ANEXO - I
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ANEXO - I
Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública para Empresas Distribuidoras (EDENOR/EDESUR).
ÍNDICE.
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Sección 1- OBJETO.
Sección 2- ALCANCE.
Sección 3- DEFINICIONES.
Sección 4- CONTENIDOS MÍNIMOS.
4.1- Criterios Básicos.
4.2- Requerimientos Generales.
4.3- Configuración.
4.3. a)- Manual de Gestión del Sistema de Seguridad Pública.
4.3. b)- Procedimientos del Sistema de Seguridad Pública.
4.3. c)- Plan de Seguridad Pública.
Sección 5- RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD.
5.1- Política.
5.2- Responsabilidad.
5.3- Representante del Sistema de Seguridad Pública.
Sección 6- RECURSOS.
6.1- Recursos Humanos y en General.
6.2- Competencias.
6.3- Proveedores y Contratistas.
Sección 7- DOCUMENTACIÓN.
7.1- Documentos.
7.2- Registros.
7.3- Trazabilidad.
Sección 8- HERRAMIENTAS DE CONTROL.
8.1- Evaluación de Riesgo.
8.2- Planificación y Programación.
8.3- Revisión.
8.4- Auditorías.
8.5- Indicadores.
8.6- Acciones Correctivas y Preventivas.
PRESENTACIÓN.
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Esta guía define los contenidos mínimos del Sistema de Seguridad
Pública (SSP) que deben implementar, mantener y certificar las empresas
Distribuidoras de electricidad, en reemplazo del Sistema de Seguridad
Pública vigente.
Las Secciones 1 a 3 fueron definidas para la presentación del Sistema,
el establecimiento de sus alcances y las definiciones de términos y
elementos de dicho Sistema.
La sección 4 establece los requisitos generales, mientras que las
restantes definen los requerimientos que deben cumplimentar las
Distribuidoras para readecuar sus respectivos sistemas de seguridad
pública.
1 .- OBJETO
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Redefinir los requisitos mínimos para satisfacer las exigencias en esta
materia, a fin de que cada Distribuidora desarrolle sus tareas y/o
servicios asegurando niveles de calidad compatibles con las normas y
reglamentaciones que resultan aplicables, cumpliendo con su obligación
de instalar, operar y mantener sus instalaciones eléctricas a fin de
resguardar la seguridad pública y orientada a la prevención, generando
al mismo tiempo evidencias demostrables de su implementación y
desempeño.
2 .- ALCANCE.
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El Sistema de Seguridad Pública deberá ser aplicado en todas las
dependencias y funciones de la Distribuidora que llevan a cabo
actividades vinculadas con la seguridad pública.
Esto Comprende a todas las instalaciones de su concesión y también a
las actividades realizadas por su personal, contratistas y proveedores,
que puedan tener incidencia en la seguridad pública.
3 .- DEFINICIONES.
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-
Sistema de Seguridad Pública (SSP): Conjunto
de instrumentos y recursos de la Distribuidora mutuamente relacionados,
organizados para dirigir, ejecutar y controlar los procesos vinculados
con sus obligaciones en materia de seguridad pública.
-
Manual de Gestión del Sistema de Seguridad Pública (MGSSP): Documento donde se especifican las pautas para la gestión del Sistema de Seguridad Pública.
-
Procedimientos del Sistema de Seguridad Pública (PSSP):
Documentos donde se describen los procesos que se aplican para el
cumplimiento de los requisitos del Sistema de Seguridad Pública.
-
Plan de Seguridad Pública(PSP):
Documento donde se describe la forma de gestión en la planificación,
programación, ejecución y revisión de las actividades específicas en el
marco del Sistema de Seguridad Pública destinadas a instalar, operar y
mantener sus instalaciones eléctricas de modo tal que no afecten la
seguridad pública.
-
No Conformidad (NC): Incumplimiento
de un requisito especifico, ya sea en esta Guía como en el Manual de
Gestión del Sistema de Seguridad Pública y/o sus documentos
complementarios.
-
Anomalía (An.):
Incumplimiento, infracción, transgresión o desviación respecto de un
requisito normativo técnico asociado a una instalación del sistema de
distribución.
-
Análisis de Riesgo (AR): Estudio
realizado que define, en forma preventiva, la posible ocurrencia de un
evento en instalaciones de su concesión o en trabajos realizados en las
mismas, que puedan afectar a la seguridad pública.
-
Grado de Riesgo (GR): Combinación entre probabilidad y consecuencia de ocurrencia de un determinado evento que pueda afectar la seguridad pública.
-
Evaluación de Riesgo (EvR): Proceso realizado de forma conjunta donde se estima el grado de riesgo y se determina la acción a realizar para su eliminación.
4 .- SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA.
4.1- Criterios Básicos.
La gestión del SSP de las Distribuidoras se basa en los principios
básicos de los sistemas de gestión certificables tales
como:
- Enfoque en el usuario y la comunidad dentro del área de concesión de la distribuidora.
- Liderazgo.
- Compromiso del personal.
- Enfoque a procesos.
