REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES
Resolución 1/2026
Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2026
VISTO:
La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01 de fecha 24 de
abril de 2001, el Estatuto de este REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES
RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), el Acta de Reunión Extraordinaria N° 2
de fecha 18 de diciembre de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de
derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones de
todo el sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de
las entidades empresarias y sindicales de la actividad.
Que conforme lo establece el Capítulo II, artículos 8º y 9º de la ley
25.191, la Dirección y Administración del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), será llevada a cabo por
un Directorio, integrado por CUATRO (4) Directores Titulares y cuatro
Suplentes en representación de entidades empresarias de la actividad y,
CUATRO (4) Directores Titulares y CUATRO (4) Suplentes provenientes de
la Asociación de Trabajadores Rurales con personería gremial con mayor
representación nacional de la actividad.
Que el Estatuto del Registro en su artículo 9° determina que la
presidencia será ejercida anualmente y en forma alternativa por un
representante de la entidad gremial de los trabajadores y un
representante empresario.
Que la mentada norma instaura en su artículo 10° que serán elegidos
anualmente un Vicepresidente, un Secretario y, un Tesorero, en el mismo
acto de designación del Presidente, correspondiendo la Vicepresidencia
al sector empresarial o sindical al que pertenece el Presidente,
mientras que la Secretaría y Tesorería corresponderá a los Directores
de la otra representación.
Que el Cuerpo Directivo en su reunión de fecha 18 de diciembre de 2025,
Acta Extraordinaria N° 2/25, designó a las nuevas autoridades del
RENATRE para el período comprendido entre el 1° de enero de 2026 y el
31 de diciembre de 2026.
Que en la misma reunión se dispuso la continuidad de la firma de las
autoridades salientes ante las entidades bancarias y ante la Agencia de
Recaudación y Control Aduanero (ARCA), hasta tanto se concluya la
habilitación de la firma de las nuevas autoridades, con el objetivo de
garantizar el normal funcionamiento del Organismo.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 12° de la Ley N° 25.191.
Que la Gerencia General, la Subgerencia y el Departamento de Asuntos
Jurídicos del Registro han tomado la intervención que les compete.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Desígnase al Sr. Abel Francisco Guerrieri, DNI
10.668.726; como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES
RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) desde el 1º de enero de 2026 y hasta el
31 de diciembre de 2026.
ARTICULO 2°.- Desígnase al Sr. Adrián Luna Vázquez, DNI 18.265.416;
como Vicepresidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y
EMPLEADORES (RENATRE) desde el 1º de enero de 2026 y hasta el 31 de
diciembre de 2026.
ARTICULO 3º.- Desígnase al Sr. Mario Avelino Zalazar, DNI 20.926.760;
como Tesorero del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y
EMPLEADORES (RENATRE) desde el 1º de enero de 2026 y hasta el 31 de
diciembre de 2026.
ARTICULO 4º.- Desígnase a la Sra. Claudia Carolina Llanos, DNI
22.805.363; como Secretaria del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES
RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE) desde el 1º de enero de 2026 y hasta el
31 de diciembre de 2026.
ARTICULO 5°.- Dispóngase la continuidad de la firma de las autoridades
salientes ante las entidades bancarias y ante la Agencia de Recaudación
y Control Aduanero (ARCA), hasta tanto se concluya la habilitación de
la firma de las nuevas autoridades.
ARTICULO 6°.- Regístrese en el Registro de Resoluciones del RENATRE.
Comuníquese. Publíquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.
Abel F. Guerrieri - Carolina Llanos
e. 06/01/2026 N° 308/26 v. 06/01/2026