Decreto 37/2026
DECTO-2026-37-APN-PTE - Homologación.
Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2026
VISTO el Expediente N° EX-2025-130702321-APN-DNRYRT#MCH, la Ley N°
11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y sus
modificaciones, la Ley N° 18.753, la Ley de Ministerios N° 22.520
(texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus
modificatorias, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la
Administración Pública Nacional N° 24.185 y su modificatoria, la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y sus
modificaciones, La Ley de Presupuesto General de la Administración
Nacional N° 27.798, los Decretos Nros. 447 del 17 de marzo de 1993, 192
del 5 de abril de 2023, 8 del 10 de diciembre de 2023, 86 del 26 de
diciembre de 2023, 804 del 12 de noviembre de 2025, el Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional
homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus
modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y el
Acta Acuerdo del 28 de noviembre de 2025, reabierta el 26 de diciembre
de 2025 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.185 y su modificatoria establece el régimen aplicable
a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración
Pública Nacional y sus empleados e instituye al ex-MINISTERIO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de
Aplicación.
Que por Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios se homologó el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), concertado entre el Estado empleador y los
sectores gremiales.
Que por el Decreto N° 8/23 se adecuó la organización Ministerial del
PODER EJECUTIVO NACIONAL, reformulándose la Ley de Ministerios N°
22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Que por el artículo 10 del precitado decreto se estableció que los
compromisos y obligaciones asumidos, entre otros, por el entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estarán a cargo del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, considerándose transferidos los créditos
presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus
cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las
estructuras correspondientes.
Que por el artículo 23 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias se estipularon las competencias
del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el referido Decreto N° 86/23, entre otras cuestiones, se aprobó
la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y,
asimismo, se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, entre los que se encuentra intervenir en la
fijación de los salarios del Sector Público Nacional, así como en la
gestión de las negociaciones colectivas de ese sector.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido en la Ley N° 24.185 y su
modificatoria se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus
modificatorios y complementarios, y se suscribieron las Actas del 28 de
noviembre de 2025, por la cual se pasó a un cuarto intermedio, y del 26
de diciembre de 2025, declarando reabierto el acto.
Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N°
24.185 reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas
complementarias, lograron un acuerdo cuya Cláusula Primera establece
que hasta tanto se efectúe una revisión integral y se evalúen los
mecanismos necesarios para proceder a la implementación del Régimen de
Dirección Pública, incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por
el Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, se prorroga a partir del 1°
de diciembre de 2025, fecha en que operó el vencimiento de su última
prórroga, conforme lo acordado mediante Acta de fecha 23 de julio de
2025 homologada por el artículo 1° del Decreto N° 804/25, y hasta el 31
de diciembre de 2025, la entrada en vigencia de los artículos
sustituidos mediante la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27
de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N°
192/23.
Que por la Cláusula Segunda, en razón de lo dispuesto en la citada
Cláusula Primera, se acordó prorrogar a partir del 1° de diciembre de
2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, la entrada en vigencia de la
incorporación del artículo 24 bis al Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, establecida en la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de
fecha 27 de diciembre de 2022, homologada por el artículo 1° del
Decreto N° 192/23.
Que por la Cláusula Tercera se prorroga en igual término la entrada en
vigencia de la derogación de los artículos 19, 20, 38 y 84 y el inciso
3.2. del artículo 78 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dispuesta
por la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de
2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.
Que por la Cláusula Cuarta se establece que hasta tanto tenga lugar la
entrada en vigencia de todo lo acordado, las disposiciones de los
artículos mencionados en el Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de
2022, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23, serán las
que resultaban vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N° 788
del 25 de noviembre de 2019, con las modificaciones que hubieren tenido
lugar.
Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185 y su modificatoria.
Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo
79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo
General para la Administración Pública Nacional, homologado por el
Decreto N° 214/06 y sus modificatorios, y los recaudos previstos por el
artículo 2° del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeciones.
Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES
(CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones
contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones
introducidas por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional.
Que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención prevista en los artículos
4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la citada Ley N° 24.185 y su Decreto
Reglamentario N° 447/93.
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de
los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley
N° 24.185 y su modificatoria.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Homológase el Acta Acuerdo del 28 de noviembre de 2025,
reabierta el 26 de diciembre de 2025, de la Comisión Negociadora del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como ANEXOS
(ACTA-2025-131959937-APN-DNC#MCH e IF-2026-01532077-APN-DNC#MCH) forman
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- La vigencia de las disposiciones del Acta que se homologa
rigen conforme lo establecido por las partes signatarias.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA
SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO a dictar las normas aclaratorias y
complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Manuel Adorni - Sandra Pettovello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/01/2026 N° 3637/26 v. 26/01/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
EX-2025-130702321- -APN-DNRYRT#MCH
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de
noviembre de 2025, siendo las 12:20 horas, en la SECRETARIA DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RELACIONES DEL TRABAJO
dependiente del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
ante la Lic. Juliana CALIFA, a cargo de la Jefatura del Departamento de
Relaciones Laborales N° 1, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial (CCTS) del personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, COMPARECEN: por
la
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN
PRESUPUESTARIA DE LA SECRETARIA EJECUTIVA, DE LA VICEJEFATURA DE
GABINETE EJECUTIVA, DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Ctdor. Fernando Benito STABILE, DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL, por el
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la Sra. SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO, Lic. Rosana REGGI, por el
MINISTERIO DE ECONOMÍA,
el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, el Ing. Rodrigo CABADO, acompañado
por la Ctdora. Natalia RODRIGUEZ LLAURO, todos ellos por parte del
Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en representación de la
UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN), el Sr. Diego GUTIERREZ, el Sr. Alejo CONDE, y en representación de la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) el Sr. Nicolás RIAL UBAGO y el Dr. Rodrigo EXPOSITO.
