Disposición 4/2025
DI-2025-4-APN-DPYC#INTI
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-132006423- -APN-DA#INTI, el
Decreto-Ley Nº 17.138 de fecha 27 de diciembre de 1957, ratificado por
la Ley Nº 14.467, la Ley N° 27.275, la Decisión Administrativa Nº 1945
de fecha 26 de diciembre de 2018, las Resoluciones del CONSEJO
DIRECTIVO Nros. 8 de fecha 16 de marzo de 2018, 3 de fecha 30 de enero
de 2021 y 158 de fecha 25 de septiembre de 2025, y las Disposiciones de
la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN Nros. 25 de fecha 28 de
noviembre de 2024 y 3 de fecha 5 de diciembre 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467,
se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como
organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO
DE COMERCIO E INDUSTRIA.
Que por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18, se aprobó la
Política de Aranceles del Instituto, en la que se fijan las pautas
generales para determinar la metodología de arancelamiento de los
servicios, a ser aplicada por el Sistema de Centros de Investigación y
Desarrollo y los Programas, con excepción de aquellos que estén
regulados por reglamentaciones y/o disposiciones específicas.
Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN a través de la
SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS tiene a su cargo
determinar los costos y proponer los aranceles para la prestación de
los servicios ofrecidos por el Instituto.
Que mediante el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N°
3/21, se autorizó a la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN a
actualizar los valores de los aranceles de los servicios regulados y no
regulados (sistematizados y no sistematizados), de conformidad con la
metodología de arancelamiento establecida por el Anexo I de la
Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18, y a establecer aranceles por
los nuevos servicios que vayan a prestarse por el Organismo.
Que dicha autorización comprende, además, la facultad de ordenar la
publicación de los valores de los aranceles actualizados en la página
web del Instituto y su actualización en el sistema PRESEA.
Que desde la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS dependiente
de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, mediante el
IF-2025-135946432-APN-SOIYC#INTI obrante en el orden 2 de las
actuaciones citadas en el VISTO, se propuso actualizar los aranceles
del listado de servicios no regulados (sistematizados) y agregar los
aranceles de servicios que se incorporaron en la Oferta Tecnológica del
Instituto desde la última actualización de aranceles, informando que la
propuesta de incremento de los referidos aranceles se ha efectuado en
base a la metodología de cálculo de costos indicada en la Resolución
del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18.
Que asimismo, desde la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS se
destacó que el cálculo del costo de los servicios se realizó en base a
la actualización del valor Hora Hombre para los servicios no regulados
(sistematizados y No sistematizados) y los costos indirectos
establecidos en el Anexo I de la Disposición de la DIRECCIÓN DE
PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN N° 3/25, encontrándose la documentación
de respaldo de cada costo y arancel actualizado a disposición.
Que por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 158/25, se encomendó al
licenciado Daniel José LOIÁCONO (DNI N° 16.040.879), la firma y
atención del despacho diario y la resolución de los asuntos
concernientes de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN
dependiente de la PRESIDENCIA del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
INDUSTRIAL (INTI), a partir del 10 de septiembre de 2025.
Que el artículo 32, Titulo II de la Ley Nº 27.275 - Ley Derecho de
Acceso a la Información Pública, ordena que “los sujetos obligados
enumerados en el artículo 7° de la presente ley, con excepción de los
indicados en sus incisos i) y q), deberán facilitar la búsqueda y el
acceso a la información pública a través de su página oficial de la red
informática, de una manera clara, estructurada y entendible para los
interesados y procurando remover toda barrera que obstaculice o
dificulte su reutilización por parte de terceros.”.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), en su
carácter de organismo descentralizado, se encuentra dentro de los
sujetos alcanzados por la Ley Nº 27.275, y debe ajustar su accionar a
la normativa precitada.
Que a fin de dotar de transparencia activa y facilitar el libre acceso
de las personas a la información referida a los aranceles de los
servicios no regulados (sistematizados) del Instituto, corresponde
establecer que los mismos sean publicados en el sitio web
www.inti.gob.ar.
Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACION, mediante el
IF-2025-136398614-APN-DPYC#INTI obrante en el orden 6, la DIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2025-136544625-APN-DA#INTI obrante en el
orden 12, y la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS,
mediante la PV-2025-136599705-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden 15,
prestaron su conformidad a la medida propiciada.
Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3, de
fecha 30 de enero de 2021 y por el artículo 1° de la Resolución del
CONSEJO DIRECTIVO N° 158, de fecha 25 de septiembre de 2025.
Por ello,
EL DIRECTOR DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN
DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Actualícense los valores de los aranceles de los
servicios no regulados (sistematizados), que conforman la oferta
tecnológica brindada por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
(INTI) y que fuera aprobada por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N°
3/21, y establécense los aranceles correspondientes a los nuevos
servicios a prestarse, los cuales como Anexo
(IF-2025-135939140-APN-SOIYC#INTI), forman parte integrante de la
presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Instrúyase, a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA,
dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, a publicar en el sitio web
www.inti.gob.ar, el listado de los valores de los aranceles de los
servicios actualizados y establecidos por el artículo 1° de la presente
Disposición.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyase, a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA,
dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, a establecer en el sistema
PRESEA los valores de los aranceles de los servicios actualizados y
establecidos por el artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 4°.- Póngase la presente en conocimiento del CONSEJO DIRECTIVO.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Daniel Jose Loiacono
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/12/2025 N° 94217/25 v. 12/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)