MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 428/2026
RESOL-2026-428-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2026
Visto el expediente EX-2025-108712370-APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2026 formulado por
Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima,
actuante en el ámbito del Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 contiene en el capítulo III del título II, el Régimen
Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes
Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2026, de Administración de Infraestructuras Ferroviarias
Sociedad Anónima, actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, de
acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2026-19171326-APN-SSP#MEC) y II (IF-2026-19172649-APN-SSP#MEC), que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma seis mil ciento cincuenta y cuatro
millones ciento cuatro mil pesos ($ 6.154.104.000) los ingresos de
operación y fíjanse en la suma de cuarenta y dos mil ciento ochenta y
seis millones ciento cuatro mil pesos ($ 42.186.104.000), los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Pérdida de Operación) estimado en la suma de treinta y seis mil
treinta y dos millones de pesos ($ 36.032.000.000), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2026-19172649-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de cuarenta y dos mil ciento ochenta
y seis millones ciento cuatro mil pesos ($ 42.186.104.000) los ingresos
corrientes y fíjanse en la suma de cuarenta y dos mil ciento ochenta y
seis millones ciento cuatro mil pesos ($ 42.186.104.000) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (Equilibrado) estimado en la suma de cero pesos ($ 0), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2026-19172649-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de trescientos ochenta y siete mil
ochocientos cuarenta y tres millones cuatrocientos setenta y tres mil
ciento cuarenta y un pesos ($ 387.843.473.141) los ingresos de capital
y fíjanse en la suma de trescientos ochenta y siete mil ochocientos
cuarenta y tres millones cuatrocientos setenta y tres mil ciento
cuarenta y un pesos ($ 387.843.473.141) los gastos de capital, y como
consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado
Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2026, en la suma de cero
pesos ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2026-19172649-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/04/2026 N° 19697/26 v. 06/04/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)