MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 270/2026
RESOL-2026-270-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2026
Visto el expediente EX-2026-14848985- -APN-DGDA#MEC, la ley 27.798 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2026, los decretos 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios,
958 del 25 de octubre de 2024 y 934 del 31 de diciembre de 2025, la
decisión administrativa 449 del 5 de junio de 2023, y la resolución 20
del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del
Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y
Transformación del Estado (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE), y
CONSIDERANDO:
Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece, entre
otros aspectos, que el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros,
los Secretarios de la Presidencia de la Nación, el Procurador del
Tesoro de la Nación y los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de
Gabinete de Ministros serán competentes para disponer y/o prorrogar
asignaciones transitorias de funciones para los casos de las
estructuras organizativas que dependan de cada uno de ellos, incluyendo
las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en
su órbita.
Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos
jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y
descentralizados.
Que mediante la decisión administrativa 449 del 5 de junio de 2023, se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del Ministerio de Economía, con excepción de la correspondiente a la ex
Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
Que en esta instancia, corresponde asignar a Luis Clemente Rajuán (MI
N° 16.497.477) las funciones de Director Nacional de la Oficina
Nacional de Presupuesto perteneciente a la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, con carácter
transitorio, situación que se encuentra comprendida en el Título X del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado mediante el decreto 2098
del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y en
los apartados I, II y III del inciso a del artículo 15 del anexo I al
decreto 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la ley 25.164.
Que la presente asignación transitoria de funciones queda exceptuada de
las restricciones establecidas en el artículo 1° del decreto 934 del 31
de diciembre de 2025, conforme lo dispuesto en el inciso b del artículo
2° de ese decreto.
Que ha tomado intervención el área competente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas, a partir del 2 de enero de 2026, con
carácter transitorio, las funciones de Director Nacional de la Oficina
Nacional de Presupuesto de la Subsecretaría de Presupuesto de la
Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, nivel A, grado 0,
función ejecutiva nivel I, a Luis Clemente Rajuán (MI N° 16.497.477),
de la planta permanente, nivel A, grado 8, tramo avanzado, agrupamiento
profesional, en los términos del Título X del Sistema Nacional de
Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado mediante el decreto 2098 del 3 de diciembre de
2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la asignación transitoria de funciones
dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado se
extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con
arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar
el plazo de tres (3) años, conforme lo dispuesto en los artículos 110 y
111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución
será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al
Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de
Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en
el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la
Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado
ministerio (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 09/03/2026 N° 13083/26 v. 09/03/2026