- Mejora continua.
- Toma de decisiones basada en evidencias.
- Gestión de las relaciones.
Los criterios básicos definidos para dicha gestión son:
- Definición de la política con orientación a la prevención y los objetivos del SSP.
-Análisis del contexto donde se realizan las operaciones vinculadas a la seguridad Pública.
-Análisis de las necesidades y expectativas de las Partes vinculadas a la Seguridad Pública
- Identificación, organización, y gestión de los procesos de la
Distribuidora, la interrelación entre las partes y las posibles
consecuencias para la seguridad pública.
- Análisis de los alcances, riesgos y oportunidades del SSP y de aquellas acciones que permitan eliminar y/o minimizar riesgos.
- Aplicación de un plan de monitoreo de sus instalaciones adecuado e
implementación de medidas para eliminar situaciones de riesgo que se
puedan presentar.
4.2- Requisitos Mínimos.
El SSP de las Distribuidoras debe satisfacer todos los requisitos
legales, contractuales y normativos en la materia y su responsabilidad
ante terceros, por lo que cada Distribuidora debe tener en cuenta:
i. Las previsiones necesarias para poder cumplir con las obligaciones
en materia de seguridad pública contenidas en la Ley N° 24.065 y sus
reglamentaciones, Contratos de Concesión, la normativa del Ente
Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y las demás normas
aplicables.
ii. Un criterio preventivo y de aplicación inmediata de acciones, ante
la detección de situaciones que ofrezcan un riesgo potencial o que
afecten a la seguridad pública, basado en el análisis de riesgo
potencial para todas las instalaciones del servicio público de
distribución. Como así la realización de trabajos relacionados con las
mismas, considerando todas las posibles contingencias que pueden poner
en riesgo a personas y/o sus bienes.
iii. La continuidad del SSP frente a eventuales cambios internos, societarios u organizativos, etc.
4.3- Configuración.
El SSP de cada Distribuidora se debe implementar en cada uno de los
sectores de la empresa que tengan injerencia en la materia y para ello
debe contar con los siguientes instrumentos:
i. Manual de Gestión del Sistema de Seguridad Pública (MGSSP).
ii. Procedimientos del Sistema de Seguridad Pública (PSSP).
iii. Plan de Seguridad Pública (PSP).
El SSP debe poder integrarse con otros sistemas de gestión existentes dentro de las distribuidoras.
4.3. a)- Manual de Gestión del Sistema de Seguridad Pública (MGSSP).
Es el documento donde se definen las pautas para la gestión del SSP donde las Distribuidoras deben declarar o referenciar:
i. Elementos constitutivos de su Sistema de Seguridad Pública y su alcance.
ii. Marco normativo en materia de seguridad pública.
iii. Organización jerárquica, con dependencias geográficas y funciones.
iv. Lineamientos y herramientas de su gestión, incluidos los del presente Anexo.
v. Procedimientos del SSP.
vi. Plan de Seguridad Pública.
4.3. b)- Procedimientos del Sistema de Seguridad Pública.
Son los documentos donde se describen los procesos que se aplican para
el cumplimiento de los requisitos del SSP en los que las Distribuidoras
deben especificar:
i. Objetivos, alcances y áreas o funciones de incumbencia.
ii. Modalidad de ejecución y registro.
iii. Normativas internas y externas de aplicación y/o referencia.
4.3. c)- El Plan de Seguridad Pública.
Es el documento donde se describe la planificación, programación,
ejecución, control y revisión de las actividades destinadas a instalar,
operar y mantener las instalaciones de modo tal que no afecten la
seguridad pública con orientación a la prevención. Las Distribuidoras
deben definir:
i. Planificación de las actividades a desarrollar.
ii. Estructura organizativa donde se defina la dependencia y función de cada actividad.
iii. Modalidad de control y revisión.
Nota: En el ANEXO - II de la presente resolución se establecen los lineamientos, aspectos y actividades mínimas a desarrollar.
5 .- RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD.
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5.1- Política.
Cada Distribuidora debe definir, comunicar e implementar una política
en materia de seguridad pública acorde a sus obligaciones legales,
contractuales, normativas y de prevención. La misma debe ser revisada
periódicamente, proponiendo las adecuaciones que sean necesarias a fin
de lograr sus objetivos.
5.2- Responsabilidad.
Cada Distribuidora debe definir la responsabilidad y alcance del personal en el MGSSP a fin de:
- Coordinar, planificar y controlar las distintas áreas para alcanzar los objetivos.
- Administrar los recursos de forma eficiente e interactuar con las
áreas soporte para gestionar correctamente las unidades operativas.
5.3- Representante del Sistema de Seguridad Pública.
Cada Distribuidora debe designar un Representante del SSP, el mismo
será el interlocutor ante el ENRE y su designación debe ser notificada
oportunamente como así todo tipo de modificación relacionada con la
misma.
Las Distribuidoras deben informar los canales de contacto necesarios (correspondencia, teléfonos
y correos electrónicos). El mimo será considerado como referente para:
I. Controlar el desarrollo, implementación y mantenimiento del Sistema, conforme los requisitos enunciados anteriormente.
