MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 2090/2025
RESOL-2025-2090-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2025
Visto los expedientes EX-2025-141436499- -APN-DGDA#MEC y
EX-2025-141616003- -APN-UEETATEP#MEC, las leyes 23.696 y sus
modificatorias y 27.742 y sus modificatorias, los decretos 695 del 2 de
agosto de 2024, 286 del 24 de abril de 2025 y 416 del 17 de junio de
2025 y la Resolución Nro. 1050 del 23 de julio de 2025 del Ministerio
de Economía (RESOL-2025-1050-APN-MEC), y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 7° de la ley 27.742 se declaró "sujeta a
privatización", en los términos y con los efectos de los capítulos II y
III de la ley 23.696 y sus modificatorias, entre otras, a la empresa
Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA).
Que ENARSA es titular del cincuenta por ciento (50%) de las acciones de
la Compañía Inversora en Transmisión Eléctrica Citelec Sociedad Anónima
(CITELEC S.A.), sociedad de inversión que controla a Compañía de
Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener Sociedad
Anónima (TRANSENER S.A.) -titular de la concesión para la prestación
del servicio de transporte de energía eléctrica a través de la red de
energía eléctrica de alta tensión de la República Argentina-, que
detenta en dicha firma el cincuenta y dos coma sesenta y cinco por
ciento (52,65 %) del capital accionario total -como tenedora de todas
las acciones clase A, representativas del cincuenta y uno por ciento
(51 %) de dicho capital y del uno coma sesenta y cinco por ciento (1,65
%) de las acciones clase B-.
Que, asimismo, CITELEC S.A. es accionista minoritaria y controlante
indirecta, a través de TRANSENER S.A., de las compañías Transener
Internacional Ltda. -sociedad constituida bajo las leyes de la
República Federativa del Brasil para la prestación de servicios en el
mercado de transmisión de energía eléctrica en dicho país- y Empresa de
Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la
Provincia de Buenos Aires Sociedad Anónima (TRANSBA S.A.) -prestadora
del servicio de transporte de energía eléctrica por distribución
troncal de la provincia de Buenos Aires-.
Que por el decreto 286 del 24 de abril de 2025 se autorizó, en los
términos del artículo 4° del anexo I del decreto 695 del 2 de agosto de
2024, el procedimiento para la privatización total de ENARSA -mediante
la separación de las actividades y bienes de cada unidad de negocio de
dicha empresa-, la que se desarrollará por etapas, con el fin de
garantizar la continuidad de la prestación de los servicios y de la
ejecución de las obras en curso que dicha empresa tiene a su cargo;
ello en los términos de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que, en dicho marco, por el artículo 2° del citado decreto 286/2025 se
autorizó la venta de las acciones integrantes del capital social de
CITELEC S.A. de titularidad de ENARSA, mediante un concurso público con
base, de alcance nacional e internacional, en los términos de los
artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y sus
modificatorias.
Que la modalidad y el procedimiento de privatización referidos no
prevén el otorgamiento de las preferencias a las que refiere el
artículo 16 de la ley 23.696 y sus modificatorias, como tampoco la
implementación de un programa de propiedad participada.
Que a través de los artículos 3° y 4° del citado decreto 286/2025 se
instruyó a este Ministerio de Economía a adoptar las medidas necesarias
para dar cumplimiento a la venta dispuesta por el artículo 2° de dicha
norma, y se faculta a dicho ministerio al dictado de las normas
operativas y complementarias que resulten necesarias para su
cumplimiento, con la intervención y asistencia de la Unidad Ejecutora
Especial Temporaria "Agencia de Transformación de Empresas Públicas",
respectivamente.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 4° del anexo I
del decreto 695/2024 y por la resolución 1050 del 23 de julio de 2025
del Ministerio de Economía, se inició el procedimiento de privatización
de ENARSA SA., en una primera etapa, mediante la venta de las acciones
de su titularidad en la CITELEC S.A., a través de un concurso público
con base, de alcance nacional e internacional, en los términos de los
Artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la Ley N° 23.696 y sus
modificatorias.
Que, a tal fin, la Subsecretaría de Energía Eléctrica de la Secretaría
de Energía elaboró la documentación licitatoria-técnica y contractual
correspondiente (cf., PV-2025-141661231-APN-SEE#MEC), con la
intervención previa de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia
de Transformación de Empresas Públicas" (cf.,
IF-2025-141629692-APN-UEETATEP#MEC).
Que, en atención a lo expuesto, con el fin de realizar la venta de las
acciones integrantes del capital social de CITELEC S.A. de titularidad
de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA), corresponde en esta
instancia autorizar el llamado a Concurso Público Nacional e
Internacional de Etapa Múltiple con base en los términos de los
Artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y con sujeción
a las condiciones establecidas en los artículos 5°, 6° y 7° del anexo I
del decreto 695/2024.
