AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DIRECCIÓN DE CONTROL GRANDES CONTRIBUYENTES
Disposición 20/2025
DI-2025-20-E-ARCA-DICOGC#SDGOIGC
Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2025
VISTO la disposición DI-2025-1-E-AFIP-DICOGC#SDGOIGC del 28/04/2025 y,
CONSIDERANDO
Que mediante la disposición mencionada en el Visto
DI-2025-1-E-AFIP-DICOGC#SDGOIGC del 28/04/2025 se estableció el Régimen
de Reemplazos ante la ausencia o impedimento de las Jefaturas de
Divisiones en el área de la Dirección de Control Grandes Contribuyentes
de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes
Contribuyentes.
Que por razones funcionales y atento a la propuesta de la División
Gestiones y Devoluciones dependendiente de la Dirección de Control
Grandes Contribuyentes, resulta procedente modificar el Régimen de
Reemplazos, únicamente para los casos de ausencia por licencia o
impedimento de la Jefatura en el área de la División Gestiones y
Devoluciones (DICOGC)
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones
7/2018 (AFIP) del 05/01/2018 y 179/24 (AFIP) del 30/10/2024,
Por ello,
EL DIRECTOR (INT.) DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL GRANDES CONTRIBUYENTES
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS
DE GRANDES CONTRIBUYENTES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el Régimen de Reemplazos, únicamente para los
casos de ausencia por licencia o impedimento de la Jefatura en el área
de la División Gestiones y Devoluciones (DICOGC), según el siguiente
detalle:
DIVISIÓN GESTIONES Y DEVOLUCIONES (DICOGC)
1° Reemplazo: Sección Pagos Anticipados (DV GYDV)
2° Reemplazo: Sección Devoluciones (DV GYDV)
ARTÍCULO 2°.- Déjese sin efecto la DI-2025-1-E-AFIP-DICOGC#SDGOIGC de
fecha 28/04/2025, en lo referente al área mencionada en el ARTÍCULO 1°.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Claudio Ernesto Castagnola
e. 19/12/2025 N° 96197/25 v. 19/12/2025