COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA
Decreto 905/2025
DECTO-2025-905-APN-PTE - Desígnase Presidente.
Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-140621041-APN-DGDA#MEC y los Decretos
Nros. 1065 del 23 de agosto de 2001 y 380 del 2 de mayo de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 1° del Decreto N°
1065/01 la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), organismo
descentralizado actualmente en el ámbito de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
NUCLEARES del MINISTERIO DE ECONOMÍA, será administrada por UN (1)
Presidente, asistido en sus funciones por UN (1) Vicepresidente,
quienes serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 380/24 se designó en el
cargo de Presidente de la mencionada COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
ATÓMICA (CNEA) al doctor en Ingeniería Nuclear Germán GUIDO LAVALLE,
quien presentó su renuncia al referido cargo, en consecuencia
corresponde aceptar la misma.
Que con el fin de garantizar el normal funcionamiento del organismo
resulta necesario designar a la nueva autoridad que ocupará dicho cargo.
Que, en tal sentido, el MINISTERIO DE ECONOMÍA propicia la designación
del ingeniero químico Martín Eduardo PORRO en el cargo de Presidente de
la referida COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 1° del Decreto N° 1065 del 23 de agosto de 2021.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Acéptase, a partir del 18 de diciembre de 2025, la
renuncia presentada por el doctor en Ingeniería Nuclear Germán GUIDO
LAVALLE (D.N.I. N° 16.492.806) al cargo de Presidente de la COMISIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), organismo descentralizado actuante
en el ámbito de la SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase, a partir del 18 de diciembre de 2025, al
ingeniero químico Martín Eduardo PORRO (D.N.I. N° 26.000.516) en el
cargo de Presidente de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA),
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE
ASUNTOS NUCLEARES del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias
correspondientes a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Luis Andres Caputo
e. 23/12/2025 N° 97579/25 v. 23/12/2025