MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Resolución 231/2026

RESOL-2026-231-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2026

VISTO el Expediente EX-2026-09663140- -APN-DCYAC#MSG, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley de Seguridad Interior N° 24.059 y sus modificatorias, la Decisión Administrativa N° 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorias y complementarias, las Resoluciones del registro del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 428 del 27 de mayo de 2024, 914 del 12 de septiembre de 2024, 1130 del 12 de diciembre de 2024, 19 del 3 de enero de 2025 y 72 del 15 de enero de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias asignan al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL la facultad de entender en la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación que procuren garantizar el derecho a la seguridad de los habitantes del país a través de la prevención del delito, la investigación del crimen organizado, la respuesta efectiva ante el delito complejo y el cuidado de todas las personas que habitan la República Argentina.

Que la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior del país.

Que el artículo 8° de la citada norma asigna al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL el ejercicio de la conducción política del esfuerzo nacional de policía.

Que la Decisión Administrativa Nº 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorias, estableció que la DIRECCIÓN DEL CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES tiene como misión coordinar el esfuerzo nacional de policía en materia de lucha contra el ciberdelito y las amenazas cibernéticas a través del diseño y de la elaboración de las políticas y programas de fortalecimiento en el ámbito de competencia del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para la investigación y el abordaje de la ciberdelincuencia en el territorio nacional.

Que, asimismo, la DIRECCIÓN DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS tiene como una de sus principales acciones el desarrollo de las políticas, normas, procedimientos e implantación de sistemas para la conjuración del ciberdelito y la seguridad de las infraestructuras críticas de información y las comunicaciones del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales en materia de su competencia.

Que a través de la Resolución del registro del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 428/24 se aprobaron las pautas, principios, criterios, recomendaciones y directivas para las labores preventivas de los delitos que se desarrollan en ambientes cibernéticos mediante el uso de sitios web de acceso público y fuentes digitales abiertas que realizan las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y, posteriormente, mediante Resolución N° 1330/24 se amplió el listado de delitos sobre los que las fuerzas realizan dichas labores con el fin de abarcar el delito de intermediación financiera no autorizada mediante la utilización de criptoactivos.

Que por Resolución del registro del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 914/24 se creó el CENTRO DE SINERGIA CIBERNÉTICA DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES (CS5) con la misión de analizar, investigar y prevenir delitos ciberasistidos.

Que mediante la Resolución de registro del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 19/25 se creó en el ámbito de la DIRECCIÓN DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS dependiente de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL el “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO EN CIBERSEGURIDAD E INVESTIGACIÓN DEL CIBERDELITO (FORCIC)”, el cual tiene entre sus objetivos el incremento de las capacidades de prevención, detección, análisis y respuesta de incidentes cibernéticos, de las capacidades de prevención, detección e investigación del ciberdelito, la ejecución y fortalecimiento de todas las acciones conducentes a la mejora y perfeccionamiento de las tareas de investigación de ciberdelitos y optimización de la ciberseguridad, así como el incremento de la capacidad de respuesta en el marco de las actividades de investigación de las áreas específicas de ciberdelito dependientes de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales y la articulación y canalización mediante la UNIDAD 24/7, acciones con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que mediante la Resolución del registro del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 72/25 se aprobó PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE CIBERDELITOS Y GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 - 2027), el cual tiene como objetivo general garantizar, en la medida de lo técnico y jurídicamente posible, el uso seguro del ciberespacio para proteger los derechos y garantías reconocidos en la normativa vigente para los habitantes de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el vertiginoso avance de las tecnologías digitales y el creciente uso de internet en todos los ámbitos de la vida cotidiana han generado nuevas formas de criminalidad, particularmente diversas modalidades de fraude ciberasistido, las cuales han mostrado un incremento en frecuencia y sofisticación en los últimos años produciendo grandes perjuicios en la sociedad.

Que deviene necesario afrontar este fenómeno de manera integral desde su prevención, detección y respuesta e implementar estrategias coordinadas y de largo plazo y promover la colaboración entre los sectores público y privado.

