AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 35/2026
RESOL-2026-35-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2026
VISTO el Expediente Electrónico EX-2025-109582280- -APN-GSRFYS#ARN, la
Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, la Resolución de Directorio de ARN N°
RESOL-2021-33-APN-D#ARN, las Notas N° NO-2025-108070333-APN-GASNYA#CNEA
y NO-2026-08521846-APN-CNEA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 9°, inciso a), de la Ley N° 24.804 establece que toda
persona humana o jurídica que desarrolle una actividad nuclear deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o
autorización que la habilite para su ejercicio.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 16, inciso c), de la Ley N°
24.804, entre las funciones de la ARN se encuentra la de otorgar,
suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones en materia de
minería y concentración de uranio, seguridad de reactores de
investigación, aceleradores relevantes, instalaciones radiactivas
relevantes, incluyendo las instalaciones para la gestión de desechos o
residuos radiactivos, y aplicaciones nucleares en actividades médicas e
industriales.
Que la PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS (PPR), perteneciente a la
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) cuenta con Licencia de
Operación vigente, cuyo vencimiento opera el día 12 de febrero de 2026,
otorgada mediante Resolución de Directorio de ARN N°
RESOL-2021-33-APN-D#ARN.
Que la CNEA solicitó a la ARN la renovación de la Licencia de Operación
de la PPR, mediante Nota N° NO-2025-108070333-APN-GASNYA#CNEA, la cual
se está tramitando por medio del expediente electrónico
EX-2025-109582280- -APN-GSRFYS#ARN.
Que, a la fecha, el trámite de renovación de la Licencia de Operación
de la PPR cuenta con opinión favorable de los sectores técnicos
intervinientes de las GERENCIAS DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE
INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS y de SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR, NO
PROLIFERACIÓN Y SALVAGUARDIAS, tomando así la intervención que les
compete.
Que aún resta completar el proceso administrativo para el otorgamiento
de la renovación de la Licencia de Operación de la PPR, restando
únicamente el dictamen final de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, y
el pronunciamiento del DIRECTORIO para el otorgamiento definitivo.
Que la continuidad operativa de la PPR ha sido justificada por el
Presidente de la CNEA mediante nota N° NO-2026-08521846-APN-CNEA#MEC,
indicando que dicha instalación “constituye un pilar estratégico para
la salud pública y el desarrollo tecnológico, ya que su funcionamiento
garantiza el suministro crítico de radioisótopos y moléculas marcadas
esenciales para el diagnóstico y tratamiento en Medicina Nuclear”.
Que a fin que la instalación pueda continuar funcionando mientras se
complete el análisis del cumplimiento de los requisitos administrativos
resulta oportuno y procedente conceder una prórroga, difiriendo el
vencimiento de la licencia por un término de 90 días.
Que el artículo 20 del Anexo I del Decreto 1398/98 dispone que el
Presidente de la Autoridad Regulatoria Nuclear dispone de todas las
facultades ejecutivas que fuere menester a efectos de que dicho
organismo lleve adecuadamente a cabo las funciones que por ley se le
asignan.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otórguese una prórroga a la vigencia de la Licencia de
Operación de la PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS perteneciente a
la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, la cual fuere otorgada
mediante Resolución de Directorio de ARN N° RESOL-2021-33-APN-D#ARN,
por un período de noventa (90) días a partir de su fecha de vencimiento
o hasta que sea otorgada la renovación de la misma, la cual se
encuentra en trámite ante la Autoridad Regulatoria Nuclear.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la GERENCIA EJECUTIVA, a la GERENCIA DE
LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS, a la
GERENCIA SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR, NO PROLIFERACIÓN Y SALVAGUARDIAS.
Notifíquese a la Instalación PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS
(PPR) y a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, en su carácter de
Entidad Responsable de la citada Instalación. Dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese
Leonardo Juan Sobehart
e. 20/02/2026 N° 8554/26 v. 20/02/2026