MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 9/2026
RESOL-2026-9-APN-SOP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2026
VISTO los Expedientes Nros. EX-2025-123215101-APN-DGDA#MEC y
EX-2025-135234317-APN-SSGAI#MEC, los Decretos Nros. 1023 del 13 de
agosto de 2001, 902 del 12 de junio de 2012, 1030 del 15 de septiembre
de 2016, 29 del 10 de enero de 2018 y 1018 del 12 de noviembre de 2024
y sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones Nros. 764 del
6 de junio de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA (RESOL-2025-764-APN-MEC),
y 396 del 24 de septiembre de 2025 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
del MINISTERIO DE ECONOMÍA (RESOL-2025-396-APN-SOP#MEC) y su Anexo I
(IF-2025-106254467-APN-SOP#MEC) y 500 del 17 de diciembre de 2025 de la
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA
(RESOL-2025-500-APN-SOP#MEC) y el Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado por la Disposición N° 62 del 30 de julio de 2024 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
(DI-2024-62-APN-ONC#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1° del Decreto N° 1018/24 se disolvió el Fondo
Fiduciario Público denominado “PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR” (Pro.Cre.Ar), creado por
el Decreto N° 902 del 12 de junio de 2012.
Que el artículo 2° del Decreto citado precedentemente dispone que el
MINISTERIO DE ECONOMÍA realizará todos los actos necesarios para la
liquidación del Fondo Fiduciario Público, según las disposiciones del
decreto y del Contrato de Fideicomiso del 18 de julio de 2012, y que en
todo lo que no se encuentre regulado en el mismo deberá estarse a lo
dispuesto en el Decreto N° 695 del 2 de agosto de 2024 y en la
Resolución N° 796 del 22 de agosto de 2024 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que el artículo 4° del Decreto N° 1018/24 establece que el MINISTERIO
DE ECONOMÍA celebrará con el BANCO HIPOTECARIO S.A. un contrato a los
efectos de disponer y administrar los bienes muebles e inmuebles,
incluyendo sus mejoras, en el marco de lo establecido en el artículo 1°
del decreto, así como la regularización dominial de los inmuebles.
Que a fin de dar cumplimiento con el artículo 4° del Decreto N°
1018/24, se ha suscripto el Contrato de Mandato para la Administración
y Disposición de Inmuebles entre la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS y el
BANCO HIPOTECARIO S.A. el 4 de septiembre de 2025
(CONVE-2025-98406070-APN-SOP#MEC), por el cual se estableció que EL
MANDATARIO seguirá las instrucciones que le imparta EL MANDANTE, que
actuará representado a través del titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
GESTIÓN DE OBRAS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
de la SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS.
Que dentro de las tareas de administración de los bienes inmuebles
encargadas al MINISTERIO DE ECONOMÍA por el Decreto N° 1018/24, se
incluyen el análisis de las características y grado de avance de los
desarrollos urbanísticos que se encontraban en curso de ejecución al
momento del dictado de dicha norma, a fin de determinar, caso por caso,
la continuidad o no de las obras, las cuales se encuentran actualmente
suspendidas a la espera de una definición sobre su continuidad.
Que por la Resolución N° 396 del 24 de septiembre de 2025 de la
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprobó el
procedimiento al que deberán sujetarse las subastas públicas que se
lleven adelante para vender los bienes inmuebles propiedad del Estado
Nacional que han estado sujetos a contratos de locación de obra
ejecutados total o parcialmente durante la vigencia del Fondo
Fiduciario Público denominado “PROGRAMA CRÉDITO ARGENTINO DEL
BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR” (Pro.Cre.Ar).
Que por los Expedientes citados en el Visto tramita el procedimiento de
Subasta Pública para la venta del inmueble denominado Predio “Paraná”
ubicado en Av. Ejército 2751 entre Pablo H. Crausaz y Gral. José María
Sarobe, Ciudad de Paraná, Provincia de ENTRE RÍOS.
Que por el trámite mencionado en el párrafo anterior se dictó la
Resolución N° 500 del 17 de diciembre de 2025 de la SECRETARÍA DE OBRAS
PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA (RESOL-2025-500-APN-SOP#MEC)
mediante la cual por su artículo 1° se autorizó la convocatoria
mediante el procedimiento de Subasta Pública N° 504-0002-SPU25 para la
venta del inmueble denominado Predio “Paraná” ubicado en Av. Ejército
2751 entre Pablo H. Crausaz y Gral. José María Sarobe, Ciudad de
Paraná, Provincia de ENTRE RÍOS, identificado catastralmente como
Distrito UR9, Sección 12, Grupo 29, Manzana 1, Lote A1 y Lote 24, con
una superficie según mensura de CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA METROS CUADRADOS y CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS
(49.990,56 m2), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el
decreto N° 1023/01, sus modificatorios y complementarios.
Que por el artículo 2° de la resolución mencionada en el párrafo que
antecede se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2025-139735867-APN-SOP#MEC, las
Especificaciones Técnicas, y todos sus anexos y agregados y por su
artículo 3° se delegó en el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN
DE OBRAS de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS de la SECRETARÍA DE
OBRAS PÚBLICAS la facultad para emitir circulares aclaratorias y
modificatorias en el marco del procedimiento de contratación.
Que en ejercicio de la potestad discrecional de la Administración y en
atención a razones de oportunidad, mérito y conveniencia
administrativa, evaluadas a la luz del interés público comprometido y
de las circunstancias actuales y sobrevinientes relacionadas con el
predio identificado como Predio “Paraná” ubicado en Av. Ejército 2751
entre Pablo H. Crausaz y Gral. José María Sarobe, Ciudad de Paraná,
Provincia de ENTRE RÍOS, identificado catastralmente como Distrito UR9,
Sección 12, Grupo 29, Manzana 1, Lote A1 y Lote 24, vinculadas a la
redefinición de prioridades en la gestión y administración de los
inmuebles por el proceso de liquidación del Fondo Fiduciario,
corresponde dejar sin efecto la Resolución N° 500/25 que dispuso su
subasta, sin que a la fecha se haya perfeccionado el procedimiento ni
se hayan consolidado derechos subjetivos en favor de terceros, por no
resultar dicha medida compatible con los objetivos y necesidades de la
gestión en el presente contexto.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 9° inciso h) del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias y los artículos
1) y 2) de la Resolución N° 764/2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución N° 500 del 17 de
diciembre de 2025 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE
ECONOMIA (RESOL-2025-500-APN-SOP#MEC), por las razones expuestas en los
considerandos de la presente medida y en virtud de los términos
establecidos en el inciso g) del artículo 11 del Decreto Delegado N°
1.023 del 13 de agosto de 2001.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el sitio de Internet https://comprar.gob.ar
del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional
“COMPR.AR”.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Giovine
e. 21/01/2026 N° 2864/26 v. 21/01/2026