Que es necesario fortalecer la colaboración interinstitucional y el intercambio de información entre las autoridades competentes a nivel federal, provincial y municipal, así como con organismos internacionales para lograr una respuesta coordinada y efectiva ante los fraudes ciberasistidos.

Que el PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE CIBERASISTIDO (2026-2027) tiene como objetivo principal establecer un marco de ejes, medidas y acciones específicas mediante un marco metodológico que permita realizar un abordaje integral de los fraudes ciberasistidos como fenómeno criminal, protegiendo los derechos y garantías reconocidos en la normativa vigente para los habitantes de la República Argentina y promoviendo un ciberespacio seguro, confiable y resiliente para todos. Que el Plan contempla la implementación de acciones de concientización, educación, desarrollo de marco normativo, vinculación con organismos reguladores, anticipación de fraudes masivos mediante esquemas piramidales, canalización de denuncias, análisis estadístico, proceso de detección proactiva del fraude ciberasistido, capacitación a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, coordinación con otros canales de denuncias, gestión de las denuncias línea 134, mail y formulario, detención de transacciones indebidas, proceso de respuesta del fraude ciberasistido, articulación con el sector privado, fortalecimiento de las capacidades de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras.

Que la aprobación de un PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE CIBERASISTIDO (2026-2027) permitirá fortalecer la respuesta del Estado Nacional frente a estos nuevos desafíos.

Que el marco metodológico, diseño e implementación del Plan se encuentra alineado al mencionado PLAN FEDERAL DE PREVENCIÓN DE CIBERDELITOS Y GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CIBERSEGURIDAD (2025 - 2027) y al mencionado “Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad e Investigación del Ciberdelito (ForCIC)”.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades conferidas en el artículo 4º, inciso b), apartados 6 y 9 y artículo 22 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Apruébese el “PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE CIBERASISTIDO (2026 - 2027)” obrante en el ANEXO (IF-2026-09674756-APN-DCYAC#MSG) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. Instrúyase a la DIRECCIÓN DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES a coordinar y realizar las acciones necesarias a fin de lograr la implementación transversal del “PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE CIBERASISTIDO (2026 - 2027)”.

ARTÍCULO 3°. Instrúyase a las áreas con competencia en la materia del Ministerio y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales a participar y colaborar con la DIRECCIÓN DE CIBERDELITO Y ASUNTOS CIBERNÉTICOS dependiente de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES en aquellas acciones y medidas que resulten necesarias para la implementación del “PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE CIBERASISTIDO (2026 - 2027)”.

ARTICULO 4°. Invítase a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir al “PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE CIBERASISTIDO (2026 - 2027)”.

ARTICULO 5°. La presente medida entrará en vigor a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 6°. Comuníquese, publíquese, dese conocimiento a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandra Susana Monteoliva

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/03/2026 N° 14982/26 v. 16/03/2026

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE CIBERASISTIDO (2026 - 2027)

Introducción

La era digital en la que nos encontramos inmersos y el avenimiento de una sociedad cada vez más informatizada transformó la manera en que nos comunicamos, realizamos transacciones y accedemos a diferentes bienes y servicios. Sin embargo, este avance también dio lugar a nuevas formas de fraude en las que los ciberdelincuentes utilizan herramientas digitales y técnicas de ingeniería social para engañar a individuos, empresas e instituciones. Los fraudes ciberasistidos crecieron de manera exponencial en los últimos años aprovechando la masificación del acceso a Internet, el uso de redes sociales, la digitalización del comercio y la proliferación de dispositivos conectados.

Las modalidades de fraude ciberasistido son diversas y en constante evolución. Desde el phishing y las estafas bancarias hasta los fraudes con criptomonedas y la suplantación de identidad, los delincuentes emplean sofisticadas estrategias para manipular a sus víctimas y obtener información sensible o beneficios económicos. La globalización del ciberdelito y la dificultad para rastrear a los responsables plantean un desafío significativo para la prevención y persecución de este tipo de organizaciones criminales.

