MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 499/2025
RESOL-2025-499-APN-SOP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2025
VISTO los Expedientes Nros. EX-2025-123791033- -APN-DGDA#MEC y
EX-2025-135237222- -APN-SSGAI#MEC, los decretos Nros. 1023 del 13 de
agosto de 2001, 902 del 12 de junio de 2012, 1030 del 15 de septiembre
de 2016, 29 del 10 de enero de 2018 y 1018 del 12 de noviembre de 2024
y sus modificatorios y complementarios, las resoluciones Nros. 764 del
6 de junio de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA (RESOL-2025-764-APN-MEC),
y 396 del 24 de septiembre de 2025 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
del MINISTERIO DE ECONOMÍA (RESOL-2025-396-APN-SOP#MEC) y su Anexo I
(IF-2025-106254467-APN-SOP#MEC), y el Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por la Disposición N° 62 del 30 de
julio de 2024 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de
la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS (DI-2024-62-APN-ONC#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por los expedientes citados en el Visto tramita el procedimiento de
Subasta Pública N° 504-0003-SPU25 para la venta del inmueble denominado
predio “Parque Federal” ubicado en Av. Belgrano 5000, entre calles
Padilla y Agustín Delgado, Ciudad de Santa Fe, Provincia de SANTA FE;
identificado catastralmente como Departamento 10, Distrito 11, Sección
4, Manzana 1443, Parcela 1, Matrícula 2.872.588, con una superficie
según mensura de SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS Y
CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (6.418,47 m2).
Que por el artículo 1° del decreto N° 1018/2024 se disolvió el Fondo
Fiduciario Público denominado “PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR” (Pro.Cre.Ar) creado por
el decreto N° 902 del 12 de junio de 2012.
Que el artículo 2° del decreto citado en el considerando precedente
dispone que el MINISTERIO DE ECONOMÍA realizará todos los actos
necesarios para la liquidación del Fondo Fiduciario Público, según las
disposiciones del decreto y del Contrato de Fideicomiso del 18 de julio
de 2012, y que en todo lo que no se encuentre regulado en el mismo
deberá estarse a lo dispuesto en el decreto N° 695 del 2 de agosto de
2024 y en la resolución N° 796 del 22 de agosto de 2024 del MINISTERIO
DE ECONOMÍA.
Que el artículo 4° del decreto N° 1018/2024 establece que el MINISTERIO
DE ECONOMÍA celebrará con el BANCO HIPOTECARIO S.A. un contrato a los
efectos de disponer y administrar los bienes muebles e inmuebles,
incluyendo sus mejoras, en el marco de lo establecido en el artículo 1°
del decreto, así como la regularización dominial de los inmuebles.
Que a fin de dar cumplimiento con el artículo 4° del decreto N°
1018/2024, se ha suscripto el Contrato de Mandato para la
Administración y Disposición de Inmuebles entre la SECRETARÍA DE OBRAS
PÚBLICAS y el BANCO HIPOTECARIO S.A. en fecha 4 de septiembre de 2025
(CONVE-2025-98406070-APN-SOP#MEC) entre la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
y el BANCO HIPOTECARIO S.A. por el cual se estableció que EL MANDATARIO
seguirá las instrucciones previas que le imparta EL MANDANTE, que
actuará representado a través del titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
GESTIÓN DE OBRAS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
de la SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS.
Que dentro de las tareas de administración de los bienes inmuebles
encargadas al MINISTERIO DE ECONOMÍA por el decreto N° 1018/2024, se
incluyen el análisis de las características y grado de avance de los
desarrollos urbanísticos que se encontraban en curso de ejecución al
momento del dictado de dicha norma, a fin de determinar, caso por caso,
la continuidad o no de las obras, las cuales se encuentran actualmente
suspendidas a la espera de una definición sobre su continuidad.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE OBRAS mediante nota del 28 de
agosto de 2025 identificada como NO-2025-95454350-APN-DNGO#MOP,
determinó que no resulta aconsejable continuar con los desarrollos
urbanísticos detallados en la misma con el uso de fondos públicos, los
cuales han estado sujeto a contratos de locación de obra y fueron
ejecutados parcialmente durante la vigencia del Fondo Fiduciario
Público “PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA
ÚNICA FAMILIAR” (Pro.Cre.Ar).
Que la nota mencionada en el párrafo que antecede incluye el inmueble
denominado predio “Parque Federal” ubicado en Av. Belgrano 5000, entre
calles Padilla y Agustín Delgado, Ciudad de Santa Fe, Provincia de
SANTA FE, identificado catastralmente como Departamento 10, Distrito
11, Sección 4, Manzana 1443, Parcela 1, Matrícula 2.872.588, con una
superficie según mensura de SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO METROS
CUADRADOS Y CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (6.418,47 m2).
