MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 159/2026
RESOL-2026-159-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2026
Visto el expediente EX-2025-112826353- -APN-SICYT#JGM, las leyes 26.363
y 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
ejercicio 2026, los decretos 1787 del 5 de noviembre de 2008, 2098 del
3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, 50 del 19
de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de
2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024 y 934 del 31 de diciembre de
2025, la resolución conjunta 82 del 11 de diciembre de 2008 de la ex
Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de
Ministros y la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas, las resoluciones 53 del 27 de mayo de
2021 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de
Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria
y 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del
Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y
Transformación del Estado (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE), y
CONSIDERANDO:
Que por la ley 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026.
Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en
vigencia ni los que se produzcan con posterioridad sin la previa
autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos
jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y
descentralizados.
Que por la ley 26.363 se creó la Agencia Nacional de Seguridad Vial
como organismo descentralizado entonces actuante en el ámbito del ex
Ministerio del Interior, actualmente en la órbita de la Secretaría de
Transporte del Ministerio de Economía, con autarquía económica,
financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el
ámbito del derecho público y del privado, la que tendrá como misión la
reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional,
mediante la promoción coordinación, control y seguimiento de las
políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales.
Que mediante el decreto 1787 del 5 de noviembre de 2008 se aprobó la
estructura organizativa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Que por la resolución conjunta 82 del 11 de diciembre de 2008 de la ex
Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de
Ministros y la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas, se incorpora al Nomenclador de Funciones
Ejecutivas las unidades pertenecientes a la Agencia Nacional de
Seguridad Vial.
Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que
corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros, a los
Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de
la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las
designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a subsecretario,
incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que
funcionen en su órbita.
Que en esta instancia, resulta necesario proceder a la cobertura
transitoria del cargo vacante y financiado de Director Nacional de
Coordinación Interjurisdiccional de la Agencia Nacional de Seguridad
Vial, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría
de Transporte del Ministerio de Economía.
Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento
a lo establecido en la resolución 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex
Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de
Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria.
Que la presente designación transitoria queda exceptuada de las
restricciones establecidas en el entonces vigente decreto 1148 del 30
de diciembre de 2024 y en el decreto 934 del 31 de diciembre de 2025.
Que ha tomado intervención el área competente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado transitoriamente, a partir del 3 de
septiembre de 2025 y por el término de ciento ochenta (180) días
hábiles, al Licenciado en Administración de Empresas Mario Patricio
Smith (MI N° 16.094.112) en el cargo de Director Nacional de
Coordinación Interjurisdiccional de la Agencia Nacional de Seguridad
Vial (ANSV), organismo descentralizado actuante en la órbita de la
Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, nivel A, grado 0
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del
3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir Mario Patricio Smith los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de ciento
ochenta (180) días hábiles, contados a partir de la notificación de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución
será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes
a la Jurisdicción 50 – Ministerio de Economía, Entidad 203 – Agencia
Nacional de Seguridad Vial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de
Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en
el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la
Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado
ministerio (RESOL-2024- 20-APN-STEYFP#MDYTE).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 24/02/2026 N° 9349/26 v. 24/02/2026