En este contexto, el Plan Federal de Lucha contra el Fraude Ciberasistido surge como una respuesta integral para fortalecer la capacidad del Estado contra este fenómeno. Esta iniciativa tiene como objetivo mejorar la prevención, detección y mitigación de estos delitos mediante una estrategia holística que integre la cooperación interinstitucional, el desarrollo de normativas actualizadas, el uso de tecnologías avanzadas y, principalmente, la concientización de la ciudadanía.

La prevención es un pilar fundamental en la estrategia de seguridad digital. Por ello, este plan contempla campañas de educación para reducir la vulnerabilidad de la población, así como el fortalecimiento de los canales de denuncia y asistencia a las víctimas. Además, fomenta la colaboración entre el sector público, el sector financiero, el sector académico y las empresas tecnológicas con el fin de establecer mecanismos efectivos para la identificación temprana de amenazas y la respuesta rápida ante incidentes.

En un mundo cada vez más interconectado, la lucha contra los fraudes ciberasistidos debe ser una prioridad que permita garantizar un entorno digital seguro, confiable y resiliente que no solo proteja los derechos de los ciudadanos, sino que también contribuya a la estabilidad económica y la confianza en el ecosistema digital.

El éxito en la lucha contra el fraude ciberasistido depende de la colaboración y el compromiso de múltiples partes interesadas, entre ellas el sector público y privado, el sector académico, la sociedad civil y los usuarios individuales. Sólo a través de un esfuerzo coordinado y sostenido se podrá mitigar el impacto de estos delitos y construir un ciberespacio más seguro para todos.

Estado de situación

En la actualidad, el Ministerio de Seguridad Nacional por intermedio de la Dirección de Ciberdelito y Asuntos Cibernéticos diseña y lleva adelante la coordinación del esfuerzo nacional de policía en materia de lucha contra el ciberdelito y las amenazas cibernéticas a través del diseño y elaboración de las políticas y programas de fortalecimiento, de las fuerzas policiales y de seguridad federales para la investigación y el abordaje de la ciberdelincuencia en el territorio nacional tramitando las diferentes denuncias recepcionadas y asistencia a las víctimas.

En tal sentido, es necesario redoblar los esfuerzos de prevención, detección y respuesta ante el fraude ciberasistido, actividad criminal que se posicionó como una de las principales amenazas en el ciberespacio, situación que requiere un abordaje integral y prioritario mediante el diseño e implementación de un plan estratégico de lucha contra este fenómeno criminal.

Objetivos

Dada la ingente necesidad de llevar a cabo diferentes acciones altamente especializadas en materia de lucha contra la ciberdelincuencia, resulta oportuno contar con un Plan Federal de Lucha contra el Fraude Ciberasistido cuyo marco metodológico, diseño e implementación se encuentra alineado con el “Plan Federal de Prevención de Ciberdelitos y Gestión Estratégica de la Ciberseguridad (2025 - 2027)” aprobado mediante Resolución N° 72/25 y el “Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad e Investigación del Ciberdelito (ForCIC)” aprobado mediante Resolución N° 19/25, ambas del registro del Ministerio de Seguridad Nacional.

Objetivo general

Establecer los ejes rectores, medidas y acciones específicas mediante un marco metodológico que permita realizar un abordaje integral de los fraudes ciberasistidos como fenómeno criminal, protegiendo los derechos y garantías reconocidos en la normativa vigente para los habitantes de la República Argentina y promoviendo un ciberespacio seguro, confiable y resiliente para todos.

Objetivos específicos

1. Prevención

a. Concientización

1. Diseñar piezas gráficas y audiovisuales para difusión de las principales amenazas y tendencias identificadas

2. Desplegar campañas de sensibilización en medios de comunicación (televisión, radios, diarios, entre otros)

3. Difusión de los diferentes canales para recepcionar denuncias

b. Educación

1. Brindar charlas formativas en espacios educativos de diferentes niveles y público en general (instituciones escolares, universitarias y centros de la tercera edad, entre otros)