II. Coordinar y realizar la revisión del Sistema, proponiendo las acciones correctivas necesarias.
III. Individualizar y llevar a cabo las acciones vinculadas con el mejoramiento del Sistema.
IV. Atender la planificación y ejecución de auditorías internas y
externas del sistema, de proveedores, documentando de forma correcta
todas las evidencias de lo actuado.
6 .- RECURSOS.
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6.1- Recursos Humanos y en General.
La Distribuidora debe adoptar las medidas necesarias para disponer de
los recursos generales, humanos afectados a su implementación
requeridos para dar soporte del Sistema, Para ello deberá:
i. Determinar y asegurar que el personal propio y contratado se
encuentre debidamente capacitado para llevar adelante las actividades
que demanda la seguridad pública, de acuerdo a los requerimientos del
Sistema, documentando de forma correcta todas las evidencias de lo
actuado.
ii. Gestionar y desarrollar los recursos generales necesarios para
asegurar que sus tareas estén conformes con los requisitos del Sistema.
iii. Definir el tipo documentación destinada al control y mantenimiento de los recursos asignados.
6.2- Competencias.
La documentación del Sistema deberá definir las necesidades de
capacitación y competencias en materia de seguridad pública específicas
para el personal que realice tareas en la materia a fin de que tengan
conocimiento de:
- Procedimientos, documentación y registros del Sistema que aplican en
función de su responsabilidad en la estructura de la Distribuidora.
- Normativa aplicable y que aplica en función de su responsabilidad en la estructura de la Distribuidora.
Para ello la Distribuidora debe:
i. Establecer e implementar procedimientos y documentarlos para
determinar cuáles son las necesidades de capacitación del personal
propio y/o contratado.
ii. Registras los planes de capacitación y evaluación llevadas a cabo.
iii. Utilizar solo personal con la capacitación y calificación adecuada
para desarrollar actividades afines tales como detectar anomalías, no
conformidades y actuar consecuentemente.
6.3- Proveedores y Contratistas.
Los requisitos del Sistema se aplican a todas las actividades
vinculadas con la seguridad pública que desarrollen proveedores y
contratistas, para ello se deben arbitrar los medios que garanticen la
provisión o contrato que satisfaga los requisitos de Sistema. A tal fin
la Distribuidora debe:
i. Definir los procedimientos y documentarlos en su MGSSP que permitan
verificar y registrar que los compromisos que suscriba tanto con
proveedores como con contratistas contemplen las obligaciones de
cumplir los requisitos definidos en el Sistema.
ii. Registrar los pedidos y las respuestas de los contratistas, subcontratistas o proveedores, a
los requerimientos de medidas correctivas frente a una no conformidad o anomalía detectada, solicitado por la Distribuidora.
iii. Asegurar la capacitación y competencia del personal de los
proveedores y contratistas cuyas actividades incidan sobre la seguridad
pública.
iv. Evaluar periódicamente el desempeño de los contratistas y proveedores vinculados a las operaciones de seguridad pública.
v. Realizar auditorías periódicas (mínimo una vez al año) de los
proveedores y subcontratistas que realizan operaciones vinculadas a la
seguridad en la vía pública.
7 .- DOCUMENTACIÓN.
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7.1- Documentos.
La Distribuidora debe determinar, dentro del MGSSP, que forma de
soporte y control de los documentos del Sistema utilizara, para los que
debe asegurar:
i. Los documentos sean aprobados por personal competente autorizado.
ii. Los documentos estén disponibles para todo el personal involucrado, en la edición apropiada para su aplicación.
iii. Establecer una metodología sistemática de revisión para la
actualización, modificación, ajuste, eliminación o creación de nuevos
documentos.
7.2- Registros.
La Distribuidora debe determinar, dentro del MGSSP sus Procedimientos, el tipo de soporte y forma
de control de los registros del Sistema, identificando los de procedencia externa, para los que debe:
i. Identificar, reunir, registrar, archivar y conservar los registros
generados de todas las actividades desarrolladas en el marco del SSP,
incluidos los de contratistas y proveedores.
ii. Conservar los registros adecuadamente, previniendo su deterioro,
daño o pérdida, cualquiera sea su soporte (papel, digital, etc.), a fin
de demostrar fehacientemente que se ha cumplido con los requerimientos
del Sistema.
iii. Mantener los registros a disposición del ENRE (o de auditores
externos conforme lo requerido en la Sección 8.4.), a los efectos de
poder controlar o auditar esta norma. El ENRE definirá la periodicidad
de dichos controles conforme la Sección 3.3 del Anexo II.
7.3- Trazabilidad.
La trazabilidad de lo actuado, eventos, tareas, actividades o estado de
instalaciones debe estar contemplado en los documentos del Sistema.
