MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 2067/2025
RESOL-2025-2067-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2025
Visto el expediente EX-2025-108927365- -APN-DGA#ANSV y los expedientes
EX-2024-131754167- -APN-DGA#ANSV, EX-2024-131754488- -APN-DGA#ANSV,
EX-2025-04449213- -APN-DGA#ANSV, EX-2025-36148850- -APN-DGA#ANSV,
EX-2025-35602266- -APN-DGA#ANSV, todos en tramitación conjunta, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las decisiones administrativas 371 del 20 de mayo de 2024,
512 del 12 de junio de 2024, 955 del 15 de octubre de 2024, 956 del 15
de octubre de 2024, 957 del 15 de octubre de 2024, 959 del 15 de
octubre de 2024 y 973 del 18 de octubre de 2024, se dispusieron
designaciones transitorias de los funcionarios que se mencionan en el
anexo (IF-2025-134789332-APN-ANSV#MEC) que integra esta medida, en
cargos pertenecientes a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV),
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de
Transporte del Ministerio de Economía.
Que a través del decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que
corresponde al Jefe de Gabinetes de Ministros, a los Ministros, a los
Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de
la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las
designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que
funcionen en su órbita.
Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos
jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y
descentralizados.
Que por la ley 26.363 se creó la Agencia Nacional de Seguridad Vial
como organismo descentralizado entonces actuante en el ámbito del ex
Ministerio del Interior.
Que mediante el decreto 1787 del 5 de noviembre de 2008 se aprobó la
estructura organizativa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Que, asimismo, mediante la resolución conjunta 82 del 11 de diciembre
de 2008 de la ex Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la
Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del ex
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas se incorporaron en el
nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades organizativas
pertenecientes a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, según el
detalle obrante en el anexo I de esa resolución.
Que mediante la disposición 322 del 2 de septiembre de 2010 de la
citada Agencia Nacional se aprobó la estructura organizativa de las
aperturas inferiores de la Unidad de Auditoría Interna del mencionado
organismo.
Que a través del decreto 8 del 4 de enero de 2016 se transfirió a la
Agencia Nacional de Seguridad Vial a la órbita del entonces Ministerio
de Transporte.
Que mediante el decreto 461 del 7 de julio de 2025 se dispuso la
disolución de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, estableciéndose en
su artículo 32 que el personal mantendrá sus cargos, su situación de
revista y las unidades organizativas vigentes, hasta tanto se adecúe la
conformación y estructura organizativa correspondiente, y disponiéndose
en su artículo 36 que se conservará la operatividad de las funciones y
atribuciones propias de la Agencia, incluyendo su actuación como
autoridad de aplicación en las materias de su competencia, a fin de
garantizar la continuidad en la prestación de los servicios que brinda,
hasta tanto se dicten las nuevas estructuras organizativas.
Que por el decreto 585 del 14 de agosto de 2025 se trasfirieron la
Dirección de Estadística Vial a la Secretaría de Transporte del
Ministerio de Economía y la Dirección de Coordinación
Interjurisdiccional y Normalización Normativa y la Dirección Nacional
de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito de la Agencia
Nacional de Seguridad Vial a la Subsecretaría de Transporte del
referido Ministerio, dando continuidad a las mismas, situación no
contemplada para los funcionarios que se detallan en el anexo
(IF-2025-134789332-APN-ANSV#MEC) que integra esta medida.
Que por el decreto 627 del 2 de septiembre de 2025 se restituyó la
plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas,
sustituidas o modificadas por los decretos 461/2025 y 585/2025.
Que razones operativas justifican prorrogar por los plazos establecidos
en esta medida, las referidas designaciones transitorias.
Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento
a lo establecido en la resolución 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex
Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de
Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria.
Que las presentes prórrogas de designación transitoria quedan
exceptuadas de las restricciones establecidas en los decretos 426 del
21 de julio de 2022 y sus modificatorios y 1148 del 30 de diciembre de
2024.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por prorrogadas, a partir de la fecha indicada en
cada caso y hasta el 14 de agosto de 2025, las designaciones
transitorias de los funcionarios que se mencionan en el anexo
(IF-2025-134789332-APN-ANSV#MEC) que integra esta medida, en los cargos
que allí se consignan, pertenecientes a la Agencia Nacional de
Seguridad Vial (ANSV), organismo descentralizado actuante en el ámbito
de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía,
autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto
2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios,
conforme en cada caso se indica.
ARTÍCULO 2°.- Las prórrogas dispuestas en esta medida se efectúan en
los mismos términos en los que fueran realizadas las respectivas
designaciones transitorias.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución
será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
50 - Ministerio de Economía, Entidad 203 - Agencia Nacional de
Seguridad Vial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de
Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en
el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la
Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citad
ministerio (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/12/2025 N° 97160/25 v. 23/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)