AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 31/2026
RESOL-2026-31-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2026-04570657- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
Nº EX-2025-106761616- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de
fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416
de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de
2015, 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 29 de fecha 10 de enero
de 2018, 950 del 24 de octubre 2024, todos ellos con sus modificatorios
y/o complementarios, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del
Estado Nacional aprobado por Resolución N° 177 de fecha 16 de julio de
2022 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria
Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), Resolución N° 8 de fecha 8 de enero de
2026 (RESOL-2026-8-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública N° 392-0014-SPU26 para la venta de un
sector a deslindar del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado
en Calle 116 esquina Calle 41, Localidad y Partido de LA PLATA,
Provincia de BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Partido 55
– Circunscripción I – Sección A – Manzana 43 – Parcela 7B (parte),
correspondiente al CIE N° 0600004530/6, que cuenta con una superficie
de terreno aproximada y sujeta a mensura de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN
METROS CUADRADOS CON CATORCE DECÍMETROS CUADRADOS (2.221,14 m2), una
superficie cubierta aproximada de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON
VEINTIDÓS DECÍMETROS CUADRADOS (96,22 m2) y una superficie semicubierta
aproximada de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON
NOVENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (458,95 m2), según requerimiento
formulado por la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, en razón de la
encomienda de la atención y firma del despacho de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con
el artículo 1º de la Resolución Nº 9 de fecha 8 de enero de 2026
(RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM).
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO,
organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de
toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del
ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los
bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros
organismos estatales.
Que mediante el Decreto Nº 950 de fecha 24 de octubre de 2024
(DECTO-2024-950-APN-PTE) el Poder Ejecutivo Nacional autorizó a la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los términos del
artículo 45 del Anexo al Decreto Nº 2.670 del 1º de diciembre de 2015 y
sus modificatorios, a disponer, enajenar y/o transferir los inmuebles
del ESTADO NACIONAL que se detallan en el Anexo
(IF-2024-104278637-APN-AABE#JGM) de dicha medida, entre los cuales se
encuentra el inmueble en trato.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles,
propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y
complementarios.
Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 de fecha
15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad
inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que mediante Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto
Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución
N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), se
aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado
Nacional, siendo de aplicación supletoria al mismo, el Reglamento
aprobado por el Decreto antedicho.
Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15 y sus
modificatorios, establece que todo acto de disposición de inmuebles de
propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado
por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de
aplicación el aprobado mediante la Disposición ONC Nº 63-E/16,
modificada por la Disposición N° 62 de fecha 30 de julio de 2024
(DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero
del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de
Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma
electrónica todos los procedimientos de subasta pública que realicen
las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2025-133520150-APN-CNMLYBH#SC de
fecha 2 de diciembre de 2025, informó que el inmueble en trato carece
de valor patrimonial.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, mediante Nota
NO-2024-110978479-APN-EGN de fecha 10 de octubre de 2024, tomó la
intervención de su competencia.
Que mediante Resolución N° 8 de fecha 8 de enero de 2026
(RESOL-2026-8-APN-AABE#JGM), se desafectó de la jurisdicción del ESTADO
MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO el inmueble en trato, en los términos del
artículo 29 del Anexo al Decreto Nº 2.670/15.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante Dictamen de Valor
identificado bajo IF-2025-142100279-APN-TTN#MEC de fecha 23 de
diciembre de 2025, determinó su valor venal, al contado, desocupado, en
las condiciones observadas al momento de la inspección, en la suma de
PESOS DOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES ($ 2.166.000.000) o su
equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA
Y TRES MIL QUINIENTOS TRECE (USD 1.463.513), informando asimismo, el
valor base de venta, en los términos del Procedimiento Interno 19.1, en
la suma de PESOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES ($
1.950.000.000) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN
TRESCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE (USD 1.317.567),
a un tipo de cambio BNA de $/USD 1.480, todos los valores de fecha 17
de diciembre de 2025.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, mediante Informe
IF-2026-04547883-APN-DAC#AABE de fecha 13 de enero de 2026 y sus
complementarias Nota NO-2026-09563734-APN-DAC#AABE de fecha 27 de enero
de 2026 y Nota NO-2026-10516791-APN-DAC#AABE de fecha 29 de enero de
2026, de conformidad con la Resolución N° 9/26
(RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS,
CONTRATACIONES Y SUBASTAS la venta del inmueble en cuestión, con un
valor base de subasta de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN
CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TRECE (USD 1.463.513) e
indicó los parámetros a tener en cuenta para la confección del Pliego
de Bases y Condiciones Particulares.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS elaboró el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que el
procedimiento apropiado para la venta del inmueble es el de Subasta
Pública.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado
por la Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el mejor aprovechamiento y
utilización del patrimonio estatal, destinando la afectación de los
bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución
de políticas públicas.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9º, incisos a) y b) del Reglamento aprobado
por medio del Decreto Nº 1.030/16, con sus respectivas normas
modificatorias y/o complementarias.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria mediante el procedimiento de
Subasta Pública N° 392-0014-SPU26 para la venta de un sector a
deslindar del inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en Calle
116 esquina Calle 41, Localidad y Partido de LA PLATA, Provincia de
BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Partido 55 –
Circunscripción I – Sección A – Manzana 43 – Parcela 7B (parte)
correspondiente al CIE N° 0600004530/6, que cuenta con una superficie
de terreno aproximada y sujeta a mensura de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN
METROS CUADRADOS CON CATORCE DECÍMETROS CUADRADOS (2.221,14 m2), una
superficie cubierta aproximada de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON
VEINTIDÓS DECÍMETROS CUADRADOS (96,22 m2) y una superficie semicubierta
aproximada de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON
NOVENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (458,95 m2), de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes
del Capítulo VI Título II de la PARTE ESPECIAL del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la
Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de
fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), según
requerimiento formulado por la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, en
razón de la encomienda de la atención y firma del despacho de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS,
de conformidad con el artículo 1º de la Resolución Nº 9 de fecha 8 de
enero de 2026 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM).
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2026-10565885-APN-DCCYS#AABE, que como ANEXO
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de
la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382/12
y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tania Yedro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/02/2026 N° 4906/26 v. 03/02/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)