Para ello la Distribuidora debe:
i. Evidenciar, según corresponda, la implementación de acciones
correctivas, preventivas o su correspondiente traslado a los
responsables para dar curso al tratamiento, de las no conformidades,
anomalías o riesgos de incumplimiento de los requisitos del Sistema.
ii. Registrar adecuadamente las tareas, trabajos y acciones de
seguimiento realizadas ante la detección de una no conformidad,
anomalía o riesgo que incumpla un requisito del Sistema. Se debe
realizar el seguimiento hasta la verificación de su eliminación
definitiva, de manera que sean trazables en todo su proceso, indicando
su denominación, identificación correlativa, fecha y personas que lo
generaron.
8 .- HERRAMIENTAS DE CONTROL.
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8.1- Evaluación de Riesgo.
La Evaluación de Riesgo es una herramienta técnica necesaria y
verificable, que integra las consideraciones previas a la toma de
decisiones respecto de las acciones y planes para minimizar los riesgos
potenciales y será aplicado a todas sus instalaciones y trabajos
vinculados a las mismas que estén ubicadas en la vía pública. Se debe
definir cómo será eliminado, controlado o minimizado, cuál es el
criterio para determinar su prioridad o importancia relativa. A tal
efecto la Distribuidora debe:
i. Adoptar el Anexo III de la presente Resolución - Listado de Anomalías tipificadas con su Grado de Riesgo asociado.
ii. Mesurar, independientemente de lo mencionado en el inciso anterior,
el Grado de Riesgo de cada No Conformidad o Anomalía - incluidas las no
tipificadas en el Anexo III.
En las circunstancias particulares producto de una acción inmediata a
la ocurrencia del hecho y/o posterior a su detección, debe utilizar un
enfoque probabilístico, datos estadísticos y las condiciones o
circunstancias típicas que puedan contribuir a la ocurrencia de
accidentes.
iii. Implementar un procedimiento para el tratamiento adecuado para
cada Anomalía y de los trabajos a realizar en la vía pública de acuerdo
a su Grado de Riesgo, definiendo las acciones inmediatas para el
resguardo de la seguridad pública y los plazos para las acciones
posteriores para la normalización definitiva que justificadamente se
requieran.
8.2- Planificación y Programación.
Las Distribuidoras deben incluir en el MGSSP los criterios que
utilizarán para realizar las actividades de planificación y
programación de las tareas relacionadas con esta materia. Sin perjuicio
de lo expuesto, se arbitrarán los medios para que ante un requerimiento
del ENRE o ante la detección de un evento que por sus características
requiera la implementación de una acción urgente o inmediata, se
cumplan estos análisis sin demorar la efectiva solución del problema de
seguridad pública presentado.
En la planificación de las tareas comprendidas en el marco del SSP, la Distribuidora debe:
i. Tener un procedimiento con los criterios técnicos aplicables y
razonamientos fundados en análisis estadísticos y de riesgos
eléctricos, con un pleno conocimiento de las normas que comprenden a la
seguridad pública.
ii. Diagramar la programación incorporando plazos de ejecución y finalización.
8.3- Revisión por la Dirección
La Alta Dirección de la Distribuidora debe revisar el SSP en intervalos
previamente definidos para asegurar su conveniencia, adecuación,
eficacia, y alineación continua con las Políticas y obligaciones de la
Distribuidora, como mínimo una vez al año, debe revisar:
i. El estado de las acciones de revisiones anteriores.
ii. Los cambios en las cuestiones internas y externas pertinentes al SSP.
iii. La información sobre el desempeño y la eficacia del SSP incluyendo:
a. La satisfacción y feedback de las partes interesadas pertinentes.
b. El grado en que se han logrado los objetivos del SSP.
c. El desempeño de los procesos asociados al SSP.
d. Las no conformidades y acciones correctivas teniendo en cuenta:
1. Los resultados de las verificaciones o actuaciones realizadas por
sus inspectores, agentes externos o denuncias, aprobando las acciones
correctivas propuestas o sugiriendo nuevas medidas.
2. Toda no conformidad, anomalía o posibilidad de mejora, para resolver
aquellos casos que, por su persistencia, reiteración y/o riesgo, sean
identificados como de difícil solución.
iv. La adecuación de los recursos.
v. La eficacia de las acciones tomadas para abordar riesgos y oportunidades.
vi. Las Oportunidades de mejora
Deberá incluir las decisiones y acciones tomadas como resultado de esta revisión para poder implementarlas
8.4- Auditorías.
El Sistema de Seguridad Pública se evaluará de forma sistemática,
independiente y documentado, con el objeto de determinar si la
actividad desarrollada del Sistema y sus resultados obtenidos
concuerdan con los requisitos. Para ello Distribuidora debe:
i. Realizar auditorías Internas de su SSP que abarquen todas las
acciones y funciones incluidas en su alcance como mínimo una vez por
año.
ii. Someterse anualmente a auditorías del Sistema en el ámbito de la
empresa (oficinas administrativas, en sus instalaciones y sus tareas de
campo) por un organismo o entidad debidamente acreditada y con
reconocida experiencia en la materia, que certifique el cumplimiento de
lo dispuesto por la presente Resolución.
iii. Realizar auditorías a los proveedores que se encuentran incluidos
en su SSP como mínimo una vez al año, con el objetivo de generar
evidencia del cumplimiento de los requisitos del sistema, en particular
de aquellos que realizan acciones en la vía pública
iv. Mantener el registro de las auditorías conforme a los requisitos exigidos en la Sección 7.2.
v. Adoptar las acciones correctivas y preventivas que se desprendan de sus hallazgos.