2. Participar en eventos formativos de diferentes instituciones educativas y organizaciones no gubernamentales especializadas en educación digital

c. Desarrollo de marco normativo

1. Contribuir al desarrollo, diseño y redacción de normativa específica nacional y provincial

2. Participar en foros nacionales e internacionales para contribuir de la generación de normativa específica

d. Vinculación con organismos reguladores

1. Participar en mesas de trabajo con organismos reguladores de plataformas utilizadas para el fraude ciberasistido

2. Acompañar en la implementación de requisitos mínimos normativos elaborados por los organismos reguladores

e. Anticipación de fraudes masivos mediante esquemas piramidales

1. Generar alertas tempranas a la población ante la posible detección de esta modalidad de fraudes masivos

2. Articular acciones con otros organismos a fin de investigar este tipo de actividades ilegales

2. Detección

a. Canalización de denuncias

1. Actualizar los formularios de denuncias con el objetivo de maximizar la eficiencia del flujo de las denuncias recepcionadas a través de la línea 134, correo electrónico o formulario web

2. Generar constancias de denuncia a fin de emitir el comprobante pertinente

b. Análisis estadístico

1. Identificar patrones delictivos y campañas maliciosas por medio del análisis de la información proporcionada por las víctimas mediante las denuncias realizadas y otras fuentes de información

2. Generar estadísticas y métricas que permitan capitalizar la información proporcionada por las víctimas mediante las denuncias realizadas y otras fuentes de información

c. Procesos de detección proactiva del fraude ciberasistido

1. Gestionar proactivamente los indicadores de riesgo (IOR) e indicadores de ataque (IOA) detectados

2. Proponer metodologías que permitan realizar la prevención del delito en entornos cibernéticos

d. Capacitación a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales

1. Diseñar capacitaciones específicas en fraudes ciberasistidos para las fuerzas policiales y de seguridad federales

2. Promover la realización de actividades educativas conjuntas con áreas de prevención de fraudes de otros organismos del sector público y privado

e. Coordinación con otros canales de denuncias

1. Promover el intercambio de información estadística con otros canales de denuncias pertenecientes al Poder Judicial, Ministerio Público Fiscal, policías provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2. Establecer puntos de contacto para compartir alertas y reportes sobre nuevas modalidades delictivas en la materia

3. Respuesta

a. Gestión de las denuncias línea 134, mail y formulario

1. Optimizar el proceso de gestión de las denuncias con un enfoque basado en procesos

2. Articular con las fuerzas policiales y de seguridad federales el proceso de tramitación de denuncias recepcionadas

b. Detención de transacciones indebidas

1. Articular acciones con los entes encargados de gestionar los registros de claves bancarias uniformes (CBU) y claves virtuales uniformes (CVU) utilizadas ilícitamente para su bloqueo o congelamiento

2. Evaluar los mecanismos centralizados de reportes de CBU y CVU utilizadas ilícitamente para su bloqueo o congelamiento

3. Participar en la elaboración de mecanismos de bloqueos dinámicos de transacciones ilícitas de forma conjunta con el sector privado

c. Proceso de respuesta del fraude Ciberasistido

1. Gestionar el tratamiento de los indicadores de compromiso (IOC) detectados

2. Realizar el análisis del modelado de amenazas e identificar puntos de compromiso y vulnerabilidades desde lo social, tecnológico y análisis de procesos

d. Articulación con el sector privado

1. Generar mecanismos de colaboración permanente con el sector financiero tradicional con incidencia en la materia

2. Promover mecanismos de colaboración permanente con el sector financiero digital con incidencia en la materia

3. Promover mecanismos de colaboración permanente con proveedores de activos virtuales con incidencia en la materia

4. Fomentar mecanismos de colaboración permanente con aplicaciones informáticas establecidas en la Argentina

e. Fortalecimiento de las capacidades de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

1. Promover el fortalecimiento y construcción de capacidades del personal que integra el Centro de Sinergia Cibernética de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales (CS5)

2. Articular la derivación de denuncias recibidas a las jurisdicciones provinciales o Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la red 24/7 del Programa de Fortalecimiento en Ciberseguridad e Investigación del Ciberdelito (ForCIC).