MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 412/2026
RESOL-2026-412-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2026
Visto el expediente EX-2025-108708404- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2026 formulado por Belgrano
Cargas y Logística Sociedad Anónima, actuante en el ámbito del
Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2026, de Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima,
actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, de acuerdo con el
detalle obrante en los anexos I (IF-2026-18971557-APN-SSP#MEC) y II
(IF-2026-18971330-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de doscientos trece mil seiscientos
setenta y tres millones trescientos doce mil treinta y seis pesos ($
213.673.312.036) los ingresos de operación, y fíjanse en la suma de
doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta millones
cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento sesenta y siete pesos ($
288.480.455.167) los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en la
suma de setenta y cuatro mil ochocientos siete millones ciento cuarenta
y tres mil ciento treinta y un pesos ($ 74.807.143.131), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2026-18971330-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de doscientos noventa y dos mil
doscientos tres millones trescientos doce mil treinta y seis pesos ($
292.203.312.036) los ingresos corrientes, y fíjanse en la suma de
doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta millones
cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento sesenta y siete pesos ($
288.480.455.167) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en la suma de tres
mil setecientos veintidós millones ochocientos cincuenta y seis mil
ochocientos sesenta y nueve pesos ($ 3.722.856.869), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2026-18971330-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de cuarenta y nueve mil
cuatrocientos cincuenta y dos millones seiscientos catorce mil
novecientos doce pesos ($ 49.452.614.912) los recursos de capital, y
fíjanse en la suma de cincuenta y tres mil ciento setenta y cinco
millones cuatrocientos setenta y un mil setecientos ochenta y un pesos
($ 53.175.471.781) los gastos de capital, y como consecuencia de ello
en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3°
de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Equilibrado) para
el ejercicio 2026, en la suma de cero pesos ($ 0), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2026-18971330-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/03/2026 N° 18864/26 v. 31/03/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)