Las auditorías que se implementen verificarán e inspeccionarán el SSP de la Distribuidora, obrando
de acuerdo con la modalidad descripta en su propio Manual, en sus
procedimientos y la documentación conexa que resulte pertinente,
teniendo por objetivos:
- Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la norma vigente.
- Verificar el desarrollo e implementación del Sistema, y la satisfacción de sus requisitos.
- Medir la eficacia y la eficiencia del Sistema.
- Proveer la información que permita emprender acciones de mejora del Sistema.
8.5- Indicadores.
Se definirán un conjunto de kpi`s específicos para seguridad pública.
Los mismos deben permite el análisis del Sistema y demostrar su
relación con los elementos referidos al crecimiento, cambios, déficit,
diferencias, etc., A los efectos, la Distribuidora debe:
i. Aplicar métodos estadísticos para el control y verificación de los
procesos y medición en la eficiencia del Sistema, utilizando
indicadores propios y aquellos que le requiera el ENRE.
La técnica estadística será aplicada, aunque no en forma limitativa, para:
- Establecer patrones de anomalías o modelos de causas de accidente e incidentes.
- Establecer planes de muestreo para inspecciones y mediciones de control.
- Efectuar análisis de los resultados de los controles y recepción para tareas u obras.
8.6- Acciones Correctivas.
La Distribuidora se compromete en alcanzar y mantener los estándares
requeridos por el Sistema. Eliminando las causas de no conformidades y
anomalías que se puedan presentar, que surgen de los reclamos, quejas
del concedente, del ente de control, por auditorías externas, o bien
por el mismo control, verificación o identificación que prevé el
Sistema.
La implementación y verificación de la acción correctiva, se llevará a
cabo en el ámbito del Sistema. A tal fin la Distribuidora deberá:
i. Prever los procedimientos para identificar toda No Conformidad que
pueda presentarse, registrando su tratamiento desde la detección de la
misma hasta su normalización y verificación.
ii. Establecer las causas de las no conformidades y anomalías,
aplicando las acciones correctivas para su respectiva normalización.
iii. Analizar el proceso de ejecución de acciones preventivas y evitar
su reincidencia, eliminando la causa raíz o potencial. En los casos que
se requiera realizar un análisis de extensión para las causas de
anomalías con reiteración identificadas.
iv. Verificar la aplicación de las acciones correctivas y evaluar su eficacia.
v. Llevar un registro de las acciones correctivas realizadas y tenerlas a disposición para su auditoria.
IF-2025-07088121-APN-ASPYMA#ENRE
ANEXO - II
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ANEXO II
Guía de Contenidos Mínimos del Plan de Seguridad Pública.
ÍNDICE.
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1- Lineamientos.
1.1. Objeto.
1.2. Alcance.
1.3. Contenido.
1.4. Control.
2- Aspectos Generales.
2.1- Consideraciones para su Elaboración.
2.2- Evaluación Periódica.
3- Aspectos Particulares.
3.1- Disponibilidad de Información.
3.2- Empleo de Indicadores.
3.3- Informes de Avance.
4. Aspectos específicos.
4.1- Revisión de las Instalaciones.
4.2- Identificación de las Anomalías en Instalaciones.
4.3- Tratamiento de las Anomalías en Instalaciones.
4.4- Tratamiento de Situaciones de Riesgo Generadas con Terceros.
5- Planes Específicos de Seguridad Pública. Detalle
5.1- Plan de Detección y Corrección de Anomalías en Instalaciones.
5.2- Plan de Tratamiento de Situaciones de Riesgo Generadas con Terceros.
5.3- Plan de Atención de Accidentes, Incidentes y Reclamos por Seguridad Pública.
5.4- Plan de Control de Obras y Trabajos en la Vía Pública.
5.5. Plan de Difusión de los Postulados Básicos de la Seguridad Eléctrica.
1. LINEAMIENTOS.
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1.1. Objeto.
Definir los criterios y acciones básicas orientadas a la prevención
para velar por la seguridad pública en la construcción, operación y
mantenimiento de las instalaciones de las Distribuidoras
(EDENOR/EDESUR).
1.2. Alcance.
Instalaciones comprendidas en su área de concesión, así como los
trabajos que realiza, sea por personal propio o contratado, que puedan
afectar la seguridad pública, y las acciones referidas a la gestión del
SSP.
1.3. Contenido.
Cada Distribuidora debe desarrollar su PSP que formará parte del SSP,
orientado a establecer las metas a alcanzar en el corto, mediano y
largo plazo. Cómo ejecutara en el tiempo las acciones para su logro. El
mismo debe contemplar las actividades de carácter preventivo,
predictivo y correctivo para el resguardo de la seguridad pública en
las instalaciones de su concesión e incluirá los Planes Específicos que
se describen en el Capítulo 5 de este Anexo, que no excluyen ni limitan
a otros que puedan resultar convenientes a criterio de cada
Distribuidora.
