MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 19/2026

RESOL-2026-19-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-19587804- -APN-RENAPER#MI de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR de este MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes N° 17.671 y sus modificaciones, N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, 27.431 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 1501 de fecha 20 de octubre de 2009, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 93 de fecha 26 de febrero de 2025 y 231 de fecha 30 de mayo de 2025 de la entonces VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el inciso f) del artículo 5° de la Ley N° 17.671 y sus modificaciones, el Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR de este MINISTERIO DEL INTERIOR, tiene entre sus atribuciones proponer las tasas para el cobro de los servicios que preste dicho organismo.

Que, asimismo, el artículo 29 de la ley referida en el considerando precedente, establece que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS percibirá por la expedición de documentos, certificados, testimonios, reproducciones, etcétera, las tasas que correspondan, proponiendo para su resolución, la actualización de las mismas, así como la inclusión o eliminación de conceptos.

Que el artículo 94 de la Ley N° 27.431 establece que los recursos que ingresen a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS en virtud de la prestación del servicio de validación de datos, identidad y biometría por vía web, de conformidad con los convenios que ésta suscriba, serán afectados a la modernización y fortalecimiento institucional.

Que, a su vez, por el Decreto Nº 1501/09 se autorizó a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a utilizar tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros, como así también en la emisión del Documento Nacional de Identidad.

Que haciendo uso de la tecnología y de las diferentes aplicaciones informáticas desarrolladas por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, dicho organismo presta servicios relacionados con la validación de identidad de los ciudadanos argentinos y extranjeros identificados con Documentos Nacionales de Identidad, en tiempo real a través del Sistema de Identidad Digital (SID), percibiendo tasas por esos servicios.

Que por las Resoluciones Nros. 93 y 231, ambas del año 2025 de la entonces VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, se aprobó y modificó, respectivamente, el CUADRO TARIFARIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que a los fines de sostener la eficiente prestación de todos los servicios brindados por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, corresponde actualizar las tasas a percibir por dichos servicios.

Que en tal sentido, se considera necesario aprobar el nuevo CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, dejando sin efecto el artículo 2° de la Resolución 93 de fecha 26 de febrero de 2025, y el artículo 2º de la Resolución Nº 231 de fecha 30 de mayo de 2025, ambas de la entonces VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, establece entre las competencias de la SECRETARÍA DE INTERIOR de este MINISTERIO DEL INTERIOR la de entender en la organización, conducción y control de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5°, inciso f) y 29 de la Ley N° 17.671 y sus modificaciones, y la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Apruébase el CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR de este MINISTERIO DEL INTERIOR, aplicable en el Territorio Nacional, que como Anexo N° IF-2026-20279196-APN-RENAPER#MI forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°. - Déjase sin efecto el artículo 2° de la Resolución N° 93 de fecha 26 de febrero de 2025, y el artículo 2º de la Resolución Nº 231 de fecha 30 de mayo de 2025, ambas de la entonces VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.

ARTÍCULO 3°. - La presente medida entrará en vigencia a partir del 6 de marzo de 2026.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Diego César Santilli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/03/2026 N° 11412/26 v. 03/03/2026

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)