INTERVENCIÓN
Decreto 82/2026
DECTO-2026-82-APN-PTE - Prórroga.
Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-10995001-APN-DGDA#MEC, los Decretos
Nros. 383 del 12 de mayo de 2000, 70 del 20 de diciembre de 2023, 117
del 2 de febrero de 2024 y sus modificatorios, 963 del 30 de octubre de
2024 y 289 del 24 de abril de 2025 y la Decisión Administrativa N° 4
del 31 de enero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que la entonces EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO fue creada mediante el
Decreto N° 383/00 en jurisdicción del ex-MINISTERIO DE EDUCACIÓN con el
objeto de administrar, desarrollar y potenciar el Portal Educativo
existente en dicho Ministerio, haciéndola responsable de la inclusión,
creación, transmisión e intercambio de los contenidos pertinentes para
el conjunto del Sistema Educativo Nacional.
Que a los fines de dotar de una mayor eficiencia al funcionamiento del
sector público, por los artículos 40 y 48 del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 70/23, respectivamente, se derogó la Ley N° 20.705 y se
dispuso la transformación de las Sociedades o Empresas con
participación del Estado en Sociedades Anónimas, acordes al régimen de
la Ley General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificaciones.
Que, en virtud de ello, a los efectos de llevar a cabo dicha
transformación resultó menester disponer la intervención de la entonces
EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO con el fin de definir su conducción y
contribuir a optimizar la eficacia y eficiencia de las acciones que
cumple, la cual se llevó a cabo mediante el dictado del Decreto N°
117/24 y sus modificatorios, por el plazo de UN (1) año, estableciendo
además que dicho período podría ser prorrogado por única vez por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por medio del Decreto N° 963/24 se designó como Interventor de la
entonces EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, desde el 1° de noviembre de 2024,
al ingeniero Gastón Mariano MARTÍN.
Que de conformidad con lo dispuesto por el referido artículo 48 del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23, mediante el Acta de Asamblea
General Ordinaria y Extraordinaria N° 44 del 19 de diciembre de 2024 se
aprobó la transformación societaria de la entonces EDUC.AR SOCIEDAD DEL
ESTADO en EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 4/25 se
prorrogó la intervención de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL,
continuadora de EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, por el plazo de UN (1)
año, en los términos del citado Decreto N° 117/24, venciendo la
prórroga en cuestión el día 4 de febrero del corriente año.
Que, asimismo, por el Decreto Nº 289/25 se transfirió el “PROGRAMA
CONECTAR IGUALDAD”, creado por el Decreto N° 11 del 11 de enero de
2022, del ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO a la órbita de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
Que durante el plazo de vigencia de la intervención en EDUC.AR SOCIEDAD
ANÓNIMA UNIPERSONAL se llevaron a cabo, además de la transformación
societaria descripta, la aprobación y presentación de balances
pendientes de gestiones anteriores y la regularización de trámites
societarios ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del
MINISTERIO DE JUSTICIA, la aprobación de un nuevo organigrama de la
sociedad reduciendo la estructura jerárquica y estableciendo áreas
imprescindibles para su eficiente funcionamiento, la restructuración de
los recursos humanos de la empresa mediante la implementación de DOS
(2) planes de retiros voluntarios, quedando reducida la dotación a
CIENTO SETENTA Y DOS (172) personas, lo que permitió reducir el gasto
público, el recupero de fondos por deudas pendientes y la generación de
diversas acciones tendientes a dar cumplimiento a las normas que rigen
en la materia sobre integridad y transparencia pública.
Que las acciones ejecutadas permitieron avanzar en el reordenamiento de
la empresa, la cual al momento de la intervención se encontraba
sobredimensionada y en una situación crítica de financiamiento.
Que actualmente la referida Sociedad se encuentra trabajando en una
modificación del reglamento de compras y contrataciones, y se están
elaborando manuales de procedimientos para dotar a la empresa de
circuitos estandarizados, claros y uniformes para el mejor logro de sus
objetivos, situación que resulta de suma importancia para garantizar
una administración eficiente.
Que, a su vez, se encuentra en desarrollo un plan estratégico que
contempla la generación de recursos propios y la sostenibilidad
financiera de la empresa como parte de la reorganización societaria
llevada a cabo hasta la fecha.
Que, en virtud de lo antedicho, resulta imprescindible continuar con
los procesos orientados a modernizar los instrumentos normativos y
procedimentales del organismo, reforzando la transparencia,
previsibilidad y eficiencia, adecuándolos a los lineamientos de
política pública definidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que, en este marco, la intervención se ha constituido no solo en el
instrumento que permitió ordenar y restructurar a la sociedad, sino
también en la herramienta necesaria para encauzar su adaptación
funcional a las nuevas responsabilidades asumidas, garantizando una
gestión coordinada, eficiente y transparente de los recursos y
compromisos del ESTADO NACIONAL.
Que la finalización de la intervención en esta etapa podría generar
discontinuidades en la conducción, fragmentación en los procesos
decisorios y debilitamiento de los mecanismos de control y gestión, con
el consiguiente riesgo de afectar tanto la consolidación institucional
de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL como la adecuada ejecución del
“PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD” y demás funciones a su cargo.
Que, por todo ello, la magnitud y complejidad de las tareas en curso,
junto con las nuevas obligaciones asumidas por la mencionada Sociedad,
tornan imprescindible la continuidad de la intervención por un plazo
adicional que permita completar la normalización institucional,
consolidar la restructuración en marcha y asegurar una transición
ordenada hacia un régimen de funcionamiento regular sin afectar el
interés público comprometido en la continuidad de los servicios
educativos y de conectividad que el ESTADO NACIONAL garantiza a través
de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN
DE EMPRESAS PÚBLICAS” del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la
intervención de su competencia.
Que ha tomado intervención el servicio de asesoramiento jurídico pertinente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el plazo de UN (1) año, a partir del 4 de
febrero de 2026, la intervención de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL, dispuesta por el Decreto N° 117 del 2 de febrero de 2024 y
prorrogada por la Decisión Administrativa N° 4 del 31 de enero de 2025.
ARTÍCULO 2°.- El plazo establecido en el artículo anterior podrá ser
prorrogado por única vez por igual período por la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - E/E Federico Adolfo Sturzenegger
e. 04/02/2026 N° 5520/26 v. 04/02/2026