Decreto 899/2025
DECTO-2025-899-APN-PTE - Apruébase Emblema de Estado.
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-118193080-APN-CGD#SGP, la Ley N° 17.011,
los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y 460 del 14 de julio
de 2021 y la Resolución de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN N° 55 del 5 de febrero de 2025 y sus respectivas normas
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto Nº 460/21 y su modificatorio se
estableció la “MARCA PAÍS ARGENTINA” como Marca Oficial de la REPÚBLICA
ARGENTINA, con miras a la regularización y estandarización de la imagen
nacional en el mundo, cuyo renovado signo oficial es el isologotipo
que, como ANEXO, forma parte integrante de dicho decreto.
Que la “MARCA PAÍS ARGENTINA”, como política de estado
interdisciplinaria y multisectorial, configura una herramienta de
promoción de la REPÚBLICA ARGENTINA que procura consolidar la imagen
del país a nivel nacional e internacional, a través del impulso de las
exportaciones, el talento nacional, el turismo, la captación de
inversiones y la difusión de nuestra cultura.
Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 50/19 y sus
modificatorios, compete a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN impulsar la “MARCA PAÍS ARGENTINA”, en coordinación con otras
áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
Que, a su vez, por el artículo 6° del Decreto N° 460/21 y su
modificatorio se estableció que la gestión técnica, administrativa y
operativa de la “MARCA PAÍS ARGENTINA” será llevada adelante por la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, quien dictará las
normas operativas, aclaratorias y complementarias que resulten
necesarias para el mejor cumplimiento de lo establecido en dicha norma.
Que, en ese marco, por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 55/25 se aprobó el
“REGLAMENTO DE LA MARCA PAÍS ARGENTINA”, el cual contiene el “MANUAL DE
USO DE LA MARCA PAÍS ARGENTINA”, los “CERTIFICADOS DE MARCA PAÍS
ARGENTINA” y el “SISTEMA DE SUBMARCAS”.
Que la “MARCA PAÍS ARGENTINA” se encuentra inscripta como marca, en sus
diferentes tipos y en distintas clases registrales, mediante las
Disposiciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MARCAS del INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Nros. 323 del 6 de diciembre de 2023; 327
del 12 de diciembre de 2023; 6 y 7, ambas del 4 de enero de 2024; 17
del 12 de enero de 2024; 127 del 8 de abril de 2024; 185 y 186, ambas
del 20 de mayo de 2024; 209, 210 y 211, todas del 11 de junio de 2024;
y 389 del 21 de noviembre de 2024.
Que, en atención a la relevancia de consolidar una imagen nacional
sólida, coherente y reconocible globalmente, es menester resguardar y
fortalecer la protección de la “MARCA PAÍS ARGENTINA” a nivel
internacional, entendida como un instrumento estratégico para el
posicionamiento competitivo del país en los mercados extranjeros.
Que, por el artículo 6 ter del Convenio de París para la Protección de
la Propiedad Industrial, aprobado por la Ley Nº 17.011, se protegen los
escudos de armas, banderas y otros emblemas del Estado de los países en
los que resulta aplicable, signos y punzones oficiales de control y de
garantía adoptados por ellos así como toda imitación desde el punto de
vista heráldico.
Que, en este marco conceptual, resulta conveniente reconocer a la
“MARCA PAÍS ARGENTINA” (Isotipo - Isologotipo, en sus diferentes
versiones) como signo distintivo y emblema oficial en los términos de
la referida Ley N° 17.011, por lo que corresponde asimismo sustituir el
ANEXO del Decreto N° 460/21 y su modificatorio.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que el presente acto se dicta en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el ANEXO del Decreto N° 460 del 14 de julio
de 2021 y su modificatorio por el ANEXO
(IF-2025-119538728-APN-DNMP#SGP), que forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase como EMBLEMA DE ESTADO a la “MARCA PAÍS
ARGENTINA” (Isotipo - Isologotipo) que como ANEXO forma parte
integrante de este decreto, a los fines previstos en el artículo 6 ter
del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial,
aprobado por la Ley Nº 17.011.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Manuel Adorni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/12/2025 N° 96259/25 v. 19/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
MARCA PAÍS ARGENTINA - GUIA DE ESTILOS
IF-2025-119538728-APN-DNMP#SGP