MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1382/2025
RESOL-2025-1382-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2025
VISTO el Expediente EX-2025-113676287- -APN-DNFYDP#MSG del registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL; la Ley N° 24.059 de Seguridad
Interior; la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. 1992) y sus
modificatorias; la Decisión Administrativa N° 340 del 16 de mayo de
2024, las Resoluciones N° 943 del 14 de diciembre de 2023, N° 403 del
21 de mayo de 2024 y N° 7 del 11 de diciembre de 2024 del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 7/2024, la SECRETARÍA DE SEGURIDAD
NACIONAL creó el Curso Permanente de Abordaje Táctico Conjunto (CUPATC)
con el objeto de generar un ámbito de análisis, intercambio de
información y mejores prácticas, capacitación y entrenamiento operativo
conjunto de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.
Que dicho curso representa un espacio estratégico de alta relevancia
para el desarrollo de capacidades interoperables, integrando a
funcionarios y operadores de unidades especializadas de las Fuerzas, en
torno a escenarios de alta complejidad táctica como el restablecimiento
del orden público y la respuesta ante amenazas terroristas.
Que en las doctrinas de las Fuerzas de Seguridad y en normativa
internacional comparada es práctica habitual establecer el uso de
distintivos visuales, tales como escudos o emblemas, con valor
simbólico, institucional e identitario para quienes superan instancias
formativas y operativas de alto nivel.
Que la creación de un emblema oficial permitirá visibilizar la
pertenencia al ámbito conjunto del CUPATC, consolidando un sentimiento
de identidad operativa e institucional, y reconociendo el esfuerzo
profesional de quienes participan de su desarrollo.
Que, en ese sentido, resulta procedente autorizar la creación y uso de
un escudo o emblema oficial del Curso Permanente de Abordaje Táctico
Conjunto, el cual será otorgado exclusivamente a quienes participen
activamente en sus instancias, ya sea como cursantes, instructores o
personal de coordinación técnica y pedagógica.
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de lo establecido en el artículo 4°, inciso b), apartado 9° y 22
bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase el escudo o emblema oficial identificatorio del
Curso Permanente de Abordaje Táctico Conjunto (CUPATC) de las Fuerzas
Policiales y de Seguridad Federales, el cual será entregado
exclusivamente al personal que participe activamente de sus instancias
formativas, prácticas y/o de coordinación.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el diseño del escudo o emblema oficial del
Curso Permanente de Abordaje Táctico Conjunto (CUPATC), que refleja el
carácter conjunto y permanente en el “Manual de Marca”, conforme al
Anexo (IF-2025-113686425-APN-DNFYDP#MSG) que forma parte integrante de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- El isologotipo, con sus variables y aplicaciones, podrá
ser utilizado en uniformes, equipamiento, documentos, credenciales,
material de capacitación y otros soportes institucionales vinculados al
desarrollo del CUPATC, como distintivo simbólico de identidad,
pertenencia y formación conjunta.
ARTÍCULO 4º.- La Dirección Nacional de Formación y Desarrollo
Profesional, o la que en el futuro la remplace, será responsable del
desarrollo, validación y registro gráfico del emblema oficial, así como
de los criterios de entrega y uso del mismo.
ARTÍCULO 5º.- Instrúyase a la Dirección Nacional de Formación y
Desarrollo Profesional a dictar los actos administrativos
complementarios que correspondan para la implementación de lo dispuesto
en la presente.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida regirá a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandra Susana Monteoliva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/12/2025 N° 93071/25 v. 10/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)