MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1369/2025
RESOL-2025-1369-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2025
VISTO el EX-2025-120433150- -APN-UOPNR#MSG, del Registro del MINISTERIO
DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y
D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias,
y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Nros. 828 del
27 de septiembre de 2019, 812 del 17 de noviembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO FEDERAL N° 2 DE NEUQUEN, a cargo del Doctor Gustavo
Eduardo VILLANUEVA, con intervención de la Secretaría Nº 1, tramita la
Causa FGR Nº 2155/2014, caratulada “SEPÚLVEDA PALACIOS, PEDRO JOSÉ Y
OTROS S/PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD AGRAVADA (ART. 142 INC. 3)”.
Que, oportunamente, se dictó la Resolución Nº RESOL-2023-812-APN-MSG,
mediante la cual se ofreció como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma total de PESOS CUATRO MILLONES
($4.000.000) destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido
en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr dar
con el paradero de Sergio Daniel ÁVALOS, argentino, titular del DNI
30.809.296, oriundo de la localidad de Picún Leufú, provincia de
Neuquén, hijo de Asunción ÁVALOS y de Margarita NICOLEU (fallecida),
con último domicilio conocido en la residencia de la Universidad
Nacional del Comahue.
Que el mencionado Juzgado solicitó a este Ministerio, mediante oficio
del 3 de septiembre de 2025, se incremente el monto de la recompensa
oportunamente ofrecido, debido al tiempo transcurrido y que hasta el
momento no se ha logrado su hallazgo.
Que Sergio Daniel ÁVALOS posee las siguientes características físicas:
contextura pequeña, de UN (1) metro SESENTA (60) centímetros de
estatura, con una leve discapacidad producto de una lesión en el húmero
que le impide extender completamente el brazo izquierdo, cabellos
cortos de color negro, tez trigueña, rostro redondo, ojos marrones.
Que AVALOS, fue visto por última vez en la madrugada del 14 de junio de
2003, en el interior del local bailable “El Fuerte”, ubicado en la
ciudad de Neuquén, donde había concurrido con amigos. Vestía campera de
polar marrón y jeans de color gris, desconociéndose hasta el momento su
paradero.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará
el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime el titular de esta Cartera; y, a su vez, el artículo 3°
indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado
Anexo deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido
desde el ofrecimiento de recompensa.
Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del
Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar
el monto de la mencionada recompensa.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante RESOL-2023-812-APN-MSG, a la suma total de PESOS
CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin
haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
sirvan para lograr dar con el paradero de Sergio Daniel ÁVALOS,
argentino, titular del DNI 30.809.296, quien fue visto por última vez
en la madrugada del 14 de junio de 2003, en el interior del local
bailable “El Fuerte”, ubicado en la ciudad de Neuquén.
ARTÍCULO 2°. - Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE
RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y
RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio.
ARTÍCULO 3°. - El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o
televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°. - Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad
Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus
formas, del afiche que obra como (IF-2025-122939457-APN-DNNYRPJYMP#MSG)
correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandra Susana Monteoliva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/12/2025 N° 93069/25 v. 10/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)