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN intervino mediante informe
identificado como IF-2025112777045-APN-TTN#MEC del 9 de octubre de 2025
indicando que la Sala C del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN de
conformidad con lo establecido por la ley N° 21.626 (t.o. 2001) art. 2°
a 4° bis y lo determinado por el decreto Nº 1487/01 art. 4°, en la
reunión celebrada el día 06 de octubre de 2025, la tasación del
inmueble remanente del FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado PROGRAMA
CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR
(Pro.Cre.Ar) ubicado en Av. Belgrano entre calles Padilla y Agustín
Delgado, Parque Federal, en la Ciudad de Santa Fe, Departamento de La
Capital, Provincia de Santa Fe, resolviendo determinar su Valor Venal,
al contado, desocupado, en las condiciones físicas observadas a la
fecha de la inspección 24 de julio del 2025, en la suma total de PESOS
CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA MILLONES ($ 5.570.000.000) o su
equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES OCHOCIENTOS
CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 31/100 (USD
3.841.379,31) a un tipo de cambio BNA $/US$ 1.450; y según lo
requerido, en la cantidad de UNIDADES DE VIVIENDA CUATRO MILLONES
SETECIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON 74/100 (UVIs
4.725.825,74) a una cotización BCRA $/UVI 1.178,63. Informando como
respuesta a su solicitud expresa, un VALOR BASE DE VENTA, en los
términos del Procedimiento Interno TTN 19.1 en la suma de PESOS CINCO
MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL ($
5.291.500.000,-), o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 34/100
(US$ 3.649.310,34), o su equivalente en UNIDADES DE VIVIENDA CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO
CON 46/100 (UVIs 4.489.534,46).
Que la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
intervino mediante providencia del 5 de diciembre de 2025 identificada
como PV-2025-135277916-APN-SSGAI#MEC.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS REGISTRALES Y DE INFORMACIÓN
dependiente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)
intervino mediante nota del 9 de diciembre de 2025 identificada como
NO-2025-135861925-APN-DNSRYI#AABE.
Que por la Resolución N° 396 del 24 de septiembre de 2025 de la
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprobó el
procedimiento al que deberán sujetarse las subastas públicas que se
lleven adelante para vender los bienes inmuebles propiedad del Estado
Nacional que han estado sujetos a contratos de locación de obra
ejecutados total o parcialmente durante la vigencia del Fondo
Fiduciario Público denominado “PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR” (Pro.Cre.Ar).
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el decreto Nº 1023/01, sus
modificatorios y complementarios, en el decreto Nº 29/2018 que aprueba
la implementación del Sistema de Gestión Electrónica para las subastas
públicas, en adelante denominado “SUBAST.AR” y en la Resolución SOP N°
396/2025.
Que corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 11, inciso b) del decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y
complementarios.
Que resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
GESTIÓN DE OBRAS de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS de la
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS la emisión de circulares aclaratorias y
modificatorias para este procedimiento de contratación, con los
alcances y excepciones previstas en el artículo N° 50 del decreto N°
1030/2016.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los incisos a y b del artículo 11 del decreto N° 1023/01 y los
artículos Nros. 1 y 2 de la Resolución N° 764/2025 del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria mediante el procedimiento de
Subasta Pública N° 504-0003-SPU25 para la venta del inmueble denominado
predio “Parque Federal” ubicado en Av. Belgrano 5000, entre calles
Padilla y Agustín Delgado, Ciudad de Santa Fe, Provincia de SANTA FE,
identificado catastralmente como Departamento 10, Distrito 11, Sección
4, Manzana 1443, Parcela 1, Matrícula 2.872.588, con una superficie
según mensura de SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS Y
CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS (6.418,47 m2), de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el decreto N° 1023/01, sus
modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2025-139273846-APN-SOP#MEC, las
Especificaciones Técnicas, y todos sus Anexos y Agregados.
ARTÍCULO 3º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
GESTIÓN DE OBRAS de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS de la
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS la facultad para emitir circulares
aclaratorias y modificatorias en el marco del presente procedimiento de
contratación, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del
decreto N° 1030/16.
ARTÍCULO 4º.- Publíquese en el sitio de Internet https://comprar.gob.ar
del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional
“COMPR.AR”.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Giovine
e. 19/12/2025 N° 96351/25 v. 19/12/2025