Declarado abierto por la funcionaria actuante, luego de intercambiar opiniones, se acuerda pasar a un cuarto intermedio.
Oídas que fueron las partes, la Autoridad de Aplicación deja constancia
que oportunamente serán convocadas para la celebración de la
correspondiente audiencia.
No siendo para más, se da por finalizado el presente acto realizado en
los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del
mismo ante la actuante que así lo
CERTIFICA.------------------------------
"2024 - AÑO DE I.A RECONSTRUCCION DE LA NACIÓN ARGENTINA"
EX-2025-130702321- -APN-DNRYRT#MCH
// En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de
DICIEMBRE de 2025, siendo las 15:00 horas, en la SECRETARIA DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RELACIONES DEL TRABAJO
dependiente del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
y mediante audiencia virtual, ante el Dr. Lisandro AYASTUY, y
reabriendo el acto de fecha 28 de noviembre de 2025, en el marco de la
Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para
el personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP),
COMPARECEN: por
LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Secretario Ejecutivo Lic. lan Lionel VIGNALE acompañado por el Lic. Marcelo Iván ROMANO, por el
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO,
la Sra. SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
Lic. Rosana REGGI, acompañada por la Lic. Mariela LIUNI, por el
MINISTERIO DE ECONOMÍA,
el Sr. SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO, el Ing. Rodrigo CABADO, acompañado
por el Dr. Jorge CARUSO y la Ctdora. Natalia RODRIGUEZ LLAURO todos
ellos por parte del Estado Empleador, y por la Parte Gremial, en
representación de la
UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN),
los Sres. Diego GUTIERREZ, Alejo CONDE 1 y Sras. Alejandra LOPEZ ATIA y
Jesica KRAMER, con el asesoramiento del Sr. Hugo SPAIRANI, y en
representación de la
ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) los Sres. Flavio VERGARA, Nicolás RIAL UBAGO, asesorados por la Dra. Mariana AMARTINO.
Declarado reabierto el acto de fecha 28 de noviembre de 2025 por el
funcionario actuante se cede la palabra al Estado Empleador quien
MANIFIESTA:
Que atento la prórroga de la entrada en vigencia del Régimen de
Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por
el Decreto N° 214/06, se somete a consideración de esta Comisión
Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del Sistema Nacional del Empleo Público (SINEP) las cláusulas
que se detallan a continuación:
PRIMERA:
Hasta tanto las partes efectúen una revisión integral y evalúen los
mecanismos necesarios para proceder a la implementación del Régimen de
Dirección Pública incorporado como Anexo IV del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional, prorrogar a
partir del 01/12/25, fecha en que operó el vencimiento de su última
prórroga, conforme lo acordado mediante acta de fecha 23 de julio de
2025 homologada por el artículo 1° el Decreto N° 804/25, y hasta el
31/12/25, la entrada en vigencia de los artículos sustituidos mediante
la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo de fecha 27/12/22, homologada por
el artículo 1° del Decreto N° 192/23.
SEGUNDA:
Conforme lo dispuesto en la Cláusula Primera, prorrogar a partir del
01/12/25, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga,
conforme lo acordado mediante acta de fecha 23 de julio de 2025
homologada por el artículo 1° del Decreto N° 804/25, y hasta el
31/12/25, la entrada en vigencia de la incorporación del artículo 24
bis, al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), Decreto N° 2098/08 y
modificatorios, establecida en la Cláusula Tercera del Acta Acuerdo de
fecha 27/12/22, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.
TERCERA:
Acorde lo manifestado en la Cláusula Primera, prorrogar a partir del
01/12/25, fecha en que operó el vencimiento de su última prórroga,
conforme lo acordado mediante acta de fecha 23 de julio de 2025
homologada por el artículo 1° del Decreto N° 804/25, y hasta el
31/12/25, la entrada en vigencia de la derogación de los artículos 19,
20, 38 y 84, y el inciso 3.2. del artículo 78 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial (CCTS) para el personal del Sistema Nacional del
Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y
modificatorios, dispuesta por la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de
fecha 27/12/22, homologada por el artículo 1° del Decreto N° 192/23.
CUARTA:
En virtud de lo expuesto en las cláusulas que anteceden, y hasta tanto
tenga lugar su entrada en vigencia, las disposiciones de los artículos
mencionados en el Acta Acuerdo de fecha 27/12/22, homologada por el
artículo 1o del Decreto N° 192/23 antes citada, serán las que
resultaban vigentes con anterioridad al dictado del Decreto N° 788/19,
con las modificaciones que hubieren tenido lugar.
Cedida la palabra a la representación de UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION (UPCN) quien
MANIFIESTA: Que acepta la propuesta del Estado Empleador.
En el uso de la palabra la representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) quien
MANIFIESTA: Que rechaza la propuesta del Estado Empleador y se manifestara por acta complementaria.
En este estado, la Autoridad de Aplicación hace saber a las partes que
conforme lo manifestado precedentemente por las representaciones
Sindicales, y atento la mayoría establecida en la Resolución N° 1822/21
que conforma los valores porcentuales, en conformidad con el artículo
4° de la Ley N°a 24.185 y su Decreto Reglamentario N° 447/93, se tiene
por perfeccionado el presente acuerdo.
No siendo para más se da por finalizado el presente acto realizado en
los términos de la Ley N° 24.185, previa lectura y ratificación del
mismo ante el funcionario actuante que así lo
CERTIFICA.-----------------
IF-2026-01532077-APN-DNC#MCH