AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
Resolución 10/2026
RESOL-2026-10-APN-ANPYN#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-13498375- -APN-ANPYN#MEC, el Decreto de
Necesidad y Urgencia 3 del 3 de enero de 2025, el Decreto 42 del 28 de
enero de 2025, las Resoluciones Nros. 4 del 11 de febrero del 2025 y 13
del 14 de marzo del 2025, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 3 del 3 de enero de
2025 se creó la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN), como
ente autárquico actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se
establecieron sus funciones y se dispuso que será la continuadora
jurídica y mantendrá las responsabilidades, competencias y funciones
asignadas a la ex SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES de la
SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA y de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
Que por el anexo I del DNU 3/25 se previó en el artículo 2, inc. d) que
el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación
tiene el deber y atribución de “Aprobar el reglamento interno de
funcionamiento y la estructura organizativa de nivel inferior al primer
nivel operativo.”
Que mediante el Decreto 42 del 28 de enero del 2025 se aprobó la
estructura de primer nivel organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE
PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN), de conformidad con el Organigrama y las
Responsabilidades Primarias y Acciones aprobados como ANEXO I y II que
integran dicha medida (IF-2025- 07700098-APN-ANPYN#MEC -
IF-2025-07699822-APNANPYN# MEC).
Que mediante Resolución 4 del 11 de febrero del 2025 se aprobó la
estructura organizativa de segundo nivel operativo de la AGENCIA
NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN), ente autárquico actuante en
el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad con el Organigrama
y las Responsabilidades Primarias y Acciones que como ANEXOS I
(IF-2025-15050396-APN-ANPYN#MEC) y II (IF-2025-15051270-APNANPYN#MEC),
que integran dicha medida.
Que mediante Resolución 13 del 14 de marzo del 2025, se aprobó la
estructura organizativa de tercer y cuarto nivel operativo dependiente
de la Gerencia Comercial de la Gerencia de Coordinación Legal y
Administrativa, en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y
NAVEGACIÓN (ANPYN), de conformidad con el Organigrama y las
Responsabilidades Primarias y Acciones que como ANEXOS I
(IF-2025-26953622-APNANPYN#MEC) y II (ACTO-2025-26953678-APN-ANPYN#MEC)
forman parte integrante de la presente medida.
Que, asimismo, con el fin de que se torne operativa la AGENCIA NACIONAL
DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN, resulta conducente y necesario ampliar la
estructura organizativa de tercer nivel operativo de la GERENCIA
COMERCIAL.
Que, a fin de garantizar una adecuada organización funcional, se torna
necesaria la creación de dos Subgerencias específicas que permitan
atender, de manera diferenciada, las funciones vinculadas a la
planificación, coordinación y ejecución de los procesos de convenios,
compras y contrataciones de bienes, obras y servicios, y aquellas
relativas a la gestión, administración y control de los permisos de
uso, concesiones y demás instrumentos de otorgamiento de espacios
portuarios e inmuebles bajo su jurisdicción.
Que, la GERENCIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA actuante en el
ámbito de esta AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPyN) ha
tomado intervención de su competencia mediante
NO-2026-13074365-APN-GCLYA#ANPYN.
Que, asimismo, además de la ampliación dispuesta, la GERENCIA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA solicitó proceder a la eliminación
de la Coordinación Región Norte por medio de
NO-2026-15676534-APN-GCLYA#ANPYN, aprobada mediante Resolución N° 13 de
fecha 14 de marzo de 2025, en el marco del proceso de reorganización
orientado a la optimización y eficiencia de la estructura organizativa.
Que la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS sostuvo que la presente medida no genera impacto presupuestario alguno.
Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 3 del 3 de enero de 2025.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Suprímase de la estructura organizativa de cuarto nivel
operativo de la GERENCIA COMERCIAL dependiente de la GERENCIA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y
NAVEGACIÓN (ANPYN), la Coordinación Región Norte, aprobada mediante la
Resolución N° 13 de fecha 14 de marzo de 2025.
ARTICULO 2°.- Apruébese la ampliación de la estructura organizativa de
tercer nivel operativo de la GERENCIA COMERCIAL dependiente de la
GERENCIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la AGENCIA NACIONAL
DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN), de conformidad con las
Responsabilidades Primarias y Acciones, así como con el Organigrama,
que como Anexos I (IF-2026-17812891-APN-GCLYA#ANPYN) y II
(IF-2026-17812578-APN-GCLYA#ANPYN), respectivamente, forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Hasta tanto no se realicen las adecuaciones
presupuestarias pertinentes, la presente medida no genera erogación
presupuestaria alguna.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la
República Argentina, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y, oportunamente, archívese.
Iñaki Miguel Arreseygor
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/03/2026 N° 12330/26 v. 06/03/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)