ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 940/2025
RESOL-2025-940-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2022-133891516- -APN-GDYGNV#ENARGAS, la Ley
N° 24.076 – T.O. 2025, su Decreto Reglamentario N° 1738/92, la
Resolución N° RESOL-2025-875-APN#DIRECTORIO#ENARGAS, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Nº RESOL-2025-875-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
del 13 de noviembre de 2025, se dispuso la puesta en Consulta Pública
del Proyecto para la NAG-201 (2025) “NORMA PARA LA EJECUCIÓN DE
INSTALACIONES INDUSTRIALES DE GAS NATURAL”, por un plazo de VEINTE (20)
días hábiles administrativos contados a partir de la publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (17/11/2025).
Que, mediante las Actuaciones Nº IF-2025-130939351-APN-SD#ENARGAS, Nº
IF-2025-130948724-APN-SD#ENARGAS y Nº IF-2025-130938426-APN-SD#ENARGAS
(todas de igual tenor), suscriptas por los Sres. Pablo Rufino y José
Luis Frojan, en representación de la CÁMARA DE FABRICANTES DE MÁQUINAS
Y EQUIPOS PARA LA INDUSTRIA (CAFMEI), en sus calidades de Presidente y
Secretario respectivamente, solicitaron prórroga del plazo otorgado por
la Resolución N.° RESOL-2025-875-APN-DIRCTORIO#ENARGAS, para la
presentación de comentarios y observaciones relacionados con el
proyecto de modificación de la Norma NAG-201.
Que, al respecto cabe advertir que el plazo de VEINTE (20) días hábiles
administrativos otorgados por la Resolución mencionada ha sido
razonable y aún no se ha vencido, puesto que ello ocurrirá el día 17 de
diciembre del corriente año.
Que, sin perjuicio de ello, se otorga por única vez una prórroga de
DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la fecha de
vencimiento de la Consulta Pública oportunamente establecida, para
presentar las observaciones que estimen corresponder para lo cual deben
enviar una nota adjuntando en formato Word, el formulario que se
detalle en el sitio web entrando a través del siguiente vínculo:
https://www.enargas.gob.ar/secciones/normativa/elaboracion-participativa-de-normas.php
Que asimismo, en orden a que es interés del Organismo avanzar con las
actuaciones administrativas correspondiente al Expediente N°
EX-2022-133891516- -APN-GDYGNV#ENARGAS, correspondería habilitar la
feria administrativa del mes de enero dispuesta por la Resolución
ENARGAS N° I-4091/2016.
Que el Servicio Jurídico Permanente de esta Autoridad Regulatoria ha tomado la intervención que le corresponde.
Que, por el Artículo 1° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025 (B.O
07/07/2025) se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y
ELECTRICIDAD, creado por el Artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que
deberá comenzar a funcionar dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días
corridos desde su publicación en el Boletín Oficial de la República
Argentina, para lo cual deberá estar debidamente conformado su
Directorio. Sin perjuicio de ello, conforme su Artículo 19, hasta tanto
se apruebe su estructura orgánica “… mantendrán su vigencia las
actuales unidades organizativas del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (…)
y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco
legal y reglamentario vigente, a fin de mantener el adecuado
funcionamiento operativo del Ente regulador”.
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Artículo 51
incisos a) y x) de la Ley Nº 24.076 – T.O. 2025; los Puntos 8 y 10 de
la Sección XI del Decreto Nº 1738/92 y lo establecido en los Decretos
DNU N° 55/23, N° 1023/24 y 370/2025, en la Resolución N°
RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC y en el Decreto Nº 452/25.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Ampliar el plazo de la Consulta Pública dispuesta por la
Resolución Nº RESOL-2025-875-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, por el término de
DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del
vencimiento del plazo original determinado por la citada Resolución, a
fin de que los interesados efectúen formalmente sus comentarios y
observaciones.
ARTÍCULO 2º: Habilitar la feria administrativa del mes de enero
dispuesta por la Resolución ENARGAS N° I-4091/2016, en orden a que es
interés del Organismo avanzar con las actuaciones administrativas
correspondiente al Expediente N° EX-2022-133891516- -APN-GDYGNV#ENARGAS.
ARTÍCULO 3°: Notificar a las Licenciatarias del Servicio Público de
Distribución de gas natural; a los Organismos de Certificación
acreditados por el ENARGAS, a la CÁMARA DE FABRICANTES DE MÁQUINAS Y
EQUIPOS PARA LA INDUSTRIA (CAFMEI) y al Organismo Argentino de
Acreditación (OAA), en los términos del Artículo 41 del Decreto N°
1759/72 (T.O. 2017).
ARTÍCULO 4°: Disponer que las Licenciatarias del Servicio Público de
Distribución de Gas por redes, deberán notificar la presente
Resolución, a todas las Subdistribuidoras que operan dentro de su área
de licencia, dentro de los DOS (2) días de notificadas.
ARTÍCULO 5°: Disponer que los Organismos de Certificación acreditados
por el ENARGAS deberán comunicar la presente a los fabricantes e
importadores relacionados con la normativa en cuestión, dentro de los
DOS (2) días de notificadas
ARTÍCULO 6°: Publicar la presente Resolución en la sección “Elaboración
participativa de normas” del sitio web del ENARGAS por el plazo que se
encuentre vigente la Consulta Pública dispuesta por Resolución N°
RESOL-2025-875-APN-DIRECTORIO#ENARGAS.
ARTÍCULO 7º: Comunicar, publicar, registrar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archivar.
Carlos Alberto María Casares
e. 16/12/2025 N° 94896/25 v. 16/12/2025