Que, a tal fin, se aprueba el Pliego Único de Bases y Condiciones y sus
anexos (PLIEG-2025-141690205-APN-SE#MEC), que regirá el referido
procedimiento de selección y se dispone la creación e integración de la
Comisión Evaluadora "ad hoc".
Que el precio base del referido Concurso Público surge de la tasación
efectuada por el Banco de Inversión y Comercio Exterior Sociedad
Anónima (BICE S.A.), conforme se detalla en el Pliego que se aprueba en
la presente medida.
Que, asimismo, ENARSA deberá prestar asistencia técnica en todas las
etapas del concurso a requerimiento de la Secretaría de Energía y/o la
Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia de Transformación de
Empresas Públicas".
Que la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía ha tomado intervención de su competencia.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia de Transformación
de Empresas Públicas" ha tomado intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que la Sindicatura General de la Nación ha tomado intervención en los términos del artículo 20 de la ley 23.696.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 7° de la ley 27.742 y los artículos 3° y 4°
del decreto 286/2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase, en el marco de lo establecido en el artículo
2° del decreto 286 del 24 de abril de 2025, el llamado a Concurso
Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple con base N°
504/2-0002-CPU25, para la venta de las acciones de la Compañía
Inversora en Transmisión Eléctrica Citelec Sociedad Anónima (CITELEC
S.A.) de titularidad de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA), en
los términos de los artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley
23.696 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Hágase saber que el concurso objeto de la presente
resolución será llevado a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR
conforme lo dispuesto por el decreto 416 del 17 de junio de 2025.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones y sus
anexos (PLIEG-2025-141690205-APN-SE#MEC), que integra la presente
medida. Dichos documentos podrán ser descargados del portal CONTRAT.AR
https://contratar.gob.ar/, a través del cual los interesados podrán
acceder a la documentación relevante para el procedimiento de selección
en trato.
Sin perjuicio de la información allí disponible, quedará a cargo
exclusivo de los interesados en el presente procedimiento toda
investigación y análisis diligente al respecto. El Estado Nacional no
admitirá ningún tipo de reclamo referente al contenido del Portal ni al
desconocimiento de la documentación disponible en él.
ARTÍCULO 4°.- La convocatoria del Concurso Público Nacional e
Internacional de Etapa Múltiple con base N° 504/2-0002-CPU25, será
publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio
web del Ministerio de Economía por el término de siete (7) días, y en
el sitio web del Banco Mundial denominado "DGMARKET" por el término de
tres (3) días corridos. Todo ello con un plazo de no menos de cuarenta
y cinco (45) días corridos de antelación a la fecha de vencimiento del
plazo establecido para la presentación de ofertas, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 5°, 6° y 7° del anexo I del decreto 695
del 2 de agosto de 2024.
ARTÍCULO 5°.- Establécense las siguientes pautas respecto de la
convocatoria autorizada por el artículo 1° de la presente medida:
a) Consultas al Pliego Único de Bases y Condiciones. Lugar y dirección:
Las consultas deberán efectuarse a través de la plataforma CONTRAT.AR.
b) Plazo y horario para la realización de consultas al Pliego Único de
Bases y Condiciones: Hasta el 13 de marzo de 2026 a las 16.00 horas.
c) Plazo y horario para la presentación de las ofertas: Hasta el 23 de marzo de 2026 a las 9:30 horas.
d) Lugar y dirección para la presentación de las ofertas: Las ofertas
se deberán presentar a través de la plataforma CONTRAT.AR utilizando el
formulario electrónico que corresponda.
e) Acto de Apertura. Lugar y dirección: La apertura de ofertas se
efectuará por acto público a través de la plataforma CONTRAT.AR. En
forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de
ofertas correspondiente.
f) Plazo y horario del acto de apertura: 23 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
ARTÍCULO 6°.- Créase la Comisión Evaluadora "ad hoc" para el presente
procedimiento, la cual estará integrada por los siguientes miembros:
a. Miembros Titulares: Favio Emir Ramírez (MI N° 21.773.957), Horacio
Julio Guadagni (MI N° 14.897.355) y Ana Cruz Díaz Martínez (MI N°
26.685.054).
b. Miembros Suplentes: Ramiro Varela Vivona (MI N° 25.096.078), Claudia
Fabiana Contarino (MI N° 16.581.251) y Magali Milagros Ávalos (MI N°
41.928.616).
ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Secretaría de Energía a emitir las
circulares aclaratorias que fueren necesarias en el marco del
procedimiento que se autoriza en el artículo 1° de esta resolución.
ARTÍCULO 8°.- Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA) prestará
asistencia técnica en todas las etapas del Concurso Público Nacional e
Internacional de Etapa Múltiple con base N° 504/2-0002-CPU25, a
requerimiento de la Secretaría de Energía y/o la Unidad Ejecutora
Especial Temporaria "Agencia de Transformación de Empresas Públicas".
ARTÍCULO 9°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 23/12/2025 N° 97936/2025 v. 23/12/2025