MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 598/2025
RESOL-2025-598-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2022-33917547- -APN-SE#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 622 de fecha 26 de junio de 2012 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) del DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS de la
Provincia de RÍO NEGRO (DPA), como Agente Generador por la CENTRAL
HIDROELÉCTRICA SALTO ANDERSEN, de SIETE COMA NOVENTA Y DOS MEGAVATIOS
(7,92 MW).
Que el Artículo 3º de la referida resolución condicionaba la vigencia
de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión
con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº 15.336,
antes del 31 de diciembre de 2013.
Que mediante el artículo 6° del Decreto N° 450 de fecha 4 de julio de
2025 se realizaron modificaciones al Artículo 14° de la Ley N° 15.336.
Que con posterioridad se han dispuesto prórrogas a la autorización
otorgada para actuar como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO
MAYORISTA (MEM), la última de ellas concedida por medio de la
Resolución Nº 507 de fecha 1 de julio de 2022 de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la
suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que
conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones
pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se
considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de
2030.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector
Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría
ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del
Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, de los Artículos 35, y 72 de la Ley Nº
24.065, Articulo 162 de la Ley N° 27.742 y el Apartado IX del Anexo II
del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la postergación de la fecha límite definida en
el Artículo 1º de la Resolución Nº 507 de fecha 1 de julio de 2022 de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, quedando el
DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS de la Provincia de RÍO NEGRO (DPA),
habilitado para actuar con carácter provisorio como Agente Generador
del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA
SALTO ANDERSEN hasta el 31 de diciembre de 2030.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese al DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS de la
Provincia de RÍO NEGRO (DPA), a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la ADMINISTRACIÓN
PROVINCIAL DE ENERGÍA DE LA PAMPA (APELP) y al ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la
órbita la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 29/12/2025 N° 98055/25 v. 29/12/2025