MINISTERIO DE JUSTICIA
Resolución 123/2026
RESOL-2026-123-APN-MJ
Ciudad de Buenos Aires, 05/03/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-10885834- -APN-DGDYD#MJ, la Ley N°
25.246 sus modificatorias y normas complementarias, los Decretos Nros.
1175 del 3 de diciembre de 2003 y sus modificatorios y
DECTO-2026-133-APN-PTE del 4 de marzo de 2026, la Resolución N°
RESOL-2026-62-APN-MJ del MINISTERIO DE JUSTICIA, del 3 de febrero de
2026, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2026-62-APN-MJ del MINISTERIO DE
JUSTICIA, se convocó a Audiencia Pública en el marco de lo que
establece el artículo 9° de la Ley N° 25.246 sus modificatorias y
normas complementarias, conforme el detalle obrante en el Anexo I
identificado como IF-2026-11033189-APN-UGA#MJ, cuyo objeto es
evaluación de las posibles observaciones para la propuesta de
designación del Presidente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF).
Que en dicha norma se designó como Área de Implementación de la
Audiencia Pública a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES y como autoridad de
la misma al Sr. Secretario de Justicia.
Que por conducto del Decreto N° DECTO-2026-133-APN-PTE quien suscribe ha sido designado en el cargo de Ministro de Justicia.
Que en atención al cambio de autoridad, corresponde reevaluar el
trámite propuesto y la determinación de las áreas de implementación de
la misma, motivo por el cual resulta indispensable dejar sin efecto la
convocatoria oportunamente efectuada y su Anexo I N°
IF-2026-11033189-APN-UGA#MJ.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, de este Ministerio, ha tomado
la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, de
acuerdo a las facultades emergentes de los artículos 9° de la Ley
25.246 sus modificatorias y normas complementarias, y 7° del Anexo l al
Decreto N° 1172/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución N° RESOL-2026-62-APN-MJ
del MINISTERIO DE JUSTICIA, del 3 de febrero de 2026 por la que se
convocó a la Audiencia Pública establecida en el inciso e) del artículo
9° de la Ley N° 25.246 sus modificatorias y normas complementarias, por
las razones expuestas en los Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Bautista Mahiques
e. 06/03/2026 N° 12821/26 v. 06/03/2026