INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
DIRECCIÓN DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
Disposición 63/2026
DI-2026-63-APN-DTT#INPI
Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2026
VISTO el Expediente EX-2026-12470234--APN-DO#INPI del registro del
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) y la Resolución
INPI N° 38, del 29 de Enero de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el Visto, el PRESIDENTE del INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), aprobó un nuevo Reglamento
para la inscripción de Contratos de Transferencia de Tecnología, Ley N°
22.426.
Que por su Articulo 5, se faculta a esta DIRECCIÓN DE TRANSFERENCIA DE
TECNOLOGÍA, a confeccionar y aprobar un nuevo formulario de “Solicitud
de Inscripción de Contratos de Transferencia de Tecnología -Ley N°
22.426-”, adecuado a las pautas del nuevo Reglamento.
Que, de tal modo, corresponde ejecutar cuanto antes lo instruido por el
Sr. PRESIDENTE del organismo, en la citada Resolución INPI N° 38/26.
Que el dictado de esta Dispocición, en consecuencia, tiene por finalidad aprobar el referido formulario.
Que la presente se dicta, en virtud a las facultades conferidas por la Resolución INPI N° 001, del 4 de enero de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA:
DISPONE:
ARTÍCULO 1: Apruébase el formulario de “Solicitud de Inscripción de
Contratos de Transferencia de Tecnología -Ley N° 22.426-”, que como
(IF- 2026-14198102-APN-DTT#INPI) forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2: El formulario consta de 5 (cinco) hojas, siendo la última
un Anexo que podrá ser utilizado para consignar allí cualquier dato
adicional, en el caso que fuese necesario. Cuando el Anexo fuera
utilizado, deberá el firmante también imponer su firma en este,
formando parte integrante del formulario como hoja 5 (cinco). Para el
caso que el Anexo no fuese utilizado, el formulario constará solamente
de 4 (cuatro) hojas, entendiéndose así completo.
ARTÍCULO 3: No se podrá variar la forma, ni el contenido de cada hoja,
ni el orden en que están dispuestos sucesivamente los espacios para
consignar los datos.
ARTÍCULO 4: Regístrese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación por UN (1) día en el Boletín Oficial,
publíquese en los Boletines de Marcas y Patentes, en la página web del
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) y archívese.
Claudio Enrique Taddeo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/02/2026 N° 6936/26 v. 11/02/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
Ley N° 22.426
I. IDENTIFICACIÓN DEL TRÁMITE:
•
Impuesto de Sellos Abonado: (
SI / NO / No Aplica)
II. CONTRATANTES:
III. NATURALEZA DE LAS PRESTACIONES:
•
Código de la Actividad Económica de la Prestación: (Ver Nomenclador de Actividades Económicas (ARCA))
IV. DESCRIPCIÓN DE LAS PRESTACIONES: (Breve Reseña)
V. MODALIDAD DE PAGO DE LAS PRESTACIONES (Marcar con X):
• Pago Fijo [ ]
• Regalías [ ]
• Pago Fijo + Regalías [ ]
• Otra Modalidad [ ]
VI. VIGENCIA DEL ACTO JURÍDICO (Consignar Día/Mes/Año):
•
Celebración: DD/MM/AAAA
•
Inicio de Vigencia: DD/MM/AAAA
•
Finalización de Vigencia: DD/MM/AAAA (o lo que corresponda)
•
Posee Renovaciones Automáticas: (SI/NO)
•
Periodicidad de las Renovaciones Automáticas: (Ej: cada dos años)
VII. PERÍODO SOLICITADO A REGISTRO (Consignar Día/Mes/Año):
•
Desde: DD/MM/AAAA Hasta: DD/MM/AAAA
VIII. MONTO SOLICITADO A REGISTRO: (
Expresar
en la moneda del contrato / Téngase presente lo establecido en el Punto
J), del Reglamento aprobado por la Resolución INPI N° 38/26, en cuanto
a los montos que pueden incluirse, y los montos excluidos)
•
Monto: (
Discriminar cantidad en la moneda del contrato)
•
Acrecentamiento o “Grossing Up”: (
Discriminar cantidad en la moneda del contrato)
•
Monto Solicitado a Registro: (
Discriminar cantidad en la moneda del contrato)
En el caso que no exista
acrecentamiento o “grossing up”, el monto solicitado a registro debe
coincidir con el monto. Para el caso que sí se asuma el acrecentamiento
o “grossing up”, el monto solicitado a registro debe ser la sumatoria
del monto + el acrecentamiento o “grossing up”.
IX FIRMANTE:
El sistema informático RTT -de
gestión interna-, permite vincular hasta dos personas para visualizar
las actuaciones, dado el carácter reservado de las mismas.
Necesariamente, para la vinculación debe declararse CUIT y CORREO
ELECTRÓNICO de la/s persona/s. Si el firmante de la Solicitud no desea
estar vinculado, puede consignar los datos de una primera persona
vinculada debajo, en el espacio para ello, y una segunda persona
vinculada, en el Anexo.
ANEXO
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
Ley N° 22.426
IF-2026-14198102-APN-DTT#INPI