de insumos para la planificación y toma de decisiones estratégicas
sobre el sector.
6. Efectuar el seguimiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para
el cumplimiento del marco regulatorio eléctrico y mantener la normativa
técnica actualizada conforme a las normas IRAM-IEC.
7. Proponer los criterios de regulación del transporte de energía
eléctrica, y los criterios, procedimientos y financiamiento de la
expansión del sistema de trasmisión de energía eléctrica.
8. Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de
Información Energética, como fuente central e integrada de información
estadística sobre el sector.
9. Asistir en las cuestiones vinculadas a la demanda y oferta de
energía eléctrica mayorista y a la importación y exportación de energía
eléctrica.
10. Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria
en los servicios públicos de transporte y distribución de electricidad.
11. Administrar una base actualizada de información sobre los recursos
hídricos no aprovechados en materia eléctrica y del estado de avance de
los proyectos previstos.
12. Coordinar el funcionamiento del Consejo Federal de Energía Eléctrica y ejercer su presidencia suplente.
13. Participar en la definición de las modalidades para incentivar la
inversión que permita incorporar nueva oferta de energía renovable en
cumplimiento de las metas legales nacionales y/o acuerdos
internacionales celebrados.
14. Participar en la elaboración de las propuestas normativas
específicas vinculadas con las distintas etapas de la industria
eléctrica, evaluar su impacto ambiental -en coordinación con las áreas
competentes- y promocionar programas conducentes al desarrollo de las
nuevas fuentes renovables vinculadas al uso racional de la energía
eléctrica.
15. Asistir a la Secretaría en el análisis de la asignación de
subsidios de servicios públicos en materia energética y los escenarios
de estructuras arancelarias en materia de energía en el ámbito de su
competencia.
16. Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y con la UNIDAD
ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).
17. Intervenir en la ejecución del RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL
USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE
ENERGÍA ELÉCTRICA, establecido por la Ley N° 26.190 y sus
modificatorias y complementarias, y del RÉGIMEN DE FOMENTO A LA
GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED
ELÉCTRICA PÚBLICA, establecido por la Ley N° 27.424 y sus
modificaciones.
IF-2025-135121607-APN-MEC