1.4. Control.
La elaboración, implementación, seguimiento y reprogramación (en caso
de ser necesario) del Plan de Seguridad Pública, debe ser desarrollado
en el marco del SSP de esta norma y conforme las exigencias de su ANEXO
I, de modo de ser presentado y controlado mediante auditorías, que
podrán ser internas, realizadas por este Organismo o terceros
independientes.
Se recomienda integrar el PSP con otros planes de la empresa que
requieran la implementación de actividades en forma coordinada y
conjunta para un desarrollo más eficaz.
2. ASPECTOS GENERALES.
_____________________________________________________________________________________
2.1- Consideraciones para su Elaboración.
El PSP debe identificar áreas o funciones de la empresa que estén
vinculadas en enunciar metas cuantitativas, reingeniería de procesos,
instalaciones, herramientas de control, capacitación, comunicación
interna y externa, entre otros. El mismo debe contemplar:
- Normas exigibles y de referencia en materia de seguridad pública.
- Acciones, recursos y herramientas de gestión.
- Relación con los distintos organismos, empresas de servicios y con los usuarios.
2.2- Evaluación Periódica.
Se efectuará periódicamente una evaluación del PSP con el fin de
identificar desvíos, situaciones de conflicto recurrentes o potenciales
y su evolución. El objetivo será poder implementar acciones correctivas
y preventivas en busca de mejorar el SSP, documentando correctamente
todas observaciones y acciones realizadas.
3. ASPECTOS PARTICULARES.
_____________________________________________________________________________________
3.1- Disponibilidad de Información.
El Representante del SSP debe tener pleno conocimiento del PSP y sus
modificaciones, así como acceso permanente y actualizado a su
información y grado de avance.
3.2- Empleo de Indicadores.
Se utilizarán indicadores específicos relacionados con la seguridad
pública conforme lo establecido en el Anexo I de la presente
Resolución, incluidos los que oportunamente especifique el ENRE, para
realizar un diagnóstico, seguimiento y evaluación objetiva del grado de
eficacia del PSP.
3.3- Informes Periódicos de Avance del Plan de Seguridad Pública.
Las distribuidoras deben remitir informes periódicos del avance del Plan de Seguridad Pública.
La información remitida debe estar conforme con lo requerido por esta
resolución, la misma debe ser demostrable y trazable, en caso de que
este Organismo requiera auditar, y/o pueda cursarse su acreditación
fehaciente mediante documentos, registros y bases informática de datos
del sistema. Los contenidos, formatos, periodicidad de remisión y los
tiempos de resguardo a los efectos de esas funciones de control serán
definidos oportunamente por el ENRE.
4. ASPECTOS ESPECÍFICOS.
_____________________________________________________________________________________
4.1- Revisión de las Instalaciones.
La totalidad de las instalaciones comprendidas en el área de concesión
de cada Distribuidora, con exposición o incidencia en la seguridad
pública, serán revisadas periódicamente a fin de mantener las
condiciones exigibles para el resguardo de la misma.
Las distribuidoras deberán, como mínimo, aplicar la periodicidad
indicada en la Resolución ENRE 497/2007 o aquella que la reemplace en
el futuro.
Asimismo, deben tener en cuenta:
- Los riesgos que presentan los distintos tipos de instalación con sus
partes constitutivas y la exposición a dichos riesgos en función de su
entorno.
- El grado de exposición de las instalaciones (zonificación urbana o
rural, concurrencia y uso del espacio en su área de influencia, etc.).
- Los riesgos que presenta los distintos tipos de instalación, su
estado (antigüedad, predisposición a fallas, evolución en los registros
de aparición de anomalías, etc.) y antecedentes particulares
(accidentes e incidentes) o repetitivos (intrusiones, hurto,
vandalismo, etc.).
4.2- Identificación de las Anomalías en Instalaciones.
Durante las tareas de revisión visual de instalaciones, la
Distribuidora debe controlar todas aquellas situaciones detectables que
ofrezcan riesgos para la seguridad pública. Relevando de mínima todas
las anomalías tipificadas en el Anexo III de la presente Resolución,
así como las condiciones exigibles por la normativa técnica de
aplicación emitida por este Organismo para la instalación que se trate.
4.3- Tratamiento de las Anomalías en Instalaciones.
Para todas las anomalías la Distribuidora debe dar tratamiento a la
misma de manera de neutralizar o minimizar el riesgo y normalizar la
instalación de acuerdo al Grado de Riesgo, conforme Anexo I, punto 8.1.
4.4- Tratamiento de Situaciones de Riesgo Generadas con Terceros.
