MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 30/2026
RESOL-2026-30-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2026
VISTO el EX-2025-140709210- -APN-UOPNR#MSG, la Ley N° 26.538, la
Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de
2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD
NACIONAL N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA DE INVESTIGACIÓN Nº 3 del Poder Judicial de la
PROVINCIA DEL CHACO, a cargo de la Doctora Rosana Beatriz SOTO, tramita
el Expediente Nº 34601/2025-1, caratulado “ESPINOSA, SILVINA ISABEL
S/DENUNCIA DESAPARICION DE PERSONA” vinculado a la búsqueda de paradero
de Nelson David GUSAK.
Que la mencionada FISCALÍA solicitó a este Ministerio, mediante oficio
del 5 de diciembre de 2025, se ofrezca recompensa para aquellas
personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden
datos útiles que permitan lograr dar con el paradero de Nelson David
GUSAK, argentino, titular del DNI Nº 41.111.570, nacido el 23 de marzo
de 1999, con último domicilio conocido en asentamiento Zampa,
Resistencia, PROVINCIA DEL CHACO.
Que el nombrado GUSAK posee las siguientes características físicas:
1.65 mts. de altura, tez trigueña, cabellos largos con rulos de color
negro, tatuaje en su antebrazo izquierdo con el nombre “JONATHAN” y
otro tatuaje en su antebrazo derecho con el nombre “SANTINO” al momento
de su desaparición vestía remera verde con rayas blancas, pantalón de
jean color azul y calzaba ojotas.
Que el nombrado posee problemas de consumo de estupefacientes, fue
visto por última vez el 20 de septiembre de 2025 cerca de su domicilio
ubicado en asentamiento Zampa, Resistencia, PROVINCIA DEL CHACO.
Que de los hechos investigados se contempla la hipótesis de que la
desaparición de GUSAK puede encontrarse vinculada a la comisión del
delito de homicidio (Art. 79 del CÓDIGO PENAL) o trata de personas con
fines laborales, (Art.142 bis del CÓDIGO PENAL).
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido
según lo estime la titular de esta cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de
Nelson David GUSAK, argentino, titular del DNI Nº 41.111.570, nacido el
23 de marzo de 1999, quien fue visto por última vez el 20 de septiembre
de 2025, cerca de su domicilio ubicado en asentamiento Zampa,
Resistencia, PROVINCIA DEL CHACO.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES
JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio llamando a la
línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de
preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la
presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de
circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche
que obra como (IF-2025-141597484-APN-DNNYRPJYMP#MSG), correspondiente a
la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 6°.- Dicha medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandra Susana Monteoliva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/01/2026 N° 2040/26 v. 15/01/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)