INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 67/2026
RESOL-2026-67-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 05/03/2026
VISTO el EX-2026-14549031- -APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002
y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y Resoluciones INCAA N° 453 de
fecha 30 de julio de 2024 y N° 41 de fecha 21 de febrero de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como
objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad
audiovisual en el territorio nacional.
Que dentro de las medidas de promoción previstas por la Ley N° 17.741
(t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del
presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de
auspiciar concursos y otorgar premios.
Que mediante Resolución INCAA N° 453/2024 se aprobaron los Lineamientos
Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las
bases para la realización de concursos destinados a apoyar a
productores, guionistas y directores tanto noveles como consolidados,
promoviendo la inclusión y la diversidad cultural en todo el país, con
el fin de premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual,
sino también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.
Que según Resolución INCAA N° 41/2026 se aprobó el llamado a “CONCURSO
DE POSTPRODUCCIÓN 2026” con el fin de presentar proyectos de ficción
y/o documental que hayan finalizado su etapa de rodaje y se encuentren
en proceso de postproducción, sin haber entregado copia “A” ni haber
estrenado comercialmente.
Que de acuerdo con la evaluación realizada recientemente se ha
identificado la necesidad de implementar una modificación en el
CAPÍTULO 10 de las Bases y Condiciones (IF-2026-17525304-APN-SGP#INCAA)
para optimizar el proceso del presente concurso.
Que en virtud de todo lo expuesto debe dictarse el correspondiente acto administrativo.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la
GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la
intervención que les compete.
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se
encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus
modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituir el CAPITULO 10 de las Bases y Condiciones del
“CONCURSO DE POSTPRODUCCIÓN 2026” (IF-2026-17525304-APN-SGP#INCAA)
aprobadas por Resolución INCAA N° 41/2026, el cual quedará redactado de
la siguiente forma:
“CAPÍTULO 10. SUBSIDIO POR EXHIBICIÓN EN SALA Y POR OTRAS FORMAS DE EXHIBICIÓN
ARTÍCULO 27°.- En caso que la película terminada se estrenara
comercialmente y cumpliera las condiciones para el otorgamiento de los
subsidios por exhibición en salas de cine y por otras formas de
exhibición podrá percibir dichos subsidios conforme los términos de la
normativa vigente.
Del subsidio por otras formas de exhibición que corresponda liquidar se
descontará el importe entregado como premio en virtud de lo dispuesto
en el artículo 16° del Anexo I de la presente Resolución.
A los efectos de percibir los mencionados subsidios, la película deberá
obtener la clasificación final, presentar el costo de la producción
bajo los términos de la Resolución INCAA N° 184/2025 y/o la que la en
el futuro la reemplace y cumplir con los requisitos establecidos en el
Anexo V de la Resolución INCAA N° 545/2024 y sus modificatorias y/o la
que en el futuro la reemplace.”.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Luis Pirovano
e. 09/03/2026 N° 12802/26 v. 09/03/2026