INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
Resolución 84/2026
RESFC-2026-84-APN-D#INCUCAI
Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2026
VISTO el EX-2023-85422090-APN-DAJ#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de
Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, su Decreto Reglamentario Nº
16/2019 y la Resolución INCUCAI Nº 63 del 7 de marzo de 2024; y
CONSIDERANDO
Que el artículo 57, inciso 11 de la Ley Nº 27.447, establece que el
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
tiene la función de promover, evaluar y desarrollar la investigación
científica en el ámbito de la donación y el trasplante.
Que, en concordancia, el artículo 2° del Decreto Nº 16/2019 faculta a
este Organismo Nacional para intervenir en la evaluación y autorización
de protocolos de investigación clínica que involucren el uso de
órganos, tejidos y células en seres humanos.
Que mediante la Resolución INCUCAI Nº 63/2024 se aprobó el régimen de
aranceles para los distintos trámites vinculados al desarrollo de los
referidos protocolos de investigación.
Que, atendiendo al tiempo transcurrido desde la aprobación de la
referida medida, el COMITÉ DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN (CEI) del INCUCAI,
ha propuesto una adecuación de los montos vigentes con el fin de
asegurar los recursos operativos y técnicos que demandan cada uno de
los procesos involucrados.
Que las DIRECCIONES DE ADMINISTRACIÓN y de ASUNTOS JURÍDICOS del
INCUCAI han tomado la intervención de su competencia, propiciando la
medida.
Que quienes suscriben la presente son competentes para resolver en esta
instancia, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº
27.447 y el artículo 3 del Decreto Nº 16/2019.
Que la medida que se adopta fue tratada y aprobada en reunión de
DIRECTORIO del día 20 de marzo de 2026, conforme surge del texto del
Acta Nº 11.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébense los montos de los aranceles correspondientes a
los trámites que se realicen ante el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), relativos a la evaluación
y eventual autorización de protocolos de investigación clínica sobre
utilización de órganos, tejidos y células para implante en seres
humanos, conforme al detalle del ANEXO ÚNICO
(IF-2026-28604861-APN-INCUCAI#MS) que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Exceptuase del pago de los aranceles previstos en el
artículo anterior a los establecimientos sanitarios públicos, a los
dependientes de las Fuerzas Armadas y a los pertenecientes a
Universidades Nacionales.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN la
implementación de las medidas necesarias para la implementación de la
presente norma.
ARTÍCULO 4º.- Deróguese la Resolución INCUCAI N° 63/2024.
ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.
Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos Soratti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/03/2026 N° 18057/26 v. 27/03/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO ÚNICO
PROTOCOLOS DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA - ARANCELES
IF-2026-28604861-APN-INCUCAI#MS