Las “Situaciones de Riesgo Generadas con Terceros” son aquellas que se
originan por la coexistencia de instalaciones de alta tensión (AT) de
la Distribuidora con obras, construcciones, instalaciones de otros
servicios o actividades de terceros. Donde no habiendo un
incumplimiento previo de la normativa para el resguardo de la Seguridad
Pública vigente, las mismas se ven vulneradas por modificaciones, por
parte de terceros, del entorno de las instalaciones. Entre estas
situaciones, a modo de ejemplo, pueden mencionarse transgresiones a las
restricciones de la franja de servidumbre administrativa de
electroducto, o la zona de seguridad de la línea, interferencia con
otros servicios (redes de gas natural), construcciones edilicias,
desarrollos urbanísticos en zonas previamente de uso rural, obras
viales, etc.
Aplicará:
i- para el caso de servidumbres ya establecidas, las restricciones establecidas lo estipulado en cada caso particular
ii- para nuevas servidumbres, la Resolución ENRE N 382/2015, o sus
modificatorias, en cuanto a las restricciones que allí se establecen.
iii- En caso de no existir o no corresponder servidumbre, se aplicará
las restricciones en la zona de seguridad de la normativa aplicable.
Asimismo, ante estas situaciones la Distribuidora deberá:
i. Adoptar todas las medidas conducentes para la eliminación definitiva
del riesgo, registrando y haciendo un seguimiento de las actuaciones
llevadas a cabo por los sectores competentes de la empresa y las
recibidas de las partes involucradas.
ii. Ejecutar medidas preventivas efectivas, hasta su eliminación, tendientes a controlar y reducir el riesgo presente.
iii. En los casos de invasión a la Franja de Servidumbre Administrativa
del Electroducto u otras construcciones que generen acortamiento de las
distancias de seguridad a los conductores o elementos energizados de
instalaciones de la Distribuidora, debe notificar, en caso de
corresponder, a Autoridades Provinciales, Municipales, en virtud del
poder de policía que les compete (art. 75 inc. 30 C.N), u Organismo
competente.
iv. Llevar a cabo acciones administrativas, y/o judiciales cuando
corresponda, llevando un impulso activo y sistemático de las mismas.
v. Para los casos en que sea posible por tratarse de una persona física
y/o jurídica deberá de lograr un contacto directo con el ocupante de la
franja y si tuviera servidumbre constituida, la intervención del
propietario del fundo.
vi. Asimismo, y de manera integral en la zona deberá de contar con un
relevamiento sobre el peligro de invasión en razón del crecimiento
demográfico, aplicando todas las herramientas informativas y de
geocalización disponibles para los casos de gran magnitud y que no
involucran una invasión aislada.
5- PLANES ESPECÍFICOS DE SEGURIDAD PÚBLICA.
_____________________________________________________________________________________
5.1- Plan de Detección y Corrección de Anomalías en Instalaciones.
Objetivos
Inspeccionar de manera planificada y sistemática todas las
instalaciones con incidencia para la seguridad pública en el área de
concesión correspondiente a fin de identificar y subsanar todas las
anomalías que sean identificadas. Para ello la Distribuidora debe:
i. Definir e implementar un procedimiento considerando las tareas de
revisión de instalaciones, su alcance y frecuencia, las
responsabilidades y formas de registro, adoptando, como mínimo, las
frecuencias de la Resolución ENRE N° 497/2007 o la que el ENRE
determine en su reemplazo.
ii. Planificar, programar, monitorear y ejecutar las tareas de revisión de instalaciones mencionadas en el inciso anterior.
iii. Subsanar todas las anomalías detectadas en instalaciones conforme lo indicado en el punto 4.3.
iv. Documentar todas las tareas realizadas en las revisiones, como la
normalización de las anomalías detectadas, conforme el punto 7.3 del
Anexo I.
v. Confeccionar y mantener actualizada una base donde se registren
todas las anomalías detectadas por Seguridad Pública, incluyendo entre
otros datos:
- Identificación de la instalación.
- Tipificación de la anomalía.
- Dirección.
- Grado de riesgo.
- Acción preventiva implementada.
- Fechas de detección, de acción inmediata y de acción de normalización definitiva.
vi. Tener a disposición del ENRE o del auditor externo dicha base para ser auditada.
5.2- Plan de Tratamiento de Situaciones de Riesgo Generadas con Terceros.
Objetivos
Atender las situaciones de riesgo que hayan sido generadas por terceros
en instalaciones de Alta Tensión (AT) propias de las distribuidoras,
que generen riesgo para la seguridad pública y que surjan de las
actividades desarrolladas en el Plan 5.1 o cualquier otro medio. Para
ello la Distribuidora debe:
i. Implementar un procedimiento definiendo las responsabilidades,
acciones y alcances para la normalización de las situaciones de riesgo
detectadas.
ii. Atender todas las situaciones detectadas conforme lo indicado en el punto 4.4.
iii. Registras todas las acciones realizadas, conforme el punto 7.3 del Anexo I.
iv. Confeccionar y mantener actualizada una base donde se registre entre otros datos:
- identificación de la instalación.
- Dirección o referencia geográfica de ubicación.
- Fecha de detección y tipificación que describa la situación.
- Última actuación llevada a cabo.
