COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Disposición 4/2026
Ciudad de Buenos Aires, 13/02/2026
VISTO:
La Resolución General CA N° 20/2025 que estableció las fechas de
vencimiento del período fiscal 2026 de la declaración jurada
–Formularios CM03 y CM04– y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio
Multilateral-SIFERE; y,
CONSIDERANDO:
Que en el día de hoy se verifican inconvenientes por problemas en
proveedores de internet ajenos a la organización que afectan el normal
funcionamiento del servicio e imposibilitan la presentación y pago de
las declaraciones juradas del impuesto sobre los Ingresos Brutos
correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio
Multilateral-SIFERE, del vencimiento del anticipo enero de 2026.
Que en virtud de lo precedentemente expuesto y antecedentes de
similares características que obran en este Organismo, se estima
pertinente tener por presentadas en término las presentaciones y pagos
de las DDJJ del anticipo enero/2026 (SIFERE), con vencimiento el día
viernes 13 de febrero, hasta el día miércoles 18 de febrero de 2026.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
DISPONE:
ARTICULO 1°.- Téngase por realizadas en término las presentaciones de
las declaraciones juradas y pagos del anticipo 1/2026, de los
contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
comprendidos en el Convenio Multilateral (SIFERE), cuyo vencimiento fue
establecido en la Resolución General N° 20/2025 para el día viernes 13
de febrero del corriente año, hasta el día miércoles 18 de febrero de
2026
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones
adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias
de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la
Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.
Luis María Capellano
e. 19/02/2026 N° 8239/26 v. 19/02/2026