INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 777/2025
RESOL-2025-777-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2025
VISTO el EX-2025-126075359- -APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001)
y sus modificatorias y N° 26.522 y modificatorias, los Decretos Nº 1536
de fecha 20 de agosto de 2002, N° 1225 de fecha 1 de septiembre de 2010
y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y la Resolución INCAA N° 453 de
fecha 30 de julio de 2024, y
CONSIDERANDO
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
cinematográfica en el territorio nacional.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del
presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de
auspiciar concursos y otorgar premios.
Que el Decreto Nº 1225/2010 estableció la obligación del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de promover y fomentar la
producción de contenidos para televisión estableciéndose sus
modalidades y alcances por medio de la actividad reglamentaria propia
de este organismo.
Que la producción audiovisual es un vehículo esencial para la expresión
cultural, la innovación creativa y el fortalecimiento de la identidad
nacional. En este contexto, el Instituto Nacional de Cine y Artes
Audiovisuales (INCAA) se compromete a fomentar el desarrollo y la
excelencia de la industria cinematográfica argentina.
Que la Resolución INCAA N°453/2024 aprueba los Lineamientos Generales
de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las bases para
la realización de concursos destinados a apoyar a productores,
guionistas y directores tanto noveles como consolidados, promoviendo la
inclusión y la diversidad cultural en todo el país, con el fin de
premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual, sino
también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.
Que resulta necesario llamar a PRODUCTORES a presentar proyectos para
la producción de series cortas de ficción, con una duración total de al
menos CUATRO (4) capítulos de un mínimo de VEINTICINCO (25) minutos
cada uno, asociados con una plataforma digital, canal de televisión u
otro medio de exhibición, que garantice su futura difusión, respaldar y
fomentar la creatividad emergente, brindando a los productores
argentinos el impulso para producir sus ideas innovadoras en el mundo
Audiovisual.
Que por tanto, es necesario aprobar su implementación y su presupuesto
total a fin de garantizar el correcto cumplimiento de esta edición del
concurso “SERIES CORTAS DE FICCIÓN 2025”.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la
GERENCIA GENERAL, y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la
intervención que les compete.
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se
encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus
modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del concurso “SERIES CORTAS DE FICCIÓN 2025”.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el presupuesto en concepto de premios identificado como IF-2025-136089826-APN-SGP#INCAA
ARTÍCULO 3º.- Llamar a PRODUCTORES a presentar proyectos para la
producción de series cortas, con una duración total de al menos CUATRO
(4) capítulos de un mínimo de VEINTICINCO (25) minutos cada uno,
asociados con una plataforma digital, canal de televisión u otro medio
de exhibición, que garantice su futura difusión y aprobar las BASES Y
CONDICIONES del concurso “SERIES CORTAS DE FICCIÓN 2025” que obran como
Anexo I según IF-2025-136091153-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos,
forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas
del día 18 de diciembre de 2025 hasta las 14 horas del día 18 de enero
del 2026, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las
presentaciones del llamado a Concurso.
ARTÍCULO 5º.- Determinar que la participación en el presente concurso
implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el
Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 6º.- Aprobar el modelo de contrato, que obra como Anexo II
según IF-2025-136091326-APN-SGP#INCAA y forma parte integrante de la
misma.
ARTÍCULO 7º.- Aprobar el modelo de pagaré, que obra como Anexo III
según IF-2025-136091451-APN-SGP#INCAA y forma parte integrante de la
misma.
ARTÍCULO 8º.- Imputar el gasto a la partida del ejercicio financiero
correspondiente, sujeto a disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 9º.- Establecer que se deja sin efecto cualquier otra Resolución del Organismo que contradiga a esta Resolución.
ARTÍCULO 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/12/2025 N° 95705/25 v. 18/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)