Disposición 257/2025
DI-2025-257-E-ARCA-ARCA
Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-04142511- -ARCA-DILEGI#SDGASJ y
CONSIDERANDO:
Que la Disposición N° DI-2025-44-E-AFIP-ARCA del 19 de marzo de 2025
determinó el universo de sujetos considerados Personas de Trascendencia
Pública.
Que, por otra parte, dicha norma instruyó a la Dirección de Auditoría
de Procesos Centrales a confeccionar el “Protocolo de Actuación ante la
Consulta de Personas con Trascendencia Pública”, el que debía ser
puesto a consideración del Director Ejecutivo del Organismo para su
aprobación.
Que, en este marco, se dictó la Instrucción General N° IG-2025-3-AFIP-ARCA del 14 de abril de 2025.
Que mediante la Disposición N° DI-2025-61-E-AFIP-ARCA del 24 de abril
de 2025, se aprobó la estructura organizativa del área central de la
Agencia de Recaudación y Control Aduanero, con la consecuente supresión
de la mencionada Dirección de Auditoría de Procesos Centrales y
creación de la Dirección de Auditoría Interna.
Que la experiencia recabada desde la implementación del referido
Protocolo, junto con el cambio estructural antes aludido, hicieron
necesario su adecuación y flexibilización, permitiendo que la Dirección
de Auditoría Interna intervenga en la modificación de algunas de sus
pautas, por lo que se procedió a su sustitución mediante la Instrucción
General N° IG-2025-4-E-ARCA-ARCA del 16 de diciembre de 2025.
Que la situación expuesta conlleva la modificación de la Disposición N°
DI-2025-44-E-AFIP-ARCA a efectos de delegar en la Dirección de
Auditoría Interna la facultad para realizar adecuaciones en algunas de
las pautas establecidas en el citado Protocolo.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de
Legislación y Auditoría Interna y las Subdirecciones Generales de
Asuntos Jurídicos e Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios, por el Decreto N° 953 del 24 de
octubre de 2024 y por el artículo 8° del Decreto N° 13 del 6 de enero
de 2025 y su modificatorio.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 2° de la Disposición N° DI-2025-44-E-AFIP-ARCA del 19 de marzo de 2025, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- Deléguese en la Dirección de Auditoría Interna la facultad para:
a) Actualizar el “Registro de Personas con Trascendencia Pública”,
incorporando las altas, modificaciones y bajas que pudieran
corresponder, utilizando los parámetros establecidos en el artículo
precedente.
b) Modificar los sistemas consignados en el punto 4.4. del Apartado V
de la Instrucción General N° IG-2025-4-E-ARCA-ARCA del 16 de diciembre
de 2025, para ser monitoreados y generar comunicaciones de alerta.
c) Adecuar las excepciones contempladas en el punto 5.3. del Apartado V
de la instrucción general mencionada en el inciso precedente, para el
tratamiento de las consultas.
El ejercicio de las acciones delegadas en los incisos b) y c)
precedentes deberá estar debidamente fundamentado, y ser puesto en
conocimiento del Director Ejecutivo en cada oportunidad en que se
utilice dicha atribución.”.
ARTÍCULO 2°.- Esta disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Juan Alberto Pazo
e. 19/12/2025 N° 96622/25 v. 19/12/2025