- Plazo previsto de resolución y próxima acción prevista sujeta a los resultados de la anterior.
v. Los registros de la base del inciso anterior en los que la
Distribuidora demuestre haber agotado todas las medidas para promover
su normalización, deberán contar con un análisis de adecuación,
remoción y/o traslado de las instalaciones.
vi. Tener a disposición del ENRE o auditor externo dicha base para ser auditada.
5.3- Plan de Atención de Accidentes, Incidentes y Reclamos por Seguridad Pública. Objetivos
Registrar, informar, analizar y tratar adecuadamente los accidentes,
incidentes y reclamos por seguridad pública que se presenten vinculados
a las instalaciones de las Distribuidoras o en instalaciones vinculadas
con las mismas, cumpliendo con la normativa vigente e instrucciones
específicas que el ENRE haya dictado. Para ello la Distribuidora debe:
i. Informar al ENRE los accidentes e incidentes en los que estén
involucradas sus instalaciones en la vía pública, dentro de las TRES
(3) horas de haber tomado conocimiento del evento, con los requisitos y
formalidades establecidas en la Nota ENRE N° 129.748 o la que en el
futuro la reemplace.
ii. Registrar y atender todos los accidentes e incidentes ocurridos que
involucren a instalaciones en su área de su concesión, registrando sus
consecuencias, análisis de causas, realizar análisis de extensión,
implementación de medidas para evitar o prevenir en lo posible su
repetición y, si corresponde, inmediata normalización de las
instalaciones o corrección de las anomalías.
iii. Registrar y atender, conforme lo indicado en el punto 4.3, todos
los reclamos y denuncias recibidos por seguridad pública que involucran
a instalaciones en su área de concesión o en instalaciones vinculados
con aquéllas, registrando y manteniendo una base informática completa
de reclamos recibidos por la empresa por seguridad pública que contenga
los tiempos de atención y normalización de las situaciones denunciadas,
manteniendo la trazabilidad de todas las acciones desde la toma de
conocimiento del reclamo hasta su normalización, conforme el punto 7.3
de Anexo I, realizar un análisis de extensión a fin de identificar la
causa raíz en la repetición de reclamos.
iv. Tener a disposición del ENRE o auditor externo dicha base para ser auditada.
5.4- Plan de Control de Obras y Trabajos en la Vía Pública.
Objetivos
Verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de seguridad
pública exigibles tanto para la realización de las obras como para los
parámetros técnicos definidos en los proyectos y como así durante su
ejecución, según la normativa aplicable. Para ello la Distribuidora
debe:
i. Validar en la presentación del proyecto, el cumplimiento de las condiciones de seguridad exigibles para todas las obras.
ii. Verificar, en la etapa de obra, el cumplimiento de las normas de
seguridad pública exigibles para las instalaciones propias y, en caso
de constatarse anomalías, adoptar las acciones contempladas en los
puntos 5.1 y 5.2 de este anexo, según corresponda.
iii. Controlar en las obras y tareas de reparación que se realizan en
la vía pública, el cumplimiento de las exigencias previstas por la
normativa vigente específica del ENRE, la Ley Nº 19587 y sus decretos
reglamentarios, a fin de evitar accidentes donde estén involucradas las
instalaciones o donde el personal propio o contratado no respete los
procedimientos adecuados.
iv. Mantener la trazabilidad de todas las obras, tareas de reparación
y/o intervención de instalaciones, que contengan identificación del
trabajo, fechas de realización, del personal propio y/o contratado
asignado a su ejecución y del superior responsable.
v. Asegurar la implementación de planes de capacitación y
concientización en los temas referidos a la Seguridad Pública con
alcance al personal de las contratistas y sub contratistas que realicen
tareas que incidan en la Seguridad Pública.
vi. Llevar un registro de las no conformidades, acciones de las
Distribuidoras y de los contratistas (pedidos de empresa y órdenes de
servicio).
vii. Realizar auditorías periódicas (mínimo una vez al año) de los
contratistas y subcontratistas que realicen tareas que incidan en la
Seguridad Pública.
5.5. Plan de Difusión de los Postulados Básicos de la Seguridad Eléctrica.
Objetivos
Desarrollar una política de información en los distintos canales y
medios de comunicación disponibles (oral, escrito, gráfico,
electrónico), de manera de comunicar a la sociedad las precauciones
pertinentes respecto de las instalaciones eléctricas y difundir el
concepto de prevención dentro del área de concesión de la Distribuidora.
Para ello la Distribuidora debe procurar comunicarlo a:
- Actores y organismos gubernamentales, la existencia de las
instalaciones bajo su concesión y las restricciones que se deben
respetar.
- Actores privados, como empresas de otros servicios que realicen
tareas en la vía pública, desarrolladores inmobiliarios, etc., las
precauciones que se deben respetar.
- La sociedad en general, los postulados básicos para el resguardo de la seguridad pública.
IF-2025-07088512-APN-ASPYMA#ENRE
ANEXO III –LISTADO DE ANOMALÍAS MÁS COMUNES Y SU GRADO
TIPIFICADO DE RIESGO.
Tabla principal de anomalías y su categoría de riesgo potencial