PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 38/2025
DA-2025-38-APN-JGM - Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-139693210-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, que rige para el Ejercicio 2025 conforme el artículo 27 de la Ley
N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del
Decreto N° 1131 del 27 de diciembre de 2024 y la Decisión
Administrativa N° 3 del 15 de enero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, con el objeto
de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.
Que la presente adecuación presupuestaria contempla, entre otras
cuestiones, el refuerzo de los créditos de gastos en personal, con el
fin de atender necesidades vigentes en materia salarial, de gastos de
funcionamiento, equipamiento, transferencias varias y erogaciones que
hacen al cumplimiento del cometido de las Jurisdicciones y Entidades de
la Administración Nacional.
Que, asimismo, se disponen compensaciones que implican reducir los
gastos de capital e incrementar los gastos corrientes, y modificar la
distribución entre finalidades del gasto.
Que corresponde adecuar el presupuesto de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, reforzando los créditos correspondientes a las
transferencias a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
Que, asimismo, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de
la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, con el fin
de atender gastos derivados de la aplicación de la política salarial en
los sectores docentes y no docentes de las Universidades Nacionales,
así como los relacionados con su funcionamiento y para la
Universalización de la Jornada Extendida.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL de la
SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO, en el Programa 19 – Asignaciones Familiares.
Que corresponde incrementar el presupuesto destinado al pago de
prestaciones previsionales con el fin de incorporar el efecto de la
aplicación de la Ley de Movilidad Previsional.
Que por la Resolución N° 9 del 2 de diciembre de 2025 del CONSEJO
NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y
MÓVIL de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO se incrementó a partir de diciembre con
retroactividad a noviembre el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil
para todos los trabajadores mensualizados y jornalizados bajo la órbita
de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias y la Administración Pública Nacional, en función de lo
cual resulta necesario reforzar el presupuesto destinado a la atención
de la prestación por desempleo.
Que resulta necesario incorporar mayores ingresos por rentas del Fondo
de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional
Argentino (FGS), como así también incrementar Fuentes y Aplicaciones
Financieras de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(ANSeS) para reflejar las operaciones del citado Fondo.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 -OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO-
destinados a atender las necesidades de financiamiento del INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, ente del
Sector Público Nacional actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de
los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la
reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL se realizan con
cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 34 y 37 de la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias y por el artículo 9° de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, que rige
para el Ejercicio 2025 conforme el artículo 27 de la citada Ley N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 1131 del 27
de diciembre de 2024.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2025, de acuerdo con el detalle obrante en
las PLANILLAS ANEXAS (IF-2025-140009146-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Modifícanse las cuotas de compromiso presupuestario para
el cuarto trimestre del año 2025 y las cuotas de devengado
presupuestario para el mes de diciembre de 2025, de acuerdo con el
detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2025-140008855-APN-SSP#MEC)
al presente artículo, que forman parte integrante de esta medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Manuel Adorni - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 23/12/2025 N° 26687/2025 v. 23/12/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)